El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) propuso recientemente modificaciones a la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES, con el objetivo de ayudar a las pequeñas y medianas entidades (PYME) a abordar la reforma fiscal internacional. Esta es la primera instancia en la que IASB ha sugerido enmiendas urgentes a la Norma fuera de su proceso de revisión regular.
Las modificaciones propuestas se dirigen específicamente a la sección de impuestos a las ganancias de la Norma y buscan proporcionar el mismo alivio que las modificaciones introducidas en mayo de 2023 a la NIC 12 Impuestos a las ganancias. Los cambios son una respuesta a las reglas modelo del Pilar Dos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
De acuerdo con Andreas Barckow, presidente de IASB, estas modificaciones propuestas tienen como objetivo proporcionar un alivio oportuno para las PYME afectadas y al mismo tiempo garantizar que los usuarios de los estados financieros reciban la información más informativa posible.
La OCDE introdujo las reglas modelo del Pilar Dos en diciembre de 2021 para garantizar que las grandes corporaciones multinacionales estén sujetas a una tasa impositiva mínima del 15%. Más de 135 países y jurisdicciones, que representan más del 90 % del PIB mundial, ya han aceptado estas normas.
Se alienta a las partes interesadas a proporcionar sus comentarios hasta el 17 de julio.
Borrador de exposición
Reforma tributaria internacional: segundo pilar
Reglas modelo
Enmiendas propuestas a las NIIF para
Estándar PYME
Comentarios que deben recibirse antes del 17 de julio de 2023
Introducción
¿Por qué el IASB publica este Borrador de Exposición?
IN1 En octubre de 2021, más de 135 jurisdicciones acordaron la Declaración del Marco Inclusivo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) / G20 sobre la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios sobre una solución de dos pilares para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía. Desde entonces, la OCDE ha publicado normas modelo y otros documentos relacionados con el segundo pilar de esta solución (las normas modelo del segundo pilar).
IN2 Las normas modelo del segundo pilar proporcionan un modelo que las jurisdicciones pueden traducir en legislación fiscal nacional y aplicar como parte de un enfoque común acordado. Las reglas:
a) procurar garantizar que los grandes grupos multinacionales paguen un importe mínimo de impuestos sobre las rentas obtenidas en cada jurisdicción en la que operen;
b) lograría ese objetivo aplicando un sistema de impuestos complementarios que dé lugar a que el importe total de los impuestos pagaderos sobre el exceso de beneficios en cada jurisdicción represente al menos el tipo mínimo del 15 %; y
(c) normalmente requieren que la entidad matriz última de un grupo pague un impuesto complementario, en la jurisdicción en la que está domiciliado, sobre los beneficios de sus filiales que estén gravados por debajo del 15%.
Las partes interesadas del IN3 si informaron al Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) de las preocupaciones sobre las implicaciones para la contabilidad del impuesto sobre la renta resultantes de las jurisdicciones que implementan las reglas modelo del Pilar Dos en un corto período de tiempo. En particular, las partes interesadas dijeron que no estaba claro cómo aplicar la NIC 12 Impuesto sobre la Renta al contabilizar los impuestos diferidos relacionados con las normas; y también dijeron que había una necesidad urgente de claridad debido a la inminente aplicación de las normas en algunas jurisdicciones.
IN4 Después de considerar estas preocupaciones y comentarios sobre las modificaciones propuestas a la NIC 12, en mayo de 2023 el CNIC publicó modificaciones a la NIC 12.
¿Existe una necesidad similar de modificar la Sección 29 del Impuesto sobre la Renta de la Norma NIIF para PYMES?
IN5 Al considerar si y cómo modificar la Norma NIIF para PYMES para una norma de contabilidad NIIF nueva o modificada completa, el IASB aplica su enfoque de alineación.1 Habiéndolo hecho en relación con las modificaciones de la NIC 12, el CNIC evaluó que las reglas modelo del Pilar Dos eran relevantes para algunas pequeñas y medianas entidades (PYME).2 Además, y debido a la urgente necesidad de aclaración, el IASB decidió proponer enmiendas a la Sección 29 del Impuesto sobre la Renta de la Norma como un proyecto separado de establecimiento de normas fuera del Segundo Examen Exhaustivo de la Norma de Contabilidad de las NIIF para las PYMES (el actual examen periódico de la Norma por parte de la IASB).
Propuestas en este borrador de exposición
IN6 Las propuestas de este Borrador de Exposición:
a) introducir una excepción temporal a los requisitos para reconocer los activos y pasivos por impuestos diferidos relacionados con el segundo pilar del impuesto sobre la renta; y divulgar información que de otro modo sería requerida por los párrafos 29.39–29.41 de la Norma NIIF para PYMES sobre activos y pasivos por impuestos diferidos relacionados con los impuestos sobre la renta del Pilar Dos;
b) introducir requisitos específicos de divulgación para las pymes afectadas en los períodos en que esté en vigor la legislación del segundo pilar; y
(c) aclarar que «otros eventos» en el objetivo de divulgación en el párrafo 29.38 de la Norma incluyen legislación de Pilar Dos promulgada o promulgada sustantivamente.
IN7 El IASB espera que las enmiendas propuestas proporcionen un alivio oportuno a las PYME afectadas y eviten que se desarrollen en la práctica diversas interpretaciones de la Sección 29 de la Norma NIIF para PYMES.
Próximos pasos
IN8 El IASB considerará los comentarios que reciba sobre las propuestas en este Borrador de Exposición y decidirá si procede con las enmiendas propuestas a la Norma NIIF para PYMES. El IASB planea emitir cualquier modificación resultante en el tercer trimestre de 2023.
Invitación a comentar
El IASB invita a formular observaciones sobre las propuestas contenidas en este Borrador de Exposición, en particular sobre las cuestiones que se exponen a continuación. Los comentarios son más útiles si:
(a) responder a las preguntas como se indica;
b) especificar el párrafo o párrafos a los que se refieren;
c) contener una justificación clara;
d) identificar cualquier texto de las propuestas que sea difícil de traducir; y
(e) incluir cualquier alternativa que el IASB debería considerar, si corresponde.
El IASB solicita que los comentarios se limiten a las cuestiones tratadas en este Borrador de Exposición.
Sin embargo, los encuestados no necesitan responder a todas las preguntas de esta invitación a comentar.
Preguntas para los encuestados
| Pregunta 1 – Excepción temporal a la contabilización de impuestos diferidos (nuevos párrafos 29.3A y 29.42 propuestos) |
| La Sección 29 del impuesto sobre la renta de la norma NIIF para las PYMES se aplica a los impuestos sobre la renta derivados de la legislación tributaria promulgada o promulgada sustantivamente para aplicar las normas modelo del segundo pilar publicadas por la OCDE, incluida la legislación tributaria que aplica los impuestos complementarios mínimos nacionales calificados descritos en esas normas. El IASB propone que, como excepción temporal a los requisitos de la Sección 29, una PYME no reconozca los activos y pasivos por impuestos diferidos relacionados con los impuestos sobre la renta del Pilar Dos ni divulgue información que de otro modo sería requerida por los párrafos 29.39-29.41 sobre activos y pasivos por impuestos diferidos relacionados con los impuestos sobre la renta del Pilar Dos. El IASB también propone exigir a una PYME que revele que ha aplicado la excepción. En los párrafos BC11 a BC16 de la Base para las Conclusiones se explica la justificación del IASB para estas propuestas. ¿Está de acuerdo con estas propuestas? ¿Por qué o por qué no? Si no está de acuerdo con estas propuestas, explique qué sugeriría en su lugar y por qué. |
| Pregunta 2 – Divulgaciones (párrafo 29.38 modificado y nuevo párrafo 29.43 propuesto) |
| Este borrador de exposición propone: a) aclarar que «otros acontecimientos» en el objetivo de divulgación del párrafo 29.38 de la norma incluyen legislación promulgada o promulgada sustantivamente sobre el segundo pilar; y b) no introducir nuevos requisitos de divulgación en los períodos en que se promulgue legislación del segundo pilar o se promulgue de forma sustantiva pero aún no haya entrado en vigor. En los párrafos BC18 a BC20 de la Base para las Conclusiones se explica la justificación del IASB para estas propuestas. En los períodos en que la legislación del segundo pilar esté en vigor, el IASB propone exigir a una PYME que revele por separado su gasto fiscal actual (ingresos) relacionado con el impuesto sobre la renta del segundo pilar. El párrafo BC21 de la Base para las Conclusiones explica la justificación del IASB para esta propuesta. ¿Está de acuerdo con estas propuestas? ¿Por qué o por qué no? Si no está de acuerdo con estas propuestas, explique qué sugeriría en su lugar y por qué. |
| Pregunta 3 – Fecha efectiva y transición (nuevo párrafo A4 propuesto) |
| El CNIC propone que una PYME aplique: (a) la excepción (nuevo párrafo 29.3A propuesto) —y revelar que ha aplicado la excepción (nuevo párrafo 29.42 propuesto)— inmediatamente después de la emisión de estas enmiendas y retrospectivamente de conformidad con la Sección 10 Políticas Contables, Estimaciones y Errores de la Norma NIIF para PYMES; (b) el párrafo 35.10(h) enmendado inmediatamente después de la emisión de estas enmiendas; y c) el requisito de divulgación del nuevo párrafo 29.43 propuesto para los períodos anuales de presentación de informes que comiencen a partir del 1 de enero de 2023. Los párrafos BC23 a BC25 de la Base para las Conclusiones explican la justificación del IASB para estas propuestas. ¿Está de acuerdo con estas propuestas? ¿Por qué o por qué no? Si no está de acuerdo con estas propuestas, explique qué sugeriría en su lugar y por qué. |
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