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El crecimiento mundial se mantiene estable en medio de una desinflación en desaceleración y una creciente incertidumbre política


Las principales economías se están alineando más, pero las perspectivas mundiales a mediano plazo siguen siendo débiles

Pierre-Olivier Gourinchas

16 de julio de 2024

Nuestras proyecciones de crecimiento global se mantienen sin cambios en 3,2 por ciento este año y ligeramente más altas en 3,3 por ciento para el próximo año, pero ha habido desarrollos notables debajo de la superficie desde las Perspectivas de la economía mundial de abril.

El crecimiento en las principales economías avanzadas se está alineando más a medida que se cierran las brechas de producción. Estados Unidos muestra cada vez más signos de enfriamiento, especialmente en el mercado laboral, después de un sólido 2023. La zona del euro, por su parte, está lista para recuperarse después de un desempeño casi plano el año pasado.

Las economías emergentes de Asia siguen siendo el principal motor de la economía mundial. El crecimiento en India y China se ha revisado al alza y representa casi la mitad del crecimiento mundial. Sin embargo, las perspectivas para los próximos cinco años siguen siendo débiles, en gran medida debido a la pérdida de impulso en Asia emergente. Para 2029, se proyecta que el crecimiento en China se moderará al 3,3%, muy por debajo de su ritmo actual.

Al igual que en abril, proyectamos que la inflación mundial se desacelerará al 5,9% este año, frente al 6,7% del año pasado, en vías de un aterrizaje suave. Pero en algunas economías avanzadas, especialmente Estados Unidos, el progreso en materia de desinflación se ha desacelerado y los riesgos apuntan al alza.

En nuestra última actualización del WEO, observamos que los riesgos siguen estando ampliamente equilibrados, pero dos riesgos bajistas en el corto plazo se han vuelto más prominentes.

En primer lugar, los nuevos desafíos a la desinflación en las economías avanzadas podrían obligar a los bancos centrales, incluida la Reserva Federal, a mantener los costos de endeudamiento elevados durante más tiempo, lo que pondría en riesgo el crecimiento general, con una mayor presión alcista sobre el dólar y efectos indirectos perjudiciales para las economías emergentes y en desarrollo.

Cada vez hay más evidencia empírica, incluida alguna de la nuestra, que apunta a la importancia de los shocks inflacionarios globales «generales» —principalmente los precios de la energía y los alimentos— como impulsores del aumento de la inflación y su posterior caída en una amplia gama de países.

La buena noticia es que, a medida que se fueron aliviando los shocks generales, la inflación se redujo sin que se produjera una recesión. La mala noticia es que la inflación de los precios de la energía y los alimentos casi ha vuelto a los niveles previos a la pandemia en muchos países, mientras que la inflación general no ha vuelto.

Una de las razones, como ya he subrayado, es que los precios de los bienes siguen siendo altos en relación con los de los servicios, un legado de la pandemia que inicialmente impulsó la demanda de bienes y al mismo tiempo restringió su oferta. Esto hace que los servicios sean comparativamente más baratos, lo que aumenta su demanda relativa y, por extensión, la de la mano de obra necesaria para producirlos. Esto está ejerciendo una presión al alza sobre los precios de los servicios y los salarios.

De hecho, los precios de los servicios y la inflación salarial son las dos principales áreas de preocupación en lo que respecta a la trayectoria de desinflación, y los salarios reales están ahora cerca de los niveles previos a la pandemia en muchos países. A menos que la inflación de los bienes disminuya aún más, el aumento de los precios de los servicios y de los salarios puede mantener la inflación general por encima de lo deseado. Incluso si no se producen más shocks, este es un riesgo significativo para el escenario de aterrizaje suave.

En segundo lugar, es necesario abordar los desafíos fiscales de manera más directa. El deterioro de las finanzas públicas ha dejado a muchos países más vulnerables de lo previsto antes de la pandemia. Reconstruir gradualmente y de manera creíble los mecanismos de protección, sin dejar de proteger a los más vulnerables, es una prioridad fundamental. De ese modo, se liberarán recursos para abordar necesidades de gasto emergentes, como la transición climática o la seguridad nacional y energética.

Más importante aún, unos amortiguadores más sólidos proporcionan los recursos fiscales necesarios para hacer frente a shocks inesperados. Sin embargo, se está haciendo muy poco, lo que aumenta la incertidumbre en materia de política económica. Las consolidaciones fiscales proyectadas son en gran medida insuficientes en demasiados países. Es preocupante que un país como Estados Unidos, en condiciones de pleno empleo, mantenga una postura fiscal que aumenta constantemente su relación deuda/PIB, con riesgos tanto para la economía interna como para la mundial. La creciente dependencia de Estados Unidos de la financiación a corto plazo también es preocupante.

Con una mayor deuda, un crecimiento más lento y déficits mayores, no haría falta mucho para que las trayectorias de la deuda se volvieran mucho menos cómodas en muchos lugares, especialmente si los mercados hacen subir los diferenciales de los bonos gubernamentales, con riesgos para la estabilidad financiera.

Lamentablemente, la incertidumbre en materia de política económica se extiende más allá de las consideraciones fiscales. El desmantelamiento gradual de nuestro sistema multilateral de comercio es otra preocupación clave. Ahora más países siguen su propio camino, imponiendo aranceles unilaterales o medidas de política industrial cuyo cumplimiento de las normas de la Organización Mundial del Comercio es, en el mejor de los casos, cuestionable. Nuestro imperfecto sistema de comercio podría mejorarse, pero es poco probable que este aumento de medidas unilaterales genere una prosperidad global duradera y compartida. En todo caso, distorsionará el comercio y la asignación de recursos, estimulará las represalias, debilitará el crecimiento, disminuirá los niveles de vida y dificultará la coordinación de políticas que aborden desafíos globales, como la transición climática.

En lugar de ello, deberíamos centrarnos en mejorar de forma sostenible las perspectivas de crecimiento a medio plazo mediante una asignación más eficiente de los recursos dentro de los países y entre ellos, mejores oportunidades educativas e igualdad de oportunidades, una innovación más rápida y más ecológica y marcos de políticas más sólidos.

Las fuerzas macroeconómicas (el ahorro nacional deseado y la inversión interna, junto con las tasas globales de retorno del capital) son los determinantes primarios de los equilibrios externos. Si estos desequilibrios fueran excesivos, las restricciones comerciales serían costosas e ineficaces para abordar las causas macroeconómicas subyacentes. Los instrumentos comerciales tienen su lugar en el arsenal de políticas, pero como el comercio internacional no es un juego de suma cero, siempre deben utilizarse con moderación, dentro de un marco multilateral y para corregir distorsiones bien identificadas. Lamentablemente, nos encontramos cada vez más alejados de estos principios básicos.

Como lo han demostrado las ocho décadas transcurridas desde Bretton Woods, la cooperación multilateral constructiva sigue siendo la única manera de garantizar una economía segura y próspera para todos.



Cómo lidian los bancos con la disminución del exceso de liquidez


18 junio 2024

Tom Hudepohl, Pamina Karl, Tobias Linzert, Benoit Nguyen, Marta Skrzypińska, Lia Vaz Cruz[1]

Con la reducción del balance del Eurosistema, la liquidez de los bancos centrales está disminuyendo. Dado que la liquidez se distribuye de manera desigual entre los bancos, es esencial una redistribución y un uso efectivos de la financiación del mercado. Hasta ahora, esto ha funcionado bien, con un  

Durante y después de la pandemia de COVID-19, el Eurosistema adquirió grandes cantidades de bonos y prestó liquidez a las entidades de crédito a tipos de interés favorables. Estas medidas garantizaron unas condiciones de financiación favorables en apoyo de la recuperación económica y la consecución del mandato de estabilidad de precios del BCE cuando la inflación se situó por debajo del objetivo. Al mismo tiempo, las medidas inyectaron grandes cantidades de liquidez en el sector bancario mucho más allá de las tenencias de liquidez requeridas por los bancos centrales. Por lo tanto, el exceso de liquidez[2] aumentó significativamente, alcanzando un máximo de 4,7 billones de euros en noviembre de 2022. Desde entonces, el balance del banco central se ha ido normalizando y, a su vez, el exceso de liquidez ha disminuido un 31% hasta los 3,2 billones de euros hasta mayo de 2024 (gráfico 1).

Gráfico 1

Evolución del exceso de liquidez y sus factores determinantes (miles de millones de euros)

Se espera que el exceso de liquidez siga siendo amplio durante algún tiempo, teniendo en cuenta el descenso gradual en el futuro (gráfico 1). Sin embargo, la experiencia de varias crisis, el cambio en el entorno regulatorio y las prácticas más estrictas de gestión de riesgos de los bancos sugieren que los bancos querrán conservar más liquidez de los bancos centrales como colchón que antes. Por supuesto, la cantidad deseada de reservas adicionales diferirá entre los bancos y dependerá de sus preferencias de riesgo o modelo de negocio. Además, dado que la liquidez está distribuida de manera desigual entre las entidades de crédito, lo que refleja las diversas necesidades de liquidez y los modelos de negocio de la zona del euro y de las entidades de crédito, es posible que algunos se enfrenten a la escasez de liquidez mucho antes que otros. Esto plantea la cuestión de cómo se están adaptando los bancos a un entorno de menor liquidez agregada y si la liquidez está fluyendo eficazmente de los bancos con una liquidez aún abundante a los que tienen necesidades de liquidez emergentes. Si dicha redistribución se viera afectada y los bancos se mostrarán al mismo tiempo reacios a endeudarse con el BCE en sus operaciones de financiación estándar, esto podría dar lugar a escasez de liquidez, volatilidad de los tipos del mercado monetario y, en última instancia, obstaculizar la transmisión fluida de la política monetaria. Echemos un vistazo a dos mercados que son especialmente importantes para la redistribución de la liquidez entre los bancos: el mercado de repos y el mercado de bonos garantizados.

¿Está fluyendo eficazmente la liquidez entre los bancos?

Mercados de repos[3] han sido un canal crucial para la distribución efectiva de liquidez entre los bancos. En este mercado de alta liquidez, los bancos prestan y piden prestado efectivo contra garantías entre sí. Con la disminución del exceso de liquidez, los bancos han aumentado visiblemente su actividad en los repos -o los llamados mercados monetarios garantizados-, una señal de que los bancos recurren cada vez más a este mercado para la gestión activa de la liquidez. Asimismo, la actividad del mercado interbancario no garantizado aumentó ligeramente, pero sigue siendo muy limitada, debido principalmente a sus costes desde el punto de vista regulatorio, y se concentró en los bancos alemanes (gráfico 2).

Los mercados de repos también se utilizan cada vez más para ayudar a cumplir con los requisitos de regulación de liquidez. El aumento de los volúmenes de repos se debió principalmente a las operaciones con vencimientos a 1 mes o más, que son más valiosas desde el punto de vista regulatorio en comparación con los vencimientos a corto plazo, y que se realizan cada vez más con bonos bancarios, especialmente bonos garantizados, transformando así los activos menos líquidos en el activo más líquido: el efectivo mantenido en el banco central.[4]

Acercarse a la actividad de repos indica un mercado que funciona bien. De hecho, el mayor volumen en el mercado de repos ha ido de la mano de un mayor número de bancos que comercian entre sí a través de las fronteras y pocos indicios de una mayor dispersión de precios en el mercado.

Gráfico 2

Volumen de endeudamiento en el mercado monetario garantizado y no garantizado con bancos y entidades de contrapartida central de compensación (ECC) (miles de millones EUR)

Además, los bonos garantizados han desempeñado un papel especial en la financiación y la redistribución de la liquidez en el sistema bancario de la zona del euro. Antes de la Operaciones de financiación a plazo más largo con objetivo específico (TLTRO) reembolsos, los bancos aumentaron su financiación basada en el mercado, en particular a través de la emisión de bonos garantizados. Los bonos garantizados son valores representativos de deuda bancaria garantizados que están garantizados con deuda del sector público o préstamos hipotecarios y en los que los inversores se benefician de una protección de doble recurso. Los bonos garantizados, al igual que otros instrumentos de renta fija, se volvieron especialmente atractivos para los inversores cuando los rendimientos subieron desde 2022. Curiosamente, los bancos fueron uno de los principales inversores, absorbiendo una gran parte de la emisión de bonos garantizados de otros bancos.[5] Dado que las entidades de crédito han invertido en bonos garantizados de sus homólogas, incluso en diferentes jurisdicciones, esto ha contribuido aún más a la redistribución de la liquidez dentro del sistema bancario de la zona del euro (gráfico 3).

Gráfico 3

Inversiones de las entidades de crédito en bonos garantizados emitidos desde finales de 2021, desglosadas por jurisdicciones (%)

Cómo leer las cifras: De izquierda a derecha se puede seguir el flujo de las inversiones. Por ejemplo, los bancos alemanes y austriacos juntos parecen haber desempeñado un papel más importante como inversores que como emisores. Así, si bien invirtieron significativamente en su propio mercado nacional, también han desempeñado un papel relevante como inversor en otras jurisdicciones, redistribuyendo la liquidez.

¿Buscan los bancos más liquidez a través de las operaciones de financiación estándar del BCE?

Dado que el exceso de liquidez sigue siendo elevado y que la redistribución entre entidades de crédito a través de los mercados de repos y bonos garantizados está funcionando bien, hasta ahora solo se ha producido un aumento limitado del uso de las operaciones de financiación de los bancos centrales. Sin unos niveles tan elevados y unos flujos de liquidez fluidos, cabría esperar que algunas entidades se vieran obligadas a hacer un mayor uso de las operaciones de financiación estándar del BCE, en particular, para sustituir los préstamos TLTRO que vencían. Sin embargo, ese no ha sido el caso hasta ahora. Menos del 1% del máximo de las TLTRO pendientes se reprorrogó en operaciones de financiación estándar, como la operación principal de financiación o la operación de financiación a plazo más largo a tres meses (gráfico 4).

Gráfico 4

Evolución de los saldos vivos de las operaciones estándar de financiación y TLTRO III (SLL: miles de millones EUR, RHS: porcentajes)

Conclusión

La reducción del exceso de liquidez está progresando, lo que ha llevado a los bancos a recurrir a fuentes de financiación basadas en el mercado. En este contexto, los instrumentos de financiación garantizada, como los mercados de repos y bonos garantizados, han sido importantes para respaldar la redistribución del exceso de liquidez en todo el sistema bancario de la zona del euro. Surgirán más necesidades de financiación a medida que el exceso de liquidez disminuya aún más y el exceso de liquidez siga distribuyéndose de manera desigual dentro de los países y entre ellos. Esto requerirá una mayor redistribución de la liquidez a una escala mayor que la observada en la actualidad. El recientemente anunciado Cambios en nuestro marco operativo tratar de hacer frente a los retos correspondientes, ofreciendo operaciones de financiación estándar a tipo de interés fijo con una adjudicación plena a un diferencial inferior de 15 puntos básicos entre el tipo de interés de la operación de gestión financiera y de depósito y la facilidad de depósito a partir del 18 de septiembre de 2024. Este diferencial más estrecho incentivará la puja en las operaciones semanales, de modo que es probable que los tipos del mercado monetario a corto plazo evolucionen en las proximidades del tipo de la facilidad de depósito y, por tanto, limitará el margen potencial de volatilidad de los tipos del mercado monetario a corto plazo. Al mismo tiempo, dejará espacio para la actividad del mercado monetario y proporcionará incentivos para que los bancos busquen financiación basada en el mercado. A medida que avanza la reducción del exceso de liquidez, las operaciones de financiación estándar del Eurosistema están destinadas a desempeñar un papel central en la satisfacción de las necesidades de liquidez de las entidades de crédito, y su utilización por las entidades de crédito forma parte integrante de una aplicación fluida de la política monetaria.



Nuevo manual de informes del ESEF


Publicado el 14 de julio de 2024 por Editor

Ayer, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) publicó la edición 2024 de su manual de presentación de informes ESEF. Los cambios son relativamente menores (no inesperados este año), pero incluyen orientación sobre el anclaje y sobre cómo abordar los datos vacíos o «guiones».

Los proveedores de software deben tener en cuenta especialmente lo siguiente:

  1. La ESMA exigirá a partir de ahora el uso de la especificación XBRL Report Packages 1.0. (Ed. – ¡Buenas noticias!)
  2. Hay una modificación menor importante en la página 30 del documento que establece (con una línea roja) requisitos adicionales en relación con el marcado XHTML del texto etiquetado en bloque.
  3. La ESMA recomienda ahora que los proveedores de software utilicen plenamente la especificación XBRL Calculations 1.1 en la preparación de informes, tras su adopción por la taxonomía IFRS.

Tenga en cuenta también que se está realizando una modificación a la lista de «Elementos obligatorios» para su uso en el etiquetado que se realizará en 2025. Las modificaciones agregan tres elementos/etiquetas de taxonomía relacionados con dividendos que anteriormente se omitieron de la lista de márgenes requeridos cuando la lista se actualizó en mayo.

Consulte el comunicado de la ESMA y el manual actualizado aquí.

Orientación DE LA ESMA sobre el ESEF


La ESMA publica el Manual de presentación de informes del ESEF 2024

11/07/2024

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), el regulador y supervisor de los mercados financieros de la UE, ha publicado hoy la actualización de su Manual de presentación de informes sobre el formato electrónico único europeo (ESEF), que respalda un enfoque armonizado para la preparación de informes financieros anuales. La ESMA también ha actualizado el Anexo II de las Normas Técnicas de Regulación (RTS) sobre el ESEF.

El Manual actualizado proporciona mejoras técnicas y orientación para facilitar el análisis y la comparación de los datos, tales como: 

  • recomendaciones al etiquetar campos vacíos o símbolos de guiones;
  • aclarar que los elementos de extensión deben estar anclados a elementos centrales que comparten el mismo tipo de datos;
  • asesorar sobre prácticas para mejorar aún más la legibilidad de la información extraída de una etiqueta de bloque; y,
  • fomentando el uso de identificadores únicos para cada hecho etiquetado.  

El Manual pretende promover un enfoque armonizado y consistente para la preparación de informes financieros anuales en el formato especificado en las RTS sobre ESEF, brindando orientación sobre problemas comunes que pueden surgir al crear documentos ESEF y explicando cómo abordarlos.

Próximos pasos

Se espera que los emisores sigan las pautas proporcionadas al preparar sus informes financieros anuales de 2024. También se espera que las empresas de software sigan las pautas al desarrollar el software utilizado para la preparación de informes financieros anuales en Inline XBRL. 

Corrección

El 28 de mayo de 2024, la ESMA publicó el Informe final que propone modificaciones a las RTS sobre ESEF para alinear la taxonomía ESEF con las actualizaciones de la taxonomía de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y con las nuevas especificaciones XBRL.

El Anexo II contenía un error en la Tabla “Elementos obligatorios de la taxonomía básica que deben aplicarse en los ejercicios financieros que comiencen el 1 de enero de 2025 o después de esa fecha”, en la que se omitieron tres elementos/etiquetas de la taxonomía relacionados con los dividendos de la lista de recargos obligatorios. La ESMA ha actualizado hoy la tabla del Anexo II y ha sustituido el documento en su sitio web, además de presentar una versión corregida a la Comisión Europea.

Más información:

Cristina Bonillo

Responsable de comunicación: press@esma.europa.eu


Antecedentes

1. La RTS sobre ESEF1 especifica que todos los emisores sujetos a los requisitos contenidos en la Directiva de transparencia para hacer públicos los informes financieros anuales deberán elaborar informes financieros anuales en el formato de lenguaje de marcado de hipertexto extensible (XHTML). Cuando el emisor prepare estados financieros consolidados con arreglo a las NIIF, marcará estos estados financieros consolidados con arreglo a las NIIF utilizando el lenguaje de marcado XBRL. Las anotaciones se incrustarán en la versión del documento XHTML del informe financiero anual utilizando el formato XBRL en línea.

Propósito

2. Este documento ha sido elaborado por la AEVM para ayudar a los emisores y proveedores de software a crear documentos ESEF que cumplan con el RTS sobre ESEF. Proporciona orientación sobre los problemas comunes que se pueden encontrar al crear documentos ESEF y explica cómo resolverlos. El objetivo de este documento es promover un enfoque armonizado y coherente para la preparación de informes financieros anuales en el formato especificado en las RTS sobre el FEUE. Este documento se emite de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Reglamento AEVM.

3. El contenido del presente documento está dirigido a los emisores que están obligados a elaborar informes financieros anuales en formato ESEF de conformidad con el artículo 4, apartado 7, de la Directiva de transparencia (TD)2 y a las RTS sobre ESEF, y a las empresas de software que desarrollan software utilizado para la preparación de informes financieros anuales en Inline XBRL. El objetivo de las directrices definidas en este documento es facilitar el análisis y la comparación de los datos XBRL contenidos en los documentos Inline XBRL por parte de inversores y otros usuarios. En particular, este documento proporciona orientación sobre la sintaxis y la estructura esperadas de los documentos XBRL en línea y las taxonomías de extensiones XBRL de los emisores. Este documento contiene partes que son de naturaleza muy técnica, especialmente las secciones IV.2 y IV.3. Estas secciones están destinadas a un público técnico y asumen que el lector tiene un conocimiento práctico de XBRL 2.1, XBRL Dimensions 1.0, Inline XBRL 1.1 y otras especificaciones XBRL3, está familiarizado con la taxonomía IFRS y tiene un conocimiento básico de XML, espacios de nombres y esquemas XML.

4. Este documento está totalmente alineado con las reglas técnicas y restricciones definidas en las especificaciones técnicas XBRL a las que se hace referencia. Sin embargo, algunas directrices pueden ser más restrictivas y precisas para abordar los aspectos específicos del formato del FEES. Por lo tanto, este manual contiene algunas reglas de validación adicionales que la AEVM recomienda a los proveedores de software para implementar en sus soluciones utilizadas para producir informes XBRL en línea de ESEF. En caso de que no se proporcionen instrucciones específicas en este manual, se deben seguir las especificaciones XBRL. Además, si algún aspecto o mecanismo cubierto por las especificaciones XBRL no se menciona específicamente en este Manual, no significa que dicho aspecto o mecanismo no pueda utilizarse en el informe XBRL en línea de ESEF.

5. Cada elemento de orientación presentado en este documento se proporciona con una indicación de criticidad. La AEVM considera que todos los elementos marcados como «DEBE» o «DEBE» son fundamentales para facilitar el consumo y la comparabilidad de un documento XBRL en línea del ESEF. Los elementos marcados como «DEBERÍA» generalmente no afectan la usabilidad general de un archivo ESEF, aunque esto puede necesitar ser evaluado caso por caso.

6. El contenido de este documento no es exhaustivo y no constituye una nueva política. Este documento está destinado a ser editado y actualizado continuamente a medida que surja la necesidad de hacerlo.

7. La actualización de 2024 del manual de presentación de informes sobre el FEUE también tiene en cuenta la propuesta de modificación de 2024 de las RTS sobre el FEUE, que refleja las últimas actualizaciones de la taxonomía de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) publicadas en 2023 y 2024, así como de las especificaciones XBRL. En 2023, la AEVM decidió posponer hasta 2024 la modificación del RTS del FEUE para reflejar los cambios limitados de la actualización de 2023 de la taxonomía de las NIIF y centrarse en el seguimiento de la aplicación de los requisitos del FEUE y en cómo mejorar el proceso de información electrónica.

8. Se anima a las partes interesadas a seguir las orientaciones proporcionadas en el presente documento lo antes posible, pero a más tardar para los períodos de información financiera que comiencen a partir del 1 de enero de 2024.

Proporcionar comentarios sobre el Manual de informes

9. Se invita a las partes interesadas que deseen proporcionar comentarios o plantear preguntas o inquietudes con respecto al contenido del Manual de Presentación de Informes del FESE o de cualquiera de los materiales publicados por la AEVM sobre el FESE a que dirijan dichas consultas al buzón de correo de soporte del FEES: esef@esma.europa.eu. En función de la naturaleza de dichas consultas, la AEVM evaluará si es pertinente y/o necesario proporcionar más claridad u orientación al público y si se considera apropiada una nueva revisión del Manual de Información y/o de otro material relacionado con el FEUE.



Liberando sinergias – El evento conjunto EFRAG-ISSB destaca orientación sobre interoperabilidad


Publicado el 31 de mayo de 2024 por Editor

La semana pasada, el EFRAG y el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB) organizaron un evento conjunto en Bruselas para explorar la importancia de la interoperabilidad entre las Normas NIIF de Divulgación de Sostenibilidad y las Normas Europeas de Información de Sostenibilidad (ESRS).

El seminario web enfatizó los beneficios de la interoperabilidad entre los estándares ISSB y ESRS. Al identificar y alinear divulgaciones comunes, las empresas pueden reducir la duplicación y la complejidad, mejorando la comparabilidad y utilidad de la información sobre sostenibilidad. Esta colaboración subraya el compromiso de establecer una base global para las divulgaciones de sostenibilidad, respaldada por los formuladores de políticas internacionales.

Los aspectos más destacados del evento incluyeron orientación sobre la alineación de los requisitos generales y las divulgaciones relacionadas con el clima entre los dos estándares. La guía detalla el apoyo práctico para que las empresas cumplan eficientemente con ambos conjuntos de estándares y demuestra el alto nivel de alineación logrado. Secciones específicas de la guía brindaron información sobre la materialidad, la presentación y el análisis detallado de las divulgaciones relacionadas con el clima, lo que facilitó a las empresas navegar y aplicar los estándares ISSB y ESRS.

Sue Lloyd, vicepresidenta del ISSB, y Chiara Del Prete, presidenta del SR TEG del EFRAG, destacaron la importancia de alinear los marcos de presentación de informes de sostenibilidad para reducir las barreras a la comparabilidad y mejorar los datos útiles para la toma de decisiones. Se espera que esta alineación simplifique el proceso de presentación de informes y garantice la coherencia entre los diferentes marcos de presentación de informes.

El evento, que atrajo a más de 1.000 participantes en línea, ahora está disponible para volver a verlo en el canal de YouTube del EFRAG, y también se pueden descargar diapositivas de la presentación.

Obtenga más información y acceda a la grabación aquí.

EFRAG ESG ESRS INTEROPERABILIDAD ISSB


24/05/2024 – VEA AHORA EL EVENTO CONJUNTO EFRAG-ISSB «UNLOCKING SYNERGY – INTEROPERABILITY GUIDANCE ON IFRS SUSTAINABILITY DISCLOSURE STANDARDS AND ESRS»

Expresamos nuestro sincero agradecimiento tanto a los ponentes como a los asistentes al reciente evento conjunto EFRAG-ISSB titulado «Unlocking Synergy: Interoperability Guidance on IFRS Sustainability Disclosure Standards and European Sustainability Reporting Standards», celebrado en Bruselas el 23 de mayo de 2024.

La grabación ya está disponible en nuestro canal de YouTube.

Descargue las diapositivas de la presentación aquí.

Vea ahora el evento conjunto EFRAG-ISSB sobre la guía de interoperabilidad y explore con los oradores el material de orientación que demuestra el alto nivel de alineación entre el ESRS y los Estándares de Divulgación de Sostenibilidad IFRS del ISSB, y cómo una empresa puede aplicar ambos conjuntos de estándares.

Los oradores incluyen:

◻️Patrick de Cambourg, Presidente del EFRAG SRB

◻️Emmanuel Faber, Presidente del ISSB

◻️Chiara Del Prete, Presidenta del EFRAG SR TEG

◻️Sue Lloyd, Vicepresidente del ISSB

◻️ Alexandra Jour-Schroeder, Directora General Adjunta, DG FISMA, Comisión Europea

Extendemos nuestro agradecimiento a todos los oradores y asistentes cuya participación contribuyó al éxito del evento, con más de 1000 participantes uniéndose a nosotros en línea.

Ahora puede ver la grabación en nuestro canal de YouTube y descargar las diapositivas de la presentación para obtener más información.

Reunión relacionada: Evento conjunto EFRAG – ISSB «Unlocking Synergy: Interoperability Guidance on IFRS Sustainability Disclosure Standards and European Sustainability Reporting Standards»


Beneficios de la interoperabilidad

Identificar las divulgaciones comunes entre las Normas ISSB y las ESRS y alinearlas tanto como sea posible:

• Reduce la duplicación al permitir que las empresas recopilen, gobiernen y controlen datos útiles para la toma de decisiones una vez

• Reduce la complejidad y la fragmentación que crean barreras a la comparabilidad y socavan la utilidad de la información sobre sostenibilidad en la toma de decisiones.

• demuestra que el impulso para garantizar la coherencia y la comparabilidad, a través de una base de referencia mundial de divulgaciones, sigue estando respaldado por los responsables de la formulación de políticas internacionales.

ESRS – Guía de Interoperabilidad de los Estándares ISSB

• Proporciona apoyo práctico que explica cómo las empresas pueden cumplir eficientemente con ambos conjuntos de estándares.

• Ilustra el alto nivel de alineación logrado entre las Normas ISSB y ESRS en materia de divulgación de información climática

• Describe la alineación de los requisitos generales, incluidos conceptos clave como la materialidad, la presentación y la divulgación de información sobre temas de sostenibilidad distintos del clima.

• Incluye un análisis detallado de las divulgaciones relacionadas con el clima

• Explica por qué las empresas seguirán necesitando utilizar ambos conjuntos de estándares, pero facilita la navegación al hacerlo.

Guía de interoperabilidad sobre las normas ISSB y ESRS

• Sección 1: Comentarios sobre los requisitos generales de las normas ESRS e ISSB

• Sección 2: Divulgaciones comunes relacionadas con el clima

• Sección 3: ESRS a la NIIF S2 (clima): información que una entidad que comienza con ESRS necesita saber cuando también aplica las Normas ISSB para permitir el cumplimiento de ambos conjuntos de normas

• Sección 4: NIIF S2 (clima) a la SRIS: información que una entidad que comienza con las Normas ISSB necesita conocer cuando también aplica la SRIS para permitir el cumplimiento de ambos conjuntos de normas

Sección 1: primera parte

Materialidad

• Una entidad que informa bajo las Normas ESRS o ISSB que también desea cumplir con los requisitos de las Normas ISSB o ESRS, debe considerar los requisitos de materialidad relevantes de las Normas ISSB y ESRS

• La evaluación de la materialidad financiera en la NIC 1 corresponde a la identificación de la información que es importante para los usuarios primarios de los informes financieros de propósito general en la toma de decisiones relacionadas con la provisión de recursos a la entidad (véanse el párrafo 48 de la ISNIS 1 y el párrafo 18 de la NIIF S1)

• La definición de información que se considera importante para los usuarios de informes financieros de propósito general está alineada entre los dos conjuntos de normas

• En cuanto a la importancia financiera, se espera que las dos evaluaciones arrojen un resultado alineado

Presentación

• Los párrafos 111 a 117 de la ESRS 1 requieren que una entidad presente información de sostenibilidad preparada de acuerdo con la ESRS en una declaración de sostenibilidad, que es una sección específica del informe de gestión identificada como tal

• Aplicando las Normas ISSB, existen varios lugares posibles en los que una entidad puede revelar información financiera relacionada con la sostenibilidad, siempre y cuando la información esté incluida en sus informes financieros de propósito general

• Una entidad que comience con ESRS y desee cumplir con las Normas ISSB debe prestar especial atención, al preparar su declaración de sostenibilidad legible por humanos, a los requisitos de la NIIF S1, en particular los requisitos sobre la presentación de información adicional (véase el párrafo 62 de la NIIF S1)

Sección 1: segunda parte

Uso de la SRIS en la NIIF S1

• La NIIF S1 establece que, en ausencia de una Norma de Divulgación de Sostenibilidad NIIF que se aplique específicamente a un asunto de sostenibilidad y a los riesgos u oportunidades relacionados, una entidad aplicará su criterio para identificar y preparar la información a reportar

• La NIIF S1 establece las fuentes que se pueden utilizar: la entidad puede referirse y considerar la aplicabilidad de las SRSI (véase el párrafo C2(b) de la NIIF S1) como fuente de orientación, en la medida en que las SRIS ayuden a la entidad a cumplir el objetivo de la NIIF S1 y no entren en conflicto con las normas de la NIIF S1

• Una entidad es capaz de utilizar el SRSI para proporcionar la información a revelar requerida por la NIIF S1, si también se cumplen los requisitos de los párrafos C1 a C3 de la NIIF S1

Uso de los estándares ISSB en ESRS

• Las SRIS también hacen referencia a las directrices basadas en la industria de las NIIF (que incluyen las Directrices basadas en la industria sobre la aplicación de las NIIF S2 y las normas SASB), lo que permite a una entidad utilizar esas directrices para complementar sus revelaciones preparadas aplicando las SSEE para cubrir cuestiones de sostenibilidad que son importantes para la empresa en su(s) sector(es)

Relieves

• Con el fin de cumplir con ambos conjuntos de normas, al utilizar uno o más de los alivios, las entidades deben verificar cuidadosamente si los alivios cumplen con los requisitos de ambos conjuntos de estándares

• Alivios en las Normas ISSB: Costo y esfuerzo excesivos, Efectos financieros actuales y anticipados, Emisiones de GEI de alcance 3

• Alivios en el ESRS: Esfuerzo razonable en la presentación de información sobre la cadena de valor, Costo y esfuerzo excesivos en la presentación de información sobre la cadena de valor, Cuantificación de los efectos financieros de las oportunidades



La ESMA refuerza la presentación de informes de sostenibilidad corporativa con nuevas directrices


Publicado el 14 de julio de 2024 por Editor

A principios de este mes, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) publicó un Informe final sobre las Directrices sobre la aplicación de la información de sostenibilidad (GLESI) y una Declaración pública sobre la aplicación inicial de las Normas europeas de información sobre sostenibilidad (ESRS). Estos documentos, publicados el 5 de julio, tienen como objetivo impulsar la aplicación y supervisión coherentes de los requisitos de presentación de informes de sostenibilidad en toda la UE.

La GLESI ofrece un enfoque estructurado para la supervisión de la información de sostenibilidad divulgada por los emisores que cotizan en los mercados regulados de la UE. Se ajusta a las directrices de la ESMA sobre el cumplimiento de la obligación de informar sobre cuestiones financieras (GLEFI), que ya llevan mucho tiempo en vigor, y adapta sus principios a las particularidades de la presentación de informes de sostenibilidad. Esta alineación garantiza que la obligación de informar sobre cuestiones de sostenibilidad sea coherente con la obligación de informar sobre cuestiones financieras, promoviendo la igualdad de condiciones para todos los emisores.

La GLESI también tiene como objetivo fomentar la convergencia en las prácticas de supervisión de los informes de sostenibilidad entre las autoridades nacionales de la UE, proporcionando una orientación esencial para la aplicación de la normativa. La GLESI incluye 22 directrices en seis áreas, como la organización interna de los responsables de la aplicación de la normativa, la selección, el examen y las acciones de aplicación de la normativa, lo que garantiza un enfoque integral de la supervisión. La ESMA tiene previsto traducir estas directrices a todos los idiomas de la UE para favorecer su adopción generalizada.

Mientras tanto, la Declaración Pública de la ESMA sobre la primera aplicación del ESRS proporciona orientación específica para las grandes entidades de interés público que estarán entre las primeras en publicar declaraciones de sostenibilidad en virtud del ESRS a partir de 2025. La declaración destaca varias áreas críticas para garantizar la presentación de informes de sostenibilidad de alta calidad y conformes con las normas, incluidos la gobernanza y los controles, la doble materialidad, las exenciones transitorias, la presentación de informes preparados para la digitalización y la conectividad entre la información financiera y la de sostenibilidad. La ESMA también enfatiza la importancia de la educación continua y el uso de recursos de capacitación para la implementación exitosa del ESRS.

Estas medidas forman parte de la estrategia más amplia de la ESMA, que hace hincapié en la promoción de los mercados de capitales de la UE como centro de financiación verde y en la mejora de la coherencia de la supervisión en toda la UE. La agencia tiene previsto publicar sus prioridades comunes europeas de aplicación de la normativa para el próximo periodo de presentación de informes a finales de 2024, que incluirán un enfoque en la presentación de informes sobre sostenibilidad.

Para profundizar en estas nuevas medidas, encuentre la Declaración Pública y GLESI aquí.

APLICACIÓN DE LA ESMA GLESI


La ESMA propone medidas para apoyar la presentación de informes de sostenibilidad corporativa

FINANZAS SOSTENIBLES

07/05/2024

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), el regulador y supervisor de los mercados financieros de la UE, ha publicado hoy un Informe final sobre las Directrices para la aplicación de la información sobre sostenibilidad (GLESI, por sus siglas en inglés) y una Declaración pública sobre la primera aplicación de las Normas europeas de presentación de informes sobre sostenibilidad (ESRS, por sus siglas en inglés). Estos documentos respaldarán la aplicación y supervisión coherentes de los requisitos de presentación de informes sobre sostenibilidad.

El objetivo de la GLESI es proporcionar orientación para generar convergencia en las prácticas de supervisión sobre informes de sostenibilidad. Vea el video explicativo aquí. A través de la Declaración pública sobre la primera aplicación del ESRS, la ESMA pretende ayudar a los grandes emisores a atravesar la curva de aprendizaje asociada con la implementación de estos nuevos requisitos de informes. Vea las imágenes aquí.

Las directrices y la declaración publicadas hoy están en línea con las recomendaciones propuestas en el Documento de posición de la ESMA publicado recientemente “Construir mercados de capitales más efectivos y atractivos en la UE”, a saber:

  • promover los mercados de capital de la UE como centro de financiación verde – esto debería incluir esfuerzos para aclarar la divulgación de información de sostenibilidad para facilitar la comprensión por parte de los inversores, también mediante el uso de etiquetas/categorías de sostenibilidad según sea necesario; reducir la complejidad y mejorar la claridad para la industria también puede servir para aliviar las cargas de cumplimiento; y
  • Mejorar la coherencia de la supervisión entre las autoridades nacionales de la UE: promover resultados de ejecución armonizados mediante una mayor cooperación y convergencia

Próximos pasos

La ESMA seguirá supervisando las prácticas de presentación de informes de sostenibilidad en 2025, así como la aplicación de la GLESI. La ESMA traducirá la GLESI a todos los idiomas de la UE y publicará estas traducciones en su sitio web.

Además, la ESMA publicará en el cuarto trimestre recomendaciones en relación con las declaraciones de sostenibilidad de las empresas que cotizan en bolsa en su Declaración pública sobre las prioridades comunes de ejecución europeas para 2024.

1. Resumen ejecutivo

Motivos de publicación

La Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 16 de diciembre de 2022, amplía el ámbito de aplicación de las empresas que deben presentar información en materia de sostenibilidad y exige a la Comisión Europea que adopte normas europeas obligatorias de presentación de información en materia de sostenibilidad como actos delegados. Con el fin de promover la supervisión convergente de la información en materia de sostenibilidad por parte de los emisores sujetos a la Directiva sobre transparencia, la CSRD encomienda a la AEVM que emita directrices sobre la supervisión de la información en materia de sostenibilidad por parte de las autoridades nacionales competentes.

El 15 de diciembre de 2023, de conformidad con el artículo 16, apartado 2, del Reglamento de la AEVM, la AEVM publicó un documento de consulta con un proyecto de directrices propuestas sobre la aplicación de la información en materia de sostenibilidad (GLESI). El periodo de consultas se cerró el 15 de marzo de 2024. La AEVM recibió un total de 16 respuestas, ninguna de ellas confidencial. Estas respuestas incluían, tal y como exige la Directiva sobre transparencia, observaciones solicitadas a la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) y a la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA). Además, la AEVM también solicitó el asesoramiento del Grupo de Partes Interesadas de Valores y Mercados (SMSG). Todas las respuestas recibidas están disponibles en el sitio web de la AEVM, ya que ninguno de los encuestados solicitó lo contrario. En este Informe Final se resumen las respuestas a la CP y se explica cómo se han tenido en cuenta las respuestas. La AEVM recomienda leer este informe junto con el PC para tener una visión completa de la justificación de las directrices.

Contenido

En el cuerpo principal de este informe final (sección 2) se resumen los comentarios recibidos en la consulta realizada por la AEVM y se explica a grandes rasgos cómo se han tenido en cuenta estos comentarios en la elaboración de las directrices finales. El contenido de las contribuciones individuales y de las observaciones de la AEVM se describe con más detalle en el anexo V.

Además, los anexos presentan el análisis de costes y beneficios relacionado con las directrices, el dictamen del SMSG, la AEMA y la FRA y el texto completo de las directrices finales.

Próximos pasos

Las directrices que figuran en el anexo VI se traducirán a las lenguas oficiales de la UE y se publicarán en el sitio web de la AEVM. La publicación de las traducciones en todas las lenguas oficiales de la UE dará lugar a un período de dos meses durante el cual las ANC deberán notificar a la AEVM si cumplen o tienen intención de cumplir las directrices.



La ABE presenta el paquete técnico para el marco de presentación de informes 3.5


Publicado el 14 de julio de 2024 por Editor

Este martes, la Autoridad Bancaria Europea (ABE) publicó un paquete técnico integral para la versión 3.5 de su marco de presentación de informes. Este paquete incluye especificaciones esenciales como las reglas de validación, el modelo de puntos de datos (DPM) y las taxonomías XBRL, que abordan diversos requisitos de presentación de informes.

El paquete incluye modificaciones a las normas técnicas para la Revisión Fundamental de la Cartera de Negociación (FRTB), directrices de evaluación comparativa de la diversidad y normas técnicas intersectoriales para proveedores de servicios externos de TIC en virtud de la Ley de Resiliencia Operativa Digital (DORA). También incluye cambios en las normas de presentación de informes y divulgación para los requisitos mínimos de fondos propios y pasivos elegibles y la capacidad total de absorción de pérdidas (MREL/TLAC). Además, esta versión introduce un nuevo formato para el diccionario de datos DPM (DPM2.0) y adopta una nueva arquitectura XBRL, con una herramienta de consulta DPM actualizada.

Estas actualizaciones se basan en los cambios regulatorios recientes y están destinadas a agilizar las prácticas de presentación de informes en todo el sector bancario. Por ejemplo, las modificaciones para la presentación de informes FRTB entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2026, tras un aplazamiento reciente. Las normas técnicas relacionadas con DORA se basan en borradores presentados a la Comisión Europea a principios de este año y se actualizarán para reflejar cualquier cambio realizado durante la revisión de la Comisión. Estas mejoras probablemente aliviarán las cargas de cumplimiento para las instituciones financieras y mejorarán la coherencia de los datos en toda la UE.

Para más información, consulte el comunicado de prensa aquí.

DORA DPM EBA


La EBA publica un paquete técnico para su marco de informes 3.5

  • 9 de julio de 2024

La Autoridad Bancaria Europea (ABE) publicó hoy un paquete técnico para la versión 3.5 de su marco de información.

Este paquete proporciona las especificaciones estándar que incluyen las reglas de validación, el modelo de puntos de datos (DPM) y las taxonomías XBRL para respaldar las siguientes obligaciones de informes:

  • modificaciones a las normas técnicas sobre requisitos específicos de información para la Revisión Fundamental de la Cartera de Negociación (FRTB);
  • Directrices para la evaluación comparativa de la diversidad;
  • las normas técnicas intersectoriales sobre las plantillas estándar para los fines del registro de información en relación con todos los acuerdos contractuales sobre el uso de servicios de TIC proporcionados por proveedores externos de servicios de TIC en virtud de la Ley de Resiliencia Operacional Digital (DORA);
  • las modificaciones de las normas técnicas de información y divulgación sobre los requisitos mínimos de fondos propios y pasivos admisibles y la capacidad total de absorción de pérdidas (MREL/TLAC), tras los cambios finales introducidos por los colegisladores en el texto de nivel 1.

Este paquete técnico incluye una versión del contenido del diccionario de datos en el nuevo formato de DPM2.0 (sólo con fines informativos) y adopta la nueva arquitectura XBRL.

La herramienta de consulta DPM también se ha actualizado para reflejar la versión actual. 

Antecedentes y próximos pasos

Las modificaciones a los informes del FRTB serán aplicables únicamente a partir de la fecha de aplicación del marco del FRTB, tras el anuncio de la Comisión el 18 de junio de su intención de posponer la aplicación del FRTB por un año (hasta el 1 de enero de 2026).

El paquete técnico para la presentación de informes de DORA sobre CTPP se ha desarrollado sobre la base de los proyectos finales de normas técnicas publicados y presentados a la Comisión por las tres ESA en enero de 2024. La ABE reflejará en publicaciones posteriores cualquier posible modificación de las normas técnicas durante su adopción por la Comisión que tenga un impacto en el paquete técnico.

Contenido relacionado

Marco de presentación de informes 3.5

Diccionario de datos DPM

Proyecto de normas técnicas de ejecución. Adoptada y publicada en el Diario Oficial de la UE

Normas técnicas de aplicación sobre requisitos específicos de información sobre riesgo de mercado

Noticias18 de enero de 2021

Las ESA publican el borrador final de las ITS sobre plantillas de informes para transacciones intragrupo y concentración de riesgos en el marco de FICOD

Pautas. Final y traducido a las lenguas oficiales de la UE

Directrices para la evaluación comparativa de las prácticas de diversidad, incluidas las políticas de diversidad y la brecha salarial de género

Proyecto de normas técnicas de ejecución. La ABE adopta el borrador final de RTS/ITS y lo presenta a la Comisión Europea

Normas Técnicas de Implementación para establecer los modelos para el registro de información

Proyecto de normas técnicas de ejecución. Adoptada y publicada en el Diario Oficial de la UE

Normas técnicas de implementación sobre divulgación y presentación de informes de MREL y TLAC

Prensa 31 de mayo de 2024

Las ESA publican plantillas y herramientas para ejercicios de simulación voluntarios en apoyo de la implementación de DORA

Contactos de prensa

Franca Rosa Congiu

Marco de presentación de informes 3.5

Se espera que el marco de presentación de informes 3.5 de la EBA se aplique a partir de diciembre de 2024.

Incluye los siguientes requisitos de información nuevos y modificados:

ÁREA DE INFORMACIÓNNATURALEZA DEL CAMBIOFECHA DE REFERENCIA PREVISTA
DORANuevos requisitos intersectoriales para la presentación de registros de información sobre el uso de acuerdos contractuales en relación con el uso de servicios TIC prestados por proveedores externos de TIC sobre la base de los nuevos STI. Integración de los requisitos de los STI en las taxonomías DPM y XBRL.No aplicable: proyecto provisional hasta que la Comisión adopte la norma definitiva
Evaluación comparativa de diversidad GLIntegración de las directrices de evaluación comparativa de la diversidad en las taxonomías DPM y XBRL. Incluye políticas de diversidad y brecha salarial de género en el marco de la Directiva sobre requisitos de capital (CRD) y la Directiva sobre empresas de servicios de inversión (IFD). 12/2024
FICODIntegración de plantillas de informes para transacciones intragrupo y concentración de riesgos bajo FICOD en taxonomías DPM y XBRL. *12/2024
FRTBInformación nueva o ampliada sobre los requisitos de fondos propios por riesgo de mercado calculados sobre la base del marco FRTB y las reclasificacionesNo aplicable: borrador provisional hasta que comience a aplicarse el marco FRTB
MREL/TLACModificaciones a las ITS sobre divulgación e informes sobre MREL y TLAC, para reflejar el régimen de permiso previo y modificaciones al marco de conexión en cadena, incluidos los últimos cambios durante el proceso de adopción12/2024

*para utilizarse de acuerdo con las instrucciones de las autoridades competentes

  1. Versión consolidada de los requisitos de información (texto no oficial y concebido únicamente como herramienta de documentación; los actos jurídicos se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea)

a. ITS sobre informes de supervisión

i. Se han adoptado las normas internacionales de transparencia sobre informes de supervisión en inglés (excluido el IRRBB)

ii. Plantillas de informes adoptadas en otros idiomas de la UE (excluido el IRRBB)

iii. Normas internacionales sobre información supervisora en relación con el IRRBB

b. Directrices sobre los planes de financiación [ZIP, 349 KB]

i. Modelos de informes en otros idiomas de la UE

c. ITS sobre evaluación comparativa de supervisión de modelos internos [5 124KB]

d. ITS sobre informes de resolución [ZIP, 257 KB]

e. ITS sobre divulgación e información sobre MREL y TLAC [ZIP, 825 KB]

i. Plantillas de informes en otros idiomas de la UE [ZIP]

f. Normas internacionales de transparencia sobre requisitos específicos de información sobre riesgos de mercado [ZIP, 878 KB]

g. ITS sobre informes y divulgaciones para empresas de inversión

i. Plantillas de informes en otros idiomas de la UE [ZIP, 110 KB]

h. RTS sobre el control de umbrales [ZIP, 128 KB]

i. Decisión sobre la recopilación ad hoc de datos ESG de las instituciones

2. Reglas de validación (cargado el 9 de julio de 2024) [XLSX, 12 684 KB]

3. DPM v3.5 (cargado el 9 de julio de 2024)

a. Base de datos DPM 1.0 [ZIP, 99 123 KB]

b. Base de datos DPM 2.0 (para información) [ZIP, 110 101 KB]

c. Diccionario DPM [XLSX, 1 632 KB]

d. Diseño de la tabla DPM y categorización de puntos de datos [ZIP, 701 KB]

4. EBA XBRL v3.5 (cargado el 9 de julio de 2024)

a. Archivos de taxonomía XBRL y documentación complementaria [ZIP, 71 260 KB]

b. Paquete de taxonomía bajo la arquitectura de taxonomía v1.0 [ZIP 6 179KB]

c. Archivos de muestra para taxonomía según la arquitectura de taxonomía v1.0 [ZIP 1 355 KB]

d. Normas de presentación de solicitudes de la EBA v5.3 [PDF]

e. Paquete de taxonomía bajo la arquitectura de taxonomía v2.0 (solo para información)

f. Archivos de muestra para taxonomía bajo la arquitectura de taxonomía v 2.0

Enlaces


El FSS coreano amplía la aplicación XBRL y refuerza el soporte para las empresas que cotizan en bolsa


Publicado el 7 de julio de 2024 por Editor

A principios de julio, el Servicio de Supervisión Financiera de Corea (FSS) anunció que, a partir de 2025, las empresas financieras que cotizan en KOSPI y KOSDAQ con activos superiores a 10 billones de wones deberán adoptar XBRL para sus divulgaciones financieras. En sus informes semestrales de 2025, estas empresas deberán etiquetar las notas de los estados financieros en XBRL.

Esto marca la siguiente fase de la implementación gradual del sistema XBRL por parte del FSS, que comenzó con las empresas no financieras en 2023. La última fase está dirigida a las grandes empresas financieras, y en los años siguientes se sumarán las empresas financieras más pequeñas. Hasta la fecha, la fase inicial ha sido exitosa, con mejoras en el sistema XBRL y programas de capacitación que han reducido significativamente los errores de presentación.

La decisión del FSS de ampliar los requisitos de presentación de informes XBRL tiene como objetivo mejorar la calidad y la transparencia de la información financiera. Refleja una tendencia más amplia hacia la presentación de informes empresariales digitales en Corea del Sur, lo que alinea al país con los estándares internacionales y, por lo tanto, aumenta su atractivo para los inversores internacionales.

Este es otro paso positivo hacia una mayor coherencia y fiabilidad en los informes financieros coreanos. Al colaborar estrechamente con las partes interesadas y brindar apoyo y capacitación constantes, el FSS está sentando una base sólida para la implementación de XBRL de alta calidad, con beneficios para el sector financiero y la confianza general del mercado.

En XBRL International seguimos impresionados por el enfoque integral de la digitalización que está adoptando Corea del Sur.

Para obtener más detalles sobre los requisitos XBRL ampliados del FSS, visite el sitio web del FSS.

IMPLEMENTACIÓN del FSS EN COREA DEL SUR


FSS amplía la aplicación XBRL y fortalece el soporte para empresas que cotizan en bolsa

A partir de 2025, las empresas financieras que cotizan en el KOSPI y el KOSDAQ con activos superiores a 10 billones de KRW estarán sujetas a la divulgación obligatoria en XBRL. En consecuencia, las empresas financieras que cotizan en bolsa correspondientes deben presentar sus informes semestrales de 2025 aplicando XBRL a las notas de los estados financieros.

Comunicado de prensa

Para publicación al mediodía del 1 de julio de 2024

FSS amplía la aplicación XBRL y refuerza el soporte a las empresas cotizadas

A partir de 2025, las empresas financieras que coticen en KOSPI y KOSDAQ con activos superiores a 10 billones de wones estarán sujetas a la divulgación obligatoria de XBRL1. En consecuencia, las sociedades financieras cotizadas correspondientes deben presentar sus informes semestrales de 2025 aplicando XBRL a las notas de los estados financieros.

Mientras tanto, la clase de la Fase I ya implementó la divulgación de notas financieras XBRL para el informe anual de 2023 y el informe trimestral del primer trimestre de 2024. En cuanto al informe anual de 2023, que presentaron 156 empresas en marzo de 2024, se encontraron errores de escritura después de la presentación. Por lo tanto, el FSS trabajó arduamente para mejorar nuestro sistema XBRL para prevenir errores con anticipación, proporcionando programas de capacitación para quienes están a cargo. Como resultado, cuando se trató del informe trimestral del primer trimestre de 2024 que presentaron 161 empresas en mayo de 2024, la presentación se finalizó sin errores.

El FSS intensificará sus esfuerzos para ayudar a las empresas cotizadas que entran en la clase de la Fase II, la sujeta a la divulgación de XBRL en 2025, a evitar errores antes de que ocurran.

En primer lugar, el Servicio de Supervisión Financiera va a cooperar con las instituciones pertinentes para aumentar las medidas de apoyo a las empresas cotizadas y centrarse en las opiniones del sector. El FSS se comunicará con el grupo asesor formado por las principales empresas cotizadas para escuchar las opiniones del grupo sobre lo que se debe mejorar con respecto al sistema FSS XBRL.

Dado que la divulgación de información financiera XBRL aún se encuentra en una fase temprana de implementación, es crucial la gestión de la calidad por parte de las empresas de contabilidad a las que las empresas que cotizan en bolsa solicitan asesoramiento. En este sentido, el FSS se comunicará con las empresas de contabilidad a través de un canal personalizado y ofrecerá formación profesional en XBRL durante todo el año en un intento por mejorar la calidad del asesoramiento de las empresas de contabilidad sobre la divulgación de información XBRL.

Con el objetivo de estabilizar con éxito el sistema de divulgación XBRL, el Servicio de Supervisión Financiera trabajará en estrecha colaboración con las instituciones pertinentes y continuará mejorando el sistema sobre la base de las valiosas opiniones de las partes interesadas.



La versión EDGAR 24.2 mejora las taxonomías XBRL con nuevas actualizaciones


Publicado el 14 de julio de 2024 por Editor

El sistema de recopilación, análisis y recuperación electrónica de datos (EDGAR) de la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC) se actualizó a la versión 24.2 este mes, incorporando actualizaciones a sus taxonomías XBRL. Esta versión incluye soporte para la versión 2024 de la taxonomía de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) e introduce la nueva taxonomía de Swap Basado en Valores (SBS).

La taxonomía IFRS actualizada se alinea con la versión publicada por la Fundación IFRS en marzo de 2024. La taxonomía SBS, recientemente agregada en esta versión, incluye elementos necesarios para etiquetar anexos específicos en el Formulario SBSEF, de acuerdo con las reglas finales sobre Ejecución de Swaps Basados en Valores y Registro de Facilidades de Ejecución de Swaps Basados ​​en Valores. Además, la taxonomía de Divulgación de Tarifas de Presentación (FFD) se ha actualizado para extender la longitud del campo “Título de Clase de Valor” a 250 caracteres en el anexo de Tarifa de Presentación iXBRL.

Como parte de esta actualización, EDGAR ya no aceptará las versiones 2022 de varias taxonomías, incluidas las de los Principios de contabilidad generalmente aceptados (GAAP) de EE. UU., las NIIF, la taxonomía de presentación de informes de la SEC (SRT), la de fondos cerrados (CEF) y otras. Esta medida fomenta el uso de las últimas versiones de taxonomías, lo que garantiza que las presentaciones estén alineadas con las mejoras y los estándares contables más actuales.

Al integrar las últimas taxonomías, el sistema EDGAR garantiza que las empresas puedan utilizar las etiquetas más actualizadas, lo que fomenta un mejor cumplimiento y divulgaciones financieras más detalladas, cruciales para la transparencia y la coherencia en los informes financieros.

Para obtener una lista completa de las taxonomías estándar admitidas, visite el sitio oficial de la SEC.

Taxonomía de EDGAR SBS SEC


Actualización de taxonomías XBRL de la versión EDGAR 24.2

El 1 de julio de 2024, el sistema de recopilación, análisis y recuperación electrónica de datos (EDGAR) se actualizó a la versión 24.2, que admite la versión 2024 de la taxonomía de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y ahora acepta la taxonomía de swap basado en valores (SBS).

La versión 2024 de la taxonomía IFRS refleja la misma versión de taxonomía que el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad puso a disposición en su sitio web el 27 de marzo de 2024. Con esta versión, la taxonomía SBS recientemente agregada incluye los elementos necesarios para etiquetar ciertos anexos al Formulario SBSEF como parte de las reglas finales sobre la Ejecución de Swaps Basados en Valores y el Registro de Facilidades de Ejecución de Swaps Basados en Valores. También se agrega una nueva versión de la taxonomía de Divulgación de Tarifas de Presentación (FFD) como parte de la Versión 24.2. En comparación con la versión 2024 de la taxonomía FFD, el único cambio en la nueva versión es que la longitud del campo «Título de la Clase de Valor» en el anexo de Tarifa de Presentación iXBRL se extiende a 250 caracteres.

Como parte de la actualización del sistema EDGAR a la versión 24.2, las versiones de 2022, incluidas las versiones trimestrales, de las siguientes taxonomías ya no se aceptarán en el sistema EDGAR.

  1. Principios de contabilidad generalmente aceptados de EE. UU. (GAAP)
  2. Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
  3. Taxonomía de informes de la SEC (SRT)
  4. Fondo de inversión cerrado (CEF)
  5. Países (PAÍS)
  6. Monedas (MONEDA)
  7. Información de documentos y entidades (DEI)
  8. Divulgación de remuneración ejecutiva (ECD)
  9. Intercambio (EXCH)
  10. Fondo (FND)
  11. Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN)
  12. Clasificación Industrial Uniforme (SIC)
  13. Jurisdicción Subnacional (SNJ)
  14. Estado y provincia (STPR)
  15. Producto de seguro variable (VIP)

Consulte https://www.sec.gov/info/edgar/edgartaxonomies.shtml para obtener una lista completa de las taxonomías estándar admitidas.

El personal recomienda encarecidamente a las empresas que utilicen la versión más reciente de las publicaciones de taxonomía para sus presentaciones XBRL para aprovechar las etiquetas más actualizadas relacionadas con los nuevos estándares contables y otras mejoras.

Última revisión o actualización: 3 de julio de 2024

Ejecución y registro de swaps basados en valores y regulación de los sistemas de ejecución de swaps basados en valores

AGENCIA: Comisión Nacional de Bolsa y Valores.

ACCIÓN: Regla final.

RESUMEN: La Comisión de Bolsa y Valores («SEC» o «Comisión») está adoptando un conjunto de reglas y formularios bajo la Ley de Bolsa de Valores de 1934 («SEA») que crearían un régimen para el registro y la regulación de los servicios de ejecución de swaps basados en valores («SBSEF») y abordarían otros problemas relacionados con la ejecución de swaps basados en valores («SBS») en general. Una de las normas que se están adoptando implementa un elemento de la Ley Dodd-Frank que tiene por objeto mitigar los conflictos de intereses en las SBSEF y las bolsas de valores nacionales que negocian SBS («bolsas SBS»). Otras normas que se están adoptando abordan la aplicación transfronteriza de los requisitos de registro del centro de negociación del SEA y el requisito de ejecución de operaciones para el SBS. Además, la Comisión está modificando una norma existente para eximir, de la definición de «intercambio» de la SEA, a ciertas agencias de compensación registradas, así como a los SBSEF registrados que proporcionan un lugar de mercado solo para los SBS. La Comisión también está adoptando una nueva norma que, si bien afirma que un SBSEF sería un corredor en virtud de la SEA, exime a un SBSEF registrado de ciertos requisitos de corredor. Además, la Comisión está adoptando ciertas normas nuevas y enmiendas a sus Reglas de Práctica para permitir que las personas que se vean perjudicadas por ciertas acciones de un SBSEF soliciten una revisión por parte de la Comisión. Por último, la Comisión está delegando nueva autoridad al Director de la División de Comercio y Mercados y al Asesor Jurídico General para que tomen las medidas necesarias para llevar a cabo las normas que se están adoptando.

FECHAS: Fecha de entrada en vigor: 13 de febrero de 2024. Fechas de cumplimiento: Ver sección XVI (Cronograma de Cumplimiento).

PARA MÁS INFORMACIÓN, CONTACTAR A: Michael E. Coe, Director Asistente; David Liu, Asesor Especial; Leah Mesfin, Asesora Especial; Michou Nguyen, Fiscal Especial; o Geoffrey Pemble, Asesor Especial, al (202) 551-5000, Oficina de Supervisión de Mercado, División de Comercio y Mercados, Comisión de Bolsa y Valores, 100 F Street NE, Washington, DC 20549.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: La Comisión está adoptando nuevas 17 CFR 242.800 a 242.835 («Regulación SE») para crear un régimen para el registro y la regulación de los SBSEF y para abordar otros problemas relacionados con la ejecución de los SBS en general. La regulación SE consta de 17 CFR 242.800 a 242.835 (Reglas 800 a 835). Las reglas clave dentro de la Regulación SE incluyen la Regla 803, que establece un proceso para el registro de SBSEF; las Reglas 804 a 810, que establecen los procedimientos para la presentación de normas y productos por parte de las SBSEF; la Regla 815, que establece los métodos de ejecución permisibles para los SBS que están sujetos al requisito de ejecución comercial de la SEA; la Regla 816, que establece un procedimiento para que los SBSEF pongan a disposición un SBS para comerciar y establece ciertas exenciones del requisito de ejecución de operaciones; las Reglas 818 a 831, que implementan los 14 Principios Básicos para los SBSEF establecidos en la sección 3D(d) de la SEA; las Reglas 832 y 833, que se refieren a cuestiones transfronterizas; y la Regla 834, que impone requisitos que abordan los conflictos de intereses que involucran a los SBSEF y los intercambios de SBS, según lo exige la sección 765 de la Ley Dodd-Frank.

Además de las reglas descritas anteriormente, la Comisión también está adoptando 17 CFR 249.1701 (Formulario SBSEF), que es el formulario que una entidad utilizará para registrarse ante la Comisión como SBSEF; 17 CFR 249.1702 (una carátula de presentación), que deberá acompañar las presentaciones ante la Comisión realizadas por los SBSEF para enmiendas a las reglas y reglas y para los listados de productos; la adopción de enmiendas a 17 CFR 232.405 (Regla 405 de la Regulación S-T) para exigir que varias presentaciones de SBSEF se proporcionen en Inline eXtensible Business Reporting Language («Inline XBRL»), un lenguaje de datos estructurados; adoptar enmiendas a 17 CFR 240.3a1-1 (Regla 3a1-1) para eximir de la definición de «intercambio» de SEA a ciertas agencias de compensación registradas, así como a los SBSEF registrados que proporcionan un lugar de mercado solo para SBS; la adopción de 17 CFR 240.15a-12 (Regla 15a-12), que, si bien afirma que un SBSEF también sería un corredor bajo el SEA, exime a un SBSEF registrado de ciertos requisitos de corredor; disponer la extinción de las exenciones temporales existentes del requisito de registrarse como agencia de compensación que, entre otras cosas, se aplica a una entidad que desempeña las funciones de un SBSEF pero que aún no está registrada como tal, y del requisito de registrarse como SBSEF o bolsa de valores nacional para las entidades que cumplen con la definición legal de SBSEF; la adopción de ciertas reglas nuevas y enmiendas a 17 CFR Parte 201 (Reglas de Práctica) para permitir que las personas que se ven agraviadas por ciertas acciones de un SBSEF soliciten una revisión por parte de la Comisión; y la adopción de enmiendas a 17 CFR 200.30-3 y 17 CFR 200.30-14 con respecto a la delegación de autoridad al Director de la División de Comercio y Mercados y al Asesor Jurídico.



La reestructuración de FRC potencia el enfoque en informes digitales y taxonomías XBRL


Publicado el 14 de julio de 2024 por Editor

A principios de este mes, el Consejo de Información Financiera (FRC) del Reino Unido anunció una reestructuración significativa, estableciendo dos nuevas funciones: Inteligencia y Perspectivas de Mercado, e Informes Digitales y Taxonomías. Esta reorganización estratégica tiene como objetivo mejorar las capacidades del FRC en análisis de datos e informes digitales, prometiendo mejores resultados para las partes interesadas.

La incorporación de un nuevo equipo de Taxonomías e Informes Digitales indica que el FRC está comprometido con la mejora del panorama cambiante de los informes digitales. Este equipo se centrará en mejorar la calidad de los informes digitales, desarrollar herramientas para respaldar el ecosistema de informes y desarrollar la experiencia del FRC en taxonomías XBRL. El equipo también impulsará el liderazgo intelectual y el trabajo de políticas en materia de informes digitales, garantizando una alta calidad de los datos y una utilización eficaz de los estándares de informes digitales.

El equipo de Inteligencia de Mercado y Perspectivas proporcionará un análisis exhaustivo y basado en evidencias para respaldar las actividades de desarrollo de políticas, monitoreo y regulación del FRC. Esta reestructuración integra el trabajo que anteriormente realizaba el Laboratorio del FRC en estas dos nuevas funciones.

El nuevo equipo del FRC facilitará un mejor cumplimiento normativo, mejorará la confianza de las partes interesadas en los datos digitales y ayudará al FRC a navegar por las tendencias más amplias de la industria hacia una mayor información financiera digital, accesible y transparente.

Lea más y escuche el último podcast del FRC sobre este tema aquí.

GOBERNANZA del FRC EN EL REINO UNIDO


La reestructuración de FRC crea nuevas funciones de inteligencia de mercado e informes digitales

PUBLICADO: 8 DE JULIO DE 2024

El FRC anuncia hoy que, tras una revisión estratégica de sus funciones de análisis económico, análisis de datos, investigación y seguimiento del mercado, los recursos existentes se han reorganizado en dos equipos recientemente estructurados para permitir la entrega de mejores resultados para las partes interesadas en todo el ámbito de competencias y regulatorio del FRC. Estas dos nuevas funciones son Market Intelligence and Insights, dirigida por Laura Warren, y Digital Reporting and Taxonomies, dirigida por Phil Fitz-Gerald. El trabajo que anteriormente realizaba el FRC Lab sobre informes y conocimientos del mercado será absorbido por estas nuevas funciones.

La función de Inteligencia de Mercado y Perspectivas se centrará en proporcionar análisis y perspectivas más integrales y basadas en evidencias sobre las actividades de desarrollo de políticas, monitoreo y regulación del FRC. Por otra parte, se ha creado la nueva función de Informes Digitales y Taxonomías, que refleja la importancia de estas áreas en rápida evolución. Se centrará en desarrollar el conocimiento y la capacidad del FRC, mejorar la calidad de los informes digitales y desarrollar herramientas para respaldar el ecosistema de informes.

Me complace anunciar la creación de estas dos nuevas funciones que reúnen las fortalezas existentes del FRC para impulsar una colaboración aún mayor y aprovechar la experiencia de todo el FRC en beneficio de las partes interesadas dentro de nuestro ámbito de competencia y alcance regulatorio. El objetivo principal del equipo de Inteligencia de Mercados y Perspectivas es brindar al FRC una capacidad aún más sólida para comprender los mercados que son relevantes para nosotros y nuestro impacto en ellos. Como complemento del MII, el equipo de Taxonomías e Informes Digitales mejorará nuestro liderazgo intelectual y nuestro trabajo de políticas en el panorama de los informes digitales en rápida evolución.

RICHARD MORIARTY, DIRECTOR EJECUTIVO DEL CONSEJO DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Escuche a Laura Warren, directora entrante de la función de Inteligencia de Mercado y Perspectivas, y a Philip Fitz-Gerald, director entrante de Informes Digitales y Taxonomías, mientras se sientan a discutir el motivo de las nuevas funciones, el trabajo que emprenderán y cómo las funciones beneficiarán tanto al FRC como a sus partes interesadas en este último podcast de conversación.



La geopolítica de los minerales verdes


10 julio 2024

Por: Jakob Feveile Adolfsen, Danielle Kedan y Marie-Sophie Lappe

La transición ecológica aumentará significativamente la demanda de minerales clave en las próximas décadas. El impacto en los precios de la energía dependerá, en última instancia, de cómo se ajuste la oferta. El blog del BCE analiza los riesgos geopolíticos involucrados.

La transición ecológica se basa en ciertos minerales clave, en particular el litio, el cobre, el níquel, el cobalto, el manganeso y el grafito. Suponiendo que la transición se lleve a cabo de conformidad con el Acuerdo de París, la demanda de estos insumos clave casi se cuadruplicará para 2040.[1] El impacto en los precios de la energía dependerá de cómo se ajuste la oferta. Por lo tanto, es vital garantizar el suministro necesario de estos «minerales verdes».

El ataque de Rusia a Ucrania ilustró cómo los acontecimientos geopolíticos pueden afectar significativamente a los mercados de materias primas y a la inflación.[2] Los estudios del FMI confirman esto y subrayan que la fragmentación geopolítica podría perturbar la transición verde al perjudicar el acceso a los minerales verdes.[3] Por lo tanto, las preguntas son: ¿cuáles son los riesgos geopolíticos para el suministro de minerales verdes? ¿Cuáles son las relaciones políticas entre los principales consumidores y proveedores? ¿Y qué se puede hacer para contener la demanda y asegurar el suministro de minerales verdes?

¿Qué podría causar interrupciones en el suministro?

La extracción de minerales en bruto se concentra principalmente en las economías en desarrollo y de mercados emergentes de América del Sur y África (gráfico 1). En la actualidad, los suministros de minerales verdes están más concentrados que los de otras materias primas, como el petróleo, incluso en comparación con cuando se formó la OPEP (gráfico 2). La concentración de la producción minera hace que los minerales verdes sean particularmente susceptibles a las interrupciones de la cadena de suministro y las restricciones comerciales. De hecho, todos los minerales explorados en este blog están actualmente sujetos a restricciones de exportación.[4]

Gráfica 1

Participación de los tres mayores productores mineros (izquierda) y titulares de reservas (derecha)

(porcentaje)

Gráfica 2

Concentración de la producción y las reservas mineras

(Índice de Herfindahl-Hirschman)

Según se informa, algunos países ricos en minerales están tratando de formar cárteles mineros, aunque hasta ahora sin éxito.[5] Existen múltiples factores que determinan el éxito en la formación de un cártel, como las barreras de entrada, la estabilidad política y la inelasticidad de la demanda.[6] Entre estos factores, la concentración de la oferta puede facilitar la capacidad de un cártel para controlar las cuotas de mercado y, por lo tanto, los precios.

En última instancia, el éxito de un cártel requiere un acuerdo entre los miembros y un alto grado de confianza para mantener la colusión. Sobre la base de los patrones de votación en la Organización de las Naciones Unidas (ONU), las tres principales mineras de cobre, níquel y grafito muestran en general un alto alineamiento político, con un puntaje de desacuerdo que está por debajo del promedio de la ONU y comparable o incluso por debajo del cartel petrolero, OPEP (+) (Gráfico 3). Esto sugeriría alguna base política para la formación de cárteles. Aunque las puntuaciones de desacuerdo político entre los mineros de litio, cobalto y manganeso están por encima de la media de la ONU, esto se ve sesgado en gran medida por la presencia de Australia, que tiende a estar en desacuerdo con otros principales productores de materias primas de estos tres minerales. Esto sugiere que podrían formarse posibles cárteles que excluyan a Australia, como fue el caso en el mercado del petróleo, donde Estados Unidos nunca ha sido parte de la OPEP.

Gráfico 3

Desacuerdo político entre los tres principales productores mineros y poseedores de reservas

(índice: un valor más alto indica un mayor desacuerdo entre los productores clave)

¿Cuál es la conexión política entre consumidores y proveedores?

Geopolíticamente, China parece estar actualmente mejor posicionada que la UE y los Estados Unidos en términos de asegurar el suministro de minerales verdes. China exhibe el nivel más bajo de desacuerdo político con los principales productores mineros de minerales verdes (gráfico 4). Esta es una tendencia que comenzó al final de la Guerra Fría. Los niveles comparables de desacuerdo político de la UE están generalmente por encima de las medias de las Naciones Unidas, pero siguen estando muy por debajo de los niveles de los Estados Unidos.

Gráfica 4

Desacuerdo político de la UE, Estados Unidos y China con los productores mineros a lo largo del tiempo

(index – higher value indicates higher disagreement with key mine producers)

China también se ha posicionado estratégicamente en la cadena de suministro de minerales verdes al convertirse en el mayor procesador de níquel, cobre, litio y cobalto, representando entre el 35 y el 70% de la actividad de procesamiento. Además, su control de las materias primas ha ido en aumento debido a las inversiones en minería en el extranjero. Aunque tanto Estados Unidos como la UE han tomado medidas para construir sus propias cadenas de suministro de materiales críticos, se necesitará una inversión considerable para ponerse al día con las inversiones de China, lo que sugiere que China mantendrá su posición dominante en el futuro previsible.

Entonces, ¿qué se puede hacer?

Se pueden tomar varias medidas para mejorar la seguridad de los suministros de minerales verdes. En primer lugar, fomentar la inversión privada en la extracción y refinación de minerales puede ayudar a diversificar los riesgos de la oferta. Al facilitar la extracción de reservas y la entrada de nuevos productores, esto podría debilitar el poder de los actuales líderes del mercado. En segundo lugar, la investigación de materiales sustitutos de las tecnologías verdes está produciendo primeros resultados prometedores y podría reducir la demanda futura de minerales verdes. En tercer lugar, estos minerales son reciclables. Esto significa que hay una fuente secundaria de suministro que probablemente crecerá en el futuro a medida que aumenten tanto las existencias de productos reciclables como la inversión en tecnologías de reciclaje.

Recientemente, la UE ha dado un paso importante al adoptar la Ley de Materias Primas Esenciales. De aquí a 2030, al menos el 10 % del consumo anual de materias primas críticas de la UE debe extraerse dentro de la UE, y el 40 % debe procesarse en el país. Además, se simplificarán los procedimientos de aprobación de los proyectos de materias primas y los proyectos estratégicos se beneficiarán del acceso a la financiación y de plazos de aprobación más cortos. También se promueve la reciclabilidad de los minerales, ya que al menos el 15% del consumo anual debería cubrirse con el reciclaje doméstico en 2030. La cuota de importaciones procedentes de un único tercer país tampoco debe superar el 65 % del consumo anual. Este índice de referencia tiene como objetivo diversificar los riesgos de suministro, lo que se verá respaldado por la creación de un club de materias primas para los países interesados en reforzar las cadenas de suministro mundiales y el establecimiento de un mecanismo de crédito a la exportación de la UE para reducir los riesgos de invertir en el extranjero.