SEC retrasa la fecha de las reglas de divulgación relacionadas con el clima debido a desafíos legales


La Comisión de Bolsa y Valores (SEC) ha decidido hacer una pausa en la implementación de las Reglas finales con respecto a las divulgaciones relacionadas con el clima para los inversores. Originalmente programada para entrar en vigor en 2026, la fecha de entrada en vigor se pospuso mientras se abordan los (¡variados!) desafíos legales.

Las Reglas Finales, publicadas el 28 de marzo, requieren que los declarantes proporcionen información específica relacionada con el clima en sus declaraciones de registro e informes anuales.

A principios de marzo, las peticiones de revisión de las Reglas Finales inundaron múltiples tribunales de apelaciones. La SEC respondió rápidamente, presentando notificaciones y mociones, lo que llevó a la consolidación de los procedimientos en el Tribunal de Apelaciones del Octavo Circuito de Estados Unidos.

Si bien la SEC sigue comprometida a defender vigorosamente estas reglas, ha optado por pausar su implementación hasta que se resuelvan los asuntos legales. Esta decisión está diseñada para «garantizar la certeza regulatoria y dar espacio para que el tribunal de apelaciones se centre en decidir los méritos del caso».


COMISIÓN DE BOLSA Y VALORES

La mejora y normalización de la divulgación de información relacionada con el clima para los inversores; Retraso de la fecha de entrada en vigor

AGENCIA: Comisión de Bolsa y Valores

ACCIÓN: Reglas finales; Retraso de la fecha de entrada en vigor.

RESUMEN: El 28 de marzo de 2024, la Comisión de Bolsa y Valores («Comisión») publicó las reglas finales en el Registro Federal, tituladas «La mejora y estandarización de las divulgaciones relacionadas con el clima para los inversores» («Reglas finales» o «Reglas»), con el fin de enmendar sus reglas en virtud de la Ley de Valores de 1933 («Ley de Valores») y la Ley de Intercambio de Valores de 1934 («Ley de Intercambio») para exigir a los solicitantes de registro que proporcionen cierta información relacionada con el clima en sus declaraciones de registro y Informes. Las Reglas Finales entrarían en vigencia el 28 de mayo de 2024. Este documento anuncia que la fecha de entrada en vigor de las Reglas Finales se retrasa a la espera de la finalización de la revisión judicial en los procedimientos consolidados en el Octavo Circuito.

FECHAS: A partir del [INSERTAR FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL REGISTRO FEDERAL], la fecha de entrada en vigor de las Reglas Finales, publicadas en 89 FR 21668, 28 de marzo de 2024, se retrasa indefinidamente. La Comisión publicará una notificación posterior en el Registro Federal anunciando la fecha de entrada en vigor de las Reglas Finales después de la finalización de la revisión judicial de las peticiones consolidadas del Octavo Circuito.

PARA OBTENER MÁS INFORMACIÓN, COMUNÍQUESE CON: Elliot Staffin, Asesor Especial Principal, Oficina de Reglamentación, al (202) 551-3430, Comisión de Bolsa y Valores, 100 F Street NE, Washington, DC 20549.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: El 6 de marzo de 2024, la Comisión adoptó las Reglas Finales que requerirán que los solicitantes de registro proporcionen cierta información relacionada con el clima en sus declaraciones de registro e informes anuales. Las Reglas Finales se publicaron posteriormente en el Registro Federal el 28 de marzo de 2024.

Entre el 6 y el 14 de marzo de 2024, se presentaron peticiones de revisión de las Reglas Finales en múltiples tribunales de apelaciones. El 8 de marzo de 2024, los peticionarios Liberty Energy Inc. y Nomad Proppant Services LLC presentaron una moción en el Quinto Circuito solicitando una suspensión administrativa y una suspensión pendiente de revisión judicial de las Reglas Finales. El 15 de marzo de 2024, el Quinto Circuito emitió una suspensión administrativa.

El 19 de marzo de 2024, la Comisión presentó un Aviso de Peticiones de Revisión de Circuitos Múltiples ante el Panel Judicial de Litigios Multidistritales de conformidad con 28 U.S.C. 2112(a)(3). El 21 de marzo de 2024, el Panel Judicial de Litigios Multidistritales emitió una orden que consolida las peticiones de revisión en el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Octavo Circuito. El 22 de marzo de 2024, el Quinto Circuito disolvió su suspensión administrativa.

El 26 de marzo de 2024, Liberty Energy Inc. y Nomad Proppant Services LLC presentaron una carta en el Octavo Circuito señalando la pendencia de su moción de suspensión administrativa y una suspensión pendiente de revisión judicial. También el 26 de marzo de 2024, la Cámara de Comercio de los Estados Unidos de América, la Asociación de Negocios de Texas y la Cámara de Comercio de Longview presentaron una moción en el Octavo Circuito solicitando una suspensión pendiente de revisión judicial. El 29 de marzo de 2024, reconociendo las eficiencias para las partes y la Corte, la Comisión presentó una moción para establecer un cronograma de información consolidado que abarque todas las mociones que buscan una suspensión de las Reglas Finales en espera de revisión judicial. El 1 de abril, treinta y un peticionarios se opusieron a la moción de la Comisión para establecer un cronograma de sesiones informativas consolidado e instaron a la Corte a que, en cambio, acelere la presentación de información sobre las «mociones de suspensión de emergencia ya presentadas e inminentes».

De conformidad con la Sección 25(c)(2) de la Ley de Intercambio y la Sección 705 de la Ley de Procedimiento Administrativo, la Comisión tiene la facultad discrecional de suspender sus reglas en espera de una revisión judicial si determina que «la justicia así lo requiere». La Comisión ha determinado ejercer su facultad discrecional de suspender las Reglas Finales hasta que se complete la revisión judicial de las peticiones consolidadas del Octavo Circuito.

Al emitir una suspensión, la Comisión no se aparta de su opinión de que las Reglas Finales son consistentes con la ley aplicable y dentro de la autoridad de larga data de la Comisión para exigir la divulgación de información importante para los inversionistas en la toma de decisiones de inversión y voto. Por lo tanto, la Comisión continuará defendiendo vigorosamente la validez de las Reglas Finales en los tribunales y espera una pronta resolución del litigio. Sin embargo, la Comisión concluye que, en las circunstancias particulares presentadas, una suspensión de las Normas Definitivas cumple con el estándar legal. Entre otras cosas, dadas las complejidades procesales que acompañan a la consolidación y el litigio del gran número de peticiones de revisión de las Reglas Finales, una suspensión de la Comisión facilitará la resolución judicial ordenada de esas impugnaciones y permitirá que el tribunal de apelaciones se concentre en decidir sobre el fondo. Además, una suspensión evita la posible incertidumbre regulatoria si los solicitantes de registro quedaran sujetos a los requisitos de las Reglas Finales durante la tramitación de las Impugnaciones a su validez. Anteriormente, la Comisión había suspendido sus normas a la espera de una revisión judicial en circunstancias similares. Consulte la Regla 610T del Reglamento NMS, Rel. No. 34-85447 (28 de marzo de 2019); y Facilitación de Nominaciones de directores de Accionistas, Rel. Nos. 33-9149, 34-63031, IC-29456 (4 de octubre de 2010).

En consecuencia, la Comisión ha ordenado, de conformidad con la Sección 25(c)(2) de la Ley de Intercambio y la Sección 705 de la Ley de Procedimiento Administrativo, que las Reglas Finales se suspendan hasta que se complete la revisión judicial de las peticiones consolidadas del Octavo Circuito.



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