La Autoridad Federal de Supervisión Financiera de Alemania (BaFin) ha ampliado el uso del formato XBRL, con nuevos requisitos de presentación de informes digitales que ya están en vigor para las aseguradoras y los fondos de pensiones de empleo. A partir del 1 de enero de 2025, las entidades afectadas deberán presentar sus informes en formato XBRL, en consonancia con la iniciativa de BaFin para estandarizar y simplificar la presentación de informes cuantitativos.
El mandato se aplica a los informes elaborados en virtud de diversas normativas, entre ellas la Ordenanza de Información sobre Seguros y la Ordenanza de Supervisión de Fondos de Pensiones. BaFin ha destacado que, si bien este cambio es de índole técnica y no se centra en el contenido, su objetivo es mejorar la validación y la coherencia de los datos. Esta medida refleja una tendencia regulatoria más amplia hacia la elaboración de informes financieros estructurados y legibles por máquina para optimizar la supervisión y la eficiencia.
La adopción de XBRL ofrece claras ventajas, como una mayor transparencia, la reducción de errores en los informes y una mejora en el procesamiento de datos tanto para los reguladores como para las empresas. Al abandonar los formatos fragmentados, BaFin refuerza su compromiso con los datos financieros estructurados y de alta calidad, un enfoque cada vez más extendido en los marcos regulatorios europeos y mundiales.
Ahora que BaFin ha ampliado el alcance de XBRL, las aseguradoras y los fondos de pensiones deben garantizar el cumplimiento de estos requisitos actualizados.
Obligaciones de información
Obligaciones de información y divulgación de las compañías de seguros primarios y reaseguros, los grupos aseguradores y los planes de pensiones de empleo.
El tercer pilar de Solvencia II comprende esencialmente las obligaciones de información de las aseguradoras primarias, las reaseguradoras y los grupos aseguradores ante la autoridad supervisora, las obligaciones de divulgación de información de las empresas y los grupos al público, y las obligaciones de información para la estabilidad financiera. En particular, las obligaciones de divulgación garantizan una mayor transparencia y, por lo tanto, promueven la disciplina de mercado. Además, la información que debe presentarse para fines de supervisión permite una supervisión eficaz y basada en el riesgo de las empresas, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad con respecto a los requisitos de Solvencia II. La información para la estabilidad financiera tiene como objetivo la supervisión macroeconómica para salvaguardar la estabilidad financiera.
Los planes de pensiones de empleo están sujetos a obligaciones de información adicionales a los datos ya requeridos, aunque no estén cubiertos por Solvencia II. Esto se basa en una decisión de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) de conformidad con el artículo 35 del Reglamento (UE) No. 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Reglamento EIOPA), que se adoptó el 1 de febrero de 2023. Según esta decisión de la EIOPA, los planes de pensiones de empleo están obligados a informar a BaFin, que a su vez remite estos datos a la EIOPA.
Adaptación técnica del sistema nacional de informes a XBRL
BaFin está revisando actualmente los requisitos técnicos para la presentación de informes nacionales de todas las compañías de seguros y planes de pensiones de empleo bajo su supervisión. El formato de informe futuro será XBRL (eXtensible Business Reporting Language). Esta solución técnicamente avanzada ya se ha consolidado en otros ámbitos relacionados con la presentación de informes (en el contexto de la supervisión, los informes de datos de pensiones de Solvencia II y EIOPA ya se presentan a BaFin en formato XBRL). Por lo tanto, la transición se centra en la presentación de informes cuantitativos, con el objetivo de estandarizar los formatos y la validación de los informes. Esto implicará ajustes en el formato y la maquetación de los informes. Actualmente no se prevén cambios sustanciales en el contenido. Las bases legales pertinentes para la presentación de informes nacionales incluyen el Reglamento de Información de Seguros, el Reglamento de Supervisión de Fondos de Pensiones, el Reglamento de Adecuación de Capital y diversas resoluciones/circulares colectivas que anteriormente exigían la presentación de formularios y documentación justificativa.