EBA sostenible

La ABE desempeña un papel importante en el apoyo al sector bancario europeo hacia los objetivos de transición hacia una economía más sostenible y mitigación de los riesgos derivados del cambio climático y de factores ambientales, sociales y de gobernanza más amplios.

La ABE implementa el Sistema de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS) como parte de su compromiso de reducir su impacto ambiental y su huella de carbono. La declaración medioambiental anual de la ABE refleja los avances de la Autoridad en relación con estos compromisos.

El ámbito de aplicación del EMAS es aplicable a todas las actividades y productos de la ABE. Su ámbito de aplicación abarca las actividades operativas en París, así como las actividades y productos empresariales principales llevados a cabo con vistas a mantener la estabilidad financiera en la UE y salvaguardar la integridad, la eficiencia y el funcionamiento ordenado del sector bancario europeo.

La EBA es la 98ª organización registrada en EMAS en Francia. De conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), los locales de la ABE están registrados durante 3 años (hasta el 1 de junio de 2025).


Decisión de la Autoridad Bancaria Europea EBA/DC/2021/420 del 13 de diciembre de 2021 relativa a la política medioambiental de la Autoridad Bancaria Europea

Visto el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea)1, y en particular su artículo 1, apartado 3, y su artículo 29, apartado 1, letra f),

Visto el Reglamento (CE) n.o 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 761/2001, y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión2, modificadas por el Reglamento (UE) 2017/1505 de la Comisión, de 28 de agosto de 20173, y por el Reglamento (UE) 2018/2026 de la Comisión, de 19 de diciembre de 20184, 

Vista la Decisión de la Autoridad Bancaria Europea relativa a la política medioambiental de la Autoridad Bancaria Europea EBA/DC/2020/345, de 17 de julio de 2020,

Mientras que:

(1)  La Unión Europea se ha comprometido a aplicar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible. El objetivo nº 13 «Acción por el clima» insta a tomar medidas urgentes para combatir el cambio climático y su impacto.

(2) La Comisión Europea, al establecer un Pacto Verde Europeo para la Unión Europea y sus ciudadanos, restablecen su compromiso de abordar los desafíos climáticos y medioambientales con el objetivo de hacer que Europa sea climáticamente neutra en 2050.5

(3) El Tribunal de Cuentas Europeo ha recomendado la plena aplicación del Reglamento EMAS y la contratación ecológica por parte de todas las instituciones y organismos de la UE.6

(4) Como parte de su compromiso, la Autoridad Bancaria Europea (ABE) desea predicar con el ejemplo mediante el registro EMAS, reduciendo el impacto medioambiental y la huella de carbono de sus actividades, así como integrando los factores y riesgos medioambientales en sus actividades principales.

(5) El objetivo del EMAS es promover la mejora continua del comportamiento medioambiental de las organizaciones mediante el establecimiento y la aplicación de un sistema de gestión medioambiental, la evaluación de los resultados de dicho sistema, el suministro de información sobre el comportamiento medioambiental, un diálogo abierto con el público y otras partes interesadas y la participación activa de los trabajadores.

6) «política medioambiental»: las intenciones generales y la dirección de una organización en relación con su comportamiento medioambiental expresadas formalmente por la alta dirección, incluido el cumplimiento de todos los requisitos legales aplicables en materia de medio ambiente y también el compromiso de mejora continua del comportamiento medioambiental. Proporciona un marco para la acción y para el establecimiento de objetivos y metas ambientales.

(7) En noviembre de 2021 se llevó a cabo una auditoría interna para evaluar la conformidad del sistema de gestión medioambiental de la ABE con los requisitos del Reglamento EMAS. La política medioambiental de la Agencia debe actualizarse a la luz de sus conclusiones.

Ha decidido lo siguiente:

Artículo 1

Queda aprobado el documento titulado «Política medioambiental en la Autoridad Bancaria Europea», anejo a la presente Decisión.

Artículo 2

Queda derogada la Decisión de la Autoridad Bancaria Europea relativa a la política medioambiental de la Autoridad Bancaria Europea EBA/DC/2020/345.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su adopción.

Hecho en París, el 13 de diciembre de 2021

François-Louis Michaud

Director Ejecutivo

1. DO L 331 de 15.12.2010, p. 12.

2. DO L 342 de 22.12.2009, p. 1/45.

3. DO L 222 de 29.8.2017, p. 1/20.

4. DO L 325 de 20.12.2018, p. 18/24.

5. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones – El Pacto Verde Europeo, COM(2019) 640 final.

6. Informe Especial n.º 14/2014 «¿Cómo calculan, reducen y compensan las instituciones y organismos de la UE sus emisiones de gases de efecto invernadero?»

POLÍTICA MEDIOAMBIENTAL EN LA AUTORIDAD BANCARIA EUROPEA

La Autoridad Bancaria Europea (ABE) reconoce su responsabilidad de contribuir positivamente al desarrollo sostenible como un objetivo a largo plazo. Por lo tanto, hemos decidido estructurar este enfoque centrándonos en el medio ambiente e implementando la norma europea para la gestión ambiental: el Sistema de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS).

Esta política medioambiental es aplicable a todas las actividades y productos de la ABE. El ámbito de aplicación del EMAS abarca las actividades operativas en París, así como las actividades y productos empresariales principales, llevadas a cabo con vistas a mantener la estabilidad financiera en la UE y salvaguardar la integridad, la eficiencia y el funcionamiento ordenado del sector bancario europeo. La política pretende servir de guía para establecer objetivos anuales o plurianuales en este ámbito.

La ABE tiene un mandato claro con respecto a la integración de factores ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) en sus actividades regulatorias y de supervisión. Esto está en consonancia con sus misiones de establecer un conjunto único de normas armonizadas para las entidades financieras en toda la UE y promover la convergencia de las prácticas de supervisión. Por lo tanto, consideramos que es nuestra responsabilidad tener en cuenta los impactos ambientales en todas nuestras actividades.

Por la presente:

• Afirmar nuestro compromiso de obtener y mantener el registro EMAS, asumiendo la responsabilidad de la prevención de daños ambientales y la mejora continua de nuestro desempeño ambiental

• Comprometerse a garantizar el cumplimiento de todas las regulaciones ambientales locales y de la Unión Europea aplicables

• Comprometernos con el desarrollo del conocimiento, la búsqueda de soluciones técnicas y el ajuste de nuestra organización y comportamientos, centrándose en lo siguiente:

o Minimizar nuestro impacto en las emisiones de gases de efecto invernadero, con un enfoque especial en los viajes

o Construir una relación sólida con nuestro arrendador para mejorar nuestro rendimiento de consumo de energía

o Mejorar nuestra producción, segregación y reciclaje de residuos según lo esperado por nuestro personal

o Maximizar el uso de soluciones electrónicas y contratación pública ecológica para limitar nuestro impacto material

o Implementar consideraciones ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) en nuestro trabajo de formulación de políticas, evaluación de riesgos y convergencia supervisora en línea con las tareas de la ABE, el plan de acción de 2019 de la ABE sobre finanzas sostenibles y los mandatos adicionales recibidos de la Comisión Europea desde entonces.

• Comprometerse a establecer indicadores ambientales clave con objetivos concretos para demostrar la eficiencia de nuestro sistema de gestión ambiental

• Enfatizar que nuestros esfuerzos de mejora están respaldados por nuestro espíritu de equipo y el compromiso de la gerencia.

Nuestra declaración ambiental pública anual refleja de manera transparente nuestro progreso en estos compromisos.

El director ejecutivo aprueba esta política y vela por que se disponga de recursos suficientes para aplicarla. El director ejecutivo, con el apoyo de todos los gerentes, comunica activamente la importancia de una buena gestión ambiental para contribuir a nuestro desempeño general.



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