Trasparencia en el mundo de las criptomonedas

La comisionada de la SEC (Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos), ha abierto un espacio para la participación ciudadana en la regulación de las criptomonedas. Ella señala que la actual “falta de claridad regulatoria ha fomentado un entorno en el que los bromistas y los ladrones prosperan, mientras que los proyectos de criptomonedas legítimos tienen dificultades.

El Grupo de Trabajo sobre Criptomonedas de la SEC está lidiando con problemas de clasificación, cuestionando qué hace que un criptoactivo sea un valor, cómo debe manejarse la tokenización y si un enfoque de puerto seguro podría funcionar. Se espera una «taxonomía» que aporte claridad a los participantes del mercado sin dejar de cumplir con la legislación vigente sobre valores.  

Esto se produce tras el reciente cambio de postura de la SEC, que incluye la derogación de la norma SAB 121, la cual exigía a los bancos reportar las tenencias de criptomonedas de sus clientes como pasivos, lo que implicaba la necesidad de un activo equivalente. Como informamos a principios de este mes, la norma SAB 122 revirtió dicha decisión, allanando el camino para que los bancos estadounidenses ofrezcan servicios de custodia de criptomonedas. Ahora, con un grupo de trabajo dedicado al caso, la SEC está profundizando en estas cuestiones regulatorias relacionadas con los activos digitales.

La regulación de las criptomonedas es un asunto de alto riesgo, que busca el equilibrio entre la innovación y la protección del inversor. Un marco claro y estructurado, en lugar de una aplicación reactiva de la ley, podría ser un paso adelante.

El Grupo de Trabajo está empeñado en desbloquear la situación con otros expertos dedicados de toda la Comisión. El documento invita a participar planteando algunas de las preguntas que el Grupo de Trabajo está analizando. El Grupo de Trabajo está considerando activamente soluciones a muchos de los problemas presentados. Sin embargo, su participación puede ser de gran ayuda en este proceso.

Habrá preguntas teniendo en mente una posible taxonomía:

  • En primer lugar, los criptoactivos que son valores porque tienen las características intrínsecas de los valores;
  • En segundo lugar, los criptoactivos que se ofrecen y venden como parte de un contrato de inversión, que es un valor, aunque el criptoactivo en sí mismo no sea un valor;
  • En tercer lugar, los valores tokenizados; y
  • Por último, están todos los demás criptoactivos, que en mi opinión no son valores y que actualmente constituyen la categoría más grande.

Se buscan soluciones creativas que se ajusten al marco legal de la Comisión. La misión de la Comisión, que consta de tres partes, guiará el trabajo: 1) proteger a los inversores, 2) mantener mercados justos, ordenados y eficientes, y 3) facilitar la formación de capital. Dado que se espera avanzar rápidamente y para fomentar un debate dinámico entre los participantes, se aceptan comentarios en cualquier momento. Se planeamos seguir avanzando mientras tanto, por lo que cuanto antes recibamos sus comentarios, más probabilidades habrá de que influyan en las opciones a considerar.

Finalmente, mientras el Grupo de Trabajo aborda los temas que se detallan a continuación, la Comisión continúa sus esfuerzos sin cesar para combatir el fraude relacionado con valores, incluidos los criptoactivos que son valores o que se ofrecieron y vendieron como parte de un contrato de inversión, y los valores tokenizados.

Estado de seguridad

La tecnología blockchain ha dado lugar a nuevos activos que dependen de protocolos criptográficos para su existencia («criptoactivos»). Los participantes del mercado han manifestado un deseo razonable de determinar con facilidad si dicho activo es un valor o si se ofrece o vende como parte de un contrato de inversión. Cuando los criptoactivos se venden junto con promesas de trabajo futuro para desarrollar el ecosistema dentro del cual operan, analizarlos según la prueba de contrato de inversión de Howey puede resultar difícil. Los participantes del mercado han expresado su preocupación de que la prueba de Howey, tal como la ha aplicado la Comisión, sea un análisis complejo que puede ser difícil de aplicar de manera consistente. Uno de los objetivos del Grupo de Trabajo es facilitar a los inversores, participantes del mercado y a la Comisión la categorización de los criptoactivos y las transacciones de criptoactivos.

Ciertos criptoactivos se utilizan en diversas funciones inherentes al funcionamiento de una red blockchain, como la minería o el staking como parte de un mecanismo de consenso o para asegurar la red, validar transacciones u otras actividades relacionadas, y pagar comisiones por transacciones u otras tarifas. Estas funciones tecnológicas pueden realizarse de forma directa o indirecta, por ejemplo, a través de proveedores de servicios externos.

Los usuarios de aplicaciones de staking líquido reciben un token denominado «token de staking líquido». Este token representa su criptoactivo apostado y puede utilizarse en otras actividades, sin dejar de participar en el protocolo de prueba de participación.

Explorando

La Comisión podría brindar mayor claridad a los inversores y otros participantes del mercado al identificar categorías de criptoactivos (y transacciones) que no entran dentro de su jurisdicción. En algunos casos, este tipo de criptoactivos podrían estar bajo la jurisdicción de otro regulador. Para determinar qué queda fuera de la jurisdicción de la Comisión, esta debería considerar la realidad económica de lo que se ofrece o vende. El simple hecho de decir que algo no es un valor no significa que no lo sea.

Ofertas públicas

Quienes han realizado o intentado realizar ofertas de tokens registradas o cualificadas han expresado su frustración por el coste y la viabilidad del registro. Los tokens y sus emisores pueden diferir significativamente en algunos aspectos de los valores tradicionales y sus emisores. Permitir que los emisores de tokens utilicen regímenes de registro adaptados a sus necesidades podría proteger mejor a los inversores que exigirles que utilicen formularios y mecanismos de registro diseñados para otros tipos de ofertas de valores.

Puerto seguro para el registro

Anteriormente la Comisión consideró la implementación de un puerto seguro no exclusivo —denominado provisionalmente Regla 195— que, entre otras cosas, otorgaría una exención temporal de los requisitos de registro conforme a la Ley de Valores para las ofertas y ventas de criptoactivos durante el desarrollo de un proyecto de blockchain. [6] Mi motivación para sugerir dicho puerto seguro fue mejorar y fomentar la divulgación y brindar a los desarrolladores de redes un período de gracia dentro del cual, bajo ciertas condiciones, pueden facilitar una amplia participación y el desarrollo de una red funcional o descentralizada. Al final del plazo del puerto seguro, las transacciones de tokens podrían no ser transacciones de valores si la red hubiera madurado hasta convertirse en una red descentralizada o funcional que no dependa de una sola persona o grupo para llevar a cabo las actividades esenciales de gestión o emprendimiento. El puerto seguro, que incluiría divulgaciones adaptadas sujetas a las disposiciones antifraude de las leyes federales de valores, tiene como objetivo responder a la preocupación de que los requisitos de divulgación conforme a las leyes federales de valores aplicables al registro y las declaraciones de oferta, así como a la presentación de informes continuos, no están adaptados a los proyectos de blockchain y los criptoactivos. Para que quede claro, cualquier medida de protección que recomiende el Grupo de Trabajo no ofrecerá amparo a los autores de fraudes de valores.

Al expirar el período de protección previsto, si la red estuviera suficientemente descentralizada o fuera funcional, no sería necesario registrar los tokens. Si la descentralización se utiliza como indicador de la madurez de la red, ¿debería la Comisión definir umbrales cuantitativos objetivos (como porcentajes de propiedad y control) para brindar mayor claridad a los emisores, desarrolladores o acuñadores de tokens sobre si sus redes y protocolos están suficientemente descentralizados y permitir que terceros verifiquen dicha descentralización?

Comercio

La negociación de criptoactivos en el mercado secundario plantea diversas cuestiones, algunas de las cuales podrían estar dentro de la competencia de la Comisión. La competencia de la Comisión en los mercados secundarios generalmente se limita a los activos que, por sus propiedades o derechos económicos intrínsecos, constituyen valores. Por lo tanto, debemos abordar la forma de regular las plataformas y los participantes del mercado que negocian valores junto con otros activos.

Los mercados de criptomonedas son inherentemente transparentes porque utilizan datos de código abierto, desde cadenas de bloques públicas hasta interfaces de programación de aplicaciones (API) abiertas.

Custodia

Los participantes del mercado tienen preguntas generales y específicas sobre los requisitos de custodia para las entidades reguladas por la Comisión (corredores de bolsa, asesores de inversión y sociedades de inversión), incluyendo si los requisitos actuales son suficientes para la custodia de criptoactivos. El Grupo de Trabajo busca respuestas a estas preguntas para que las personas y organizaciones puedan custodiar los criptoactivos de sus clientes de forma segura, legal y práctica, ya sea directamente o a través de un tercero.

Préstamos de criptomonedas

Las plataformas de criptomonedas pueden ofrecer servicios de custodia y no custodia mediante los cuales las personas pueden prestar sus criptoactivos a cambio de intereses. Los conceptos de préstamos de criptomonedas son muy diversos y desafían muchas nociones tradicionales de los productos financieros. Agradecería cualquier comentario que tengan sobre estos diversos productos para garantizar que la Comisión los comprenda adecuadamente.

Productos cotizados en bolsa de criptomonedas (“ETP”)

La Sección 6(b)(5) de la Ley de Bolsas exige que las normas de una bolsa estén diseñadas para prevenir actos y prácticas fraudulentas y manipuladoras. Al revisar las solicitudes de cotización de ETP basados ​​en criptoactivos, la Comisión ha considerado previamente si la bolsa cuenta con un acuerdo integral de intercambio de información de vigilancia (SSA) con un mercado regulado de tamaño significativo relacionado con los activos subyacentes o de referencia.

Valores tokenizados

Crear una representación digital de un valor en una cadena de bloques o emitir un valor directamente en ella no altera su esencia, pero puede beneficiar a emisores e inversores. Además, el uso de una base de datos basada en cadena de bloques puede ser más seguro en algunos aspectos que el uso de una base de datos centralizada con un único punto de fallo. La tokenización también puede generar riesgos y desafíos específicos.



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