Actualización del marco regulatorio y de supervisión de Europa para la era digital


¿Cómo debería evolucionar el marco de regulación y supervisión financiera de la UE para seguir siendo adecuado para su propósito? Sin duda, el panorama está cambiando: «La aplicación de tecnologías innovadoras está facilitando cambios en la estructura del sector financiero de la UE. Las cadenas de valor están evolucionando, el uso de plataformas digitales está creciendo rápidamente y están surgiendo nuevos grupos de actividad mixta».

Las tres Autoridades Europeas de Supervisión (AES) –la Autoridad Bancaria Europea, la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación y la Autoridad Europea de Valores y Mercados– han elaborado un informe conjunto en el que se recomiendan una serie de acciones para reforzar la regulación y mejorar las capacidades de supervisión a la luz de estos cambios, en respuesta a una solicitud de asesoramiento de la Comisión Europea. Las propuestas tienen por objeto mantener un alto nivel de protección de los consumidores y abordar los riesgos emergentes.

Nuestra lectura inicial sugiere que, si bien el informe ofrece información sobre divulgaciones mejoradas centradas en el consumidor, no requiere un formato verdaderamente digital que produzca información legible por máquina. En XBRL International creemos que las divulgaciones dirigidas a los consumidores, así como, por ejemplo, a los reguladores, deben tener un elemento digital para facilitar la comparación y el análisis. Es probable que este sea un área de enfoque cada vez mayor en el futuro, y esperamos que nosotros, y nuestros lectores, tengamos oportunidades de presionar por un pensamiento más digital en este ámbito, en consonancia con el progreso en la digitalización en otros aspectos de la información europea.


Las AES recomiendan acciones para garantizar que el marco regulador y de supervisión de la UE siga siendo adecuado para su finalidad en la era digital

07 febrero 2022

  • La aplicación de tecnologías innovadoras está facilitando cambios en la estructura del sector financiero de la UE. Las cadenas de valor están evolucionando, el uso de plataformas digitales está creciendo rápidamente y están surgiendo nuevos grupos de actividad mixta.
  • Las AES recomiendan a la Comisión Europea una serie de acciones para reforzar la regulación de los servicios financieros de la UE y mejorar las capacidades de supervisión en consonancia con estos avances.

Las tres Autoridades Europeas de Supervisión (ABE, AESPJ y AEVM) han publicado hoy un informe conjunto en respuesta a la convocatoria de asesoramiento sobre finanzas digitales de la Comisión Europea de febrero de 2021. Las propuestas presentadas tienen por objeto mantener un alto nivel de protección de los consumidores y hacer frente a los riesgos derivados de la transformación de las cadenas de valor, la plataforma y la aparición de nuevos «grupos de actividad mixta», es decir, grupos que combinan actividades financieras y no financieras.

Las AES señalan que el uso de tecnologías innovadoras en el sector financiero de la UE está facilitando los cambios en las cadenas de valor, que la dependencia de las plataformas digitales está aumentando rápidamente y que están surgiendo nuevos grupos de actividad mixta. Estas tendencias abren una serie de oportunidades tanto para los consumidores de la UE como para las instituciones financieras, pero también plantean nuevos riesgos.

Por lo tanto, las AES recomiendan una acción rápida para garantizar que el marco regulador y de supervisión de los servicios financieros de la UE siga siendo adecuado para su finalidad en la era digital.

Las propuestas incluyen:

i) un enfoque holístico de la regulación y supervisión de la cadena de valor de los servicios financieros;

ii) el refuerzo de la protección de los consumidores en un contexto digital, en particular mediante la mejora de la divulgación de información, los mecanismos de tramitación de reclamaciones, las medidas destinadas a evitar la venta indebida de productos vinculados o agrupados y la mejora de la educación digital y financiera;

iii) una mayor convergencia en la clasificación de los servicios transfronterizos;

iv) una mayor convergencia a la hora de abordar los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en un contexto digital;

v) una regulación y supervisión eficaces de los «grupos de actividad mixta», incluida una revisión de los requisitos prudenciales de consolidación;

vi) el refuerzo de los recursos de supervisión y la cooperación entre las autoridades financieras y otras autoridades pertinentes, también sobre una base transfronteriza y multidisciplinaria; y

(vii) monitoreo activo del uso de las redes sociales en los servicios financieros.

Fondo

La Estrategia de Finanzas Digitales de septiembre de 2020 de la Comisión Europea establece la intención de la Comisión Europea de revisar los marcos legislativos de servicios financieros existentes con el fin de proteger a los consumidores, salvaguardar la estabilidad financiera, proteger la integridad de los sectores financieros de la UE y garantizar la igualdad de condiciones.

Como parte de esta revisión, en febrero de 2021 la Comisión Europea emitió una solicitud a la ABE, la AESPJ y la AEVM para obtener asesoramiento técnico sobre finanzas digitales y cuestiones conexas. En particular, la Comisión Europea pidió a las AES que proporcionaran asesoramiento sobre la regulación y supervisión de cadenas de valor más fragmentadas o no integradas, plataformas y agrupación de diversos servicios financieros y grupos que combinan diferentes actividades.

De conformidad con la convocatoria de asesoramiento, las AES han llevado a cabo un análisis de la evolución del mercado, así como de los riesgos y oportunidades que plantea la digitalización en las finanzas, y han expuesto sus conclusiones y asesoramiento en el informe a la Comisión Europea.

Nota a los editores

De conformidad con el artículo 16 bis, apartado 1, del Reglamento constitutivo de cada una de las AES, éstas podrán, a petición del Parlamento Europeo, del Consejo o de la Comisión Europea, o por propia iniciativa, emitir dictámenes al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión Europea sobre todas las cuestiones relacionadas con su ámbito de competencias. El artículo 56 del Reglamento constitutivo dispone que las AES, en el ámbito de sus funciones, «alcanzarán posiciones conjuntas por consenso con, según proceda, [las demás AES]». Sobre la base de las disposiciones legales antes mencionadas, las AES son competentes para evaluar las oportunidades y los riesgos relacionados con la digitalización de los servicios financieros y proporcionar el asesoramiento solicitado por la Comisión Europea.



Respuesta de la Autoridad Europea de Supervisión Común,

a la convocatoria de asesoramiento de la Comisión Europea de febrero de 2021 sobre finanzas digitales y cuestiones conexas: regulación y supervisión de cadenas de valor, plataformas y agrupación de diversos servicios financieros más fragmentadas o no integradas, y riesgos de grupos que combinan diferentes actividades

Resumen Ejecutivo

  1. En febrero de 2021, la Comisión Europea (Comisión) publicó su convocatoria de asesoramiento sobre finanzas digitales y cuestiones conexas, entre otras cosas, solicitando a las Autoridades Europeas de Supervisión (AES) que llevaran a cabo un análisis de (i) la fragmentación de la cadena de valor de los servicios financieros, (ii) el crecimiento de las plataformas digitales y (iii) los grupos de actividad mixta, y que establecieran las recomendaciones oportunas para garantizar el marco regulador y de supervisión de los servicios financieros de la UE.  sigue siendo apto para su propósito.
  2. El presente informe expone las conclusiones y el asesoramiento de las AES en respuesta a la solicitud de la Comisión. Cubre la evolución intersectorial y sectorial del mercado en los tres ámbitos clave identificados en la convocatoria de asesoramiento, así como los riesgos y oportunidades que plantea la digitalización en las finanzas. A continuación, presenta diez recomendaciones intersectoriales y dos específicas para seguros sobre acciones destinadas a garantizar que el marco regulador y de supervisión de la UE siga siendo adecuado para la era digital.
  3. En resumen, estas recomendaciones se refieren a: i) la necesidad de un enfoque holístico de la regulación y supervisión de la cadena de valor de los servicios financieros; ii) reforzar la protección de los consumidores en un contexto digital, en particular mediante la mejora de la divulgación de información, los mecanismos de tramitación de reclamaciones, los mitigantes para evitar la venta indebida de productos vinculados o agrupados y la mejora de la educación digital y financiera; iii) promover la convergencia en la clasificación de los servicios transfronterizos; iv) promover una mayor convergencia para abordar los riesgos de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en un contexto digital; v) garantizar una regulación y supervisión eficaces de los grupos de actividades mixtas; y vi) el fortalecimiento de los recursos de supervisión y la cooperación entre las autoridades financieras y otras autoridades pertinentes, incluso sobre una base transfronteriza y multidisciplinaria; y vii) la necesidad de supervisar activamente el uso de las redes sociales en los servicios financieros.
  4. Con la digitalización, las entidades financieras dependen cada vez más de proveedores externos para la prestación de servicios a través de la externalización y otros acuerdos, lo que crea desafíos de supervisión específicos, ya que las autoridades nacionales competentes (ANC) pueden verse limitadas en su evaluación de los riesgos y/o el ejercicio de las competencias de supervisión en la totalidad de las cadenas de valor. Los riesgos de concentración y, por lo tanto, los riesgos de estabilidad financiera, también pueden surgir en el caso de proveedores externos críticos. La Ley de Resiliencia Operativa Digital (DORA) es una iniciativa importante que abordará los riesgos de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la cadena de valor de los servicios financieros. Sin embargo, DORA no está destinada a abordar otros riesgos que pueden surgir de la dependencia de las instituciones financieras de proveedores externos. La recomendación 1 propone que la Comisión adopte un enfoque holístico de la regulación y supervisión de las cadenas de valor fragmentadas, como se describe con más detalle en las recomendaciones 2, 3, 7 y 8 (también en relación con las plataformas digitales y los grupos de actividades mixtas), y que lleve a cabo evaluaciones periódicas para determinar si las entidades financieras muestran dependencia de determinados proveedores que pueden no ser capturados por DORA y representan un riesgo para la estabilidad financiera.
  5. Los nuevos modelos de negocio de servicios financieros pueden perjudicar a los consumidores, especialmente a aquellos con niveles más bajos de alfabetización financiera y / o digital. La Recomendación 2 destaca los principales puntos de atención para que la Comisión garantice que los requisitos de divulgación de información en el Derecho de la UE son adecuados para la era digital y presenta recomendaciones para la revisión de la Directiva sobre comercialización a distancia de servicios financieros para los consumidores, teniendo en cuenta que las AES pueden proporcionar recomendaciones sectoriales más específicas sobre estos asuntos como parte de otras solicitudes de asesoramiento de la Comisión en curso. Además, la Recomendación 2 pide a la Comisión que refuerce la protección de los consumidores para hacer frente a los riesgos de venta indebida (en particular para los productos vinculados y agrupados) y que supere las posibles deficiencias en los procesos de tramitación de reclamaciones a escala de la UE. La Recomendación 3 destaca la necesidad de prevenir la exclusión financiera y de promover un mayor nivel de educación digital y financiera para ayudar a los consumidores a hacer un uso eficaz de los servicios financieros prestados a través de medios digitales y elecciones responsables que satisfagan sus expectativas, aumentando la confianza en el sistema financiero digital, así como en sus perspectivas financieras personales. Esto podría incluir un análisis más detallado del uso de datos en los modelos de IA / Aprendizaje Automático y el posible sesgo que conduce a la discriminación y la exclusión.
  6. Los servicios financieros digitales son intrínsecamente sin fronteras, lo que plantea preguntas sobre cuándo es necesaria la obligación de notificar la «prestación transfronteriza de servicios» y, en caso afirmativo, cómo clasificar estos servicios en el «derecho de establecimiento» o la «libertad de servicios». Esto, a su vez, crea desafíos de supervisión, pero también dificultades para los consumidores a la hora de establecer qué autoridad es la autoridad pertinente, por ejemplo, en caso de reclamación o necesidad de reparación. La Recomendación 4 se basa en recomendaciones anteriores preparadas por el Comité Mixto (JC) y en propuestas conjuntas de la ESA y la ABE para abordar esta cuestión, y pide de nuevo a la Comisión que proporcione más orientaciones sobre la definición de servicios transfronterizos en un contexto digital.
  7. Debido al rápido ritmo de cambio y complejidad observado en los mercados financieros digitales, las ANC pueden carecer de la experiencia y los recursos necesarios para monitorear eficazmente el mercado. En la recomendación 5, las AES aconsejan a la Comisión que estudie posibles formas de reforzar las capacidades y los recursos disponibles para las autoridades pertinentes. A este respecto, las AES acogen con satisfacción el trabajo de la Comisión sobre la Academia de Supervisión de Finanzas Digitales, que ayudará a los reguladores y supervisores a comprender, identificar y abordar mejor los riesgos y desafíos derivados de la digitalización a través de la mejora de las capacidades y los recursos.
  8. A pesar de los posibles beneficios, la fragmentación de los servicios financieros podría complicar el cumplimiento de alD/CFT para las instituciones financieras, especialmente cuando subcontratan algunas o todas sus tareas de cumplimiento a proveedores de servicios externos. Algunos participantes en el mercado de servicios financieros digitales también podrían carecer de sistemas y controles adecuados de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. La Recomendación 6 destaca la necesidad de aclarar las obligaciones de protección de datos en el contexto de diligencia debida con respecto al cliente (DDC) y en el contexto más amplio de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y de evaluar con carácter prioritario si se deben someter todas las plataformas de financiación participativa a la legislación de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. También pide a la Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales (AMLA) que emita directrices sobre la externalización y los acuerdos de gobernanza en estrecha cooperación con las AES, y que lleve a cabo una revisión temática de las mejores prácticas.
  9. Las finanzas digitales han desbloqueado nuevas sinergias entre las actividades financieras y no financieras que potencialmente introducen un riesgo sistémico en el mercado de servicios financieros. Para gestionar los riesgos prudenciales planteados por los grupos de actividades mixtas que prestan servicios financieros y de otro tipo, las AES de la recomendación 7 sugieren actualizaciones y la posible ampliación de las normas de consolidación con el fin de garantizar una cobertura eficaz. Además, las AES recomiendan que se estudie la creación de nuevas estructuras de supervisión complementarias, inspirándose en la Directiva sobre conglomerados financieros.
  10. La creciente digitalización y dataficación de los servicios financieros requiere una cooperación más estrecha entre las autoridades financieras y no financieras pertinentes. Las AES consideran que la Comisión estudia posibles formas de fomentar un marco de cooperación reforzada entre las autoridades de datos financieros, ciberseguridad, protección de los consumidores y competencia. La recomendación 8 propone tres marcos complementarios para la cooperación estructurada que promoverían el intercambio de información sobre la evolución de las políticas en el sector respectivo de cada autoridad y fortalecerían la cobertura de la supervisión del mercado.
  11. Por último, las recomendaciones 9 y 10 se dirigen a las AES. Teniendo en cuenta el papel de las AES en el apoyo a la convergencia de la supervisión, la Recomendación 9 prevé que las AES estudien posibles formas de mejorar la cooperación entre las autoridades de origen y de acogida, por ejemplo, mediante orientaciones adicionales sobre los requisitos de notificación, debates sobre casos prácticos en foros de supervisión o procedimientos a seguir en situaciones en las que una empresa financiera infringe las normas de otros Estados miembros. También puede ser necesaria una mayor coordinación con las autoridades de terceros países en forma de una revisión de los Memorandos de Entendimiento existentes para garantizar que reflejen cuestiones específicas relacionadas con las finanzas digitales.
  12. La Recomendación 10 reconoce el creciente uso de las redes sociales en relación con los servicios financieros y la necesidad de monitorear activamente este fenómeno. En los mercados de valores en particular, el crecimiento de las plataformas de negociación digital ha coincidido con nuevas tendencias, como el «comercio social» o el asesoramiento de inversión compartido a través de las redes sociales, lo que trae nuevas oportunidades, pero también riesgos. La AEVM aclaró recientemente algunos aspectos de las normas aplicables al fenómeno. Mientras tanto, las AES seguirán supervisando estos avances y evaluando dónde puede justificarse la adopción de medidas reglamentarias, incluso como parte de las solicitudes de asesoramiento de la Comisión sobre determinados aspectos relacionados con la protección de los inversores minoristas. Esto incluye considerar la necesidad de comunicarse de manera más eficaz con los consumidores que buscan predominantemente información a través de canales digitales, incluidas las redes sociales.
  13. El informe incluye también dos recomendaciones específicas sobre seguros. La Recomendación 1 específica sobre seguros cubre la restricción de Solvencia II en el ámbito de las actividades de (re)seguros, un tema que a menudo ha surgido a la luz de la digitalización y que puede considerarse relacionado con todas las partes de la convocatoria de asesoramiento. La AESPJ estudiará un análisis más detallado de lo que se considera y no se considera «actividades directamente relacionadas con los seguros» en diferentes Estados miembros para aportar más claridad (por ejemplo, mediante la publicación de directrices para mejorar la convergencia de la supervisión) en esta cuestión, teniendo en cuenta el impacto potencial para los consumidores, el sector de los seguros y su supervisión, así como las consecuencias no deseadas y los riesgos adicionales. Lo más probable es que no sea necesario un cambio en la legislación. Sin embargo, esto también dependerá del resultado del análisis posterior. La Recomendación 2 específica sobre seguros cubre el seguro peer-to-peer (P2P). LA AESPJ ha analizado los seguros P2P en su trabajo anterior. Debido a la actual penetración relativamente baja en el mercado de los modelos de negocio de seguros P2P, y al hecho de que la mayoría de los modelos de negocio parecen estar bajo la regulación existente, la AESPJ no ve una necesidad apremiante de enfoques regulatorios especiales o cambios en relación con los seguros P2P, pero continuará monitoreando la evolución del mercado.
  14. Las AES siguen estando a disposición de la Comisión, incluida la asistencia sobre cómo introducir las propuestas en la legislación y la elaboración de las orientaciones necesarias. Además, las AES observan que los servicios financieros y los modelos de negocio continúan evolucionando rápidamente con la digitalización y el uso de tecnologías innovadoras y que puede ser necesario reevaluar los problemas que estos desarrollos plantean a su debido tiempo.

Antecedentes y enfoque metodológico

15. La Estrategia de Finanzas Digitales (DFS) adoptada en septiembre de 2020 establece la intención de la Comisión de revisar los marcos legislativos de servicios financieros existentes con el fin de proteger a los consumidores y salvaguardar la estabilidad financiera, proteger la integridad de los sectores financieros de la UE y garantizar la igualdad de condiciones.

16. Para preparar estas acciones, la Comisión solicitó asesoramiento técnico a las AES en relación con las finanzas digitales y cuestiones conexas. Pide a las AES que proporcionen asesoramiento sobre la regulación y supervisión de cadenas de valor más fragmentadas o no integradas, plataformas y agrupación de diversos servicios financieros y grupos que combinen diferentes actividades a más tardar el 31 de enero de 2022. Además, pide a la ABE que proporcione asesoramiento sobre (i) préstamos no bancarios y (ii) protección de los fondos de los clientes y la articulación de la Directiva sobre sistemas de garantía de depósitos antes de finales de marzo de 2022 (y sobre la cual la ABE informará por separado).

17. De conformidad con el artículo 16 bis, apartado 1, de los Reglamentos constitutivos de cada una de las AES, éstas podrán, a petición del Parlamento Europeo, del Consejo o de la Comisión, o por propia iniciativa, emitir dictámenes al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión sobre todas las cuestiones relacionadas con su ámbito de competencias. El artículo 56 del Reglamento constitutivo dispone que las AES, en el ámbito de sus funciones, «alcanzarán posiciones conjuntas por consenso con, según proceda, [las demás AES]». Sobre la base de las disposiciones legales antes mencionadas, las AES son competentes para evaluar las oportunidades y los riesgos relacionados con la digitalización de los servicios financieros y proporcionar el asesoramiento solicitado a la Comisión.

18. Las tres ESA acogen con satisfacción la oportunidad de proporcionar a la Comisión asesoramiento técnico en relación con las finanzas digitales y cuestiones conexas. Si bien la digitalización no es nueva en las finanzas, las ESA creen que los recientes avances en relación con la fragmentación de la cadena de valor de los servicios financieros, las plataformas digitales y los grupos de actividad mixta plantean cuestiones específicas de regulación y supervisión. El presente informe esboza las posiciones de las ESA sobre las posibles formas de abordar estas cuestiones, incluidas, cuando proceda, las recomendaciones para la Comisión.

Antecedentes

19. La creciente digitalización de las actividades de servicios financieros ha contribuido a la fragmentación de la cadena de valor de los servicios financieros. Esta fragmentación se produce por varias razones, incluso como resultado de la creciente dependencia de las instituciones financieras de los servicios prestados por las empresas tecnológicas o con la aparición de FinTechs que ocupan posiciones de nicho en el mercado. La fragmentación de la cadena de valor no es un fenómeno nuevo, ni es un resultado directo de la pandemia de Covid-19. Por ejemplo, la computación en la nube y las dependencias de empresas de tecnología especializadas para datos y herramientas de análisis de datos estaban ganando una adopción generalizada antes de Covid-19, aunque el ritmo de adopción se ha acelerado debido a la pandemia.

20. Aprovechando una mayor fragmentación y, al mismo tiempo, contribuyendo a ella, las plataformas digitales han surgido para servir como nuevos lugares para productos o servicios financieros (y no financieros), a veces incluso agrupando estos productos de una gama de diferentes proveedores de servicios que operan en la UE y más allá. Las plataformas digitales han crecido en popularidad en los últimos años debido a la comodidad que ofrecen. Otro factor facilitador ha sido la creciente adopción de tecnologías relativamente nuevas, como las interfaces de programación de aplicaciones (API) o la inteligencia artificial (IA), que hacen que las interacciones físicas sean menos relevantes y facilitan el desarrollo de procesos mejorados de front y back-office.

21. La fragmentación de las cadenas de valor financieras incentiva a las empresas a buscar nuevas formas de cooperación (o consolidación) en forma de «grupos mixtos de actividad» (MAP) que ofrecen a los clientes servicios financieros y no financieros. Algunos de estos grupos, incluidas las BigTechs, ya tienen una presencia relativamente fuerte en el sector de los pagos, que se remonta a la introducción de la PSD2,12 y tienen el potencial de ganar cuota de mercado rápidamente en otros servicios financieros debido a su gran base de consumidores. Estos mismos grupos, cuyas competencias básicas se encuentran principalmente fuera de los servicios financieros, pueden utilizar asociaciones para crear capas adicionales sobre las infraestructuras financieras existentes, aprovechando sus efectos de red y la superioridad de la recopilación de datos para crear «ventanillas únicas» para productos y servicios minoristas.

22. Estos desarrollos están creando nuevas oportunidades para los consumidores y las empresas. La subcontratación a empresas de tecnología permite a las instituciones financieras centrarse en sus servicios principales, lo que aporta flexibilidad y ganancias de eficiencia. Las plataformas digitales mejoran la comodidad para los usuarios de servicios financieros al facilitar el acceso 24/7 a una gama más amplia de productos y servicios financieros. Las ofertas de estilo de plataforma permiten a las empresas financieras aprovechar una base de clientes más amplia, incluida la transfronteriza, y capturar eficiencias de escala. Los MAP pueden aprovechar los efectos de red para llegar a una amplia gama de consumidores, incluidos algunos que pueden estar desatendidos.

23. Sin embargo, estos desarrollos están trayendo nuevos riesgos y desafíos regulatorios / de supervisión. La creciente dependencia de las empresas de tecnología por parte de las instituciones financieras puede crear riesgos para la estabilidad financiera, por ejemplo, si el mismo pequeño número de empresas está siendo utilizado por muchas empresas en todo el sector financiero. Los nuevos canales de distribución digital, junto con técnicas de marketing a veces agresivas o el aprovechamiento de las redes sociales para llegar a una amplia base de consumidores pueden exacerbar ciertos riesgos para la protección del consumidor. La entrada de las BigTechs en los servicios financieros puede crear riesgos de concentración y plantear problemas de igualdad de condiciones en relación con los grupos financieros tradicionales, porque los marcos prudenciales y de consolidación existentes no se diseñaron teniendo en cuenta estos desarrollos.

24. Frente a este entorno que cambia rápidamente, la solicitud de asesoramiento técnico de la Comisión es un ejercicio oportuno y pertinente que tiene por objeto garantizar que el marco regulador siga siendo adecuado para su finalidad en la era digital.

Alcance de la convocatoria de asesoramiento25. La solicitud de asesoramiento técnico de la Comisión forma parte de un paquete más amplio destinado a adoptar las finanzas digitales para el bien de los consumidores y las empresas.

26. El 24 de septiembre de 2020, aprovechando el trabajo previo realizado en el contexto del Plan de Acción FinTech de 2018, la Comisión adoptó un paquete de financiación digital, que establece cuatro prioridades clave, a saber: i) eliminar la fragmentación en el mercado único digital; ii) adaptar el marco regulador de la UE para facilitar la innovación digital; iii) promover la innovación basada en datos; y iv) abordar los desafíos y riesgos asociados a la transformación digital. El paquete incluye estrategias para las finanzas digitales y los pagos minoristas, junto con propuestas legislativas sobre resiliencia operativa digital y criptoactivos, a saber, la propuesta Ley de Resiliencia Operativa Digital (DORA), la propuesta de Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA) y el régimen piloto propuesto para la Regulación de infraestructuras de mercado DLT (régimen piloto DLT).

27. La propuesta DORA reforzará y armonizará las normas sobre ciberseguridad en todo el sector financiero de la UE, garantizando que las empresas aborden los riesgos operativos digitales de manera eficaz, que notifiquen los incidentes de forma completa y coherente y que lleven a cabo las pruebas adecuadas. DORA también introduce nuevos poderes de supervisión en relación con terceros proveedores críticos de servicios de TIC, reconociendo el papel integral que los proveedores de tecnología desempeñan cada vez más en el sistema financiero.

28. MiCA y el régimen piloto forman un marco integral para la regulación de criptoactivos. MiCA aporta claridad a la posición regulatoria en torno a los criptoactivos. Con MiCA, los servicios previamente no regulados relacionados con los criptoactivos estarán bajo el ámbito de los reguladores financieros, lo que garantiza que se mitiguen los riesgos importantes para la protección de los inversores. Mientras tanto, el régimen piloto DLT propuesto promoverá el uso de la tecnología en los mercados de valores, lo que traerá ganancias potenciales en eficiencia y confiabilidad.

29. En relación con esto, aunque no se dirigió específicamente a los servicios financieros, en diciembre de 2020, la Comisión presentó dos iniciativas legislativas para mejorar las normas que rigen los servicios digitales en la UE: la Ley de Servicios Digitales (DSA) y la Ley de Mercados Digitales (DMA). La DSA y la DMA tienen dos objetivos principales, a saber: i) crear un espacio digital más seguro en el que se protejan los derechos fundamentales de todos los usuarios de servicios digitales; y ii) establecer unas condiciones de competencia equitativas para fomentar la innovación, el crecimiento y la competitividad, tanto en el mercado único europeo como a escala mundial.

30. Por último, el 2 de febrero de 2021, y con vistas a realizar las adaptaciones restantes necesarias al marco regulador existente para mediados de 2022, la Comisión publicó la solicitud de asesoramiento técnico dirigida a las AES sobre finanzas digitales y cuestiones conexas, a saber: i) la fragmentación de las cadenas de valor, ii) las plataformas y la agrupación de servicios y iii) los grupos que combinan diferentes actividades. Dos solicitudes adicionales de asesoramiento, sobre los riesgos prudenciales relacionados con los préstamos no bancarios y la protección de los fondos de los clientes, se dirigen únicamente a la EBA.

31. Todas las iniciativas anteriores son fundamentales para apoyar la adopción de las finanzas digitales en la UE en un entorno seguro para el bien de los consumidores y las empresas, y abordarán algunos de los riesgos destacados en el presente informe. Las ESA están dispuestas a seguir apoyando el trabajo de la Comisión en estos ámbitos según sea necesario.


Estructura del documento

  • El informe está organizado de la siguiente manera. El capítulo 1 establece la evolución del mercado, el capítulo 2 establece los riesgos y oportunidades, y el capítulo 3 establece las recomendaciones de las ESA.

Trabajo conjunto de las ESA y enfoque metodológico

  • Las ESA han cooperado estrechamente en todos los asuntos establecidos en la convocatoria de asesoramiento de la Comisión sobre finanzas digitales y durante la preparación del presente informe. Para informar su trabajo y comprender mejor la evolución clave del mercado, las oportunidades y los riesgos que conllevan y si se requirió alguna acción reglamentaria para desbloquearlos y/o abordarlos, las AES han utilizado una serie de herramientas, incluidos los análisis existentes realizados previamente a nivel individual de la ESA, encuestas a las ANC, consultas públicas y compromiso con las partes interesadas externas, incluyendo representantes de la industria (academia, firmas financieras establecidas, BigTechs, FinTechs, firmas de consultoría, think tanks y asociaciones de consumidores). También se consultó a los expertos y grupos de trabajo pertinentes de la ESA y a los grupos de partes interesadas de la ESA en varias etapas de los trabajos en cada ESA. El 30 de julio de 2021, el Grupo de partes interesadas de los valores y mercados de la AEVM publicó un dictamen a la AEVM sobre estos asuntos, que se ha considerado debidamente como parte del trabajo de las ESA.
  • Además, el 10 de septiembre de 2021, las AES celebraron un taller público conjunto de la ESA (en línea) para presentar y recabar comentarios de las partes interesadas externas sobre sus conclusiones provisionales. El taller atrajo a más de 500 participantes de los sectores de la banca, los seguros y los mercados de valores, las empresas de tecnología y los representantes de los consumidores e inversores, que aprovecharon la oportunidad para plantear preguntas y comentarios sobre las conclusiones provisionales conjuntas de la ESA e indicaciones para posibles recomendaciones. Las diapositivas presentadas durante el taller se pusieron a disposición del público después, y los asistentes dieron tiempo adicional para proporcionar comentarios por escrito.
  • A continuación, se proporcionan más detalles sobre el trabajo realizado en cada ESA:
  • Trabajo adicional de la EBA

En relación con el desarrollo del informe sobre plataformas digitales de septiembre de 2021 de la ABE, la ABE llevó a cabo una evaluación detallada de la evolución del mercado, incluida la evaluación del papel de las BigTechs en el sector bancario y de pagos de la UE. Como parte de la recopilación de información para informar este informe, la encuesta de la ABE publicó una encuesta a las ANC sobre las actividades reguladas de servicios financieros llevadas a cabo por las empresas del grupo BigTech en la UE. La ABE también ha llevado a cabo un amplio análisis con las ANC sobre el alcance del actual marco de consolidación prudencial en el marco del CRD24/CRR25, lo que ha ayudado a fundamentar este informe, junto con el análisis realizado para cumplir el mandato dirigido a la ABE en la Convocatoria de asesoramiento sobre finanzas digitales en relación con los préstamos no bancarios.

  1. Trabajo adicional de EIOPA

En 2020, la EIOPA publicó un documento de debate y puso en marcha una consulta pública sobre la fragmentación de la cadena de valor y los nuevos modelos de negocio para obtener una mejor imagen de la posible fragmentación de la cadena de valor de los seguros de la UE y los retos de supervisión relacionados con ella. En la declaración de comentarios se presenta una visión general de los comentarios recibidos. En 2021, la AESPJ publicó un documento de debate sobre blockchain y contratos inteligentes en los seguros y un documento de debate sobre seguros abiertos: acceso y uso compartido de datos relacionados con los seguros, y lanzó consultas públicas sobre ambos documentos de debate. Las aportaciones recibidas de una amplia gama de partes interesadas han servido de base para la labor actual.

  1. Trabajo adicional de ESMA

En marzo de 2021, la ESMA lanzó una encuesta a sus ANC para recabar sus comentarios sobre las cuestiones expuestas en la convocatoria de asesoramiento en relación con las cadenas de valor fragmentadas, las plataformas digitales y los MAP. Se invitó a las ANC a que proporcionaran información sobre la base del «mejor esfuerzo» debido a las posibles limitaciones de visibilidad sobre determinados desarrollos en el contexto de plataformas digitales o grupos mixtos fuera de sus competencias de supervisión. 28 ANC proporcionaron comentarios a la encuesta, cuyo resumen está disponible en el sitio web de la ESMA. Además, en mayo de 2021, la ESMA publicó una convocatoria de pruebas al mercado30 para recabar la opinión de las partes interesadas externas. La convocatoria de pruebas presentó una serie de preguntas adaptadas para cada uno de los tres ámbitos cubiertos en la convocatoria de asesoramiento, con un enfoque específico en el mandato de la ESMA. La ESMA recibió un total de 32 respuestas de una amplia gama de partes interesadas. Una descripción general de los comentarios recibidos está disponible en el sitio web de la ESMA.

Desarrollos del mercado

Cadenas de valor fragmentadas o no integradas

  • La dependencia de servicios de terceros y, en particular, la subcontratación no es un fenómeno nuevo en el sector financiero. Las instituciones financieras siempre han cooperado con otras empresas financieras y no financieras y han contratado servicios de éstos.31 Esto ha estado sujeto a los requisitos reglamentarios y la supervisión de la UE durante mucho tiempo, incluso a través de requisitos efectivos de gobernanza y gestión de riesgos y disposiciones de externalización.
  • Sin embargo, los desarrollos tecnológicos y la digitalización están aumentando el alcance y las formas en que las instituciones financieras dependen de terceros dentro de la cadena de valor. De hecho, las instituciones financieras confían cada vez más en la tecnología y los datos proporcionados por terceros para su transformación digital, una tendencia que se ha acelerado en respuesta a la pandemia de Covid-19.
  • Las ESA también observan interacciones crecientes entre las instituciones financieras tradicionales, las FinTechs y las BigTechs a través de una variedad de modelos de cooperación, por ejemplo, asociaciones, empresas conjuntas, subcontratación y sobre contratación, fusiones y adquisiciones. Estas empresas también se están asociando para co-innovar y proporcionar nuevos productos o servicios aprovechando sus competencias complementarias. Algunos proveedores de tecnología se asocian con múltiples instituciones financieras. Están surgiendo cadenas de valor originadas, administradas y controladas por empresas de tecnología u otros terceros. Las FinTechs y las BigTechs compiten con las instituciones financieras establecidas para proporcionar servicios financieros regulados. Aunque la entrada de las BigTechs en los servicios financieros regulados sigue siendo relativamente limitada en la UE en comparación con otras jurisdicciones, el fenómeno requiere seguimiento.
  • Estos desarrollos están impulsados por la eficiencia, la competitividad y los propósitos de innovación. Las instituciones financieras pueden optar por externalizar sus actividades no esenciales para centrarse mejor en sus modelos operativos y actividades de valor añadido. Las empresas de tecnología están demostrando que ciertos procesos dentro de la cadena de valor se pueden llevar a cabo de manera más eficiente y efectiva como servicios independientes. De hecho, una mayor fragmentación se asocia con una mayor especialización en la cadena de valor. Por ejemplo, la externalización a la infraestructura en la nube para reemplazar los centros de datos internos podría producir ahorros de costos para las instituciones financieras. Las instituciones financieras también aprovechan las capacidades especializadas de terceros para ofrecer soluciones digitales relevantes y rentables a los consumidores. En los mercados de valores, las compañías de software ofrecen soluciones a medida para aumentar los servicios de negociación, liquidación, compensación y gestión de garantías. Los asesores de inversión y las aseguradoras ahora están utilizando la IA para personalizar carteras y pólizas de seguros de vida en función de los perfiles de sus clientes. En el sector bancario, se observa la aparición de nuevos proveedores de servicios para Conozca a su cliente (KYC) o servicios de administración de préstamos. También hay una gama ampliada de ofertas de productos y servicios (por ejemplo, criptoactivos, seguros bajo demanda, P2P y paramétricos, contratos inteligentes, servicios de pago electrónico) y la aparición de nuevos modelos de negocio centrados en los datos. También están surgiendo soluciones de tecnología regulatoria (RegTech), que pueden facilitar la presentación de informes regulatorios y proporcionar soluciones para el fraude, las estafas en la incorporación remota, los riesgos operativos y de ciberseguridad. La colaboración también puede reducir el tiempo de comercialización de nuevas iniciativas, lo que permite economías de escala.

Mayor disponibilidad de datos y capacidades para consolidar una amplia gama de fuentes de datos

  1. Otro motor de estos desarrollos es la disponibilidad de datos y la capacidad de consolidar o analizar grandes cantidades de datos, que ha aumentado exponencialmente. Según la Comisión, se espera que el volumen de datos producidos en el mundo crezca de 33 zettabytes en 2018 a 181 zettabytes en 2025 y se puede esperar un aumento de las aplicaciones empresariales de datos en toda la economía, incluidos los servicios financieros.
  2. En relación con esto, la amplitud de los datos disponibles, incluidos los datos alternativos o no financieros, como los datos de comportamiento, Internet de las cosas (IoT), redes sociales, ambientales, sociales y de gobernanza (ESG), está creciendo rápidamente, impulsado por el desarrollo de principios de datos abiertos.
  3. Las instituciones financieras utilizan cada vez más datos procedentes de proveedores de datos de terceros para calcular la solvencia crediticia o el asesoramiento personalizado de inversión, aunque estos datos aún no sustituyen a los conjuntos de datos tradicionales. Por ejemplo, en la banca, los datos bancarios básicos siguen siendo la principal fuente de análisis en lugar de datos de fuentes externas como las redes sociales. Esto puede deberse a las preocupaciones de las instituciones sobre la fiabilidad y precisión de los datos externos, así como a aspectos relacionados con el acceso ético y el uso de los datos. En seguros, las fuentes de datos tradicionales, como los datos demográficos o de exposición, se combinan cada vez más (no se reemplazan) con nuevas fuentes como los medios en línea o los datos telemáticos, lo que proporciona una mayor granularidad y frecuencia de información sobre las características, el comportamiento y los estilos de vida de los consumidores. Esto permite el desarrollo de productos y servicios cada vez más personalizados y evaluaciones de riesgos más precisas. En los mercados de valores, los gestores de activos utilizan una gama cada vez mayor de datos, incluidos datos no financieros alternativos, para refinar sus decisiones de inversión. Esto, a su vez, crea nuevas o mayores dependencias entre las instituciones financieras y los proveedores de datos de terceros.

Mayores capacidades informáticas

  1. La capacidad de almacenar y procesar datos también se ha multiplicado, incluso mediante el uso de la computación en la nube, que se ha convertido en una infraestructura vital para los servicios financieros. La computación en la nube es un facilitador de la agilidad y el análisis avanzado de datos, ya que proporciona un amplio espacio de almacenamiento y la capacidad de analizar grandes cantidades de datos a una escala significativa, incluso a través de una fácil conectividad a las aplicaciones móviles utilizadas por los consumidores. Por ejemplo, en el sector de los seguros, los servicios de computación en la nube ya son utilizados por el 33% de las empresas de seguros de automóviles y de salud,   con un 32% adicional que dice que se mudará a la nube en los próximos tres años.

  1. Algunos proveedores de la nube están ofreciendo soluciones en la nube específicas de servicios financieros a medida que permiten nuevas capacidades como la incorporación de clientes, la creación de perfiles y el compromiso, las evaluaciones de cumplimiento normativo o el cifrado de datos que desbloquearán datos personales que antes se consideraban demasiado sensibles para fines analíticos. Algunas aseguradoras se están asociando con proveedores de la nube para construir plataformas de atención médica digital, permitiendo servicios virtuales de salud y bienestar (por ejemplo, herramientas de autoevaluación y prevención, una interfaz de teleconsulta, una bóveda de documentos digital, servicios de atención domiciliaria) o iniciativas de ciberseguridad destinadas a mejorar la ciberresiliencia y reducir el riesgo cibernético de las pequeñas y medianas empresas. Si bien la computación en la nube tiene el potencial de reducir los costos de infraestructura tecnológica, los riesgos de concentración son altos.
  2. También hay un uso creciente de Big Data e IA. Con el fin de capitalizar las oportunidades que ofrece la digitalización, en los últimos años muchas instituciones financieras se han embarcado en proyectos de transformación digital donde la IA juega un papel fundamental. Más específicamente, los sistemas de IA se utilizan cada vez más para procesar conjuntos de datos nuevos y antiguos, lanzar campañas de marketing dirigidas u ofrecer productos y servicios más específicos a los consumidores. En 2018, ya el 31 % de las empresas de seguros europeas participantes utilizaban el aprendizaje automático y otro 24 % se encontraba en una fase de prueba de concepto. En algunas jurisdicciones, el nivel de adopción ya es del 100 %.
  3. Si bien a menudo los servicios relacionados con big data/IA se pueden desarrollar internamente, muchas instituciones financieras contratan a proveedores de tecnología externos para servicios relacionados con big data/IA (por ejemplo, herramientas para el desarrollo de modelos o robo-advice). Los sistemas de IA utilizados por las instituciones financieras suelen combinar el uso de datos de fuentes internas (es decir, proporcionados directamente por los consumidores o generados por instituciones financieras) y/o fuentes externas (por ejemplo, agencias de calificación crediticia, repositorios públicos o centros de investigación).
  4. Las empresas tecnológicas también son contratadas para otros servicios especializados más allá de la nube y la IA / Machine Learning. Los ejemplos incluyen KYC / incorporación de clientes, por ejemplo, el desarrollo de biometría y otros desarrollos en ID digital / firma electrónica utilizada para la autenticación y autorización de clientes (cada vez más también combinados con big data y análisis) o análisis ESG.
  5. La financiación abierta puede verse como otro desarrollo que facilita tanto la innovación como el aumento tanto de la competencia como de la fragmentación. La discusión en torno a las finanzas abiertas ha estado en marcha durante algún tiempo, centrándose principalmente en el sector bancario y la PSD2 (banca abierta). Las recientes iniciativas políticas de la UE, como la Estrategia de Datos y la Estrategia de Finanzas Digitales de la Comisión, reconocen claramente la importancia de la innovación basada en datos y los flujos de datos dentro de la UE. El intercambio de datos, tanto personales como no personales, a través de interfaces de programación de aplicaciones (API) (abiertas) se ha expandido más allá del sector bancario. Las API abiertas pueden facilitar la innovación en toda la industria y aumentar la agilidad de las empresas para responder a los cambios en las necesidades y expectativas de los clientes. Como parte del impulso a la financiación abierta, las instituciones están otorgando más acceso a sus API internas al mundo exterior para ofrecer mejores servicios a los asegurados y/o una mayor competencia en el mercado (por ejemplo, la integración de las instituciones financieras con plataformas y otros terceros).
  6. Por el lado de los pagos, el marco PSD2 ha contribuido a la evolución del mercado al exigir a los proveedores de servicios de pago (principalmente bancos) que abran los datos de sus cuentas de pago a terceros autorizados y regulados (es decir, banca abierta), mejorando así la competencia en el mercado de pagos y creando incentivos para una mayor digitalización. La PSD2 también tiene implicaciones más allá del sector bancario. Las soluciones de financiación abierta intersectoriales se han desarrollado a menudo a través de la cooperación estratégica entre FinTechs, bancos y aseguradoras mediante el aprovechamiento de los datos de PSD2 (por ejemplo, utilizando información de la cuenta para evaluaciones de idoneidad al proporcionar productos de seguros de vida).
  7. La introducción de PSD2 también ha contribuido al crecimiento de FinTechs y BigTechs en el mercado de pagos. A menudo, esto toma la forma de asociaciones con una o más instituciones financieras líderes para proporcionar interfaces «orientadas al cliente» para facilitar la prestación de servicios de pago (y potencialmente para facilitar el acceso a otros productos y servicios ofrecidos por las instituciones financieras). En el futuro, las BigTechs pueden crear capas adicionales sobre los servicios existentes, actuando como mercados que ofrecen a los clientes la capacidad de acceder a los productos de múltiples instituciones financieras a través de su canal o plataforma de distribución (conocido como modelo de «ventanilla única»). Los servicios de billetera digital o móvil también están proliferando, al igual que la cooperación con distribuidores innovadores. El creciente desarrollo de soluciones móviles para pagos y un aumento general de los pagos en línea está en marcha, en parte acelerado por la pandemia de Covid-19.
  8. La tecnología de contabilidad distribuida (DLT) y los contratos inteligentes aún se encuentran en una etapa temprana de desarrollo en las finanzas, aunque están surgiendo casos de uso más prácticos en seguros, remesas de dinero y pagos en tiempo real. Si bien aún es pronto para DLT en el sector financiero de la UE, el número de casos de uso potenciales está creciendo y puede influir en una serie de funciones de servicios financieros a través de la desintermediación en áreas como TI,   operaciones, diseño y desarrollo de productos (productos basados en contratos inteligentes), fijación de precios, suscripción, distribución a través de intermediarios, gestión de siniestros en seguros, infraestructura de mercado en valores, y acuerdos de liquidación interbancaria. El crecimiento de DLT también ha introducido nuevos modelos de cooperación (por ejemplo, consorcios de la industria que trabajan en la implementación de DLT). A medida que crece la adopción de DLT, podría causar fragmentación, por ejemplo, en el caso de falta de interoperabilidad entre DLT o entre DLT e infraestructuras existentes. Si bien la digitalización actualmente parece depender también de la innovación interna o la cooperación con socios que están sujetos principalmente a la supervisión del sector financiero, la cooperación con socios que no están dentro del perímetro regulatorio del sector financiero está aumentando claramente. Se espera que estos desarrollos continúen transformando la forma en que se proporcionan productos y servicios con beneficios para los consumidores y las instituciones financieras.
  9. Por lo tanto, es importante prepararse para la posibilidad de que la fragmentación de la cadena de valor continúe aumentando, es decir, monitorear los desarrollos, identificar y analizar los riesgos y regular cuando sea necesario.

Plataformas y agrupación de diversos servicios financieros

Intersectorial

  1. En consonancia con las tendencias de digitalización más amplias en toda la economía de la UE, las instituciones financieras confían cada vez más en tecnologías innovadoras para proporcionar productos financieros en el entorno digital a través de un punto de acceso mejorado junto con servicios nuevos y mejorados a sus clientes. Como parte de esta tendencia, las plataformas digitales se utilizan cada vez más para comercializar y distribuir productos y servicios financieros.   a veces agrupando diferentes servicios y productos financieros y no financieros de una variedad de proveedores de servicios.
  2. Las ESA han identificado diferentes impulsores que fomentan la rápida adopción de plataformas digitales en el sector de los servicios financieros. En primer lugar, el comportamiento del consumidor está cambiando hacia una creciente búsqueda de conveniencia. Los consumidores demandan cada vez más el acceso a servicios y productos financieros en todo momento y desde diferentes dispositivos digitales a través de un único punto de acceso. Este cambio de comportamiento hacia la frecuentación de servicios financieros en línea se ha acelerado por la pandemia de Covid-19 y se espera que se convierta en estructural, rompiendo esencialmente la tendencia histórica de servicios que se prestan y acceden localmente a través de locales físicos. Además, los consumidores buscan cada vez más productos y experiencias personalizadas y, con esto, una gama más amplia de productos y servicios financieros personalizados. Las plataformas digitales pueden ayudar a las instituciones financieras a satisfacer esta demanda al aumentar la comodidad, permitir a los consumidores acceder a productos y servicios financieros a través de casi cualquier dispositivo digital y sin restricciones de tiempo, y al abordar mejor las necesidades y expectativas específicas de los consumidores. Otro factor habilitador ha sido la creciente adopción de tecnologías relativamente nuevas, como las API o la IA, que hacen que las interacciones físicas sean menos relevantes y facilitan el desarrollo de procesos mejorados de front-office y back-office, incluso mediante el uso de análisis de datos avanzados.
  3. Como consecuencia del cambio en el comportamiento de los consumidores y la aceleración de la digitalización provocada por la pandemia de Covid-19, los operadores tradicionales están cambiando sus modelos de negocio para seguir siendo competitivos en el mercado, y los nuevos participantes están aprovechando las plataformas digitales como su interfaz única o central con los clientes. Esto incluye, por ejemplo, llegar a la nueva generación de consumidores a menudo expertos en tecnología, ampliar las ofertas de productos y servicios hacia una mayor personalización y permitir a los consumidores fácilmente  recopilar información sobre los productos y servicios específicos de una institución financiera en línea, incluso a través de las redes sociales.
  4. En este contexto, las AES han observado una creciente utilización de las plataformas digitales para tender puentes entre los consumidores y los proveedores de productos y servicios financieros dentro del sector financiero de la UE. Específicamente, se pueden observar cuatro enfoques hacia el desarrollo de la plataforma de una institución financiera, (i) el desarrollo interno por parte de la institución financiera o empresa del grupo relevante, (ii) las asociaciones entre consorcios de instituciones financieras, (iii) las asociaciones entre instituciones financieras y no financieras, en particular las empresas de tecnología, por ejemplo, FinTechs, (iv) la subcontratación y la dependencia de empresas de tecnología de terceros. Si bien las plataformas digitales pueden realizar múltiples funciones, dos funcionalidades principales son consistentes para facilitar el puente entre los consumidores y los proveedores de productos y servicios financieros y no financieros. En primer lugar, las plataformas digitales mejoran la visibilidad de los productos y servicios y, en consecuencia, las actividades de marketing relacionadas. En segundo lugar, también facilitan la celebración de contratos de productos y servicios, ya sea directamente o «canalizando» a los consumidores al sitio web pertinente del proveedor de productos y servicios.
  5. No existe una definición comúnmente acordada de plataformas digitales, y el término abarca efectivamente una amplia variedad de configuraciones y entidades. Los diferentes tipos de plataformas también emplean una variedad de modelos de negocio y proporcionan una amplia gama de productos y servicios financieros dentro del mercado de la UE, a menudo compartiendo atributos de dos o más categorías. Sin embargo, se pueden utilizar cuatro elementos básicos para diferenciar entre los tipos de plataforma. En primer lugar, el operador de la plataforma puede ser la institución financiera, una empresa de tecnología o cualquier otro tercero. En segundo lugar, la plataforma puede ser utilizada por una o varias instituciones financieras de uno o diferentes sectores para la prestación de servicios financieros. En tercer lugar, las plataformas pueden proporcionar acceso a uno o varios tipos de productos o servicios financieros o agrupan productos y servicios financieros y no financieros. En cuarto lugar, las plataformas pueden utilizarse para la comercialización y/o celebración de contratos de productos y servicios. En el contexto de estos elementos básicos, el informe de la ABE sobre plataformas digitales ha identificado una taxonomía indicativa de plataformas, en la que se detallan cinco grupos indicativos, que también sirven de base para este asesoramiento técnico de la ESA.
  6. En primer lugar, las plataformas de comparación permiten a los consumidores comparar diferentes productos y servicios financieros sectoriales o intersectoriales proporcionados por diferentes instituciones financieras. Por ejemplo, los consumidores pueden comparar directamente los precios de diferentes productos y servicios o se les proporciona una clasificación basada en criterios de muestra o criterios basados en las preferencias del consumidor. Por lo tanto, las plataformas de comparación permiten a los consumidores filtrar específicamente los productos y servicios que abordan sus necesidades individuales. Por lo general, también redirigen a los consumidores a la página web de una institución financiera o actúan como intermediarios financieros regulados entre instituciones financieras o consumidores. De cualquier manera, pueden cobrar tarifas a las instituciones financieras a cambio de mostrar productos y servicios o recibir comisiones al haber facilitado un acuerdo contractual entre los consumidores y las instituciones financieras. Las plataformas de comparación pueden ser operadas por instituciones financieras o no financieras. Ejemplos de plataformas de comparación incluyen plataformas de corretaje de depósitos, que facilitan la colocación de depósitos en instituciones de crédito asociadas al proporcionar una comparación de las ofertas de tasas de interés, plataformas de comparación de robo-advisors relacionadas con la inversión, mostrando un desglose de la información cuantitativa y cualitativa relevante, como tarifas, mínimos de cuenta, instrumentos de inversión o experiencia de usuario para diferentes robo-advisors, sitios web de comparación que comparan diferentes seguros de vida o no vida o  productos de pensiones o comparadores multisectoriales que comparen productos en todo el sector financiero (por ejemplo, productos bancarios, de seguros y/o de inversión).
  7. En segundo lugar, las instituciones financieras comprenden aquellas plataformas digitales, operadas por instituciones financieras reguladas (incluidos los intermediarios regulados), que permiten a terceros (instituciones financieras u otras empresas en el caso de productos no financieros) comercializar y distribuir productos y servicios financieros y no financieros a los consumidores. Una vez más, la plataforma puede redirigir a los consumidores a un tercero para contratar un producto o servicio o intermediar la transmisión de fondos del consumidor a un tercero. También podrán cobrar comisiones a terceros a cambio de conceder el acceso a la plataforma o en relación con los productos y servicios contratados a raíz de las interacciones en la plataforma. Las aplicaciones de «estilo de vida» de la banca privada o las plataformas de negociación digital, por ejemplo, normalmente entrarían en esta categoría o los neobancos que ofrecen servicios de salud, ocio y viajes, además de productos bancarios, de seguros y / o de inversión. Algunas aseguradoras también están ofreciendo servicios adicionales de salud electrónica además de sus productos de seguro.
  8. En tercer lugar, las plataformas con servicios financieros como servicio paralelo suelen ser operadas por instituciones no financieras y ofrecen a los consumidores acceso a productos y servicios financieros de terceros y productos y servicios no financieros de terceros a través de una interfaz de plataforma. Una vez más, pueden cobrar tarifas similares a las identificadas para los proveedores de instituciones financieras +. Ejemplos de estas plataformas se encuentran típicamente en el comercio electrónico, sitios web de viajes que vinculan la reserva de viajes con proveedores de servicios de divisas o ventas de automóviles y bienes raíces, vinculando servicios de crédito o seguros con la compra de un producto específico.
  9. Cuarto, las plataformas del ecosistema sirven como mercados para que un gran número de instituciones financieras y otras empresas comercialicen y distribuyan sus productos y servicios a los consumidores, lo que significa que los productos y servicios financieros se ofrecen como parte de una amplia gama de productos y servicios disponibles en la plataforma, y pueden ser operados por instituciones financieras o no financieras (sin embargo,   en la UE, normalmente por instituciones no financieras). La plataforma generalmente facilita la comercialización de productos y servicios, pero a veces también actúa como un conducto financiero de los consumidores a proveedores externos, incluidas las empresas del grupo que pueden estar autorizadas como instituciones financieras. En otros casos, los consumidores deben contratar el producto o servicio directamente con el proveedor del producto. Las plataformas de ecosistemas actuales tienden a concentrarse en los viajes, la atención médica, la vivienda y las necesidades de movilidad, pero están evolucionando rápidamente.
  10. Las ESA esperan que este tipo de plataforma digital crezca rápidamente en los próximos dos a cinco años, con el comercio digital continuando creciendo y la creciente demanda de los consumidores minoristas y las pequeñas y medianas empresas de accesibilidad a los servicios financieros que continúa reflejando la facilidad de acceso a otros tipos de productos y servicios.
  11. En quinto lugar, las plataformas habilitadoras son plataformas típicamente proporcionadas por grandes empresas de tecnología que ofrecen un conjunto de software que actúa como interfaz entre los consumidores, las instituciones financieras y, a veces, terceros. Los ejemplos incluyen las llamadas plataformas «Pays» (por ejemplo, Apple Pay, Google Pay, etc.) o «back-office» (por ejemplo, infraestructuras de marca blanca ofrecidas por instituciones financieras a otras instituciones financieras o no financieras, como las plataformas de seguros P2P descentralizadas). A diferencia de los otros tipos de plataformas, el acuerdo contractual entre el consumidor y las instituciones financieras generalmente ya existe, y la plataforma simplemente se utiliza para facilitar nuevos medios de ejecución de un servicio financiero.
  12. Cuando una plataforma sea operada por una institución financiera, estará sujeta a los requisitos generales de gobernanza y gestión de riesgos aplicables a la institución financiera en función de los servicios exactos que preste. Por ejemplo, la prestación de servicios de dinero electrónico dará lugar a la necesidad de autorización como entidad de dinero electrónico (si la empresa no está ya autorizada como entidad de crédito), la prestación de servicios de préstamo puede exigirse que se conceda una licencia de conformidad con la legislación nacional o de la UE (si la empresa no está ya autorizada como entidad de crédito),   y la prestación de servicios MiFID dará lugar a la necesidad de una licencia MiFID, los requisitos aplicables asociados variarán según el tipo exacto de servicios MiFID prestados. Del mismo modo, la prestación de servicios que entran en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre distribución de seguros (IDD) exigirá el cumplimiento de todos los requisitos de IDD.
  13. Las AES observan que el creciente uso y la colaboración de las instituciones financieras con las plataformas digitales aumentan su dependencia de terceros. Además, la naturaleza transfronteriza inherente a muchas plataformas digitales profundiza la interconexión de los diferentes sectores financieros y no financieros en diferentes jurisdicciones del EEE (y potencialmente de terceros países). Sin embargo, como establece la ABE en su informe sobre plataformas digitales, las ANC tienen una comprensión limitada de los modelos de negocio basados en plataformas y deben seguir el ritmo de los desarrollos del mercado asociados, al tiempo que garantizan un nivel adecuado de visibilidad del uso y la dependencia de las plataformas digitales por parte de las instituciones financieras. De hecho, la evidencia sugiere que las ANC tienen una visibilidad limitada sobre el uso de las plataformas digitales por parte de las instituciones financieras, tanto como NCA de origen como de acogida. De hecho, sobre la base del análisis de las AES, parece que la gran mayoría de las ANC tienen actualmente una visibilidad y una comprensión limitadas de la dependencia de las instituciones financieras de las plataformas digitales / habilitadores, particularmente en el contexto de las interdependencias entre las instituciones financieras y las empresas de tecnología fuera del perímetro de la dependencia directa de la supervisión de las ANC.

Mercado de Valores

Plataformas de Trading Digital

  • En consonancia con el crecimiento de las plataformas digitales en todo el sector financiero, en los mercados de valores, la AEVM ha observado un aumento en el uso de plataformas de negociación digital por parte de los inversores minoristas. Estas plataformas, a veces conocidas como «neo-brokers», «corredores en línea» o «corredores de comisiones cero», suelen ser operadas por nuevos participantes, en lugar de empresas financieras establecidas, y dependen de una infraestructura totalmente digitalizada. A través de estas plataformas, los inversores tienen acceso en línea a una amplia gama de productos de inversión de diferentes proveedores, por ejemplo, bonos, acciones, ETF o instrumentos más complejos o especulativos como forex o criptoactivos, y servicios, incluida la ejecución de operaciones, la gestión de carteras o el asesoramiento de inversiones. Además, muchos proporcionan análisis de mercado o herramientas de educación para inversores, y a veces otros tipos de servicios financieros, por ejemplo, servicios bancarios, incluso cuando forman parte de un grupo financiero más amplio. La mayoría opera a través de las fronteras, ya que sus características digitales les facilitan ofrecer productos y servicios fuera de su país de origen. Por ejemplo, una de las plataformas de negociación más grandes de la UE, con 20 millones de usuarios notificados, es accesible para inversores de los 27 estados miembros de la UE. Sin embargo, otras plataformas están presentes en algunos países de la UE hasta ahora.
  • Reflejando los impulsores intersectoriales para la adopción de plataformas digitales, el uso de plataformas de comercio digital se aceleró a raíz de la pandemia de Covid-19 y los cambios en la demografía de los consumidores. Las fuertes caídas en las valoraciones y los aumentos repentinos de la volatilidad causados por impactos más amplios de Covid-19 llevaron a un aumento general en la compra de acciones y el volumen negociado por inversores minoristas en diferentes países de la UE en 2020. En Francia, las compras de acciones francesas por parte de clientes minoristas se cuadruplicaron en marzo de 202079, mientras que Italia informó cifras considerablemente más altas de compras netas de acciones de inversores minoristas en 2020,   en comparación con 2019. En Bélgica, los inversores minoristas más jóvenes han aumentado diez veces su compra de acciones en el BEL 20 durante la pandemia de Covid-19. Como era de esperar, las plataformas de negociación digital que proporcionan acceso en línea a productos de inversión durante los bloqueos nacionales impuestos en el transcurso de 2020 se han beneficiado de este cambio. Sin embargo, el mercado en la UE aún no está tan desarrollado como en los Estados Unidos, donde las plataformas de negociación compiten fuertemente por la cuota de mercado y han mostrado un crecimiento sustancial recientemente. Una de las plataformas de comercio digital más grandes de los Estados Unidos experimentó un salto del 80% en su número de usuarios a 22,5 millones en la primera mitad de 2021.
  • Al mismo tiempo, un nuevo tipo de inversor minorista autodirigido, a menudo no sofisticado y que adopta un enfoque de hágalo usted mismo, está recurriendo a medios digitales para acceder a productos y servicios de inversión. Los inversores autodirigidos se sienten más atendidos por las nuevas plataformas de negociación, mientras se sienten «casi como si no pertenecieran» a los sitios web de inversión tradicionales. Estas plataformas también se basan en la creciente importancia de los factores sociales y emocionales en la toma de decisiones de los inversores minoristas. Cabe destacar que el 38% de los inversores impulsados por la motivación emocional y social tienden a invertir en productos de inversión de alto riesgo y solo el 41% de ellos cree que la pérdida de algo de dinero es un riesgo genuino, lo que sugiere que no son necesariamente conscientes de los riesgos asociados con la inversión. La evidencia anecdótica también apunta a un aumento en el uso de elementos de gamificación,   por ejemplo, confeti o recompensas al alcanzar hitos de inversión, por parte de las plataformas de negociación digital, aunque parece haber una creciente comprensión de que algunas de estas características pueden desencadenar un comportamiento adictivo por parte de los inversores y algunas plataformas que las utilizan parecen ya no hacerlo.
  • Relacionadamente, las plataformas de comercio digital a menudo facilitan y / o aprovechan las interacciones con los medios en línea, especialmente las redes sociales. Por ejemplo, algunas plataformas de negociación digital permiten a los inversores compartir directamente sus actividades de inversión en las redes sociales a través de enlaces integrados y las redes sociales figuran como la segunda fuente más frecuentada de una lista de «fuentes contemporáneas» utilizadas para informar la toma de decisiones de inversión. Al mismo tiempo, los finfluencers pueden generar tracción entre los seguidores, lo que posiblemente acelere el comercio entre los inversores minoristas. Un informe reciente confirma la influencia de las redes sociales en la asunción de riesgos por parte de los inversores minoristas, destacando que «los inversores pueden ser influenciados para invertir sin los motivos objetivos y/o fundamentales en los que normalmente se basa una decisión de inversión» y vincula esta influencia a las redes sociales. De hecho, las empresas se están involucrando cada vez más con personas influyentes para llegar a una gama más amplia de inversores potenciales.
  • Por último, algunas de estas plataformas de negociación utilizan el llamado «comercio de comisiones cero» para atraer a los inversores, lo que puede dar la impresión de que los servicios prestados son gratuitos. A este respecto, la AEVM recuerda a los corredores de «comisión cero» los requisitos de la MiFID II de proporcionar información justa, clara y no engañosa a sus clientes y de facilitar información sobre todos los costes y gastos al cliente en relación con el servicio y el instrumento o instrumentos financieros.
  • En el sector de la gestión de activos, las plataformas digitales que ofrecen distribución de terceros de productos de fondos de inversión siguen creciendo. Los activos bajo administración (AuA) en las plataformas de distribución de fondos en la UE ascendieron a 2,8 billones EUR a finales de 2020, lo que representa un crecimiento de casi el 15 % en un año. A modo de comparación, los activos gestionados en fondos UCIT crecieron un 5,4 % durante el mismo período. Según una encuesta de 2020, el 85 % de los participantes en el mercado espera que los activos respaldados por las plataformas de distribución de fondos aumenten en los próximos tres años.   y el 30% incluso espera un «gran aumento». También hay un cambio en la gama de servicios prestados de una mera función intermediaria a un conjunto más amplio de servicios, incluida la ejecución comercial, la custodia, el procesamiento de acciones corporativas, la presentación de informes, el cumplimiento y los llamados servicios de valor agregado, como la provisión de análisis de datos.
  • El mercado de las plataformas de distribución de fondos está muy concentrado, con cuatro plataformas principales B2B que dominan y sirven a diferentes regiones geográficas de la UE. Solo una plataforma tiene una cuota de mercado del 61%. Los otros tres son similares en tamaño, con una cuota de mercado del 10%, 14% y 15% cada uno. Estas plataformas B2B, que no interactúan directamente con los inversores finales, generalmente operan bajo una licencia MiFID II y no realizan actividades de comercialización de fondos. Sin embargo, podemos esperar que las plataformas directas al consumidor, que todavía son pequeñas en la UE, especialmente en comparación con los Estados Unidos y el Reino Unido, ganen impulso en el futuro. También parece que nuevos actores, fuera del sector financiero, están formando asociaciones con actores regulados para ofrecer modelos de negocio de plataformas de distribución de fondos con un componente B2C.
  • El fenómeno merece ser monitoreado, ya que puede tener implicaciones para la protección de los inversores. En particular, los encuestados en la petición de evidencia de los AMAS han informado de un aumento y una falta de transparencia en las comisiones cobradas por las plataformas de distribución de fondos a los gestores de activos, lo que a su vez podría afectar al coste de invertir en fondos para los usuarios finales.
  • Los Robo-advisors son herramientas automatizadas de asesoramiento financiero utilizadas por los consumidores para recibir asesoramiento sobre la compra o venta de un producto o servicio financiero, con una interacción limitada a cero entre el personal. Los Robo-advisors no son nuevos, pero han crecido en tamaño y han ampliado su oferta de servicios en los últimos años. Ofrecen procesos totalmente automatizados o parcialmente automatizados y sus servicios van desde la optimización de la cartera hasta el reequilibrio, la selección de inversiones y la planificación de la jubilación.
  • Los robo-advisors gestionaron activos de clientes de USD 987 mil millones en 2020 a nivel mundial, con pronósticos que sugieren que esta cifra aumentará a USD 1.4 tn en 2021 y USD 2.9 tn en 2025. Las cifras en Europa siguen siendo comparativamente pequeñas, con alrededor de EUR 140 mil millones AuM en 2021 y estimaciones de crecimiento anual del 21% en promedio durante los próximos cuatro años. En la UE,   Italia lidera con 13.500 millones de euros AuM, seguida de Francia con 11.000 millones de euros y Alemania con 8.600 millones de euros en 2020, respectivamente. El número de usuarios en Europa se situó en aproximadamente 20 m en 2020.
  • El Comité Mixto ya llevó a cabo un trabajo sustancial sobre el tema en 2015, 2016 y 2018, respectivamente. Además, un ejercicio de seguimiento realizado por la AEVM en cooperación con las ANC en 2018 confirmó que el mercado de la UE en materia de «automatización del asesoramiento financiero» está creciendo, pero a un ritmo lento. El ejercicio también ha puesto de relieve las diferencias en la evolución entre jurisdicciones y sectores, con el sector de los servicios de inversión como principal área de aplicación del robo-asesoramiento. Como parte de su trabajo en curso sobre las solicitudes de asesoramiento técnico de la Comisión en relación con los aspectos de protección de los inversores minoristas, la AEVM realizará un análisis más detallado sobre el uso y las repercusiones de los robo-advisors.

Grupos que combinan diferentes actividades

  • Se necesita una aclaración de la noción de grupo de actividad mixta (o MAG) para comprender el alcance del análisis. «Grupo de actividad mixta»: un grupo de empresas (una empresa matriz y sus empresas filiales) que presta servicios financieros y no financieros, por ejemplo, un grupo activo en verticales como la nube, la publicidad, los programas informáticos empresariales, los juegos de azar, la entrega de alimentos, el transporte privado, la transmisión por secuencias, combinándolos con seguros, pagos, servicios bancarios y otros servicios financieros.
  • A los efectos de este trabajo, las AES se han centrado en los MAP habilitados por la tecnología para capturar la importancia de los datos y la tecnología en sus modelos de negocio. Los grupos que combinan diferentes actividades y, más concretamente, las BigTechs («grandes empresas tecnológicas con amplias redes de clientes; incluye empresas con negocios principales en redes sociales, búsqueda en Internet, software, venta minorista en línea y telecomunicaciones’ (FSB 2020b)) están prestando servicios financieros en paralelo a otras líneas de negocio, y esta incorporación de servicios financieros (en todos los sectores financieros: banca y pagos,   seguros e inversiones) dentro de sus propios ecosistemas y propuestas de valor se ha observado en varias jurisdicciones, incluida la UE, y se está acelerando.
  • Para comprender el alcance y la escala de la huella del MAG en los sectores financieros, se requiere una mirada a sus actividades globales. La mayoría de los mercados financieros en los que han penetrado hasta la fecha se encuentran en jurisdicciones de terceros países, es decir, fuera de la UE, y estas empresas concentran sus actividades principalmente en América del Norte, China, India o América Latina. En estas regiones, han introducido en el mercado nuevas propuestas de valor y son en su mayoría activas como competidores directos de las instituciones financieras tradicionales. Dependiendo de su posicionamiento estratégico y asociaciones con instituciones financieras, los MAGs pueden optar por dos opciones. Pueden optar por introducir productos y servicios financieros fuera de las redes financieras y bancarias tradicionales, como prácticamente siempre ocurre en los mercados emergentes y las economías en desarrollo; por ejemplo, Tencent está activo en consecuencia en pagos minoristas a través de Tenpay, crédito y provisión de cuenta corriente a través de WeBank, gestión de activos a través de LiCaitong y seguros a través de Shuidihuzhu, todos lanzados fuera del sistema financiero tradicional, explotando nichos de mercado. Por otro lado, los MAGs también pueden operar superposiciones sobre, o trabajar en colaboración con, instituciones financieras existentes, especialmente bancos: Amazon optó por este último al expandirse a servicios financieros con Amazon Pay (pagos), Amazon Lending y Amazon Protect (Seguros). Otros ejemplos notables incluyen Google Pay y Apple Pay.

Algunos MAG incluso han alcanzado el liderazgo del mercado (en el contexto de la prestación de servicios financieros) en algunas jurisdicciones. Por ejemplo, Amazon, Google, WhatsApp (grupo Meta (anteriormente Facebook)) son participantes activos en la red de pagos en tiempo real de la India Unified Payments Interface (UPI), tanto PhonePe (Walmart) como Google Pay superan el 79% del volumen de transacciones de UPI, lo que representa más de 1.800 millones de transacciones; esto llevó a la Corporación Nacional de Pagos de la India a introducir directrices de limitación de la cuota de mercado para los proveedores de aplicaciones de terceros en UPI en un esfuerzo por combatir los riesgos de monopolio y competencia. Sin embargo, las aplicaciones de UPI o los proveedores de aplicaciones de terceros, como Google Pay, PhonePe o Amazon Pay, se tratan como intermediarios de terceros y no como proveedores de sistemas de pago con licencia. Se les prohíbe administrar los fondos de los clientes ya que no están regulados directamente por el Royal Bank of India, su función es facilitar las transacciones en UPI.

  1. En comparación con sus verticales de negocio principales; sin embargo, ha ido en constante aumento en los últimos años, mostrando el apetito de las BigTechs por penetrar en nuevos mercados con el fin de mejorar sus propuestas de valor.
  2. De terceros países más grandes de Europa pueden no parecer en esta etapa tan significativas como otros mercados. En 2019, solo el 14% de sus filiales estaban activas en Europa y la presencia de MAG en los mercados financieros de la UE ha sido más limitada.
  • Las empresas tecnológicas han estado histórica y principalmente activas en el mercado de la UE como proveedores de TIC para instituciones financieras (por ejemplo, como proveedores de servicios externos, y entran en el ámbito de aplicación de la propuesta legislativa DORA); Aparte de su negocio principal de servicios tecnológicos como los servicios en la nube, han penetrado en segmentos seleccionados del mercado del sector financiero, como los pagos minoristas, a través de la provisión de infraestructura como interfaz entre las instituciones financieras y los usuarios finales. En general, solo un número limitado de empresas del grupo BigTech poseen actualmente licencias para llevar a cabo actividades de servicios financieros en la UE, y se sabe que ocho tienen empresas subsidiarias que llevan a cabo servicios financieros regulados. En los mercados de seguros y valores de la UE, la presencia de BigTechs es aún más escasa, ya que solo un puñado de actores ha lanzado productos específicos. Cabe señalar que los préstamos no bancarios se abordarán en un informe separado de la ABE.
  • Varias razones pueden explicar una presencia más limitada de MAGs en el sector financiero de la UE en comparación con otras regiones hasta la fecha, entre las cuales:

a). requisitos regulatorios: podría decirse que las BigTechs se han alejado de sectores más fuertemente regulados (por ejemplo, debido a requisitos de capital y otros que pueden tener implicaciones de costos en términos de cumplimiento);

b). los márgenes ya bajos en algunos productos y servicios financieros y, por lo tanto, los bajos coeficientes de rentabilidad, no son tan atractivos en comparación con algunas jurisdicciones fuera de la UE, donde los márgenes son sustancialmente más altos debido a una competencia más limitada con los sectores pertinentes;

c). los mercados financieros de la UE, en particular el sector de los productos y servicios de banca minorista, son altamente competitivos en comparación con los niveles más bajos de penetración de la banca en línea en otros mercados, como China, India o Brasil;

d). las diferencias sociodemográficas y las preferencias de los consumidores, ya que los consumidores de la UE siguen confiando mucho en los operadores tradicionales, aunque las nuevas generaciones, cada vez más familiarizadas con los servicios y productos de MAG, pueden tener diferentes inclinaciones, y puede observarse una brecha generacional en el acceso y el uso de los servicios digitales;

e). riesgo y datos de seguros: aunque las BigTechs, Fintechs e insurTechs a menudo están mejor posicionadas para proporcionar capacidades digitales como IA, datos y análisis, no tienen (todavía) el conocimiento de los riesgos de seguros y los datos históricos de las aseguradoras para monetizar de forma independiente sus capacidades digitales. La falta de disponibilidad de datos históricos dificulta las prácticas adecuadas de fijación de precios y suscripción. Sin embargo, puede superarse, ya que los datos están disponibles en el mercado y se pueden comprar.

  • La entrada en el mercado, también para los otros productos / servicios financieros, y la escala potencial es posible, dada la capacidad de las BigTechs para aprovechar la tecnología, los datos y las grandes bases de clientes. La capitalización de mercado de los MAGs más grandes es significativamente mayor que la de los conglomerados financieros más grandes y los Bancos de Importancia Sistémica Global (G-SIBs). Además, los ratios de capital y liquidez y las estructuras de financiación de los MAGs pueden ser relevantes para poner en paralelo con los de las entidades financieras, ya que una dinámica de acumulación de liquidez debido a una asignación hiperconservadora del flujo de efectivo libre se ha observado, por ejemplo, con los MAGs de EE.UU. El monitoreo de los MAGs es necesario no solo debido a la al riesgo de interconexión con el sector financiero, pero también por su potencial para socavar la estabilidad financiera.
  • Además, las BigTechs pueden aprovechar su fuerza en, por ejemplo, la industria de las redes sociales en los mercados regulados. Las compañías tecnológicas más grandes de China, por ejemplo, se están sumergiendo en el negocio de asegurar daños por accidentes automovilísticos, utilizando empresas de seguros como proveedores. Utilizan inteligencia artificial para proporcionar protección contra accidentes automovilísticos; aunque esto puede parecer marginal para los servicios financieros, es la vanguardia para que las compañías ‘TechFin’ de China remodelen los seguros, las inversiones y la banca a su imagen.
  • La entrada no siempre tiene que ser directa y disruptiva. Podría realizarse a través de estrategias de colaboración. Estas estrategias de colaboración podrían permitir menores costos de entrada, ya que la empresa regulada tradicional tiene, entre otras, prácticas y políticas para garantizar el cumplimiento de los requisitos reglamentarios. La start-up podría actuar como proveedor de servicios para una aseguradora. Este es un modelo de negocio bastante común y permite a la InsurTech y a la aseguradora, por ejemplo, centrarse en sus respectivas fortalezas en tecnología y seguros. Además, permite a la InsurTech beneficiarse de la escala, el know-how y los datos de la empresa de seguros.
  • Dentro de un grupo existente, la disponibilidad de nuevas soluciones tecnológicas podría inducir a las empresas (de seguros) a utilizar empresas dedicadas a un proyecto innovador (por ejemplo, aplicaciones de ciberseguridad, IoT, TIC aplicadas a la salud) con el fin de fomentar la velocidad y la flexibilidad. Alternativamente, las compañías de seguros cooperan o adquieren participaciones en compañías ‘FinTech’ existentes para beneficiarse de los conocimientos y capacidades digitales de esas partes. En general, aunque existen diferencias entre los países, las ANC no informaron hasta el momento de un aumento significativo de la complejidad, pero sí ven el potencial para ello.

Recuadro 1: Wirecard

Wirecard ha estado en el centro de un escándalo financiero internacional y sujeto a varias acusaciones desde su anuncio en junio de 2020 de que faltaban 1.900 millones de euros en sus cuentas de depósito en garantía. El caso demuestra efectivamente que la prestación de servicios financieros por parte de grandes grupos tecnológicos con una estructura compleja y la participación de terceros fuera de la UE plantea riesgos y desafíos específicos para los supervisores financieros.

Wirecard se describió a sí misma en ese momento como una institución financiera y una empresa de tecnología global que proporciona servicios de procesamiento de pagos en línea y vincula a comerciantes, bancos y clientes. El grupo ha experimentado un crecimiento exponencial y entró en el índice alemán DAX 30 en septiembre de 2018, convirtiéndose en uno de los mayores proveedores de servicios financieros con una valoración de 20.700 millones de euros (a partir de enero de 2019). Wirecard procesó pagos para 250.000 comerciantes, incluidos Aldi y Lidl, dos de los minoristas más grandes de Alemania, y numerosas aerolíneas.125 Se expandió internacionalmente a Singapur, Nueva Zelanda, Australia, Sudáfrica, Turquía, Estados Unidos y China.

Como empresa involucrada en el proceso de pago y el flujo de transacciones entre comerciantes y clientes, Wirecard proporcionó servicios bancarios tanto de emisión como de adquisición. The Wirecard Bank, una subsidiaria financiera del grupo Wirecard que posee una licencia bancaria alemana, proporcionó servicios financieros y estuvo activo principalmente en el negocio de adquisición en Alemania. Sin embargo, según Wirecard, ni Wirecard Bank ni ninguna otra filial del grupo Wirecard fuera de la UE tenían las licencias necesarias para operar el negocio adquirente y, por lo tanto, Wirecard se basó en los llamados «socios adquirentes» (o «socios adquirentes de terceros»), de los cuales los tres más grandes estaban en Dubai, Singapur y Filipinas. Según algunas acusaciones, los ingresos de estos socios se canalizaron a tres filiales del grupo Wirecard (en emiratos árabes Unidos, Irlanda y Alemania). Tanto las pérdidas financieras como las ganancias de los socios adquirentes de terceros se contabilizaron y consolidaron como pérdidas y ganancias de Wirecard.

En junio de 2020, la Comisión Europea encargó a la ESMA que realizara un análisis de los acontecimientos que condujeron al colapso de Wirecard AG. En noviembre de 2020, la ESMA preparó un informe en respuesta a esta solicitud («Informe de la ESMA»)127, centrado en la aplicación de la información financiera por parte de las autoridades alemanas encargadas de la aplicación de la información financiera y reflejando los resultados de la revisión inter pares acelerada de la ESMA.

Si bien las acusaciones contra Wirecard incluían malas prácticas en relación con diversas cuestiones, incluidas la contabilidad y la información financiera, la integridad del mercado (por ejemplo, la difusión de información engañosa), las ventas en corto y la gobernanza empresarial, la revisión de la AEVM se centró exclusivamente en evaluar la eficacia del sistema de supervisión en relación con la Directiva sobre transparencia (DTT) y, más concretamente, en la aplicación de las Directrices para la aplicación de la información financiera (GLEFI) por parte de la   supervisores nacionales alemanes (FREP y BaFin).

El Informe de la ESMA proporcionó una descripción del caso Wirecard y describió las acusaciones clave contra Wirecard. A continuación, el Informe de la ESMA analizó el cumplimiento de las prácticas BaFin y FREP con la GLEFI, evaluó la eficacia del sistema de supervisión alemán de dos niveles para la información financiera en el contexto específico del caso Wirecard y proporcionó recomendaciones para abordar estas deficiencias. En general, el informe de la ESMA destacó la importancia de una información financiera de alta calidad y de una aplicación eficaz de dicha información en toda la UE.

En términos más generales, el asunto Wirecard demostró, entre otras cosas, que los acuerdos complejos dentro de un grupo que presta servicios financieros y no financieros con líneas presumiblemente borrosas entre estas actividades, crean desafíos específicos para los supervisores, teniendo en cuenta también la falta de visibilidad del modelo de negocio del grupo y sus actividades fuera de la UE. El caso también demostró la necesidad de mejores acuerdos de cooperación para las autoridades nacionales y con las autoridades no pertenecientes a la UE, con vistas a mejorar la supervisión de los modelos de negocio de grupo digitalizados (por ejemplo, en algún momento las autoridades de Singapur estaban «investigando» el asunto, y una filial del grupo Wirecard poseía una licencia de dinero electrónico de la Autoridad de Conducta Financiera del Reino Unido).

Las implicaciones supervisoras más amplias del caso Wirecard se discuten en un estudio especial preparado en noviembre de 2020 por la Unidad de Apoyo a la Gobernanza Económica a solicitud del Comité ECON128. El informe destacó las debilidades del mercado y la supervisión en Alemania y en Europa y propuso sugerencias sobre sus mejoras, como el refuerzo de las competencias obligatorias otorgadas a las ANC en virtud de la Directiva de Transparencia e incluso la creación de una institución única y responsable de supervisión del mercado a nivel europeo, que puede denominarse Supervisor Único Europeo del Mercado de Capitales.

Oportunidades y riesgos

  • Las tendencias y desarrollos del mercado antes mencionados traen una serie de oportunidades, pero también riesgos tanto para los usuarios como para los proveedores de servicios financieros. Los riesgos y oportunidades destacados en este capítulo a menudo no son nuevos, sino que se aceleran en el contexto de la digitalización. A menudo también pueden estar relacionados con los desarrollos de la digitalización en general. Además, las oportunidades y los riesgos potenciales son mixtos y dependen de diferentes modelos de negocio específicos, socios involucrados, componentes de la cadena de valor en cuestión y gestión de riesgos y gobernanza. Las AES siguen supervisando la aplicación de tecnologías innovadoras en el sector financiero de la UE como parte de su labor en curso y futura, también en relación con la idoneidad del perímetro reglamentario de la UE.
  • La creciente digitalización de los servicios financieros mejora la comodidad para los usuarios al facilitar el acceso sin interrupciones y en tiempo real las 24 horas del día, los 7 días de la semana, a los productos y servicios financieros, incluidos los transfronterizos, sin necesidad de presencia física. A través de medios digitales, los consumidores son más capaces de identificar y comparar una gama más amplia de productos y servicios financieros. Pueden concluir y administrar contratos de productos y servicios financieros en línea de manera más fácil y rápida. Por ejemplo, la digitalización a menudo permite a los consumidores firmar contratos en un corto período de tiempo y sin la necesidad de buscar una sucursal física, lo que permite a una gama comparativamente más amplia de la población acceder cómodamente a productos y servicios financieros. Los consumidores también pueden sentirse más cómodos al interactuar con las instituciones financieras de manera menos formal y valorar la información proporcionada a través de formatos digitales más fáciles de usar, o a través de canales y fuentes no tradicionales. Por ejemplo, la creciente tendencia a buscar información de pares «de ideas afines» en las redes sociales y las tendencias, como el comercio social y de copias, ilustra la creciente demanda de una democratización de la inversión. Algunas plataformas digitales operadas por instituciones financieras o no financieras también reúnen una amplia gama de productos financieros y no financieros, actuando efectivamente como una conveniente ventanilla única para los consumidores.
  • Desde la perspectiva de un proveedor, los medios digitales y las tecnologías innovadoras pueden ayudar a cerrar de manera más eficiente la demanda y la oferta de productos y servicios financieros, incluso a través de las fronteras. El uso de canales de distribución digitales puede permitir a las empresas desarrollar y distribuir sus productos y servicios a una base de consumidores más amplia, potencialmente más rápido y a un costo menor, reduciendo a su vez las barreras de entrada y el tiempo de comercialización de nuevos productos, y fomentando la innovación financiera. Aprovechando la amplia gama de datos de los consumidores disponibles a través de la digitalización y las técnicas avanzadas de análisis de datos, como el big data, el aprendizaje automático y la IA, las instituciones financieras pueden ser capaces de comprender mejor las necesidades y preferencias de los consumidores y personalizar sus enfoques y productos de marketing en consecuencia, impulsando así la personalización de los productos y servicios financieros. Los medios digitales también pueden facilitar interacciones más rápidas con los consumidores, incluso de forma individual.
  • Del mismo modo, la digitalización y la creciente fragmentación de las cadenas de valor financieras que la acompaña pueden mejorar la eficiencia y la flexibilidad de las empresas financieras. Por ejemplo, la externalización de centros de datos internos a proveedores de servicios en la nube ha generado importantes ahorros de costes para las instituciones financieras. Las asociaciones comerciales entre proveedores de tecnología financiera especializados o de nicho, incluidas las FinTechs, y los operadores tradicionales pueden ayudar a agilizar los procesos internos o mejorar la detección y gestión de riesgos del fraude.
  • En algunos casos, la evolución de la reglamentación también ha desempeñado un papel importante en el fomento de la competencia y, como resultado, la innovación, como lo demuestra la PSD2 en los pagos. También existe el potencial de un seguro abierto, que posiblemente permita a los consumidores comparar mejor las ofertas y cambiar de proveedor, aumentando la eficiencia del sector y facilitando la supervisión a través de capacidades de supervisión más eficaces y receptivas. Las nuevas oportunidades que plantean las arquitecturas abiertas y las finanzas abiertas promueven tanto la innovación como la competencia, lo que puede facilitarse, por ejemplo, mediante el intercambio de datos de terceros, uso de big data y analítica avanzada.
  • Todo esto combinado puede ayudar a fomentar una mayor competencia y un mercado único mejorado (por ejemplo, facilitando las empresas transfronterizas) para los servicios financieros, con resultados beneficiosos para los usuarios de servicios financieros, tanto en términos de calidad de los productos y servicios, una mayor personalización, una experiencia fluida y costes potenciales. Una mayor comodidad para los usuarios y menores costos también pueden ayudar a lograr mayores niveles de inclusión financiera.
  • Los MAG han demostrado que son capaces de realizar evaluaciones eficaces de la solvencia crediticia y de examinar y supervisar la actividad de los prestatarios aprovechando sus datos de consumo, reduciendo así la necesidad de garantías y facilitando potencialmente la inclusión financiera de los consumidores y las empresas subbancarizados, en particular las pequeñas y medianas empresas. Del mismo modo, aprovechando el análisis de datos, las empresas de seguros pueden realizar evaluaciones de riesgos más granulares, lo que puede mejorar la inclusión financiera de algunos consumidores de alto riesgo que anteriormente no podían acceder a una cobertura asequible.
  • A pesar de las oportunidades identificadas anteriormente, la creciente digitalización de los servicios financieros también conlleva ciertos riesgos.
  • El aumento de la digitalización de los servicios financieros puede exacerbar determinados riesgos y riesgos de las TIC y los ciberespacios en relación con la resiliencia operativa y la continuidad del negocio de las entidades financieras, especialmente teniendo en cuenta su creciente exposición y dependencia de terceros proveedores de servicios, incluidos los no regulados, y en los casos en que la gestión de la externalización de terceros e intragrupo a nivel institucional carece de solidez. En el caso de los MAG,   los riesgos derivados de las actividades tecnológicas «básicas» pueden afectar a la cadena de valor global, incluida la prestación de servicios financieros. Además, el rápido crecimiento de las infraestructuras de plataformas, que normalmente recopilan y almacenan grandes cantidades de datos personales y financieros de los consumidores, ha convertido a las plataformas digitales en un objetivo atractivo para los ciberataques.
  • Para que los consumidores puedan tomar decisiones informadas sobre productos y servicios financieros, deben tener acceso a información de alta calidad, clara y de fácil acceso que se proporcione en el momento adecuado, a través de medios adecuados, y que explique las características y los costos a lo largo de la vida útil de los productos y servicios. Esto se aplica a los productos y servicios financieros que se comercializan y/o venden en una reunión física entre el consumidor y el proveedor/intermediario, pero aún más cuando no interactúan entre sí en la misma ubicación física (es decir, «marketing a distancia»).


Deja una respuesta