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Tendencias y valores atípicos en los riesgos de la industria, según lo revelado por los datos de KAM


Hemos publicado la segunda publicación que analiza los primeros datos de Key Audit Matters (KAM) etiquetados digitalmente del mundo de Japón, explorando cómo el uso de XBRL puede ayudarnos a manejar mejor los riesgos identificados por los auditores. Habiendo comenzado la semana pasada con una visión general, ahora desglosamos los datos por sector de la industria, mostrando cómo podemos visualizar las palabras clave por frecuencia para crear información rápida sobre los KAM más importantes de cada industria. Por ejemplo, las «cuentas dudosas» se destacan como la preocupación más extendida identificada en el sector bancario.

Habiendo determinado las líneas de base específicas de la industria, este análisis también puede identificar KAM que no se ajustan al patrón habitual, utilizando el reconocimiento de valores atípicos. «Las variaciones de los KAM específicos de la industria más comunes pueden ayudar a los analistas a detectar el riesgo específico de la entidad y pueden ser de interés para los inversores y otros usuarios por igual». Tal desviación del patrón de la industria no es en sí misma problemática, pero permite a los usuarios de datos descubrir casos especiales, que podrían representar riesgos inusuales para los inversores, o incluso oportunidades.


Perspectivas de los KAM etiquetados digitalmente de Japón: 2 – Tendencias de la industria y valores atípicos interesantes

En la primera publicación de esta serie, comenzamos nuestro análisis de los datos de XBRL sobre asuntos clave de auditoría (KAM) de empresas públicas japonesas, lo que demuestra que el etiquetado digital de KAM es útil para comprender el riesgo de auditoría en términos de temas amplios.

Nuestro siguiente paso para obtener más información sobre esos riesgos fue desglosar los datos por sector industrial. El gráfico muestra palabras clave extraídas de la etiqueta ‘Breve descripción de KAM’ para una serie de industrias. El tamaño de la fuente del texto indica la frecuencia de cada palabra o frase en los datos de LOS KAM.

Esta visualización ofrece una visión general buena y rápida de los riesgos de auditoría específicos de la industria, y los resultados parecen intuitivos y lógicos. Por ejemplo, en el caso de los bancos, las «cuentas dudosas» se destacan como el KAM más importante identificado por los auditores, mientras que para los bienes raíces la «evaluación de la venta» es un área importante de preocupación de auditoría.

Una vez determinadas las líneas de base específicas de la industria, este análisis se puede ampliar para identificar los KAM que no se ajustan al patrón habitual para una industria determinada utilizando el reconocimiento de valores atípicos. Las variaciones de los KAM específicos de la industria más comunes pueden ayudar a los analistas a detectar el riesgo específico de la entidad y pueden ser de interés para los inversores y otros usuarios por igual.

A continuación, se enumeran algunos ejemplos de KAM que difieren de las tendencias de la industria.

La desviación de KAM del patrón de la industria no es en sí misma problemática, pero permite a los usuarios de datos descubrir casos especiales. Estos pueden representar riesgos inusuales para los inversores, o incluso oportunidades.

El etiquetado digital de KAM hace que el análisis sea mucho más sencillo, y hemos visto aquí que nos permite obtener información tanto a nivel de la industria como de la entidad. Cuando consideramos los datos digitales, puede ser más fácil imaginar cómo hacer uso de los datos numéricos, pero, aunque las divulgaciones de KAM se basan en texto, podemos usar técnicas como la extracción de palabras clave, la agrupación en clústeres y el reconocimiento de patrones y valores atípicos para dar sentido a grandes cantidades de información y contribuir a una mejor toma de decisiones.

Tenga en cuenta que los datos estaban originalmente en japonés y se tradujeron utilizando Google Translate, por lo que pueden contener errores de traducción. También es pronto para este nuevo requisito de etiquetado, por lo que podemos esperar algunos problemas de calidad de los datos; entendemos que el Instituto Japonés de Contadores Públicos Certificados está trabajando actualmente en algunas orientaciones relevantes. Agradecemos a XBRL Japón por compartir los datos, lo que nos permite poner la pelota en marcha con este análisis inicial.



Más en común que diferente – Tres propuestas sobre divulgaciones relacionadas con el clima


Nos gustó un artículo reciente de Robert G. Eccles en Forbes, que ofrece ‘Un análisis comparativo de tres propuestas para divulgaciones relacionadas con el clima’. Estos, por supuesto, son la regla propuesta por la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (SEC); el borrador sobre divulgaciones climáticas del Consejo internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB) y el proyecto pertinente de Norma Europea de Información de Sostenibilidad (ESRS) desarrollado por el Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG), todos ellos actualmente disponibles para comentarios públicos. (Sin embargo, observamos que la consulta de la SEC se cierra hoy, ¡así que no olvide presionar enviar si planea responder!)

La pieza plantea una pregunta importante, reconociendo los diferentes contextos detrás de estas propuestas: «¿Vamos a obtener un estándar global para los informes relacionados con el clima si tres organizaciones diferentes acaban de emitir nuevas propuestas? ¿Tal vez solo estamos intercambiando la confusión pasada creada por múltiples ONG que proponen estándares para la confusión derivada de los organismos reguladores (la SEC y la UE) y una organización respaldada por organismos reguladores (el ISSB)?»

De hecho, todas las propuestas se basan en las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima, además de basarse en el Protocolo de Gases de Efecto Invernadero, creando una base compartida. «La buena noticia es que las tres propuestas tienen mucho más en común que diferentes. Algunas de las diferencias son importantes, pero soy optimista de que se están sentando las bases para un estándar verdaderamente global para las divulgaciones relacionadas con el clima, con los matices necesarios para acomodar las leyes, regulaciones y costumbres de diferentes jurisdicciones «, dice Eccles. Continúa discutiendo algunas de las similitudes y diferencias en detalle, en términos de gobernanza, estrategia, gestión de riesgos y métricas y objetivos, los cuatro elementos del marco TCFD, y plantea la cuestión de cómo interactuarán los tres conjuntos de estándares.

«Mi sueño es que dentro de cinco a 10 años tengamos un conjunto sólido de estándares de informes de sostenibilidad en los que se pueda hacer una garantía de alta calidad, al igual que lo hemos hecho para los informes financieros», concluye. «Hoy en día es difícil imaginar un mundo sin informes financieros requeridos basados en un conjunto de estándares sobre el desempeño financiero de una empresa. Otro sueño es que dentro de 10 años será difícil imaginar un mundo sin que lo mismo sea cierto para el desempeño de sostenibilidad de una empresa».


Un análisis comparativo de tres propuestas para divulgaciones relacionadas con el clima

Profesor titular de la Escuela de Negocios de Harvard, ahora en la Universidad de Oxford.

En enero del año pasado observé cómo la narrativa sobre los informes de sostenibilidad había cambiado de la creencia de que las fuerzas del mercado determinarán los estándares porque no hay necesidad de requisitos de informes regulatorios, al reconocimiento obvio de que, al igual que con la contabilidad, necesitamos reguladores para crear los estándares y hacer cumplir su uso. En este artículo, me gustaría centrarme en un solo aspecto de los informes de sostenibilidad: los estándares para divulgaciones relacionadas con el clima.

Hay tres nuevas propuestas significativas ahora en el dominio público para comentarios:

1. La regla propuesta por la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos para «La mejora y estandarización de las divulgaciones relacionadas con el clima para los inversores» con comentarios que deben presentarse antes del 17 de junio de 2022.

2. El Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB) con comentarios que deben presentarse antes del 29 de julio de 2022.

3. Las Normas Europeas de Información de Sostenibilidad (ESRS) desarrolladas por el Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG) con comentarios previstos para el 8 de agosto de 2022.

La pregunta obvia que hay que hacerse es «¿Vamos a obtener un estándar global para la presentación de informes relacionados con el clima si tres organizaciones diferentes acaban de emitir nuevas propuestas?» ¿Tal vez solo estamos intercambiando la confusión pasada creada por múltiples ONG que proponen estándares para la confusión derivada de los organismos reguladores (la SEC y la UE) y una organización respaldada por organismos reguladores (el ISSB)?» Esta pregunta es fundamentalmente importante. El cambio climático es un problema global y los inversores tienen carteras de empresas en todo el mundo.

El contexto para cada grupo de establecimiento de normas es muy diferente. La SEC está trabajando en un entorno altamente politizado y polarizado, con muchos (en su mayoría republicanos) negando la existencia del cambio climático, o negando que sea el resultado de la actividad humana, o silbando más allá del cementerio pensando que las fuerzas del mercado y la innovación tecnológica nos rescatarán. Por el contrario, EFRAG está trabajando en un contexto político en el que la UE ve abordar el cambio climático como una oportunidad para crear una ventaja competitiva económica a través del Pacto Verde Europeo respaldado por la Taxonomía de la UE. Finalmente, la Fundación NIIF es una organización independiente de establecimiento de normas que depende de los gobiernos para exigir sus normas. La mayoría de los países han hecho suyas las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) de la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB); estados Unidos es la excepción obvia, respondiendo en cambio a Estados Unidos. Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (U.S. GAAP) desarrollados por la Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB).

Las tres propuestas reflejan el contexto en el que se crean. Los tres son muy reflexivos y contienen una miríada de temas complicados y diferentes puntos de vista que deben abordarse. La naturaleza de su aplicación también variará. No sabremos los detalles hasta que se publiquen los estándares finales después de que se cierren los períodos de comentarios y cada organismo revise los comentarios que ha recibido, lo que en sí mismo será un proceso complejo y lento.

¿Qué sabemos ahora? La buena noticia es que las tres propuestas tienen mucho más en común que diferentes. Algunas de las diferencias son importantes, pero soy optimista de que se están sentando las bases para un estándar verdaderamente global para las divulgaciones relacionadas con el clima, con los matices necesarios para acomodar las leyes, regulaciones y costumbres de diferentes jurisdicciones.

La base para una amplia similitud se basa en el hecho de que el marco desarrollado por el Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD) es fundamental para las tres propuestas. Los tres también se basan en el protocolo de gases de efecto invernadero (GEI) ampliamente utilizado. Estos son buenos ejemplos de cómo las iniciativas no gubernamentales pueden sentar las bases para su adopción por los gobiernos. Algo similar es evidente en cómo el trabajo de la Value Reporting Foundation (el artista anteriormente conocido como la Junta de Normas de Contabilidad de Sostenibilidad) para las normas específicas de la industria se ha incorporado a la NIIF S-2.

Los cuatro elementos del marco del TCFD son la gobernanza, la estrategia, la gestión de riesgos y las métricas y objetivos. El cuadro «El diablo en el detalle» resume cómo cada propuesta se alinea con el TCFD.

PERSEFONI Y EL INSTITUTO SUSTAINABILITY POR ERM

El mayor grado de alineación entre las tres propuestas y el TCFD es con la gobernanza. El informe señala que «cada una de las tres propuestas se alinea completamente con la guía de gobernanza esbozada por el TCFD, y los componentes adicionales son mínimos». Esto es extremadamente importante porque significa que cualquiera que sea la propuesta que una empresa deba adoptar, todas ellas se basarán en reflejar la importancia de abordar los riesgos y oportunidades del cambio climático en la parte superior de la organización, con su junta directiva y gestión ejecutiva. Esta guía será muy útil para las juntas directivas. La Commonwealth Climate and Law Initiative (CCLI) ha realizado un extenso trabajo «examinando la base legal para que los directores y fideicomisarios consideren, administren e informen sobre el riesgo relacionado con el cambio climático, y las circunstancias en las que pueden ser responsables por no hacerlo». He escrito anteriormente sobre su reciente informe que muestra que esto incluso se aplica a los directores de empresas estadounidenses.

En términos de estrategia, las tres propuestas señalan la utilidad del análisis de escenarios, descrito en el informe como «una herramienta analítica que ayuda a las empresas a desarrollar planes climáticos y evaluar su resiliencia a los riesgos relacionados con el clima al trazar las implicaciones comerciales y las posibles consecuencias en una serie de escenarios climáticos diferentes». El análisis de escenarios no es requerido por la SEC, pero sí lo es para el ISSB y el EFRS, que tienen requisitos de informes de estrategia que van más allá del TCFD.

Las tres propuestas también están en gran medida alineadas con el componente de gestión de riesgos. La mayor diferencia, según el informe, es que «la propuesta EFRS incluye el concepto de doble materialidad como la unión del impacto y la materialidad financiera». La materialidad financiera (es decir, única) se refiere a las cuestiones de sostenibilidad importantes para la creación de valor empresarial. La materialidad de impacto (es decir, doble) se trata de cómo una empresa afecta a la sociedad en términos ambientales y sociales, independientemente de la importancia para la creación de valor empresarial.

Finalmente, para las métricas y los objetivos, las tres propuestas con respecto a las emisiones de GEI requieren la divulgación con respecto al Alcance 1 (emisiones de las operaciones de una empresa) y el Alcance 2 (emisiones de la electricidad comprada). La SEC y el ISSB requieren divulgaciones de alcance 1 y 2 tanto en términos absolutos como de intensidad. EFRS requiere emisiones absolutas de GEI complementadas por la cuota de alcance 1 en virtud de los regímenes regulados de comercio de derechos de emisión y las emisiones de alcance 2 basadas en el mercado y en la ubicación.

Las mayores diferencias son para el Alcance 3 (emisiones en toda la cadena de valor de la empresa, tanto aguas arriba como aguas abajo). Estos son mucho más difíciles de medir. En general, los inversores los quieren, mientras que las empresas están preocupadas por su capacidad para generar información precisa de Alcance 3 y el costo de hacerlo. El requisito de la SEC es el más parsimonioso, solo requiere divulgaciones de Alcance 3 si es financieramente importante o cuando una empresa ha establecido objetivos de reducción de Alcance 3. El alcance 3 es obligatorio tanto para EFRS como para ISSB, pero con algunas diferencias técnicas. En mi opinión, lograr una alineación global en las divulgaciones del Alcance 3 será especialmente desafiante. Deberíamos esperar y ver cuáles son los requisitos en los estándares finales. También observo que las empresas pueden elegir, o ser presionadas por los inversores, para divulgar más sobre el Alcance 3 de lo que la norma puede requerir.

El cuadro «Ocho conclusiones» a continuación resume las principales conclusiones extraídas del análisis de Persefoni y ERM. Ya he hablado de los dos primeros. Tanto la SEC como el EFRS requieren la garantía de terceros, aunque ninguna es prescriptiva sobre quién debe proporcionar esta garantía, o las calificaciones requeridas para hacerlo. Dado que el ISSB en sí mismo no puede exigir el uso de sus estándares, corresponderá a las jurisdicciones que los requieran determinar cuáles serán, si los hay, los requisitos de garantía.

PERSEFONI Y EL INSTITUTO SUSTAINABILITY POR ERM

Las propuestas difieren en términos de cuán prescriptivas son y el alcance que cubren. EFRS es el más prescriptivo y la SEC el más basado en principios, aunque es bastante prescriptivo en algunos aspectos. En este momento, la SEC solo se centra en el clima. EFRS ha emitido un gran número de normas. ISSB también ha emitido una norma de requisitos generales (NIIF S-1) que será la base para futuras normas sobre diferentes temas de sostenibilidad. En cuanto al número de empresas que estarán sujetas a estos estándares, en Estados Unidos es de alrededor de 11.000 empresas cotizadas. En la UE son 49.000 empresas, tanto cotizadas como no cotizadas, en función de criterios de tamaño en términos de número de empleados e ingresos. Para el ISSB, dependerá de qué jurisdicciones exijan sus estándares.

Si bien este alto grado de similitud proporciona una esperanza realista para una línea de base global sobre divulgaciones relacionadas con el clima, el elefante en la habitación es cómo las jurisdicciones lidiarán con los estándares establecidos por otros. ¿Permitirá la SEC que las empresas utilicen ISSB? Ha solicitado comentarios públicos al respecto. Del mismo modo, ESRS ha declarado que «se pueden usar otros estándares de informes además [énfasis mío] al EFRS». Esto plantea la pregunta de si EFRS reconocerá al ISSB en temas de sostenibilidad cubiertos por ambas normas. Esta es obviamente una pregunta fundamental para las empresas de la UE, ya que todas ellas utilizan las NIIF. Las empresas no pertenecientes a la UE que utilizan las NIIF optarán por adoptar ISSB o algo similar (como algunas hacen con las NIIF) o, en mi opinión, es muy poco probable que presenten su propio conjunto de normas.

Si bien los plazos de implementación de las propuestas varían según el calendario y según el tipo de empresa, el marco de tiempo general parece ser 2023 como muy pronto y, lo que es más razonable en mi opinión, 2024 o tal vez 2025 para las empresas más pequeñas.

No sé cuánto tiempo tardará cada órgano en revisar sus cartas de comentarios y emitir sus normas finales, que siempre se pueden ajustar en el futuro en función de lo que se aprenda de su aplicación. Supongo que tendremos los tres para fin de año. También supongo que un análisis comparativo similar realizado entonces no arrojaría nada significativamente diferente.

El punto clave es que se están haciendo grandes progresos en el desarrollo de una línea de base global para las divulgaciones relacionadas con el clima. Esto es un buen augurio para los estándares para otros temas de sostenibilidad. Mi sueño es que dentro de cinco a 10 años tengamos un conjunto sólido de estándares de informes de sostenibilidad en los que se pueda garantizar la alta calidad, al igual que lo hemos hecho para los informes financieros. Hoy en día es difícil imaginar un mundo sin informes financieros requeridos basados en un conjunto de estándares sobre el desempeño financiero de una empresa. Otro sueño es que dentro de 10 años será difícil imaginar un mundo sin que lo mismo sea cierto para el desempeño de sostenibilidad de una empresa.

Robert G. Eccles de Saïd Business School, Universidad de Oxford es autor de varios libros sobre informes integrados, sostenibilidad y el papel de los negocios en la sociedad. Su enfoque está en la sostenibilidad tanto desde la perspectiva de la empresa como de los inversores. El profesor Eccles también está involucrado en una variedad de iniciativas para integrar los problemas ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) en la toma de decisiones del mundo real. Uno de ellos es la Junta de Normas de Contabilidad de Sostenibilidad (SASB), de la que fue el presidente fundador. En 2018, el profesor Eccles fue seleccionado por Barron’s como uno de los 20 principales influyentes en la inversión ESG.



Klaas Knot discute las divulgaciones y el progreso de ISSB entre los medios clave para llegar a cero neto


Klaas Knot, presidente del Consejo de Estabilidad Financiera (FSB) y presidente de De Nederlandsche Bank, habló recientemente sobre el papel del sistema financiero en «una transición suave y elegante» a cero neto. Hablando en la Conferencia Green Swan, abordó los cuatro bloques de construcción identificados en la hoja de ruta del FSB: divulgaciones, datos, análisis de vulnerabilidades y prácticas y herramientas regulatorias y de supervisión, y sus interdependencias.

«El trabajo para fortalecer la calidad y la consistencia de las divulgaciones financieras relacionadas con el clima ha avanzado rápidamente», observa, señalando el alentador progreso realizado por la Junta Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB), basándose en las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD) Recomendaciones. Los recientes borradores de exposición, dice, marcan «un hito clave en el movimiento hacia el establecimiento de divulgaciones globalmente consistentes, comparables y útiles para la toma de decisiones». En particular, el enfoque de bloques de construcción del ISSB permitirá a los países utilizar y construir sobre la línea de base global, dándoles la flexibilidad de ir más lejos o más rápido si lo desean, al mismo tiempo que garantizan la interoperabilidad de los enfoques.

«Las divulgaciones son importantes para la toma de decisiones financieras de los inversores, pero también tienen una importancia más amplia. Proporcionarán la información necesaria sobre el progreso que están haciendo las empresas hacia la transición», dice, lo que permitirá evaluar la credibilidad del compromiso y la acción del sector privado. También sugiere que las divulgaciones a nivel de empresa del ISSB proporcionan una buena base para que los supervisores y reguladores satisfagan la demanda de estandarización y eviten crear una complejidad innecesaria. «A medida que implementamos estos nuevos requisitos de presentación de informes, tenemos la oportunidad de garantizar que estén bien estandarizados desde el principio. Aprovechemos esta oportunidad».

Concluye: «La gracia de un cisne oscurece lo que sucede debajo de la superficie del agua. Oculta lo que se necesita para impulsar la acción. Hace que lo difícil parezca fácil. De la misma manera, una transición climática elegante requiere una acción urgente bajo la superficie».


Hola a todos.

Es un placer estar aquí hoy, apropiadamente en la pantalla y no en el sitio, dejando así una huella de carbono más pequeña.

Las oficinas de De Nederlandsche Bank, donde trabajo habitualmente, tienen vistas al río Amstel. Cuando miro por mi ventana, regularmente veo cisnes en el río.

Tiene un efecto calmante en mí: verlos deslizarse sobre el agua brillante. Hacen que todo se vea tan fácil, elegante, suave. Nunca parece haber nada urgente en sus movimientos. Pero, tal gracia sobre el agua oculta el esfuerzo de sus pies justo debajo de la superficie.

Esta conferencia trata sobre el papel de las finanzas en la transición a cero neto. Similar al esfuerzo requerido para que los cisnes se impulsen, si el sistema financiero va a desempeñar su papel en una transición suave y elegante, se requiere una acción rápida. El riesgo climático debe incorporarse en todas las decisiones financieras. Este es un objetivo que requerirá cambios significativos en las prácticas comerciales y en las políticas.

Quiero unirme a otros en esta conferencia para subrayar la creciente urgencia de esa acción. Y quiero subrayar el papel que desempeñará el FSB para apoyarlo.

La invasión rusa de Ucrania ha demostrado la realidad del riesgo de transición y su relevancia incluso en un corto horizonte de tiempo. Ha desencadenado un intenso debate sobre las políticas energéticas actuales y futuras de los gobiernos, ya que ha cambiado profundamente el contexto del mercado económico y financiero mundial. Las autoridades públicas todavía están superando los desafíos residuales de la pandemia y ahora se enfrentan al aumento de los precios de las materias primas y la inflación. Como era de esperar, esto ha creado presión para des priorizar los planes de transición energética. En algunos casos, los actores del sector público y privado están tomando medidas que son inconsistentes con sus ambiciones de cero emisiones netas declaradas. La brecha entre el compromiso y la acción es cada vez mayor.

Al mismo tiempo, los riesgos del cambio climático siguen aumentando. En febrero, el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) publicó su Sexto Informe de Evaluación2. Pinta una imagen alarmante de los riesgos físicos del cambio climático. El informe advierte de fenómenos meteorológicos y climáticos extremos más frecuentes e intensos. Advierte de peligros climáticos inevitables en las próximas dos décadas, incluso con un calentamiento global de los 1,5 grados objetivo. Las consecuencias de superar ese objetivo son aún más nefastas.

Juntos, estos desarrollos deberían reforzar, en lugar de desviarse de las ambiciones internacionales de sostenibilidad.

Como mencioné al principio, el sector financiero debe desempeñar su papel, tanto para ayudar a cumplir los objetivos de cero emisiones netas como para gestionar los riesgos financieros derivados del cambio climático. Los dos objetivos están estrechamente relacionados. Si la transición a una economía baja en carbono se retrasa o es desordenada, la economía global y el sistema financiero enfrentarán riesgos significativos. Esta fue la conclusión del reciente análisis de escenarios climáticos y pruebas de estrés realizadas por las autoridades financieras en varias jurisdicciones. Al profundizar aún más nuestra comprensión de estos riesgos financieros, no solo podemos proteger el sistema financiero, sino también ayudar a dar un mayor impulso a una transición oportuna y ordenada. La hoja de ruta del FSB para abordar los riesgos financieros relacionados con el clima se ha desarrollado para coordinar acciones ambiciosas para evaluar y abordar estos riesgos.

Desde el lanzamiento de la hoja de ruta en julio del año pasado, se ha avanzado en sus cuatro componentes básicos: divulgaciones, datos, análisis de vulnerabilidades y prácticas y herramientas regulatorias y de supervisión. Permítaseme explayarme brevemente sobre estos cuatro bloques de construcción, haciendo hincapié en sus interdependencias.

Permítanme comenzar con las revelaciones. El trabajo para fortalecer la calidad y la consistencia de las divulgaciones financieras relacionadas con el clima ha avanzado rápidamente. La Junta internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB) ha logrado avances muy alentadores, basándose en las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD). Los dos borradores de exposición del ISSB establecen estándares de referencia tanto para divulgaciones generales relacionadas con la sostenibilidad como para divulgaciones más específicas relacionadas con el clima. Esto marca un hito clave en el movimiento hacia el establecimiento de divulgaciones globalmente consistentes, comparables y útiles para la toma de decisiones. El ISSB está adoptando un enfoque de bloques de construcción. Esto permite a los países utilizar su línea de base global común, y también ser capaces de construir sobre esa línea de base para desarrollar enfoques nacionales que se adapten a las circunstancias y prioridades individuales. Esto proporcionará a las jurisdicciones la flexibilidad para ser más ambiciosas e ir más lejos o más rápido si lo desean. Al mismo tiempo, la línea de base común permitirá la interoperabilidad de los enfoques.

Las divulgaciones son importantes para la toma de decisiones financieras de los inversores, pero también tienen una importancia más amplia. Proporcionarán la información necesaria sobre el progreso realizado por las empresas hacia la transición, que es importante para los inversores, pero también para un conjunto más amplio de partes interesadas. Esas divulgaciones deben proporcionar la información necesaria para evaluar la credibilidad del compromiso y la acción del sector privado.

El segundo bloque de construcción son los datos. Las divulgaciones a nivel de empresa son esenciales, pero no son los únicos datos que necesitamos. También necesitamos datos a nivel macro que nos ayuden a determinar qué sectores de la economía están en mayor riesgo. Necesitamos datos del gobierno. Por ejemplo, sobre los planes de política para frenar las emisiones y sus efectos. Necesitamos datos sobre los riesgos climáticos subyacentes, por ejemplo, sobre la frecuencia y la gravedad de los fenómenos meteorológicos extremos. Finalmente, para comprender completamente la perspectiva sistémica, también necesitaremos datos para evaluar el grado en que los riesgos relacionados con el clima podrían ser transferidos, amplificados o mitigados por diferentes sectores financieros.

Dichos datos proporcionan la materia prima para el tercer bloque de construcción de la hoja de ruta del FSB: el análisis de vulnerabilidades.

Para examinar las vulnerabilidades desde una perspectiva prospectiva a largo plazo, es fundamental desarrollar aún más el análisis de escenarios, haciendo uso de los escenarios climáticos comunes de NGFS. Al mismo tiempo, necesitamos diseñar indicadores más simples que puedan ayudar a identificar la acumulación de vulnerabilidades. Esta es una parte clave del trabajo del FSB sobre la integración de los riesgos relacionados con el clima en su marco más amplio de supervisión de la estabilidad financiera.

Mejorar nuestro análisis de vulnerabilidades, a su vez, constituye la base para el bloque final de nuestra hoja de ruta: prácticas y herramientas regulatorias y de supervisión. Los organismos normativos sectoriales ya están realizando una labor importante mediante el desarrollo de herramientas en sus distintos sectores. La contribución del FSB es ayudar a unir este trabajo mediante la promoción de la coherencia y la eficacia de los enfoques en todos los sectores y países. En abril, publicamos un informe de consulta sobre los enfoques de supervisión y regulación de los riesgos relacionados con el clima. Este informe adopta una perspectiva intersectorial y transfronteriza.

Establece recomendaciones de alto nivel sobre datos reglamentarios y de supervisión. Aquí, las divulgaciones a nivel de empresa del ISSB proporcionan un buen punto de partida que proporciona la base sobre la que los supervisores y reguladores pueden basarse para el desarrollo de requisitos de información regulatoria estandarizados. Una preocupación que a menudo escuchamos de las instituciones financieras –con una buena razón, diría yo– es pedir a las autoridades de diferentes jurisdicciones que estandaricen la presentación de informes siempre que sea posible. A medida que implementamos estos nuevos requisitos de presentación de informes, tenemos la oportunidad de garantizar que estén bien estandarizados desde el principio. Aprovechemos esta oportunidad.

Los análisis de escenarios son actualmente una de las herramientas de supervisión más eficaces. Promueven una comprensión más sofisticada de los riesgos por parte de las instituciones financieras y cómo estos riesgos se conectan con los escenarios de transición. Nuestro informe de consulta fomenta el uso ampliado del análisis de escenarios climáticos y las pruebas de resistencia para incorporar aspectos de todo el sistema de los riesgos relacionados con el clima, como las exposiciones indirectas, las transferencias de riesgos, los efectos de contagio y los bucles de retroalimentación.

Nuestro informe también introduce algunas ideas tempranas sobre el uso de herramientas macro prudenciales, que aún se encuentra en una etapa incipiente. Destaca el trabajo inicial de las jurisdicciones para desarrollar enfoques macro prudenciales y pide que se realicen más investigaciones para ayudar a medida que continuamos nuestro viaje para desarrollar nuestra caja de herramientas de políticas macro prudenciales. Nuestra consulta pública se cierra a finales de junio, y agradeceríamos sus comentarios para entonces. El informe final se publicará en octubre.

Hace casi un año que publicamos nuestra hoja de ruta con su amplio conjunto de acciones. Para ser más precisos, acciones coordinadas por parte de actores del sector público y privado, para abordar los riesgos financieros relacionados con el clima. Para enfatizar este punto: la hoja de ruta está diseñada deliberadamente como un esfuerzo conjunto. Necesitamos combinar nuestros esfuerzos para una respuesta eficiente e integral al riesgo climático en el sistema financiero.

El próximo informe de progreso del FSB, que se presentará al G20 en julio, proporcionará un balance de lo lejos que hemos llegado y cuáles deberían ser los próximos pasos.

Permítanme concluir.

Los cisnes que veo en el río Amstel, los que tienen un efecto calmante y fascinante en mí no son, por supuesto, los cisnes verdes a los que se refiere esta conferencia. Sin embargo, tienen algunos puntos en común importantes.

La gracia de un cisne oscurece lo que sucede debajo de la superficie del agua. Oculta lo que se necesita para impulsar la acción. Hace que lo difícil parezca fácil.

De la misma manera, una transición climática elegante requiere una acción urgente bajo la superficie. Como responsables políticos, debemos asegurarnos de que el paso a cero neto esté respaldado por un sistema financiero resiliente. Uno que pueda gestionar los desafíos asociados con el cambio climático. Y uno que puede impulsar la transición verde hacia adelante. Los miembros del público solo pueden ver el resultado de tal propulsión, al igual que yo solo veo el cisne sobre la superficie. Pero, aquellos que regulan y operan dentro del sistema financiero saben que el statu quo no será suficiente. Se requiere un trabajo significativo. Espero con interés hacer ese trabajo juntos, para que podamos hacer realidad la elegante transición.



ESEF en la práctica – La tercera entrega considera la presentación de informes de sostenibilidad


En caso de que se lo haya perdido, el tercer seminario web ‘ESEF in Practice’ de Accountancy Europe, celebrado con los socios del evento Toppan Merrill y Workiva, ya está disponible para ver en línea completo, junto con un breve resumen del evento. Esta serie siempre trae ideas interesantes de una variedad de oradores expertos, y la última entrega no fue una excepción.

El primer panel discutió la implementación exitosa del primer año del Formato Electrónico Único Europeo (ESEF), con un enfoque en Italia y Luxemburgo. Los temas que surgieron con mucha fuerza fueron la importancia de la preparación y la planificación, y de la comunicación y colaboración continuas entre los solicitantes, auditores, proveedores de servicios y reguladores, enfoques que seguirán siendo importantes, con la introducción del etiquetado de bloques como el próximo desafío en el horizonte para el próximo año. El sector italiano de servicios financieros es un poco inusual, ya que Italia utiliza esquemas fijos para los estados financieros de bancos y aseguradoras. Por lo tanto, las mesas redondas colaborativas fueron esenciales para definir el mapeo de etiquetas ESEF y garantizar esa misma consistencia a nivel digital.

El segundo panel, con el tema «ESEF y CSRD: hacia la presentación de informes digitales interconectados», esperaba con interés la próxima Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD). Los panelistas discutieron el trabajo en progreso, los pasos y enfoques necesarios, y cómo podemos aplicar la experiencia de ESEF para garantizar una implementación exitosa, interconectada y totalmente digital de los informes de sostenibilidad junto con la presentación de informes financieros. Como destacaron, la digitalización está en demanda y es clave para la utilidad y utilización de la información sobre sostenibilidad.

En una sesión final se debatió el punto de acceso único europeo (PAAS) previsto, en virtud del cual tanto esef como CSRD se incorporarán al panorama general de la digitalización de la información sobre los mercados de capitales de la UE. El PAAS proporcionará un fácil acceso a la información financiera y de sostenibilidad de toda la UE en un solo lugar, aumentando la transparencia para todas las partes interesadas, aunque es probable que la escala y la complejidad del proyecto requieran una implementación cuidadosamente planificada y escalonada.


Sobre este evento

Únase a Accountancy Europe y a nuestros socios de eventos para nuestro 3er seminario web de formato electrónico único europeo (ESEF) en práctica.

Escucharemos historias de éxito de la implementación de ESEF en el primer año en Italia y Luxemburgo. Las preocupaciones de aseguramiento estarán en el centro de nuestra discusión. También nos centraremos en conectar ESEF y los informes de sostenibilidad (digital). ¿Cómo podemos aprender de ESEF para aplicar los requisitos de la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD)?

Por último, los expertos debatirán cómo encajan ESEF y CSRD en el panorama más amplio de la digitalización de la información sobre los mercados de capitales de la UE.

¡No se pierda esta oportunidad de aprender de los expertos en informes digitales interconectados!

Ponentes del webinar:

  • Ambrose Murray, Director, EMEIA Public Policy, EY
  • Andromeda Wood, Vicepresidente, Workiva
  • Bartek Czajka, Director, Toppan Merrill
  • Francesca Amatimaggio, Socia, EY-Italia
  • Jon Rowden, Director, PwC-UK
  • Mael Garo, Socia, Deloitte-Luxemburgo
  • René Van Der Meij, Copresidente del Grupo de Trabajo ESG, XBRL-Europa
  • Richard Bössen, Experto en Digitalización de ESRS, EFRAG (en comisión de servicio de AMANA consulting)
  • Ronald van Langen, Gerente Senior, KPMG-Países Bajos
  • Willem Geijtenbeek, Vicepresidente, Corporate Reporting Policy Group, Accountancy Europe

Resumen del evento

Casos de éxito de ESEF a partir del 1er año de implementación

  • Ronald van Langen (KPMG-Países Bajos) abrió la discusión señalando que la implementación de ESEF fue exitosa en los estados miembros de la UE. Los emisores, auditores y proveedores de servicios pudieron realizar lo que se suponía que debían hacer. Agregó que el etiquetado en bloque de las divulgaciones y el etiquetado de la información de sostenibilidad están en el horizonte y estos pueden traer diferentes tipos de desafíos.
  • Bartek Czajka (Toppan Merrill) señaló que las fases de preparación y ejecución son igualmente importantes para una implementación exitosa de ESEF. También destacó la importancia de planificar para el próximo año antes de que comience la temporada alta. Esto debe incluir una comunicación continua y abierta entre las empresas, los auditores y los proveedores de servicios. Recordó que las validaciones pueden ser de gran ayuda si se hacen de manera oportuna.
  • Mael Garo (Deloitte-Luxembourg) declaró que en Luxemburgo, el instituto profesional (IRE) estableció un grupo de trabajo que tenía una estrecha cooperación con el regulador y supervisor (CSFF). IRE explicó las expectativas de los auditores en un documento de preguntas frecuentes. La CSSF publicó directrices para los auditoresun marco para los emisores y una comunicación a los auditores de terceros países.
  • Francesca Amatimaggio (EY-Italia) explicó cómo la coordinación con los reguladores de los servicios financieros italianos contribuyó a la implementación exitosa de ESEF. Acordar esquemas fijos para los estados financieros y definir un mapeo único de etiquetas ESEF mejoró la consistencia de las presentaciones ESEF en Italia. También presentó los desafíos comunes encontrados en el etiquetado de los estados financieros.

ESEF y CSRD: hacia la presentación de informes digitales interconectados

  • En su discurso de apertura, Jon Rowden (PwC-UK) describió la entrega de más etiquetas iXBRL a los usuarios de los estados financieros de las empresas que cotizan en bolsa como un siguiente paso natural. Subrayó la importancia de tener la capacidad de digitalizar los nuevos requisitos de divulgación relacionados con la sostenibilidad. Todas las partes en el ecosistema de presentación de informes tienen mucho que hacer, y los preparativos ya están en marcha.
  • Richard Bossen (EFRAG) considera la iniciativa CSRD como una revolución en el mundo de los informes digitales. Alentó a los participantes a responder a las consultas del EFRAG que ya están abiertas. Necesitaremos tener una taxonomía XBRL basada en los requisitos de divulgación en ESRS, y es un trabajo en progreso. Los expertos en digitalización están trabajando en estrecha colaboración con los creadores de normas ESRS.
  • Andromeda Wood (Workiva) se refirió a una encuesta reciente realizada a más de 500 empresas. Esta encuesta muestra una fuerte confianza en las presentaciones de ESEF y la creencia de que la experiencia del inversor mejorará. También destacó que la digitalización permitiría que los datos ESG se abrieran camino en el mercado y fueran utilizados por los inversores. En este sentido, probar las taxonomías contra las divulgaciones de la vida real es crucial.
  • Rene Van Der Meij (XBRL-Europe) señaló que la interconectividad entre los datos financieros y ESG existe independientemente del formato de presentación de informes, proporcionando varios ejemplos. Los usuarios de informes corporativos, los creadores de estándares, los emisores y los auditores necesitan y se benefician de la interconectividad digitalizada. Hay muchas maneras de lograr esto dependiendo del objetivo final.

PAAS: digitalización de la información sobre el mercado de capitales de la UE: retos y oportunidades

  • Ambrose Murray (EY-EMEIA) resumió las principales características de las propuestas del PAAS y su objetivo, que es proporcionar un acceso sin fisuras a escala de la UE a toda la información pertinente (incluida la información financiera y relacionada con la sostenibilidad) divulgada al público por las empresas. También afirmó que hay un fuerte apoyo a esta iniciativa, que es un gigantesco proyecto de TI que puede beneficiarse de la prueba piloto.
  • Willem Geijtenbeek (Accounting Europe) concluyó que estas tres iniciativas aumentarán la transparencia de la información de los mercados de capitales de la UE para todas las partes interesadas. La profesión participa activamente en las discusiones, específicamente para aumentar la calidad y la confianza en la información reportada. Sugirió una implementación gradual y bien pensada teniendo en cuenta el ambicioso calendario específico y las incertidumbres sobre el alcance, así como la gobernanza de la plataforma.

Observaciones finales

  • Harun Saki (Accountancy Europe) agradeció a los socios del evento, participantes, moderadores y oradores. Accountingancy Europe seguirá vigilando de cerca la evolución y el debate en torno a estas iniciativas y hará todo lo posible para contribuir a los objetivos políticos de la UE de transición ecológica y digital.
  • Palabras de apertura

14:00 – 14:05

  • Casos de éxito de ESEF a partir del 1er año de implementación

14:05 – 14:50

Moderador:

Ronald van Langen, KPMG – Países Bajos Ponentes:

Bartek Czajka, Director, Toppan Merrill

Francesca Amatimaggio, EY – Italia

Mael Garo, Deloitte – Luxemburgo

  • ESEF & CSRD: hacia informes digitales interconectados

14:50 – 15:40

Moderador:

Jon Rowden PwC – UK

Ponentes:

Andromeda Wood, Workiva

Rene Van Der Meij, XBRL Europe

Richard Bossen, EFRAG

  • PAAS: digitalización de la información sobre el mercado de capitales de la UE: retos y oportunidades

15:40 – 15:55

Ambrose Murray, EY

Willem Geijtenbeek, Contabilidad Europa

  • Observaciones finales

15:55 – 16:00



Dando la bienvenida a los miembros inaugurales de la Junta al ISSB, incluido el maestro de informes digitales Leng Bing


Los Fideicomisarios de la Fundación NIIF han anunciado el nombramiento de cuatro miembros inaugurales de la Junta de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB), uniéndose al presidente y al vicepresidente. Nos complace especialmente felicitar al amigo de larga data de XBRL International, el Sr. Leng Bing, cuya experiencia y perspicacia estamos seguros será de gran valor para el ISSB a medida que establece estándares de informes de sostenibilidad globales digitales.

Como nuestros lectores recordarán, Leng Bing se desempeñó como miembro de la Junta Directiva de XBRL International de 2014 a 2020. Se une al ISSB desde el Ministerio de Finanzas de China, donde es director en el Departamento de Regulación contable, responsable de las iniciativas de informes de sostenibilidad. Ha iniciado y dirigido la implementación de varios programas relacionados con la presentación de informes, incluido el desarrollo de taxonomías XBRL para permitir la divulgación digital en China.

Las personas designadas comenzarán sus funciones como miembros de ISSB a tiempo completo el próximo mes. Los fideicomisarios señalan que esperan que la Junta tome quórum con nuevos nombramientos pronto, con el proceso de contratación actualmente muy avanzado.


Los fideicomisarios de la Fundación IFRS anunciaron hoy el nombramiento de Richard Barker, Verity Chegar, Bing Leng y Ndidi Nnoli-Edozien como miembros inaugurales de la Junta Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB).

Richard Barker es actualmente vicedecano y profesor de contabilidad en Saïd Business School, Universidad de Oxford, Reino Unido. En esta capacidad, lidera las iniciativas de negocios sostenibles de Oxford Saïd. Ha publicado una amplia gama de trabajos de investigación académica sobre contabilidad y divulgación de información sobre sostenibilidad. Preside el panel de expertos de Contabilidad para la Sostenibilidad (A4S) y anteriormente se desempeñó como miembro de varios comités y organismos centrados en la presentación de informes corporativos en el Reino Unido y Europa, incluido el Consejo de Informes Corporativos del Reino Unido, el Consejo Asesor de Información Financiera y el Comité de Normas de Contabilidad de la Asociación Europea de Contabilidad. El profesor Barker también se ha desempeñado como investigador en la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad.

Verity Chegar aporta una gran cantidad de experiencia en inversión y establecimiento de estándares al ISSB. Tiene 20 años de experiencia en inversión sostenible y administración, gestión de carteras e investigación de inversiones con perspectivas de propietarios y administradores de activos. Se une al Sistema de Jubilación de Maestros del Estado de California (CalSTRS), donde lidera el compromiso político del fondo de pensiones en temas de inversión sostenible y administración y administra el trabajo del fondo para alcanzar su ambición neta cero. Chegar trabajó anteriormente en BlackRock, donde integró consideraciones de sostenibilidad en el proceso de inversión, la participación de la compañía de cartera y el voto por poder. Actualmente también se desempeña como Co-vicepresidenta de la Junta de Estándares de SASB, donde ha estado supervisando el desarrollo y mantenimiento de los estándares basados en la industria de SASB desde 2017.

Bing Leng es actualmente director en el Departamento de Regulación contable del Ministerio de Finanzas de China, donde supervisa las iniciativas de informes de sostenibilidad. Inició y dirigió la implementación de varios programas relacionados con la presentación de informes, incluido el desarrollo de taxonomías digitales para permitir la presentación de informes electrónicos y planes centrados en la digitalización de la profesión contable. El Sr. Leng es miembro del Grupo Consultivo de Taxonomía IFRS de la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad y también se ha desempeñado como miembro de la junta directiva de XBRL International. Es Doctor en Administración y tiene una Maestría en Contabilidad de la Universidad de Finanzas y Economía de Tianjin.

La carrera de Ndidi Nnoli-Edozien se ha centrado en la construcción de conexiones entre los negocios y el desarrollo sostenible, trabajando en empresas multinacionales e indígenas, instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil, en África y Europa, para iniciar iniciativas de desarrollo sostenible. En su último cargo, se desempeñó como directora de Sostenibilidad y Gobernanza del Grupo inaugural de Dangote Industries Limited, una de las empresas manufactureras más grandes de África. En este cargo, fue responsable del desarrollo de la cultura, la estrategia y los informes de sostenibilidad de la compañía en 14 países. El Dr. Nnoli-Edozien ha fundado y servido en varias juntas, comités e iniciativas centradas en la cultura corporativa, la inversión de impacto, los informes de sostenibilidad y la gobernanza.

Todos los designados comenzarán sus funciones como miembros de ISSB a tiempo completo en julio de 2022.

Los fideicomisarios están comprometidos a garantizar que el ISSB tenga la diversidad adecuada y se encuentran en etapas avanzadas de reclutamiento de más miembros de la junta. Los nombramientos para llevar al ISSB al quórum (ocho miembros) se anunciarán en breve, con el objetivo de completar los nombramientos inaugurales a la Junta durante el tercer trimestre de 2022.

La primera reunión pública de la junta directiva del ISSB se llevará a cabo en las oficinas del ISSB en Frankfurt la semana que comienza el 18 de julio.

Erkki Liikanen, presidente de los Fideicomisarios de la Fundación NIIF, dijo:

Me complace que nuestra primera ronda de nombramientos del ISSB para trabajar con el presidente Emmanuel Faber y la vicepresidenta Sue Lloyd aporten una combinación de experiencias complementarias y conjuntos de habilidades al ISSB. Continuaremos enfocándonos en crear un ISSB diverso a medida que agreguemos más miembros a la junta.

Emmanuel Faber, presidente de la ISSB, dijo:

Estoy encantado de dar la bienvenida a Richard, Verity, Bing y Ndidi al ISSB. Todos ellos tienen una pasión por la sostenibilidad y la presentación de informes y ayudarán a que el ISSB tenga un gran comienzo mientras nos preparamos para discutir los comentarios recibidos en nuestra consulta actual.

Richard Barker dijo:

Como defensor de larga data de la creación de un organismo internacional de normalización para la divulgación de información sobre sostenibilidad, estoy realmente emocionado de unirme al ISSB.

Verity Chegar dijo:

Los inversores necesitan datos de sostenibilidad comparables, consistentes y confiables para informar sus decisiones de inversión y administración en carteras globales y clases de activos. Estoy encantado de que el ISSB se haya comprometido a construir sobre los estándares SASB basados en la industria y espero ayudar a entregar una línea de base global de información útil para la toma de decisiones a los inversores.

Bing Leng dijo:

Me siento honrado de unirme al ISSB como uno de los miembros inaugurales y espero trabajar con colegas y partes interesadas para ofrecer un conjunto de Normas de Divulgación de Sostenibilidad IFRS de alta calidad como una línea de base global integral.

Ndidi Nnoli-Edozien dijo:

Me siento honrado por la oportunidad de unirme al ISSB y estoy comprometido a aportar a la Junta mi experiencia de muchos años de conectar empresas y desarrollo sostenible en África y Europa.



Cálculos, nuevos formatos y fórmula – Últimas actualizaciones técnicas de XBRL International


En la 30 Conferencia XBRL Europa de esta semana en París, nuestro director técnico, Paul Warren, dio una actualización sobre las actividades técnicas actuales dentro de XBRL International.

Gran parte de la presentación se dedicó a discutir la próxima especificación de Cálculos v1.1. Aunque esta especificación proporciona solo un cambio incremental en la funcionalidad actual de cálculos XBRL, de otras presentaciones durante la conferencia quedó claro que esta actualización se anticipa con urgencia.

Cálculos v1.1 se encuentra actualmente en el estado de Recomendación candidata. y se espera que alcance la Recomendación propuesta y el estado de Recomendación final en los próximos meses.

Otros temas cubiertos en la presentación incluyeron los próximos pasos para la iniciativa Open Information Model (OIM) y posibles mejoras futuras a la especificación de la Fórmula XBRL. El modelo de informe de la OIM y los nuevos formatos xBRL-CSV y xBRL-JSON que lo acompañan se finalizaron el año pasado. La OIM está destinada a formar la base para todas las actividades futuras de XBRL, y como ejemplo de esto, Paul demostró cómo las definiciones de OIM podrían aprovecharse para simplificar en gran medida la creación de manuales de presentación, las reglas específicas del proyecto que definen los detalles de cómo deben prepararse las presentaciones en un entorno de importación particular.

Actualmente se están llevando a cabo una serie de actividades diferentes para modernizar la especificación de la formula XBRL para que funcione de manera eficiente con los informes xBRL-CSV y xBRL-JSON. Estos incluyen la eliminación de la dependencia de un documento de informe XML y la mejora para aprovechar la naturaleza tabular de los informes xBRL-CSV.

Las especificaciones de XBRL International son desarrolladas por miembros voluntarios que participan en nuestros grupos de trabajo, y siempre estamos buscando más ayuda con este proceso. Si desea participar, o simplemente desea mantenerse al tanto de los últimos desarrollos con el estándar, regístrese en uno de nuestros grupos de trabajo a través de nuestro sitio web, o contáctenos para obtener más información.


Parte del Consorcio Internacional XBRL.

13-14 de junio de 2022 – 30ª XBRL Europe Conference en París (Francia) – ¡Inscripciones para recibir enlaces a seguir en línea! > Posts > 13-14 de junio de 2022 – 30th XBRL Europe Conference en París (Francia) – Inscripciones para recibir enlaces a seguir en línea!

Se cierra la inscripción para las plazas – Regístrese para recibir los enlaces para seguir el evento en línea

LUGAR

ACPR / Banco de Francia

25 rue de Londres – 75009 París – Estación: Gare Saint-Lazare

AGENDA

LUNES 13 DE JUNIO DE 2022

08:30 – 10:00 – Desayuno de networking y reunión de XBRL Europe

Mañana – Sesión Plenaria

  • 10:00 – 10:15 – Palabras de apertura – Bruno Tesnière, Presidente XBRL Europe, Gilles Maguet CEO XBRL Europe – ACPR – Banque de France – Bertrand Peyret – Secretario General Adjunto ACPR
  • 10:15 – 12:30 – Sesión plenaria de Banca y Seguros (Auditorio) – ABE, BCE, AESPJ, JUR, ACPR, Banco de Francia – véase el programa
  • 10:15 – 12:45 – PRESENTACIONES DE CASOS DE USO DE ESEF por parte de los socios – (Sala de reuniones 1) – ver el programa

12:30 – 13:50 – Almuerzo

Tarde – Sesión Plenaria

  • 14:00 – 16:00 – Sesión plenaria de Sustainability ESG (Auditorio) – ver el programa
  • 16:00 – 16:30 – Palabras de clausura del primer día

Tarde – Sesiones de grupos de trabajo y comités (en salas de reuniones)

  • 13:00 – 15:00 – XBRL Europe OAM&BR WG (Presidentes Kzrysztof Jesse Bundesanzeiger – XBRL Alemania) (Restringido) – Sala de reuniones N°1
  • 16:30 – 18:00 – Asamblea General y Comité Ejecutivo de XBRL Europe (estrictamente reservado a los miembros de XBRL Europe) – Auditorio

19:30 – 23:00 – Cena amistosa (a costa propia)

MARTES 14 DE JUNIO DE 2022

A partir de las 08:30 – mesa de registro abierta

Sesión plenaria de la mañana (en auditorio)

  • 09:30 – 12:30 – ESEF evolutions block Tagging, OAMs y SESIÓN PLENARIA DEL PAAS (Auditorio) – ver el programa

12:30 – 13:30 – Almuerzo

Tarde XBRL Francia y XBRL Europa Sesiones del grupo de trabajo (en salas de reuniones y auditorio)

XBRL Francia

  • 13:30 – 14:30 XBRL Francia Asamblea General y reunión de la Junta (estrictamente reservada a los miembros de XBRL Francia – en francés) – Auditorio –
  • 14:30 – 15:30 – XBRL France WG session ESEF Mapping (En francés) – Auditorio – ver el programa

XBRL Europa

  • 13:30 – 15:30 – Sostenibilidad ESG WG – Sala de Reuniones N°2 – ver el programa
  • 14:30 – 15:30 – XII WGs (Presidente Herm Fisher XBRL International, David Bell UB Partner XBRL France) – Sala de Reuniones N°1 – ver el programa

15:30 – 16:00 – pausa café

  • 16:00 – 17:30 – XBRL Europe OAM&BR WG (Sesión Pública) Presidentes: Sabrina Over y Ulrich Brass- Auditorio – ver el programa
  • 16:00 – 17:30 – XBRL Europe BPTF ESEF (Presidente Roger Haddad & David Bell UB Partner XBRL France XBRL Europe, Pierre Hamon EtXetera – XBRL France) – Sala de reuniones N°1 – ver el programa
  • 16:00 – 17:30 – XBRL Europe BANK INSURANCE WG (Chairs Vincent le Moal-Joubel ACPR Banque de France – XBRL France – Thomas Verdin Tesh Advice XBRL UK) – Sala de reuniones N°2 – ver el programa


SEC solicita información sobre la recopilación de datos del Formulario N-MFP


La Comisión de Bolsa y Valores (SEC) publicó en el Registro Federal un aviso de recopilación de información para el Formulario N-MFP, el Informe Mensual para los Fondos del Mercado Monetario. Hoy en día, este formulario, que detalla los elementos de divulgación relacionados con las tenencias de cartera, debe informarse en formato XML. Creemos que el Formulario N-MFP, que contiene datos semanales que incluyen el valor de los activos líquidos, el porcentaje de activos invertidos, así como otras cantidades monetarias, sería más útil para los consumidores de datos si estuviera en formato XBRL. Los comentarios deben presentarse en un plazo de 30 días.


COMISIÓN DE BOLSA Y VALORES [SEC File No. 270-604, OMB Control No. 3235-0657]

Presentación para revisión de la OMB; Solicitud de comentarios; Extensión: Formulario N-MFP y Regla 30b1-7

Previa solicitud por escrito, copias disponibles en

Comisión de Bolsa y Valores

Oficina de Servicios FOIA

Calle 100 F, NE

Washington, DC 20549-2736

Por la presente se notifica que, de conformidad con la Ley de Reducción de Papeleo de 1995 (44 U.S.C. 3501 y siguientes), la Comisión de Bolsa y Valores (la «Comisión») ha presentado a la Oficina de Administración y Presupuesto («OMB») una solicitud de extensión de la recopilación de información previamente aprobada que se analiza a continuación.

El artículo 30 b) de la Ley de Sociedades de Inversión de 1940 («Ley de Sociedades de Inversión»)1 dispone que «toda sociedad de inversión registrada presentará una solicitud ante la Comisión […] dicha información, documentos e informes (que no sean estados financieros), que la Comisión pueda requerir para mantener razonablemente actualizada la información y los documentos contenidos en el estado de registro de dicha empresa….»2 La Regla 30b1-7 de la Ley de Sociedades de Inversión, titulada «Informe mensual para los fondos del mercado monetario», establece que toda sociedad de inversión registrada, o serie de la misma, que esté regulada como fondos del mercado monetario en virtud de la regla 2a-73 debe presentar a la Comisión un informe mensual de  tenencias de cartera en el Formulario N-MFP4 a más tardar el quinto día hábil de cada mes.5 El Formulario N-MFP establece los elementos de divulgación específicos que los fondos del mercado monetario deben proporcionar. Los solicitantes deben presentar este informe electrónicamente utilizando el sistema de presentación electrónica de la Comisión («EDGAR») en lenguaje de marcado extensible («XML»).

El cumplimiento de la regla 30b1-7 es obligatorio para cualquier fondo que se presente como un fondo del mercado monetario en base a la regla 2a-7. Las respuestas a los requisitos de divulgación no se mantendrán confidenciales. Una agencia no puede llevar a cabo o patrocinar, y una persona no está obligada a responder, una recopilación de información a menos que muestre un número de control de OMB actualmente válido.

Las siguientes estimaciones de horas y costos de carga promedio se realizan únicamente a los efectos de la Ley de Reducción de Papeleo y no se derivan de una encuesta o estudio exhaustivo o incluso representativo del costo de las reglas y formularios de la Comisión.

La Comisión calcula que actualmente hay 3536 fondos del mercado monetario que informan información en el formulario N-MFP, de los cuales aproximadamente 87 son nuevos fondos del mercado monetario que presentan informes en el formulario N-MFP por primera vez.

Estimamos que el 35% de los fondos del mercado monetario (o 124 fondos del mercado monetario, desglosados en 121 fondos existentes y 3 fondos nuevos)8 licencian una solución de software y presentan informes en el Formulario N-MFP internamente; además, estimamos que cada fondo que presenta informes en el Formulario N-MFP internamente requiere un promedio de aproximadamente 47 horas de carga para compilar (incluida la revisión de la información), etiquetar y presentar electrónicamente el Formulario NMFP por primera vez y un promedio de aproximadamente 13 horas de carga para presentaciones posteriores.9 Por lo tanto, estimamos que la carga promedio de horas anuales por fondo es de 156 horas para los fondos existentes y 190 horas11 para los nuevos fondos del mercado monetario. Con base en una estimación de 121 fondos existentes y 3 fondos nuevos cada año, estimamos que la presentación de informes en el Formulario NMFP internamente toma 19,446 horas y cuesta fondos, en total, $ 6,319,950 por año.

Estimamos que el 65% de los fondos del mercado monetario (o 229 fondos del mercado monetario, desglosados en 224 fondos existentes y 5 fondos nuevos) retienen los servicios de un tercero para proporcionar servicios de agregación y validación de datos como parte de la preparación y presentación de informes en el Formulario N-MFP en nombre del fondo; además, estimamos que cada fondo requiere un promedio de aproximadamente 26 horas de carga para compilar y revisar la información con el proveedor de servicios antes de presentar electrónicamente el informe por primera vez y un promedio de aproximadamente 9 horas de carga para presentaciones posteriores. Por lo tanto, estimamos que la carga media anual de horas por fondo es de 108 horas14 para los fondos existentes y de 125 horas para los nuevos fondos del mercado monetario. Con base en una estimación de 224 fondos existentes y 5 fondos nuevos cada año, estimamos que presentar informes en el Formulario N-MFP utilizando un proveedor de servicios toma 24,817 horas y cuesta fondos, en total, $ 8,065,525 por año.16 En resumen, estimamos que presentar informes en el Formulario N-MFP impone una carga total de horas anuales de 44,263 horas,  a un costo total de 14.385.475 dólares en todos los fondos del mercado monetario.

La carga de costos es el costo de los bienes y servicios adquiridos en relación con el cumplimiento de los requisitos de recopilación de información de la regla 30b1-7 y el Formulario N-MFP. La carga de costos no incluye el costo de la carga de horas discutida anteriormente.

Sobre la base de las discusiones con los participantes de la industria, estimamos que los fondos del mercado monetario que presentan informes en el Formulario N-MFP internamente licencian una solución de software de terceros para ayudar a presentar sus informes a un costo promedio de $ 3,900 por fondo por año. Además, estimamos que los fondos del mercado monetario que utilizan un proveedor de servicios para preparar y presentar informes en el Formulario N-MFP pagan una tarifa promedio de $ 9,300 por fondo por año. En resumen, estimamos que todos los fondos del mercado monetario incurren en promedio, en conjunto, en costos anuales externos de $ 2,613,300.

El público puede ver la documentación de antecedentes de esta recopilación de información en el siguiente sitio web: www.reginfo.gov. Encuentre esta colección de información en particular seleccionando «Actualmente en 30 días de revisión – Abierto para comentarios públicos» o utilizando la función de búsqueda. Los comentarios y recomendaciones por escrito para la recopilación de información propuesta deben enviarse dentro de los 30 días posteriores a la publicación de este aviso antes de [insertar fecha 30 días después de la publicación] a (i) MBX.OMB.OIRA.SEC_desk_officer@omb.eop.gov y (ii) David Bottom, director / director de Información, Comisión de Bolsa y Valores, c / o John Pezzullo, 100 F Street, NE, Washington, DC 20549, o enviando un correo electrónico a:

PRA_Mailbox@sec.gov.  

Fecha: 31 de mayo de 2022.

J. Matthew DeLesÚltima,

Subsecretario

[ES Doc. 2022-12018 Archivado: 6/3/2022 8:45 am; Fecha de publicación: 6/6/2022]



EFRAG publica la justificación del establecimiento de normas de sostenibilidad


Para aquellos que están muy interesados en el desarrollo de las Normas Europeas de Información de Sostenibilidad, el Grupo Consultivo Europeo de Información Financiera (EFRAG) ha publicado su «Base para conclusiones» para complementar los borradores de exposición recientes, actualmente en consulta.

Esto proporciona la justificación detrás de sus decisiones, incluido el objetivo y el contexto de las normas, el proceso seguido, las razones para exigir o rechazar un requisito de divulgación y las conexiones con otras iniciativas y regulaciones. EFRAG lo ha publicado como una fuente útil de información y razonamiento para aquellos que deseen comentar sobre los borradores de exposición, con respuestas previstas para el 8 de agosto de 2022.


31/05/2022 – EFRAG EMITE EL CONJUNTO DE BASES PARA LAS CONCLUSIONES DE SUS BORRADORES DE EXPOSICIÓN A ESRS

El EFRAG publica el conjunto de bases para las conclusiones que complementan el proyecto de borradores de exposición a los ESRS (DE) desarrollados por el EFRAG PTF-ESRS. La consulta sobre los dedos de urgencias se inició el 29 de abril y está abierta hasta el 8 de agosto de 2022. No se solicitan observaciones sobre la base de las conclusiones.

El 29 de abril de 2022, EFRAG emitió sus ED con una fecha límite del 8 de agosto de 2022, invitando a todas las partes interesadas a proporcionar comentarios sobre ellos a través de una encuesta de consulta (para el comunicado de prensa del 29 de abril de 2022, haga clic aquí).

El EFRAG publica ahora el conjunto de bases para las conclusiones («BFC») para complementar los dedos. El BFC acompaña, pero no forma parte de los EDs y, como tal, su contenido no tiene estatus de autoridad.

Ilustra el objetivo y el contexto de los proyectos de normas, el proceso seguido en la preparación de los dese, las razones para exigir un requisito de divulgación, las referencias a otras iniciativas normativas o a reglamentos europeos u otros reglamentos pertinentes y, cuando proceda, el argumento que respalda la necesidad de una orientación granular, los requisitos de divulgación considerados y finalmente no incluidos en los deer y cómo el contenido de los dese se relaciona con la futura actividad de establecimiento de normas.

Los BFC son también una fuente útil de información y razonamiento para aquellos que desean comentar sobre los ED.

Los encuestados en los DE deben proporcionar su respuesta a las preguntas de la consulta pública utilizando la encuesta en línea (haga clic aquí para ver el enlace a secciones 1 y 2 de la consulta pública, y aquí para el enlace a la sección 3 de la consulta pública). Los comentarios que no aborden los aspectos específicos cubiertos por las preguntas enumeradas en la encuesta en línea, como los comentarios generales, pueden enviarse en forma de cartas de comentarios, preferiblemente cargando las cartas en la herramienta de encuesta.

EFRAG aprovecha esta ocasión para agradecer nuevamente a todos los miembros y observadores de PTF-ESRS, la Secretaría de EFRAG, incluidos sus miembros adscritos de otras organizaciones, así como GRI, Shift y WICI que actúan en cooperación con PTF-ESRS por su colaboración y valiosa contribución al desarrollo de EDs y BFC.

Acceda al BFC y a los ED del Borrador de ESRS y a la encuesta en línea.


EFRAG lanza una consulta pública sobre el proyecto de EDS del ESRS

EFRAG lanza una consulta pública sobre los borradores de exposición a los ESRS (DE) desarrollados por el EFRAG PTF-ESRS. El período de consultas se extenderá hasta el 8 de agosto de 2022.

Bruselas, 29 de abril de 2022: El EFRAG anuncia su consulta pública sobre los ED del proyecto de ESRS con una fecha límite del 8 de agosto e invita a todas las partes interesadas a proporcionar comentarios sobre el proyecto de ESRS a través de la encuesta de consulta.

La propuesta de Directiva sobre información de sostenibilidad corporativa (CSRD) identifica a EFRAG como asesor técnico de la Comisión Europea que proporciona proyectos de normas europeas de información de sostenibilidad («ESRS»). El Comisario McGuinness solicitó al EFRAG en mayo de 2021 que pusiera en marcha métodos de trabajo provisionales en modo de proyecto para iniciar el desarrollo técnico de estos proyectos de normas de inmediato, en paralelo al proceso legislativo de la CSRD. Este trabajo fue llevado a cabo por el Grupo de Trabajo del Proyecto sobre normas europeas de información de sostenibilidad (PTF-ESRS) para ser entregado a la estructura permanente del EFRAG cuando esté en su lugar.

El PTF-ESRS transmitió su paquete de consulta pública propuesto que incluye el primer conjunto de ED a la Junta de Informes de Sostenibilidad de EFRAG el 27 de abril de 2022. Hoy, EFRAG publica estos ED preparados bajo la exclusiva responsabilidad del PTF-ESRS para consulta pública durante un período de 100 días que finaliza el 8 de agosto de 2022.

Este procedimiento sigue el Establecimiento de Normas de Informes de Sostenibilidad de la UE de Los Procedimientos de Debido Proceso del EFRAG, que estipula los requisitos que deben seguirse en su papel de asesor técnico de la Comisión Europea en la preparación del proyecto de ESRS. El Consejo de Administración del EFRAG acordó un período acelerado de consultas.

Estos ED corresponden al primer conjunto de normas requeridas en virtud de la propuesta de una DSC y abarcan cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza. Este conjunto también incluye normas transversales.

EFRAG aprovecha esta ocasión para agradecer a todos los miembros y observadores de PTF-ESRS, la Secretaría de EFRAG, así como GRI, Shift y WICI que actúan en cooperación con PTF-ESRS por su colaboración y valiosa contribución al desarrollo de los ED.

La consulta pública actual se organiza para recibir comentarios de los electores sobre tres aspectos clave de los deed:

1. La relevancia de (i) la arquitectura propuesta, (ii) la implementación de los principios de CSRD y (iii) el contenido general de cada DE

2. Las posibles opciones para priorizar / introducir gradualmente la aplicación de la ESRS

3. La idoneidad de cada requisito de divulgación exigido por cada DE.

Como tal, la encuesta de consulta pública está organizada en tres secciones correspondientes a las que se puede acceder y responder de forma independiente:

1. Sustancia global de los borradores de exposición

2. Priorización / introducción gradual de la implementación de ESRS

3. Adecuación de los requisitos de divulgación

Para facilitar la navegación de la encuesta, estas 3 secciones están organizadas en un menú de capítulos, de la siguiente manera:

1A. Relevancia general de los borradores de exposición a ESRS – Arquitectura

1B. Relevancia general de los borradores de exposición a ESRS – Implementación de los principios de CSRD

1C. Relevancia general de los borradores de exposición a ESRS – Contenido de los borradores de exposición

2. Priorización / introducción gradual de la aplicación del ESRS

3A. Adecuación de los requisitos de divulgación – Normas transversales

3B. Adecuación de los requisitos de divulgación – Normas medioambientales

3C. Adecuación de los requisitos de divulgación – Normas sociales

Se recomienda encarecidamente a los encuestados que respondan en su totalidad a las secciones 1 y 2. Debido a la naturaleza integral de la sección 3, los encuestados pueden elegir selectivamente a qué requisitos de divulgación les gustaría responder y comentar.

Los encuestados deben proporcionar su respuesta a las preguntas de la consulta pública utilizando la encuesta en línea (haga clic aquí para ver el enlace a las secciones 1 y 2 de la consulta pública, y aquí para el enlace a la sección 3 de la consulta pública) para que estas respuestas se analicen e incluyan en el informe que resume las respuestas y para permitir que EFRAG cumpla con el ambicioso calendario. De esta manera, se puede garantizar un proceso de consulta justo y transparente. 3D. Adecuación de los requisitos de divulgación – Normas de gobernanza

Los comentarios que no aborden los aspectos específicos cubiertos por las preguntas enumeradas en la encuesta en línea, como los comentarios generales, pueden enviarse en forma de cartas de comentarios, preferiblemente cargando las cartas en la herramienta de encuesta.

Acceda a los EDs del Borrador de ESRS aquí.

– FIN –

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Acerca de EFRAG (www.efrag.org)

La misión de EFRAG es servir al interés público europeo tanto en la información financiera como en la presentación de informes de sostenibilidad mediante el desarrollo y la promoción de puntos de vista europeos en el campo de la presentación de informes corporativos y mediante el desarrollo de proyectos de normas de información de sostenibilidad de la UE.

En sus actividades de información financiera, el EFRAG garantiza que las opiniones europeas se tengan debidamente en cuenta en el proceso de establecimiento de normas del IASB y en los debates internacionales relacionados. En última instancia, EFRAG proporciona asesoramiento a la Comisión Europea sobre si las Normas NIIF recientemente emitidas o revisadas cumplen con los criterios del Reglamento IAS para su aprobación para su uso en la UE, incluido si la aprobación sería propicia para el bien público europeo.

En sus actividades de informes de sostenibilidad, EFRAG proporciona asesoramiento técnico a la Comisión Europea en forma de proyectos de normas de información de sostenibilidad de la UE que van acompañados de bases para conclusiones y análisis de costo-beneficio, incluido el análisis de impacto.

EFRAG busca la contribución de todas las partes interesadas y obtiene pruebas sobre circunstancias europeas específicas a lo largo del proceso de establecimiento de normas. Su legitimidad se basa en la transparencia, la gobernanza, el debido proceso (que puede incluir pruebas de campo, análisis de impacto y divulgación), la responsabilidad pública y el liderazgo de pensamiento. Esto permite a EFRAG hablar de manera convincente, clara y coherente, y ser reconocido como la voz europea en la presentación de informes corporativos.

EFRAG está operando en un entorno de rápida evolución. Está atenta a la necesidad de adaptar sus actividades para afrontar las nuevas oportunidades y retos en materia de reporte corporativo



ESA’s aclaran los requisitos de información de sostenibilidad de los productos financieros en el marco del SFDR


Las tres Autoridades Europeas de Supervisión (AES), la Autoridad Bancaria Europea (ABE), la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM), han emitido una declaración de supervisión conjunta que aclara los aspectos clave de la divulgación del Reglamento sobre la divulgación de información sobre las finanzas sostenibles (SFDR).

SFDR exigirá a las empresas de servicios de inversión que divulguen información sobre la sostenibilidad de sus productos financieros. Las áreas del proyecto de normas técnicas de regulación abordadas en la declaración incluyen el uso de indicadores de sostenibilidad; las principales divulgaciones de impacto adverso (PAI); divulgación de información sobre productos financieros; inversiones directas e indirectas; divulgación de información sobre productos financieros relacionados con la taxonomía; divulgaciones de «no dañar significativamente» (DNSH); y divulgaciones para productos con opciones de inversión. La declaración, dicen las AES, es parte de sus «esfuerzos en curso para promover una mejor comprensión de las divulgaciones requeridas en virtud de las normas técnicas del SFDR antes de la aplicación planificada de las reglas el 1 de enero de 2023».

La AEVM también ha publicado recientemente un informe de supervisión, con el objetivo de fomentar la convergencia en toda la UE en lo que respecta a la integración de los riesgos de sostenibilidad y la divulgación de información en el ámbito de la gestión de activos, a medida que se acerca la aplicación del SFDR. «Este trabajo ayudará a combatir el lavado verde mediante el establecimiento de criterios de supervisión comunes para las Autoridades Nacionales Competentes (ANC), para supervisar eficazmente los fondos de inversión con características de sostenibilidad», afirma.


Aclaraciones sobre el proyecto de RTS de las AES en el marco del SFDR

Introducción

1. A raíz de las numerosas solicitudes de aclaraciones recibidas de las partes interesadas y las autoridades nacionales competentes en relación con las implicaciones prácticas y dada la gran amplitud y complejidad técnica de estas normas, esta declaración de las AES tiene por objeto proporcionar aclaraciones sobre el proyecto de RTS de las AES publicado en virtud del Reglamento (UE) 2019/2088 sobre la divulgación de información relacionada con la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros («SFDR»). Las aclaraciones se refieren al proyecto de RTS (incluido en un informe final) con respecto al contenido, las metodologías y la presentación de las divulgaciones de conformidad con el artículo 2 bis, apartado 3, el artículo 4, apartados 6 y 7, el artículo 8, apartado 3, el artículo 9, apartado 5, el artículo 10, apartado 2, y el artículo 11, apartado 4, del SFDR a partir del 4 de febrero de 2021 y el proyecto de RTS (incluido en un informe final) con respecto al contenido y la presentación de las divulgaciones de conformidad con el artículo 8, apartado 4,  9, apartados 6 y 5, de la SFDR.

2. Tenga en cuenta que la Comisión Europea ha adoptado un Reglamento Delegado [C(2022)1931]1 que contiene las disposiciones de ambos proyectos de RTS. Este documento no se refiere al texto de la Comisión Europea. A falta del Reglamento delegado, las AES publicaron una declaración de supervisión en febrero de 2021 para mitigar el riesgo de aplicación divergente y la actualizaron en marzo de 2022.

3. A fin de proporcionar a los participantes en los mercados financieros y a los asesores financieros tiempo suficiente para recopilar la información necesaria y ajustar sus prácticas para aplicar los requisitos específicos del próximo Reglamento Delegado, incluidas las divulgaciones específicas de productos derivadas del Reglamento (UE) 2020/852 (reglamento sobre taxonomía, «TR»), la Comisión anunció en una carta3 el 25 de noviembre de 2021 que la fecha de aplicación de estas normas se retrasaría hasta el 1 de enero de 2023.

4. Con esta declaración, las AES proporcionan aclaraciones sobre áreas clave de los informes finales, incluidas las divulgaciones de impacto adverso principal (PAI), la divulgación de productos financieros y las divulgaciones de «no dañar significativamente» (DNSH).

Aclaraciones sobre las divulgaciones cubiertas por los artículos 2 bis, apartado 3, 4, apartados 6 a 7, 8, apartados 3 a 4, 9, apartados 5 a 6, 10, apartados 2 a 3, y 11, apartados 4 a 5, de la FSDS

Aclaraciones relacionadas con la divulgación del principal impacto adverso (PAI) de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad

Usos de los «indicadores de sostenibilidad»

5. La referencia a los indicadores de sostenibilidad en la divulgación de información sobre productos financieros debe entenderse con referencia a los «indicadores de sostenibilidad utilizados para medir las características ambientales o sociales o el impacto sostenible global del producto financiero» en los artículos 10, apartado 1, letra b), 11, apartado 1, letra a), y 11, apartado 1, letra b), del SFDR. Por lo tanto, las AES consideran que los «indicadores de sostenibilidad» y los indicadores de impacto adverso principal a que se refieren el artículo 4 del SFDR, y el capítulo II y el anexo I del proyecto de RTS en los informes finales de las AES se refieren a diferentes divulgaciones en el marco del SFDR.

6. No obstante, es posible utilizar los indicadores del impacto adverso principal para medir las características medioambientales o sociales o el impacto global sostenible del producto financiero, por ejemplo, mostrando mejoras de las inversiones con respecto a dichos indicadores a lo largo del tiempo.

7. En aras de la claridad, las AES consideran el siguiente cuadro con respecto a tres posibles usos de los indicadores de impacto adverso a nivel de producto financiero:

Metodología de cálculo de PAI

8. Las AES entendieron que varios participantes en los mercados financieros tienen preguntas sobre las normas de cálculo en el contexto de la divulgación periódica de los productos financieros, en particular el valor de las tenencias a las que se hace referencia. A este respecto, si bien en el capítulo II del RTS, habilitado por el artículo 4, apartados 6 a 7, del SFDR se establece una metodología de cálculo para la divulgación del principal impacto adverso de las decisiones de inversión en los factores de sostenibilidad, las divulgaciones periódicas de los productos financieros se rigen por la legislación sectorial establecida en el artículo 11, apartado 2, del SFDR. Las AES consideran que dichas divulgaciones periódicas cumplen las normas establecidas en la legislación sectorial a que se refiere el artículo 11, apartado 2, del SFDR.

9. Por lo que se refiere al cálculo de los indicadores sobre las emisiones de GEI, cabe señalar que, en algunos casos, las emisiones de una empresa participada pueden cambiar a lo largo de un período de referencia y el tamaño de la inversión en esa empresa también puede evolucionar. Por ejemplo, las emisiones de CO2e para la empresa A podrían ser de 5000 toneladas y un participante en el mercado financiero podría tener el 10% de la empresa los primeros 6 meses del período de referencia para la presentación de informes y el 0% los 6 meses restantes del período.

10. En tal caso, las AES señalan que, a efectos de la divulgación de los principales efectos adversos de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad, la evaluación del impacto debe basarse, como mínimo, en la media de cuatro cálculos realizados el 31 de marzo, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 31 de diciembre de un período de referencia del año natural (año N).

11. Por consiguiente, en el ejemplo mencionado en el apartado 9:

a) un participante en el mercado financiero informe en el año N+1 sobre el período de referencia N;

b) las emisiones anuales de la empresa A para el año N son de 5000 Tco2e y no hay más información sobre su distribución a lo largo del año. Por lo tanto, se asumirá que se distribuyen equitativamente durante los 12 meses;

c) las 5000 toneladas de emisiones de GEI de la empresa A deben ponderarse en un 10 % en los dos primeros cálculos (31 de marzo y 30 de junio) en relación con las emisiones globales de GEI del participante en el mercado financiero con arreglo a los indicadores pertinentes de la información de información

d) estas emisiones no deben contabilizarse a efectos de las emisiones globales de GEI en los dos últimos cálculos del año civil (30 de septiembre y 31 de diciembre);

e) por lo tanto, la contribución de las emisiones de la empresa A a los indicadores de emisiones de GEI del participante en el mercado financiero durante el período de referencia sería de 250 toneladas:

Enfoque de revisión y alcance del instrumento de inversión para la divulgación de información sobre PAI

12. Por lo que respecta a los cálculos que deben realizarse como parte de la notificación sobre los principales efectos adversos de las decisiones de inversión exigida por el artículo 4, apartados 1 a 5, del SFDR, las AES consideran que todas las inversiones, tanto directas como indirectas (que incluyen inversiones en, por ejemplo, fondos y fondos de fondos), deben incluirse en estos cálculos. Esto cubre inversiones en activos como capital y bonos corporativos, deudas soberanas, capital privado, entidades supranacionales, infraestructura y bienes raíces.

13. Las inversiones directas en «sociedades participadas» son los valores emitidos por la sociedad participada, por ejemplo, acciones cotizadas y no cotizadas, bonos corporativos, deuda hipotecaria, bonos garantizados (hipotecarios), deuda privada, valores respaldados por activos. En cuanto a las inversiones indirectas en sociedades participadas, esto abarca la inversión en fondos como OICVM o FIA, en su caso, fondos de fondos o derivados.

14. Cuando la sociedad participada sea una sociedad de cartera, un organismo de inversión colectiva o una entidad con fines especiales, la información sobre los efectos adversos de las decisiones de inversión de dichas sociedades podría tener en cuenta las inversiones subyacentes individuales de dichas sociedades y considerar el total de las repercusiones adversas derivadas de ellas. Cuando dicha información no esté disponible, a fin de poder cumplir el requisito de divulgación para esas inversiones, el RTS dispuso que la sección también debería contener detalles de los mejores esfuerzos utilizados para obtener la información, ya sea directamente de las empresas participadas, o mediante la realización de investigaciones adicionales, la cooperación con terceros proveedores de datos o expertos externos o la formulación de suposiciones razonables».

15. En el caso de las decisiones de inversión en las que una inversión financie exclusivamente un proyecto o tipo de proyecto, como una inversión en un bono verde, un bono social o un bono de proyecto, la evaluación de los efectos adversos de las decisiones de inversión podría limitarse a los efectos adversos del proyecto o tipo de proyecto financiado por el instrumento.

Divulgaciones para inversiones directas e indirectas en divulgaciones precontractuales y periódicas

16. Cuando un producto financiero promueva características medioambientales o sociales o se comprometa con un objetivo de inversión sostenible, deben facilitarse las correspondientes divulgaciones precontractuales y periódicas para dicho producto financiero. Las divulgaciones precontractuales y periódicas podrían describir qué parte de las inversiones del producto financiero se mantiene directamente y qué parte se mantiene indirectamente.

17. La proporción de las inversiones utilizadas para alcanzar las características medioambientales y sociales promovidas por el producto financiero (en el caso de un producto financiero que promueva características medioambientales o sociales) o la proporción de las inversiones utilizadas para alcanzar el objetivo de inversión sostenible (en el caso de un producto financiero con un objetivo de inversión sostenible) debería indicarse además de cuál es la finalidad de la proporción restante de inversiones.

18. En aras de la claridad, con respecto a esta proporción restante de inversiones del producto financiero, que son inversiones que no califican como sostenibles o que contribuyen a las características ambientales o sociales promovidas por el producto financiero, podrían considerarse salvaguardias ambientales o sociales. Dichas salvaguardias deben describirse de manera que los inversores finales reciban información precisa sobre la totalidad de las inversiones realizadas por el producto financiero.

19. Para evitar dudas, como declaró la Comisión Europea en sus preguntas y respuestas sobre el SFDR de julio de 2021, los productos financieros que tienen como objetivo la inversión sostenible solo debe realizar inversiones sostenibles. Sin embargo, todavía se requiere información sobre el monto y el propósito de los activos restantes para demostrar cómo estos no impiden que el producto financiero alcance su objetivo de inversión sostenible.

Orientación adicional sobre los indicadores de impacto adverso en los cuadros 1 a 3 del anexo I

20. Para aclarar el indicador 6 del cuadro 1 del anexo I (Intensidad del consumo de energía por sector climático de alto impacto), las AES consideran que el cálculo se limita al consumo de energía de las entidades únicamente para sus sectores climáticos de alto impacto, no a la intensidad general del consumo de energía a nivel de entidad de esa empresa.

21. Además, las AES opinan que el indicador 8 del cuadro 1 del anexo I (emisiones al agua) debe expresarse como media ponderada (que se define en el anexo) de las sustancias prioritarias a que se refiere la definición de «emisiones al agua» del anexo I.

22. Cuando los principales indicadores de impacto adverso (como los indicadores 12 (brecha salarial de género) y 13 (diversidad de género en el consejo) del cuadro 1 del anexo I) exijan una relación «media» o «media», las AES consideran que los impactos «medios» de los indicadores 12 y 13 del cuadro 1 del anexo I deben expresarse ponderados por el tamaño individual de cada inversión.

23. Por lo que se refiere a las métricas necesarias para la identificación de activos inmobiliarios ineficientes en el indicador 18 del cuadro 1 del anexo I, las AES consideran que la fórmula y los criterios para el cálculo de las exposiciones a «activos inmobiliarios ineficientes desde el punto de vista energético» exigidos por este indicador figuran en el anexo I. El motivo de la elección del edificio de consumo de energía casi nulo (NZEB). Las métricas de demanda de energía primaria (PED) y certificado de eficiencia energética (EPC) en la fórmula para activos inmobiliarios ineficientes deben garantizar la coherencia con los criterios técnicos de selección establecidos en el TR.

24. Las AES consideran que el importe «medio» del indicador 6, parte 1, del cuadro 2 del anexo I (uso y reciclado del agua) debe considerarse como la cantidad media ponderada de agua consumida por las empresas participadas (en metros cúbicos) por millón de euros de ingresos de las empresas participadas.

25. Por lo que respecta a las emisiones de GEI de los bienes inmuebles en el indicador 18 del cuadro 2 del anexo I, las AES consideran que la divulgación del impacto adverso de las emisiones de GEI generadas por los activos inmobiliarios debe reflejar la cuota de propiedad de los activos por parte del participante en el mercado financiero, tal como se detalla en la fórmula de cálculo de las emisiones de GEI del anexo I.

26. En relación con las inversiones multiactivos en empresas inmobiliarias y participadas, específicamente para las respectivas emisiones de GEI de los bienes inmuebles y las empresas participadas, las AES consideran que los principales impactos adversos deben divulgarse por tipo de exposición agregada a nivel de entidad. En otras palabras, si el participante en el mercado financiero realiza inversiones a través de un producto multiactivo en bienes raíces, los impactos de esa exposición inmobiliaria deben añadirse a los indicadores pertinentes para bienes inmuebles en el modelo que figura en el cuadro 1 del anexo I. Las exposiciones frente a las empresas participadas deben añadirse en el cuadro 1 del anexo I a los indicadores pertinentes. La divulgación no es una agregación de todo el impacto adverso de la entidad, sino la agregación de los impactos causados por exposiciones a diferentes tipos de clases de activos en los indicadores pertinentes del cuadro 1 del anexo I. Las AES opinan que, a efectos del cálculo del indicador 17 del cuadro 1 del anexo I, el participante en el mercado financiero solo debe incluir en el denominador toda su inversión en activos inmobiliarios.

27. Las AES también están proporcionando más orientación sobre algunos términos específicos utilizados. Concretamente, el indicador 14 del cuadro 3 del anexo I se refiere a la identificación de casos e incidentes graves de cuestiones de derechos humanos. El indicador 14 tiene por objeto captar la exposición de las empresas participadas en relación con casos e incidentes relacionados con graves cuestiones de derechos humanos. Éstas podrían considerarse en relación con los derechos, libertades y principios establecidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y sus protocolos.

28. Por lo que se refiere a los indicadores cuantitativos sociales y de los trabajadores que figuran en el cuadro 3 (indicadores 3, 7 y 14) y a si deben facilitarse en números absolutos o relativos, las AES consideran que las métricas de los indicadores 3, 7 y 14 del cuadro 3 del anexo I indican que el valor del impacto debe expresarse como media ponderada. Además, a diferencia de las métricas de los indicadores 8 y 9 del cuadro 1 y de los indicadores 1-3 y 13 del cuadro 2, estas métricas del cuadro 3 no incluyen el requisito de expresar el resultado «por millón de euros invertidos». Esto significa que las AES consideran que el valor del impacto debe expresarse en números absolutos en lugar de como una expresión relativa.

29. Las AES opinan que los códigos NACE son suficientes para identificar algunas inversiones en algunos indicadores, como el indicador 9 del cuadro 2 del anexo I relativo a los plaguicidas. Los RTS se refieren a la división 20.2 del anexo I del Reglamento (CE) no 1893/2006 con respecto a los códigos NACE, como se indica en la tercera columna del cuadro 2. Además, el indicador 8 del cuadro 1 sobre las emisiones al agua está respaldado por una definición clara de las sustancias pertinentes.

30. Por lo que respecta a las jurisdicciones fiscales no cooperativas a que se refiere el indicador 22 del cuadro 3 del anexo I, las AES opinan que, como se indica en la métrica, debe entenderse que la referencia a las jurisdicciones fiscales no cooperativas se refiere a la lista de la UE de jurisdicciones no cooperativas mantenida y actualizada por el Consejo de la UE.

Orientación relacionada con la divulgación de información precontractual sobre productos financieros

31. A raíz del informe final publicado el 22 de octubre de 2021, las AES desean proporcionar orientación sobre cómo los productos que invierten en una combinación de objetivos medioambientales y sociales que varían con el tiempo podrían cumplir los requisitos para calcular la proporción mínima de inversiones alineadas con la taxonomía. Las AES aclaran que este compromiso debe hacerse en las divulgaciones precontractuales. Cuando los cambios en el producto financiero requieran una actualización de dicho compromiso, se considera apropiado consultar la legislación sectorial pertinente a que se refiere el artículo 6, apartado 3, del SFDR para determinar cuándo y cómo debe modificarse la divulgación precontractual durante la vida del producto financiero.

32. Además, las AES desean señalar que, cuando la divulgación de la armonización taxonómica del producto financiero se calcule para las empresas participadas no financieras utilizando gastos de capital o gastos de funcionamiento en lugar de volumen de negocios, ello debe justificarse en la comunicación precontractual, incluida la forma en que es adecuada para el producto financiero. Cuando los cambios en el producto financiero requieran una actualización de la información facilitada en las divulgaciones precontractuales, podrá consultarse la legislación sectorial pertinente a que se refiere el artículo 6, apartado 3, del SFDR para determinar cuándo y cómo debe modificarse la divulgación precontractual durante la vida del producto financiero.

33. Conviene prestar especial atención al cambio en la estrategia del producto, justificando la necesidad de adaptar su KPI de armonización con la taxonomía para aumentar la transparencia hacia los inversores. Con respecto a este último, además de la modificación de la información precontractual del producto, las comparaciones históricas en los informes periódicos podrían ir acompañadas de una declaración de que se ha modificado el KPI de alineación de taxonomía en la divulgación precontractual. Esta declaración también podría detallar las razones que explican dicho cambio.

Orientación relacionada con la divulgación periódica de información sobre productos financieros

34. Las AES aclaran que la divulgación de las principales tenencias del producto en la divulgación periódica de los productos financieros debe entenderse en el sentido de que requiere la identificación del país en el que se realiza la inversión o en el que la empresa participada tiene su sede o en el que está domiciliado un producto financiero. Por lo tanto, si una participación top 15 es un vehículo de inversión, la identificación del país debe ser el país de domicilio del vehículo de inversión. La divulgación del domicilio del país no pretende hacerse con un enfoque de observación de las empresas participadas subyacentes de dicho vehículo de inversión.

35. Además, el calendario de aplicación del acto delegado (1 de enero de 2023) plantea dudas sobre cualquier impacto en los plazos periódicos de divulgación de los productos financieros. Como se indica en la declaración supervisora de las AES, los informes periódicos a que se refiere el artículo 11, apartado 2, del SFDR deben cumplir los requisitos establecidos en dicho artículo a partir del 1 de enero de 2022. Esto significa que en 2022 los informes periódicos deben elaborarse de conformidad con la legislación sectorial enumerada en el artículo 11, apartado 2, de conformidad con el SFDR, independientemente de los períodos de referencia. Dado que se espera que el acto delegado se aplique a partir del 1 de enero de 2023, las normas detalladas adicionales deben figurar en los informes periódicos a partir de esa fecha.

36. Además, en el caso de los productos financieros de seguros, la divulgación periódica en virtud del SFDR complementa otras obligaciones derivadas del artículo 185 de la Directiva 2009/138/CE. El calendario de las divulgaciones anuales no está definido en la Directiva. Puede haberse definido a nivel nacional, ya que las normas de desarrollo del artículo 185 de la Directiva 2009/138/CE se han establecido a nivel de los Estados miembros, de conformidad con el apartado 8 de dicho artículo.

Orientación relacionada con la divulgación de información sobre productos financieros relacionados con la taxonomía

37. El informe final de las AES de 22 de octubre de 2021 puede suscitar dudas sobre los requisitos para divulgar la «proporción mínima» de inversiones alineadas con la taxonomía en la divulgación precontractual de productos financieros. Las AES consideran que los compromisos sobre la «proporción mínima» de inversiones alineadas con la taxonomía están destinados a ser compromisos vinculantes para garantizar la transparencia de los inversores finales sobre las ambiciones taxonómicas del producto financiero. A este respecto, al igual que para cualquier otro compromiso vinculante incluido en la información precontractual, las sanciones por no respetar dichos compromisos se establecen en la legislación sectorial a que se refiere el artículo 6, apartado 3, del SFDR.

38. Además, ha habido falta de claridad sobre cómo pueden contabilizarse las actividades económicas ambientalmente sostenibles relacionadas con la adaptación al cambio climático. La divulgación precontractual de la armonización taxonómica de un producto financiero en el proyecto de RTS de las AES tiene por objeto favorecer la medición de la contribución taxonómica de las empresas participadas no financieras por volumen de negocios. No obstante, cuando se dé un cálculo más representativo de la armonización taxonómica utilizando gastos de capital o gastos de funcionamiento, estos podrían utilizarse en su lugar en la divulgación precontractual y ese uso debe estar justificado. En las divulgaciones periódicas, las tres mediciones deben ser divulgadas.

39. Para evitar dudas, sólo las actividades económicas conformes con el artículo 3 TR pueden contar para la representación de actividades alineadas con la taxonomía financiadas por el producto financiero.

40. En los informes periódicos, las AES aclaran que la armonización taxonómica de las inversiones agregadas debe representarse en forma de gráfico de barras y expresarse por volumen de negocios, gastos de capital y gastos de funcionamiento. Además, las divulgaciones exigen un desglose de la proporción de cada uno de los objetivos medioambientales establecidos en el artículo 9 TR a los que contribuyeron las inversiones sostenibles. En consecuencia, las AES consideran que los productos financieros deben poder demostrar la contribución de sus inversiones tanto a la mitigación como a la adaptación al cambio climático en sus informes periódicos y a los otros cuatro objetivos medioambientales del artículo 9 TR una vez que sean aplicables.

41. Las AES consideran que el cálculo de la armonización de la taxonomía de un producto financiero que invierte en otro producto financiero (incluidos los fondos de fondos) debe basarse en el valor de mercado de la proporción de inversiones de este último en relación con la taxonomía.

42. A modo de ejemplo práctico, en caso de que el producto financiero A invierta en el producto financiero B:

• Cuando el producto financiero B informe de su armonización taxonómica con arreglo a los artículos 5 o 6 tr, el producto financiero A deberá utilizar el KPI del producto financiero B para calcular su propio KPI de alineación taxonómica; oro

• Cuando el producto financiero B no informe de ninguna armonización de la taxonomía en virtud de los artículos 5 o 6 tr, el producto financiero A podrá aplicar un enfoque de revisión y basar su cálculo en las actividades alineadas con la taxonomía de las inversiones subyacentes del producto financiero B.

Orientación relacionada con las divulgaciones de «no dañar significativamente» (DNSH)

43. Las AES han tomado nota de la importante atención prestada a los requisitos de divulgación de DNSH propuestos en el RTS, concretamente en lo que respecta a la diferencia entre la consideración de PAI y las divulgaciones de DNSH, que requieren el uso de los mismos indicadores de impacto adverso en el anexo I. Las partes interesadas también se han preguntado cómo determinar DNSH utilizando los indicadores.

44. El proyecto de RTS de las AES establece los requisitos de DNSH relativos a la divulgación de información para las «inversiones sostenibles» de los productos financieros (a que se refiere el artículo 2, apartado 17, del SFDR) para la divulgación precontractual, para la divulgación de información en los sitios web y para la divulgación periódica. Las divulgaciones requieren una explicación de cómo la inversión sostenible no perjudica significativamente ningún objetivo de inversión sostenible con referencia a «cómo se tienen en cuenta los indicadores de impactos adversos en la Tabla 1 del Anexo I, y cualquier indicador relevante en las Tablas 2 y 3 del Anexo I».

45. Esto no debe confundirse con la información exigida por los artículos 4 y 7 del SFDR, que contienen referencias a la forma en que el participante en el mercado financiero o el producto financiero considera los principales efectos adversos de sus inversiones. En el caso de la divulgación de información con arreglo al artículo 4 del SFDR, esta consideración se realiza mediante la publicación de una declaración sobre los principales efectos adversos de las decisiones de inversión en los factores de sostenibilidad con referencia a los indicadores del anexo I.

46. En cuanto a la divulgación de información sobre el DNSH del producto financiero, la AEE no estableció ningún criterio adicional para tener en cuenta los indicadores de impacto adversos del anexo I. Sobre la base de la definición de inversión sostenible, las AES consideran que los participantes en los mercados financieros pueden determinar si se han respetado los indicadores a efectos de revelar que la inversión no ha perjudicado significativamente ningún objetivo medioambiental o social. Un factor que vale la pena considerar al tomar esa determinación es comparar, cuando sea factible, los impactos con métricas similares en el Climate Delegated Act10 y el Complementary Climate Delegated Act.

47. Para evitar dudas, no existe un vínculo directo entre los dos tipos de divulgación, que se aplican de forma independiente. Un producto financiero que realice inversiones sostenibles debe hacer divulgaciones de DNSH, mientras que las divulgaciones de PAI a nivel de producto financiero a que se refiere el artículo 7 sfDR se aplican por separado en virtud de dicho artículo.

48. Las AES reconocen que sus informes finales no especificaron exactamente cómo debían utilizarse los indicadores de IAP a efectos de la divulgación de información sobre DNSH para inversiones sostenibles en el RTS o en la divulgación de información sobre productos financieros. Sin embargo, la mejor práctica podría consistir en divulgar el DNSH para la inversión sostenible extrayendo los indicadores del cuadro 1 del anexo I, y cualquier otro indicador pertinente de los cuadros 2 y 3 del anexo I, y mostrar el impacto de las inversiones sostenibles en relación con esos indicadores, demostrando a través de valores adecuados (por ejemplo, cuando sea factible de conformidad con el Acto Delegado sobre el Clima y el Acto Delegado Complementario sobre el Clima) que las inversiones sostenibles no perjudican significativamente a ningún medio ambiente.  u objetivos sociales.

49. Además, las AES consideran oportuno aclarar cómo interactúa la divulgación del SFDR en el DNSH con los requisitos del DNSH del TR. El principio DNSH en el marco del TR no se aplica de la misma manera que en el artículo 2, apartado 17, del SFDR. Al evaluar si una actividad económica reúne los requisitos para ser sostenible desde el punto de vista medioambiental, el TR establece criterios detallados de nivel de actividad de DNSH con arreglo al artículo 17 tr y en los criterios técnicos de selección en los actos delegados pertinentes. Por el contrario, el SFDR establece este principio con el fin de evaluar a nivel de la inversión que puede calificarse como sostenible. A este respecto, significa que para calificar como inversión sostenible en el sentido de SFDR, una inversión en una actividad económica alineada con la taxonomía también debe respetar el principio de «no perjudicar significativamente» establecido en el artículo 2, apartado 17, del SFDR. Si bien el propio artículo 2, apartado 17, del SFDR no establece en el nivel 1 criterios específicos que deban evaluarse, la habilitación de las AES en el artículo 2 bis del SFDR y el proyecto de RTS del SFDR contenían el requisito de demostrar la DNSH por referencia a los indicadores de impacto adverso principal del anexo I.

50. El RTS incluía un requisito adicional a las disposiciones de la DNSH. Además de revelar cómo el participante en el mercado financiero ha tenido en cuenta los indicadores de impacto adverso del anexo I, la notificación de DNSH también debe mostrar si las inversiones están alineadas con las Directrices de la OCDE para empresas multinacionales y los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, incluidos los principios y derechos establecidos en los ocho convenios fundamentales identificados en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre los Principios Fundamentales y  Los derechos en el trabajo y la Carta Internacional de Derechos Humanos. El objetivo de esta disposición es armonizar las divulgaciones de DNSH en el marco del SFDR con las salvaguardias mínimas del artículo 18 de la TR.

Orientación relacionada con la divulgación de información para productos financieros con opciones de inversión

51. Las AES desean proporcionar aclaraciones sobre la divulgación de información de los informes finales para los productos con opciones de inversión. En el caso de los productos multiopción y otros productos financieros con opciones de inversión subyacentes, los requisitos de divulgación precontractual y periódica proporcionan instrucciones claras para divulgar a nivel de producto financiero una lista de las opciones de inversión que pueden considerarse un producto financiero a que se refieren el artículo 8, apartado 1, o el artículo 9, apartados 1, 2 y 3, del SFDR, o que tienen como objetivo la inversión sostenible y no son un producto financiero a que se refiere el artículo 2, apartado 12, del SFDR.

52. Las AES aclaran que la divulgación de información en los sitios web sobre los productos financieros multi opción a que se refieren el artículo 8, apartado 1, o el artículo 9, apartados 1, 2 y 3, del SFDR debe incluir la divulgación de los siguientes elementos:

• una lista de las opciones de inversión que pueden considerarse un producto financiero a que se refieren el artículo 8, apartado 1, o el artículo 9, apartados 1, 2 y 3, del SFDR; y

• un resumen de cada opción de inversión subyacente que se considere un producto financiero a que se refieren el artículo 8, apartado 1, o el artículo 9, apartados 1, 2 y 3, del SFDR, o que tengan como objetivo una inversión sostenible y no sean un producto financiero a que se refiere el artículo 2, apartado 12, del SFDR.

53. Los requisitos de divulgación restantes deben divulgarse al nivel de las opciones de inversión subyacentes.

54. Las AES consideran que, dentro del producto financiero, debe incluirse la información relacionada con la sostenibilidad que debe facilitarse en los anexos para cada opción de inversión que ofrezca el participante en el mercado financiero u otro participante en el mercado financiero como producto financiero que tenga como objetivo una inversión sostenible o que promueva características medioambientales o sociales.

55. Las AES aclaran además que el participante en los mercados financieros debe agrupar la información relativa a las opciones de inversión subyacentes de las letras a) a l) para que un inversor pueda encontrar y leer fácilmente la información relativa a una opción de inversión subyacente específica del producto financiero.



Nueva guía disponible – Ejemplos de anclaje para la presentación de informes ESEF


¿Necesita comprender los matices de los informes del Formato Electrónico Único Europeo (ESEF) y cómo obtener relaciones de anclaje correctas? Si es así, la guía reciente del Grupo de Trabajo de Divulgación Específica de Entidades (ESDTF) de XBRL International, que explora ejemplos de anclaje apropiado e inapropiado en los informes de ESEF, está a la mano. Para los miembros de XBRL International, también está disponible un video del seminario web complementario de esta semana sobre el anclaje de ESEF.

Pero, ¿qué es exactamente el anclaje? Una de las ventajas de XBRL es que, cuando un preparador quiere informar un hecho en particular, pero ninguna etiqueta digital en la taxonomía de informes base es la adecuada, es posible usar una extensión, o etiqueta personalizada, para etiquetar adecuadamente ese hecho. El uso de extensiones evita que los hechos reportados no se etiqueten o se etiqueten con el concepto incorrecto, pero también puede socavar la comparabilidad, generando datos «flotantes» que no se pueden conectar fácilmente a otra información. Por lo tanto, los archivadores ESEF deben usar el anclaje al implementar extensiones, como una forma de vincular esos datos. El anclaje conecta el elemento de extensión específico de la entidad creado por un preparador con un elemento apropiado en la taxonomía ESEF que es más amplio o más estrecho en el significado o alcance contable. Ayuda a garantizar que los analistas, reguladores y otros usuarios puedan interpretar y comparar mejor la información etiquetada mediante extensiones.

La nueva guía está disponible públicamente para todos, y amplía y complementa nuestra guía existente sobre «Uso de las reglas ESEF para anclar extensiones», proporcionando ejemplos del mundo real extraídos de divulgaciones reales. Esperamos que esta guía sea útil para los preparadores en la creación de informes, y para los proveedores de software y proveedores de servicios que buscan apoyar a los archivadores con herramientas de alta calidad. Esta última guía es el resultado de varios meses de análisis y examen por parte del ESDTF de las relaciones de anclaje en la práctica. Nuestro agradecimiento a los editores y colaboradores por producir este documento detallado.

Eche un vistazo a la guía y háganos saber lo que piensa, o sugiera cualquier posible mejora. Actualmente se publica como un borrador de revisión, y se alienta a los lectores a enviar sus comentarios al ESDTF.


Informes ESEF – Ejemplos de anclaje apropiado e inapropiado

1 ejemplo 1 – Uso inapropiado del concepto «otro» con etiqueta de documentación que excluye los artículos divulgados por separado

1.1 Caso 1 – Los artículos se divulgan por separado en las notas

He aquí un ejemplo que ilustra un uso inapropiado de un concepto «otro» como un ancla más amplia cuando la etiqueta de documentación del concepto en la taxonomía base indica que es para elementos que no se divulgan por separado, cuando en realidad la extensión era para elementos que se divulgaron por separado en las notas.

Antecedentes

Se utilizó un concepto de extensión para etiquetar el monto de «Valores de inversión» en el siguiente extracto de un estado de situación financiera no clasificado.

Relación de anclaje inapropiada

Para esta prórroga se estableció la siguiente relación inapropiada más amplia-estrecha:

Información adicional sobre la extensión de notas a estados financieros

La correspondiente nota de divulgación de «Valores de inversión» indicaba que estos valores consistían tanto en activos financieros a valor razonable a través de otros ingresos globales por un total de 500 millones de euros como en activos financieros obligatoriamente a valor razonable a través de ganancias o pérdidas por un total de 350 millones de euros.

Consideraciones de anclaje

La etiqueta de documentación para el concepto de taxonomía base, «Otros activos financieros», excluye explícitamente los elementos divulgados por separado para los activos financieros que podrían divulgarse en las notas. Por lo tanto, este concepto de taxonomía de base no es un ancla apropiada en el extremo más amplio de la relación más amplia-estrecha para la extensión porque la información sobre estos activos financieros se divulga por separado. En general, no se espera que un concepto de taxonomía base «otro» que contenga una etiqueta de documentación con el lenguaje «que la entidad no divulgue por separado en la misma declaración o nota» sea un ancla más amplia apropiada cuando los montos se divulgan por separado.

La ubicación de un concepto en la taxonomía de base no debe impedir su uso para anclar una extensión en un estado financiero primario. Como se señala en el párrafo 143 de la Guía del preparador para la utilización de las NIIF, los preparadores de taxonomías deben tener en cuenta el contenido de la taxonomía de las NIIF en su totalidad al etiquetar los estados financieros primarios. Esto también se aplica al anclaje. Los conceptos de taxonomía base destinados a ser utilizados para anclar conceptos de extensión en los estados financieros primarios podrían ubicarse en cualquier grupo de presentación en esta taxonomía base.

Una verificación de la taxonomía base muestra que no hay un concepto que agregue ambas categorías de los activos financieros incluidos en la partida de valores de inversión en el extracto anterior, pero hay conceptos de taxonomía base separados para cada categoría. Estos conceptos son los siguientes: «Activos financieros a valor razonable a través de otros ingresos integrales» y «Activos financieros a valor razonable a través de ganancias o pérdidas, medidos obligatoriamente a valor razonable».

Además, existe un concepto de taxonomía básica, «Activos financieros, a valor razonable», en el que el significado contable también abarca lo que el concepto de extensión pretende representar y, por lo tanto, se considera más amplio que el concepto de extensión. Cabe señalar que «Activos financieros, a valor razonable» no sería el concepto adecuado para etiquetar la partida «Valores de inversión» en este estado de situación financiera porque hacerlo indicaría que los activos financieros medidos a valor razonable suman 850 millones de euros para esta entidad cuando en realidad ese total es de 930 millones de euros. Como se señala en el extracto anterior, hay otros activos financieros también medidos a valor razonable por un total de 80 millones de euros, que se incluyen como una partida separada en el estado de situación financiera y se etiquetan con «Activos financieros a valor razonable a través de ganancias o pérdidas, clasificados como mantenidos para la negociación».

Además, existe otro concepto de taxonomía base, «Activos financieros», que consiste en diferentes tipos de activos financieros, incluidos los medidos a costo amortizado. Este concepto no se consideraría el concepto apropiado para el etiquetado, por las razones mencionadas anteriormente, o para incluirlo como ancla en el extremo más amplio de la relación más amplia-estrecha porque no tiene el significado contable más cercano y amplio para esta extensión.

Relación de anclaje apropiada

Dado que el concepto de taxonomía base, «Activos financieros a valor razonable», es más amplio que el concepto de extensión y el concepto de extensión es una agregación de dos conceptos de taxonomía base, lo siguiente representa las relaciones apropiadas más amplias-más estrechas para el patrón de hechos descrito en este ejemplo:

1.2 Caso 2 – La extensión es más específica que una agregación de artículos inmateriales

Aquí hay un ejemplo que ilustra un uso inapropiado de un concepto «otro» como un ancla más amplia cuando la etiqueta de documentación del concepto en la taxonomía base indica que es para elementos que no se divulgan por separado, y la extensión fue más específica que una agregación de artículos inmateriales.

Antecedentes

Se utilizó un concepto de extensión para etiquetar el monto de «Provisiones» en el siguiente extracto de un estado de ingresos, ganancias o pérdidas integrales, por naturaleza de gastos.

Relación de anclaje inapropiada

Para esta prórroga se estableció la siguiente relación inapropiada más amplia-estrecha:

Consideraciones de anclaje

Se divulgó una partida separada para un tipo específico de gasto, las provisiones, que no representa una agregación de partidas inmateriales. Por lo tanto, anclar esta extensión al concepto de taxonomía base para «Otros gastos, por naturaleza» no es apropiado en el extremo más amplio de la relación más amplia-estrecha porque se considera demasiado estrecha.

En general, no se espera que un concepto de taxonomía base «otro» que contenga una etiqueta de documentación con el lenguaje «que la entidad no divulgue por separado en la misma declaración o nota» sea un ancla más amplia apropiada cuando los montos se divulgan por separado.

Una verificación de la taxonomía de base muestra que no existe un concepto específico para la naturaleza de los gastos divulgados aquí para la partida de provisión, pero hay un concepto más abarcador, «Gastos, por naturaleza», que es una agregación de todos los gastos por naturaleza.

Relación de anclaje apropiada

Dado que el concepto de taxonomía base, «Gastos, por naturaleza», es más amplio en significado contable que el concepto de extensión, lo siguiente representa la relación apropiada más amplia-más estrecha para el patrón de hechos descrito en este ejemplo:

Como esta extensión no es una agregación de conceptos existentes en la taxonomía base, no existe un anclaje más estrecho apropiado.

2 ejemplo 2 – El ancla es «demasiado ancha»

Aquí hay ejemplos que ilustran el uso de anclajes que son demasiado anchos.

2.1 Caso 1 – Activos corrientes y no corrientes

Se utilizaron dos conceptos de extensión para etiquetar los montos actuales y no corrientes de «Costos contractuales capitalizados» en el siguiente extracto de un estado de situación financiera clasificado.

Relación de anclaje inapropiada

Se proporcionaron las siguientes relaciones inapropiadas más amplias-estrechas para estos conceptos de extensión:

Información adicional sobre la extensión de notas a estados financieros

La correspondiente nota informativa para «Costes contractuales capitalizados» indicaba que se trataba de activos reconocidos por costes incrementales para obtener determinados contratos de ingresos con los clientes, que se espera que se recuperen. Los costes totales del contrato capitalizados fueron de 222 millones de euros, que consistieron en las partes corrientes y no corrientes comunicadas en el estado de situación financiera.

Consideraciones de anclaje

Anclar estos conceptos de extensión a los conceptos de taxonomía base «Activos corrientes» y «Activos no corrientes» no es apropiado porque hay otros conceptos en la taxonomía base que tienen un significado contable más amplio para estas extensiones. Por lo tanto, estos conceptos de taxonomía base se consideran demasiado amplios. Si no hubiera otros conceptos más amplios más cercanos en la taxonomía base, entonces estos serían anclajes apropiados.

Con base en las relaciones de presentación y cálculo proporcionadas por los datos XBRL para este estado de situación financiera, los usuarios saben que estas extensiones se incluyen en activos corrientes y no corrientes. Sería útil considerar otros conceptos de taxonomía base que proporcionarían a los usuarios de los datos XBRL información sobre la naturaleza o el tipo de estos activos de extensión.

La ubicación de un concepto en la taxonomía de base no debe impedir su uso para anclar una extensión en un estado financiero primario. Como se señala en el párrafo 143 de la Guía del preparador para la utilización de las NIIF, los preparadores de taxonomías deben tener en cuenta el contenido de la taxonomía de las NIIF en su totalidad al etiquetar los estados financieros primarios. Esto también se aplica al anclaje. Los conceptos de taxonomía base destinados a ser utilizados para anclar conceptos de extensión en los estados financieros primarios podrían ubicarse en cualquier grupo de presentación en esta taxonomía base.

Una verificación de la taxonomía de base muestra que existe un concepto, «Activos reconocidos a partir de los costos para obtener o cumplir contratos con clientes», con un significado contable que abarca completamente el significado de ambos conceptos de extensión y, por lo tanto, se considera el concepto más apropiado en el extremo más amplio de la relación más estrecha para el anclaje. En el momento en que este documento estaba disponible para su publicación, la taxonomía de las NIIF no tenía conceptos separados para las partes actuales y no corrientes de estos activos.

Relación de anclaje apropiada

Dado que el concepto de taxonomía base representa una agregación de los dos conceptos de extensión, lo siguiente representa la relación más amplia-estrecha apropiada para el patrón de hechos descrito en este ejemplo:

2.2 Caso 2 – Equidad

Se utilizó un concepto de extensión para etiquetar el monto de «Reservas y ganancias retenidas» en el siguiente extracto de la sección de patrimonio de un estado de situación financiera. Esta entidad no tiene ninguna participación no controladora.

Relación de anclaje inapropiada

Para esta prórroga se estableció la siguiente relación inapropiada más amplia-estrecha:

Sólo el concepto elegido en el extremo más amplio de esta relación se considera inapropiado. Los conceptos incluidos en el extremo más estrecho de esta relación son apropiados porque no existe un concepto de capital que agregue tanto las reservas como las ganancias retenidas incluidas en la taxonomía base en el momento en que este documento estaba disponible para su publicación, pero hay conceptos de taxonomía separados para cada elemento.

Consideraciones de anclaje

Si bien se considera que «equidad» es más amplio que el concepto de extensión, no tiene el significado contable más amplio más cercano en la taxonomía base. Por lo tanto, no se considera el ancla más ancha apropiada. «Patrimonio» representa una agregación de «Patrimonio atribuible a los propietarios de la matriz» y «Participaciones no controladoras». Dado que esta entidad no tiene ninguna participación no controladora, el concepto con el significado contable más amplio más cercano sería «Patrimonio atribuible a los propietarios de la matriz».

Si bien «Patrimonio» se utiliza para etiquetar el valor del patrimonio total de los accionistas y se incluye como matriz de cálculo para los tres conceptos presentados en la sección de patrimonio de este estado de situación financiera, este ejemplo ilustra cómo las relaciones de presentación y cálculo podrían diferir de los conceptos destinados a ser utilizados en las relaciones de anclaje.

Relación de anclaje apropiada

Las relaciones más amplias-estrechas apropiadas para el patrón de hechos descrito en este ejemplo son las siguientes:

3 ejemplo 3 – Uso apropiado del concepto «otro»

Aquí hay un ejemplo que ilustra un uso apropiado de un concepto «otro» como un ancla más amplia cuando la etiqueta de documentación del concepto en la taxonomía base no indica que sea para elementos que no se divulgan por separado.

Antecedentes

Se utilizó un concepto de extensión para etiquetar los importes correspondientes a «Otros ingresos en efectivo procedentes de ventas de instrumentos de capital de otras entidades clasificadas como actividades de inversión» y «Otros ingresos en efectivo procedentes de ventas de instrumentos de deuda de otras entidades clasificadas como actividades de inversión» en el siguiente extracto de un estado de flujos de efectivo.

Relación de anclaje apropiada

Para esta prórroga se estableció la siguiente relación más amplia-estrecha:

Anclar ambos conceptos de extensión a este «otro» concepto de taxonomía base es apropiado porque este concepto de taxonomía base representa una agregación de estos dos conceptos de extensión. Por lo tanto, se considera que el concepto de taxonomía base es más amplio en el significado contable que los dos conceptos de extensión, que se incluyen en el extremo más estrecho de la relación más amplia-estrecha.

4 ejemplo 4 – Anclaje de un concepto de «red»

Se utilizó un concepto de extensión para etiquetar el monto de «Intereses netos pagados» en el siguiente extracto para un estado de flujos de efectivo.

Relación de anclaje inapropiada

La siguiente relación de anclaje no es apropiada para este concepto de extensión:

El concepto de extensión tiene un significado «neto», ya que incluye tanto los intereses pagados como los intereses recibidos. El concepto de taxonomía base, «Intereses pagados, clasificados como actividades operativas», tiene un significado «bruto». Por lo tanto, no es lo suficientemente amplio como para ser utilizado como el ancla más amplia para este concepto de extensión, incluso si la cantidad divulgada es un pago neto y no un recibo neto de intereses.

Consideraciones de anclaje

Al considerar cuál es el elemento más amplio más cercano en la taxonomía de base, debe tenerse en cuenta el significado «neto» del concepto para la divulgación específica de la entidad. En el momento en que este documento estaba disponible para su publicación, la taxonomía de las NIIF no tenía un elemento «neto» para los intereses pagados, netos de los intereses recibidos. Por lo tanto, el concepto de taxonomía de base más amplio más cercano es «Flujos de efectivo netos de (utilizados en) actividades operativas».

Relación de anclaje apropiada

La relación más amplia-estrecha apropiada para el patrón de hechos descrito en este ejemplo es la siguiente:

5 ejemplo 5 – Anclaje más estrecho inapropiado

Aquí hay un ejemplo que ilustra una decisión inapropiada para un anclaje más estrecho debido a no considerar la información en las notas a los estados financieros. El requisito de anclaje más estricto en este ejemplo es tal que cuando el concepto de extensión consista en dos o más conceptos de taxonomía base, el emisor anclará ese concepto de extensión a cada uno de esos conceptos de taxonomía base.

Antecedentes

Se utilizó correctamente un concepto de extensión para etiquetar el monto de «Fondo de comercio e intangibles adquiridos» en el siguiente extracto de un estado de situación financiera no clasificado.

Relación de anclaje inapropiada

Se determinó apropiadamente que el concepto de extensión requería un ancla más amplia, «Activos intangibles y fondo de comercio». Pero se determinó inapropiadamente que el concepto de extensión no requería una relación de anclaje más estrecha. El razonamiento inapropiado fue que, aunque la taxonomía de base incluye el concepto (es decir, «fondo de comercio») para un componente de la extensión, no hay ningún concepto en la taxonomía de base para el otro componente «intangibles adquiridos». Como tal, se determinó que la divulgación para la extensión no consistía en dos o más conceptos de taxonomía de base, y no se requería un anclaje más estrecho.

Información adicional sobre la extensión de las notas a los estados financieros

La correspondiente divulgación de la nota para «Fondo de comercio e intangibles adquiridos» indicó que el monto consta de cuatro partidas, como se muestra en el siguiente extracto de la nota.

La nota muestra que los intangibles adquiridos constan de tres componentes. La taxonomía base no incluye un concepto para dos de los componentes (es decir, «Acuerdos de inversión» y «Canales de distribución»), pero la taxonomía base incluye un concepto para «Nombres de marca».

Consideraciones de anclaje

El concepto de extensión «Fondo de comercio e intangibles adquiridos» consiste en dos o más conceptos de taxonomía base (es decir, «Fondo de comercio» y «Nombres de marca»), por lo que se debe crear una relación de anclaje más estrecha con esos dos conceptos de taxonomía base en el extremo más estrecho de la relación más amplia-estrecha para el concepto de extensión.

Relación de anclaje apropiada

A los efectos de cumplir con el requisito de anclaje en este ejemplo, lo siguiente representa las relaciones más amplias-estrechas apropiadas:

6 ejemplo 6 – Anclaje inapropiado del miembro del dominio específico de la entidad

El requisito de anclaje en la Norma Técnica de Regulación se aplica a elementos específicos de la entidad, no solo a conceptos. El mecanismo de anclaje es un poco diferente y, a menudo, se aplica automáticamente mediante el software de preparación de ESEF, pero el usuario debe tener en cuenta las reglas sobre el anclaje relacionadas con el significado contable y / o el alcance de la divulgación.

Antecedentes

En el siguiente ejemplo, el preparador ha revelado no sólo «Ingresos netos (pérdidas) por acción ordinaria» sino también «Ingresos netos (pérdidas) por participación en el ahorro».

Si no se notifica la segunda línea, la primera partida se informaría utilizando el concepto «Ganancias básicas (pérdidas) totales por acción» con la siguiente estructura dimensional, como está disponible en la taxonomía base.

Habida cuenta del segundo punto divulgado, el modelo de datos de este cuadro debe revisarse. Considere el siguiente anclaje para un miembro específico de la entidad «Acciones de ahorro [miembro]» creado por el preparador para la segunda partida de la tabla.

Anclaje inadecuado 1

Anclaje inadecuado 2

Ambos ejemplos anteriores son inapropiados porque las acciones de ahorro no cumplen con el significado contable de las acciones ordinarias. Tenga en cuenta que esto no es un problema con la tabla, «Ganancias por acción [tabla]», ya que no se refiere específicamente a las acciones ordinarias.

Consideraciones de anclaje

En cuanto a las características de las acciones de ahorro reveladas en este informe anual, podemos confirmar que se clasifican como acciones (y no como deuda) y que no cumplen con la definición de acciones ordinarias según la NIC 33, ya que obtienen dividendos preferenciales (es decir, no están subordinadas a todos los demás instrumentos de capital). El preparador aquí ha decidido que esto tampoco cumple con las características de las acciones preferenciales y ha optado por crear un miembro específico de la entidad, «Acciones de ahorro [miembro]», en lugar de usar las «Acciones preferenciales [miembro]», que está disponible en la taxonomía base. Tenga en cuenta que el enfoque de este documento es anclar y no etiquetar las decisiones.

El usuario necesitará una intervención manual en la estructura dimensional para configurar el anclaje adecuado, ya que el software de preparación no podrá tener en cuenta el significado contable.