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Lo que separa a las empresas que utilizan IA de las empresas que no lo hacen

La tasa de adopción de la IA está aumentando rápidamente, pero el uso intensivo que impulsa la transformación y genera ganancias macroeconómicas sigue siendo raro. Este blog explora lo que distingue a los usuarios intensivos de IA y lo que las empresas necesitan para integrar profundamente la IA en sus procesos de producción.

El advenimiento de la IA ha sido ampliamente aclamado como un motor del crecimiento de la productividad. Sin embargo, simplemente adoptar la IA no garantiza mejoras medibles en la eficiencia de las empresas. Lo que importa es para lo que utilizan la nueva tecnología. Las empresas que aplican la IA a los procesos centrales tienden a generar más valor que aquellas que restringen su uso a tareas periféricas o rutinarias. El uso intensivo, es decir, un uso que va más allá de los niveles poco frecuentes o moderados, especialmente cuando está vinculado a la innovación y la expansión de productos y servicios, es más probable que impulse la productividad y apoye el crecimiento económico.

Hasta ahora, sin embargo, muy pocas empresas en la zona del euro utilizan realmente la IA de manera intensiva. Por lo tanto, es esencial comprender lo que diferencia a los usuarios intensivos de otras empresas y lo que les permite aprovechar plenamente la IA. Con ese fin, hemos analizado más de cerca la encuesta del BCE sobre el acceso a la financiación de las empresas (SAFE).

La difusión de la IA sigue aumentando, pero la profundización lleva tiempo

¿Qué tan grande es la huella de la IA hasta ahora? Como muestra SAFE, nuestra encuesta a más de 5.000 empresas de los países de la zona del euro, y otros estudios recientes, la difusión está aumentando rápidamente. En el último trimestre de 2025, más del 70% de las empresas informaron haber utilizado IA (Gráfico 1, panel a), una tendencia que parece que continuará. Casi la mitad de las empresas que no estaban utilizando la IA en 2025 planean invertir en ella en 2026.

Al mismo tiempo, la mayoría de las empresas informan que utilizan IA con poca frecuencia o moderadamente, y solo el 7% de las empresas de la zona del euro informan de un uso intensivo. Sin embargo, existen diferencias considerables entre países, sectores y empresas. Si bien la probabilidad de adoptar la IA aumenta con el tamaño de la empresa, esto ha sido bien establecido en la literatura – el uso intensivo es relativamente más común entre las pequeñas empresas que utilizan la IA. Las empresas más jóvenes, las que están activas durante menos de diez años, también reportan un uso intensivo con más frecuencia que las empresas de más edad. En general, sin embargo, es el tamaño en lugar de la edad lo que parece estar más estrechamente asociado con el uso intensivo de IA.

La línea de negocio también hace la diferencia. El uso intensivo es particularmente frecuente en los servicios, especialmente, y como era de esperar, en servicios de alta tecnología y con conocimiento intensivo como el sector de la información y la comunicación (TIC). Estos sectores incluyen desarrolladores y proveedores de herramientas de inteligencia artificial, que tienden a ser altamente digitalizadas. También tienen acceso a abundante infraestructura de datos e informática y emplean trabajadores con sólidas habilidades técnicas.

¿Por qué las empresas utilizan la IA? Las razones difieren entre los usuarios intensivos y moderados. Las empresas en una etapa temprana de adopción a menudo citan las reducciones de costos y las mejoras en la eficiencia operativa como sus principales razones para usarla. Por el contrario, los usuarios intensivos están motivados con mayor frecuencia por el crecimiento y la innovación. Las respuestas a la encuesta de SAFE muestran que los usuarios intensivos tienen más probabilidades de mencionar el crecimiento del empleo[2], así como apoyo a la investigación y el desarrollo. También mencionan la expansión de productos y servicios como razones clave para adoptar la IA.

Uso intensivo impulsado por la presión de los compañeros

Más allá de los factores de la empresa y el sector, los resultados de la encuesta indican que la presión de los pares es un impulsor clave del uso intensivo de la IA. Cuando las empresas ven a sus pares invirtiendo en inteligencia artificial, temen una posible desventaja competitiva y, por lo tanto, también sienten la necesidad de usar la tecnología de manera más intensiva.

Un patrón similar surge cuando se observan las expectativas sobre la difusión de la inversión futura de IA. Es probable que las empresas que esperan una mayor participación futura de los usuarios de IA entre empresas de tamaño similar en su sector intensifiquen su propio uso de la tecnología. El efecto de presión entre pares es impulsado principalmente por empresas tradicionales y bien establecidas en lugar de empresas jóvenes. Esto significa que las empresas tradicionales adoptan la IA de manera más intensiva, ya que se sienten amenazadas por las empresas jóvenes que están tecnológicamente avanzadas, así como por sus pares de alto rendimiento.

El efecto de presión de los pares es más pronunciado en las TIC y los servicios profesionales. Estos sectores tienen una gran proporción de empresas jóvenes, una gran presencia de empresas de alto crecimiento y exposición a competidores extranjeros tecnológicamente avanzados. En conjunto, estas características indican entornos empresariales altamente dinámicos y competitivos. En estos entornos, las empresas tradicionales se ven obligadas a adoptar intensamente tecnologías avanzadas, como la IA, para seguir siendo competitivas.

El uso intensivo de IA requiere una financiación más amplia

Los resultados de SAFE también muestran que más del 84% de las empresas que informan un uso intensivo de la IA han invertido en la tecnología. Sin embargo, solo el 33% de los usuarios moderados lo han hecho. De cara al futuro, el 99% de los usuarios intensivos planean invertir en IA en 2026, asignando alrededor del 20% de su inversión total a actividades relacionadas con la IA.

Esto muestra que las inversiones que van más allá de la compra de licencias para herramientas generales de IA generalmente requieren una financiación más sustancial. De hecho, la integración de la IA en los procesos centrales, como el desarrollo de soluciones personalizadas o la actualización de la infraestructura digital, a menudo implica una reestructuración más amplia y a más largo plazo. Y estas inversiones no pueden financiarse fácilmente a través de instrumentos a corto plazo como el crédito comercial o fondos propios.

Nuestro análisis que compara a las empresas en la misma industria y país, y de tamaño y edad similares, muestra que las empresas que utilizan la IA de manera intensiva son más propensas a combinar varias fuentes de financiación. En la zona del euro, las empresas tienen menos formas de recaudar dinero directamente de los inversores o de los mercados financieros, por lo que dependen más de los préstamos bancarios para financiar las inversiones en IA. Esto contrasta con los hallazgos que comparan a los usuarios de IA con los no usuarios, donde las empresas que usan IA tienen más probabilidades de depender de fondos propios en comparación con las empresas que no usan IA.

Curiosamente, también importa quiénes son los propietarios de la empresa. Como muestran nuestras estadísticas, las empresas con accionistas públicos tienen más probabilidades de adoptar la IA. Esto podría reflejar una mayor disposición de la gestión profesional para adoptar nuevas tecnologías. Sin embargo, ser de propiedad pública no significa que una empresa sea más propensa a pasar del uso moderado a intensivo de IA.

¿Qué puede ayudar a las empresas a intensificar su uso de la IA?

Como se muestra arriba, solo una fracción de las empresas utilizan la IA de manera intensiva. El impacto macroeconómico de la IA dependerá de si las empresas van más allá de la experimentación inicial y comienzan a utilizar la tecnología de manera intensiva en sus actividades principales. Entonces, ¿qué necesitan las empresas para ampliar su uso?

Aquí, es importante mirar más allá de las limitaciones estructurales más amplias, como la presión competitiva, el dinamismo del mercado y el acceso a la financiación. Como era de esperar, los resultados de la encuesta sugieren que los factores tecnológicos importan. La mayoría de las empresas citan con mayor frecuencia la escasez de habilidades relacionadas con la IA (40%), la utilidad limitada de las tecnologías actuales de IA para sus necesidades comerciales (28%) y la incompatibilidad con los sistemas existentes (26%).

El apoyo específico a las políticas podría ayudar a abordar algunas de estas cuestiones. En particular, podría ayudar a las pequeñas y medianas empresas a intensificar sus esfuerzos. Promover el intercambio de casos de uso exitosos podría, por ejemplo, ayudar a crear conciencia sobre el potencial de la IA. Además, los programas de formación aplicada para directivos, empleados y especialistas en TI, junto con servicios de asesoramiento subvencionados, también podrían ayudar a las empresas a fortalecer las habilidades necesarias para implementar la IA de manera efectiva.



Europa debe actuar para reforzar el papel de su moneda

El uso internacional del euro ha crecido en los últimos años, pero en gran medida por las circunstancias y no por diseño. En un sistema monetario global más disputado, Europa necesita actuar deliberadamente para fortalecer el papel de su moneda, basándose en bases sólidas, manteniendo el ritmo de los cambios globales y haciendo coincidir la ambición política con pasos concretos.

El sistema monetario internacional es cada vez más disputado. Las principales economías que alguna vez confiaron en el sistema para trabajar por sí solas ahora están dando forma activa al uso de sus monedas. Hasta ahora Europa ha sido una excepción. El papel global de nuestra moneda ha ganado terreno gradualmente en los últimos años, pero en gran medida por las circunstancias y no por elección. Esto ya no es suficiente. En un entorno global cambiante, el euro debería servir para un propósito más claro para Europa, y Europa debería estar dispuesta a actuar para que esto suceda.

El punto de partida es favorable. Desde mediados de la década de 2010, la medida compuesta del papel internacional del euro ha aumentado en alrededor de 1,5 puntos porcentuales. La participación del euro en las reservas mundiales es de alrededor del 20%, tanto como lo ha sido durante dos décadas. Pero la deuda internacional emitida en nuestra moneda alcanzó cerca de € 1 billón el año pasado, el nivel anual más alto desde que se introdujo la moneda única. Durante varios episodios en 2025, cuando los inversores buscaron la seguridad, compraron euros y activos denominados en euros al mismo tiempo que vendían dólares estadounidenses y bonos del Tesoro.

Este progreso se basa en dos fundamentos.

La primera es estructural. Europa es la economía más abierta del mundo, con exportaciones de cerca de € 4 billones el año pasado. Nuestra determinación de defender el Estado de Derecho, incluso bajo una presión sin precedentes, la independencia de nuestro banco central, nuestro sólido marco fiscal y la apertura de nuestro mercado único son cualidades estructurales que ya no se ofrecen universalmente.

La segunda es que en las zonas en las que Europa ha actuado con intención, los resultados han seguido. Un marco europeo coherente sobre finanzas verdes y sostenibles llevó al liderazgo del mercado: el euro ha superado al dólar para convertirse en la moneda líder en el mercado mundial de bonos verdes por primera vez. Y los pagos instantáneos están despegando a una velocidad exponencial, respaldada por la legislación de la UE y el sistema paneuropeo de pago rápido operado por el Eurosistema.

Cuando hemos tomado decisiones, hemos progresado. Pero ahora se necesita más.

Casi un tercio del comercio exterior de China se establece en el renminbi, frente a casi nada hace una década. La participación de la moneda en la financiación del comercio mundial ha alcanzado el 8%, por delante del euro. Y más del 20% del comercio francés con China ahora se factura en renminbi. Estos acontecimientos reflejan una política deliberada de China para ampliar el papel de su moneda en las áreas donde tiene peso económico que aportar.

Y ese cambio no se limita a China. En los Estados Unidos, la legislación reciente sobre las monedas estables denominadas en dólares apuntala un esfuerzo deliberado para extender la red de la moneda al ámbito digital. Las monedas estables en dólares estadounidenses son marginales en los pagos internacionales de hoy, lo que representa una fracción de un porcentaje de los flujos transfronterizos. Pero la intención es utilizar la nueva tecnología para afianzar aún más una moneda ya dominante. Las economías más grandes del mundo están tomando medidas deliberadas. Europa no puede permitirse ser la que no lo sea.

El BCE está haciendo su parte dentro de su competencia al contribuir a la estabilidad macroeconómica – la estabilidad de precios, la estabilidad financiera y un sector bancario sólido – y asegurando la disponibilidad de liquidez en euros. Recientemente hemos decidido ampliar EUREP, nuestro mecanismo de reposición para los bancos centrales, para apoyar la transmisión sin problemas de nuestra política monetaria: a partir de este año, proporcionaremos acceso permanente a la liquidez en euros frente a garantías de alta calidad denominadas en euros. Permitir un conjunto más amplio de bancos centrales en todo el mundo para abordar rápidamente los riesgos de escasez de liquidez en euros aumentará la confianza en el uso del euro a nivel mundial.

También estamos liderando el camino para garantizar que el dinero del banco central sea adecuado para el futuro. Empezaremos a emitir dinero tokenizado del banco central en septiembre de este año para la liquidación de transacciones al por mayor. Nos estamos preparando para complementar el efectivo con su equivalente digital, el euro digital, para los pagos diarios. Y para los pagos transfronterizos, estamos trabajando en interconectar nuestro propio sistema de pago rápido con los de otros países, de una manera que respete su soberanía. En conjunto, estas iniciativas garantizarán que el euro permanezca en la frontera tecnológica.

Pero impulsar los determinantes más amplios de la posición de una moneda – la fuerza económica, el peso geopolítico y la seguridad jurídica – se debe a los legisladores de la UE. La entrega de un verdadero mercado único, una unión de ahorro e inversiones, una mayor productividad y la capacidad necesaria para proteger la seguridad exterior y energética de Europa aumentarían la confianza en su potencial de crecimiento y su resiliencia. La UE también podría apoyar el papel del euro en la facturación y la financiación del comercio, de conformidad con su papel de liderazgo en el comercio mundial.

Un papel internacional más fuerte para el euro no se producirá por sí solo. Tendremos que elegirlo, y poner palabras en acción.



Claridad en el mundo de las criptomonedas

Hester Peirce, comisionada de la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC), ha abierto un espacio para la participación ciudadana en la regulación de las criptomonedas. En una extensa y reflexiva declaración la semana pasada, titulada, en alusión a Bob Dylan, «Debe haber alguna salida de aquí», Peirce planteó un reto: ayudar a la SEC a construir un marco más claro para los activos digitales. Ella señala que la actual “falta de claridad regulatoria ha fomentado un entorno en el que los bromistas y los ladrones {una referencia a la canción de Dylan) prosperan, mientras que los proyectos de criptomonedas legítimos tienen dificultades”.

El Grupo de Trabajo sobre Criptomonedas de la SEC está lidiando con problemas de clasificación, cuestionando qué hace que un criptoactivo sea un valor, cómo debe manejarse la tokenización y si un enfoque de puerto seguro podría funcionar. ¿El objetivo? Una «taxonomía» que aporte claridad a los participantes del mercado sin dejar de cumplir con la legislación vigente sobre valores.  {Nota del editor: parece que los reguladores de todo el mundo prefieren usar el término «taxonomía» en lugar de la expresión más precisa «Lista relativamente corta con algunas sangrías». Quizás nuestro Grupo de Trabajo de OIM deba aceptar la realidad y proponer un nuevo término para los metadatos XBRL.

Esto se produce tras el reciente cambio de postura de la SEC, que incluye la derogación de la norma SAB 121, la cual exigía a los bancos reportar las tenencias de criptomonedas de sus clientes como pasivos, lo que implicaba la necesidad de un activo equivalente. Como informamos a principios de este mes, la norma SAB 122 revirtió dicha decisión, allanando el camino para que los bancos estadounidenses ofrezcan servicios de custodia de criptomonedas. Ahora, con un grupo de trabajo dedicado al caso, la SEC está profundizando en estas cuestiones regulatorias relacionadas con los activos digitales.

La regulación de las criptomonedas es un asunto de alto riesgo, que busca el equilibrio entre la innovación y la protección del inversor. Un marco claro y estructurado, en lugar de una aplicación reactiva de la ley, podría ser un paso adelante. Si tiene alguna opinión sobre las normas relativas a las criptomonedas (el comisionado Peirce deja claro que desean escuchar tanto a quienes las defienden como a quienes las critican), este es el momento de expresarla.

Debe haber alguna manera de salir de aquí.

Hace cinco años, comenté que “entender cómo tratar con la SEC en temas de criptomonedas [era] como una versión regulatoria de una sala de escape”. Ahora es el momento de ayudar a abrir la puerta. El Grupo de Trabajo, compuesto por personal excepcional de la Comisión, está trabajando para desbloquear la situación con otros expertos dedicados de toda la Comisión. Sin embargo, una mayor claridad en materia de criptomonedas requiere la participación del público. Agradecemos las aportaciones de cualquier persona interesada en estos temas, y una amplia gama de perspectivas (incluidas las de los escépticos) enriquecerá dichas aportaciones. Este documento invita a participar planteando algunas de las preguntas que el Grupo de Trabajo está analizando. El Grupo de Trabajo está considerando activamente soluciones a muchos de los problemas presentados. Sin embargo, su participación puede ser de gran ayuda en este proceso.

Como siempre, permítanme comenzar con algunas aclaraciones. Mis opiniones son personales como Comisionado y no necesariamente representan las de la Comisión ni las de mis colegas Comisionados. Estas preguntas no constituyen una guía para las acciones que la Comisión o su personal tomarán. No pretenden limitar el debate, así que siéntanse libres de plantear y responder otras preguntas y abordar temas que no hemos tratado. El alcance de esta investigación es amplio y requiere el conocimiento especializado de un amplio abanico de personas. El Grupo de Trabajo agradece sus respuestas a todas las preguntas que deseen abordar, pero no se sientan obligados a salirse de su ámbito de competencia.

Para ayudar a los lectores, hemos elaborado preguntas teniendo en mente una posible taxonomía:

  • En primer lugar, los criptoactivos que son valores porque tienen las características intrínsecas de los valores;
  • En segundo lugar, los criptoactivos que se ofrecen y venden como parte de un contrato de inversión, que es un valor, aunque el criptoactivo en sí mismo no sea un valor;
  • En tercer lugar, los valores tokenizados; y
  • Por último, están todos los demás criptoactivos, que en mi opinión no son valores y que actualmente constituyen la categoría más grande.

El Grupo de Trabajo agradece sus sugerencias sobre las mejores maneras de mejorar esta taxonomía.

Las siguientes preguntas identifican algunas leyes y normas que pueden presentar desafíos para las empresas que buscan innovar con criptoactivos y tecnología blockchain. Sin embargo, le rogamos que identifique otras leyes federales o estatales, ya sean corporativas o comerciales, que presenten desafíos para la innovación por parte de las entidades registradas ante la Comisión. Buscamos soluciones creativas que se ajusten al marco legal de la Comisión. La misión de la Comisión, que consta de tres partes, guiará nuestro trabajo: 1) proteger a los inversores, 2) mantener mercados justos, ordenados y eficientes, y 3) facilitar la formación de capital. Dado que esperamos avanzar rápidamente y deseamos fomentar un debate dinámico entre los participantes, agradecemos sus respuestas oportunas, pero también aceptamos comentarios en cualquier momento. Planeamos seguir avanzando mientras tanto, por lo que cuanto antes recibamos sus comentarios, más probabilidades habrá de que influyan en las opciones a considerar. Gracias de antemano por su ayuda.

Finalmente, mientras el Grupo de Trabajo aborda los temas que se detallan a continuación, la Comisión continúa sus esfuerzos sin cesar para combatir el fraude relacionado con valores, incluidos los criptoactivos que son valores o que se ofrecieron y vendieron como parte de un contrato de inversión, y los valores tokenizados. La Comisión agradece las denuncias del público sobre infracciones relacionadas con valores.

Estado de seguridad

La tecnología blockchain ha dado lugar a nuevos activos que dependen de protocolos criptográficos para su existencia («criptoactivos»). Los participantes del mercado han manifestado un deseo razonable de determinar con facilidad si dicho activo es un valor o si se ofrece o vende como parte de un contrato de inversión. Cuando los criptoactivos se venden junto con promesas de trabajo futuro para desarrollar el ecosistema dentro del cual operan, analizarlos según la prueba de contrato de inversión de Howey puede resultar difícil. Los participantes del mercado han expresado su preocupación de que la prueba de Howey, tal como la ha aplicado la Comisión, sea un análisis complejo que puede ser difícil de aplicar de manera consistente. Uno de los objetivos del Grupo de Trabajo es facilitar a los inversores, participantes del mercado y a la Comisión la categorización de los criptoactivos y las transacciones de criptoactivos. Con ese fin, el Grupo de Trabajo está considerando cuestiones, incluidas las siguientes:

  1. ¿Qué tipo de taxonomía regulatoria proporcionaría un enfoque predecible, jurídicamente preciso y económicamente racional para determinar el estatus de seguridad de los criptoactivos y las transacciones con dichos activos, sin menoscabar los enfoques establecidos para evaluar el estatus de seguridad de los activos y transacciones que no son criptoactivos?
  2. ¿Debería la Comisión abordar cuándo los criptoactivos se incluyen dentro de alguna categoría de instrumentos financieros, distintos de los contratos de inversión, que estén específicamente enumerados en la definición de “valor” en las leyes federales de valores?
  3. Ciertos criptoactivos se utilizan en diversas funciones inherentes al funcionamiento de una red blockchain, como la minería o el staking como parte de un mecanismo de consenso o para asegurar la red, validar transacciones u otras actividades relacionadas, y pagar comisiones por transacciones u otras tarifas. Estas funciones tecnológicas pueden realizarse de forma directa o indirecta, por ejemplo, a través de proveedores de servicios externos. ¿Qué tipos de funciones tecnológicas son inherentes al funcionamiento de una red blockchain? ¿Debería la Comisión abordar la situación de las funciones tecnológicas según las leyes federales de valores y, de ser así, qué cuestiones deberían tratarse?
  4. Los usuarios de aplicaciones de staking líquido reciben un token denominado «token de staking líquido». Este token representa su criptoactivo apostado y puede utilizarse en otras actividades, sin dejar de participar en el protocolo de prueba de participación. ¿Debería la Comisión abordar la situación de los tokens de staking líquido conforme a las leyes federales de valores? Y, de ser así, ¿qué cuestiones debería tratar?

Explorando

La Comisión podría brindar mayor claridad a los inversores y otros participantes del mercado al identificar categorías de criptoactivos (y transacciones) que no entran dentro de su jurisdicción. En algunos casos, este tipo de criptoactivos podrían estar bajo la jurisdicción de otro regulador. Para determinar qué queda fuera de la jurisdicción de la Comisión, esta debería considerar la realidad económica de lo que se ofrece o vende. El simple hecho de decir que algo no es un valor no significa que no lo sea.

  1. ¿Debería abordarse el estado de seguridad de ciertas categorías de criptoactivos, como las stablecoins, los tokens envueltos y los NFT?
  2. ¿Cómo puede la Comisión establecer una taxonomía viable sin dejar de ser neutral en cuanto al mérito y la tecnología?

Ofertas públicas

Quienes han realizado o intentado realizar ofertas de tokens registradas o cualificadas han expresado su frustración por el coste y la viabilidad del registro. Los tokens y sus emisores pueden diferir significativamente en algunos aspectos de los valores tradicionales y sus emisores. Permitir que los emisores de tokens utilicen regímenes de registro adaptados a sus necesidades podría proteger mejor a los inversores que exigirles que utilicen formularios y mecanismos de registro diseñados para otros tipos de ofertas de valores.

  1. ¿Podrían las directrices de divulgación y/o las medidas de alivio específicas abordar esta preocupación, o se necesitan nuevos formularios u otros mecanismos?
  2. ¿Debería la Comisión desarrollar requisitos de divulgación personalizados para ofertas o clases de categorías específicas de criptoactivos? ¿Qué tipo de información sería importante para la protección del inversor? ¿Debería divulgarse información tanto en el momento de la venta como de forma continua? En caso afirmativo, ¿qué información debería contener la divulgación continua y cómo debería realizarse?
  3. ¿La Regulación A de la Ley de Valores, incluidos los requisitos de divulgación e información continua, constituye un instrumento útil para realizar ofertas de criptoactivos? ¿La modificación de ciertos aspectos de la Regulación A la haría más útil para las ofertas de criptoactivos?

Puerto seguro para el registro

Anteriormente propuse que la Comisión considerara la implementación de un puerto seguro no exclusivo —denominado provisionalmente Regla 195— que, entre otras cosas, otorgaría una exención temporal de los requisitos de registro conforme a la Ley de Valores para las ofertas y ventas de criptoactivos durante el desarrollo de un proyecto de blockchain. [6] Mi motivación para sugerir dicho puerto seguro fue mejorar y fomentar la divulgación y brindar a los desarrolladores de redes un período de gracia dentro del cual, bajo ciertas condiciones, pueden facilitar una amplia participación y el desarrollo de una red funcional o descentralizada. Al final del plazo del puerto seguro, las transacciones de tokens podrían no ser transacciones de valores si la red hubiera madurado hasta convertirse en una red descentralizada o funcional que no dependa de una sola persona o grupo para llevar a cabo las actividades esenciales de gestión o emprendimiento. El puerto seguro, que incluiría divulgaciones adaptadas sujetas a las disposiciones antifraude de las leyes federales de valores, tiene como objetivo responder a la preocupación de que los requisitos de divulgación conforme a las leyes federales de valores aplicables al registro y las declaraciones de oferta, así como a la presentación de informes continuos, no están adaptados a los proyectos de blockchain y los criptoactivos. Para que quede claro, cualquier medida de protección que recomiende el Grupo de Trabajo no ofrecerá amparo a los autores de fraudes de valores.

  1. ¿Debería la Comisión considerar una versión de la Regla 195, mi propuesta de puerto seguro simbólico? ¿Es la iteración de mi propuesta de puerto seguro conocida como “Puerto Seguro X”, u otra iteración, ¿un mejor enfoque?
  2. ¿Debería aplicarse la cláusula de exención de responsabilidad de forma retroactiva a los proyectos que cumplan con los requisitos de divulgación?
  3. Si la implementación de algún tipo de mecanismo de protección es la opción adecuada, ¿qué requisitos de divulgación serían factibles para que los proyectos en etapa inicial proporcionen a los compradores de tokens la información relevante sobre el proyecto blockchain, los criptoactivos y el equipo de desarrollo? ¿Qué información debería actualizarse periódicamente y cómo debería proporcionarse?
  4. Al expirar el período de protección previsto, si la red estuviera suficientemente descentralizada o fuera funcional, no sería necesario registrar los tokens. Si la descentralización se utiliza como indicador de la madurez de la red, ¿debería la Comisión definir umbrales cuantitativos objetivos (como porcentajes de propiedad y control) para brindar mayor claridad a los emisores, desarrolladores o acuñadores de tokens sobre si sus redes y protocolos están suficientemente descentralizados y permitir que terceros verifiquen dicha descentralización?
    1. ¿Es la dispersión del control un marco más adecuado que la descentralización? De ser así, ¿cómo se debe considerar la propiedad de los tokens de gobernanza y los derechos de voto al evaluar la dispersión del control? ¿Cómo se debe tener en cuenta la delegación de los derechos de voto?
    2. Si se alcanza un punto de salida, ¿quién debe ser el responsable de notificar a la Comisión?
  5. ¿Cuál es la mejor manera de evaluar la descentralización de un protocolo implementado? ¿Cómo deben considerarse los aspectos que requieren permisos del software criptográfico o de los roles de los participantes, como validadores, retransmisores y secuenciadores? ¿Existen umbrales tecnológicamente neutros que puedan acordarse para determinar los límites de la descentralización?

Comercio

La negociación de criptoactivos en el mercado secundario plantea diversas cuestiones, algunas de las cuales podrían estar dentro de la competencia de la Comisión. La competencia de la Comisión en los mercados secundarios generalmente se limita a los activos que, por sus propiedades o derechos económicos intrínsecos, constituyen valores. Por lo tanto, debemos abordar la forma de regular las plataformas y los participantes del mercado que negocian valores junto con otros activos.

  1. ¿Debería la Comisión crear un nuevo estatus de registro de entidad con requisitos de registro personalizados para cualquier plataforma que negocie criptoactivos que sean valores? ¿Debería la Comisión utilizar o adaptar los requisitos existentes para el registro en bolsas de valores nacionales o la exención de dicho registro para sistemas de negociación alternativos, y en caso afirmativo, cómo?
  2. ¿Qué actualizaciones se necesitan en el reglamento de la Comisión para la negociación simultánea de pares de valores y criptoactivos no financieros, con el fin de permitir una mayor interoperabilidad y capacidad de composición en el sector financiero?
  3. ¿La ejecución en libros de órdenes fuera de la cadena o en redes blockchain plantea complejidades para los intermediarios a la hora de cumplir con sus obligaciones de mejor ejecución? ¿La ejecución en la cadena plantea complejidades para los intermediarios a la hora de cumplir con sus obligaciones de mejor ejecución, dadas las complejidades propias de la cadena, como la ordenación de transacciones y la construcción de bloques? ¿Deberían modificarse las normas, directrices o divulgaciones para abordar la ejecución por parte de los intermediarios que esté razonablemente disponible en las circunstancias de los entornos de negociación fuera de la cadena y en la cadena?
  4. Los mercados de criptomonedas son inherentemente transparentes porque utilizan datos de código abierto, desde cadenas de bloques públicas hasta interfaces de programación de aplicaciones (API) abiertas. ¿Existen métodos programáticos o tecnológicos que permitan a los participantes, intermediarios, posibles organizaciones autorreguladoras o reguladores monitorear estos mercados utilizando datos de código abierto? ¿Cómo se considerarían las cuentas anidadas en exchanges centralizados, dado que esta actividad podría no aparecer en los registros públicos? ¿Son suficientes los datos de código abierto para que el mercado supervise las operaciones? ¿Qué información no pública justificaría su divulgación obligatoria? ¿Qué herramientas de código abierto pueden utilizarse para mejorar la transparencia, como la prueba de reservas o la prueba de tenencia? ¿Cuáles son las limitaciones de estas herramientas y estos datos?
  5. Partiendo de la base de que tanto las API como los libros de órdenes públicos pueden proporcionar información sobre los libros de órdenes, ¿cuál sería una buena estrategia para que los reguladores recopilen y analicen de manera eficiente los datos de dichos libros? ¿Cómo pueden los reguladores aprovechar los datos disponibles públicamente para ser más eficientes y aliviar la carga regulatoria?
  6. ¿Cómo deberían los registrantes de la Comisión evaluar el Valor Máximo Extraíble (VME) al considerar la creación o transacción en estos entornos? ¿Cuál es la mejor manera de diferenciar entre los distintos tipos de VME que se producen en la cadena de bloques? ¿De qué forma el mercado aborda el VME cuando los extractores de VME ordenan o reordenan transacciones para participar en operaciones de front running, back running o los denominados «ataques sándwich»?

Custodia

Los participantes del mercado tienen preguntas generales y específicas sobre los requisitos de custodia para las entidades reguladas por la Comisión (corredores de bolsa, asesores de inversión y sociedades de inversión), incluyendo si los requisitos actuales son suficientes para la custodia de criptoactivos. El Grupo de Trabajo busca respuestas a estas preguntas para que las personas y organizaciones puedan custodiar los criptoactivos de sus clientes de forma segura, legal y práctica, ya sea directamente o a través de un tercero.

  1. ¿Debería la Comisión modificar las normas vigentes, proponer nuevas normas o proporcionar orientación para facilitar los acuerdos de custodia de criptoactivos? En caso afirmativo, ¿qué modificaciones o nuevas normas serían apropiadas y a qué tipos de actividades deberían aplicarse? ¿Debería la Comisión proponer algún cambio específico en sus normas para facilitar la auto custodia de criptoactivos por parte de entidades registradas ante la Comisión? En caso afirmativo, ¿qué condiciones deberían aplicarse a los acuerdos de auto custodia para mitigar los riesgos asociados? ¿Deberían diferir los requisitos para los criptoactivos que son valores y los que no lo son?
  2. Las cadenas de bloques públicas y sin permisos se utilizan para tokenizar activos que requieren permisos. En la medida en que se vean afectadas las normas de custodia para intermediarios, asesores de inversión y sociedades de inversión, ¿cómo debería la Comisión diferenciar entre los criptoactivos nativos de las cadenas de bloques sin permisos y los activos tokenizados que requieren permisos? ¿Presenta alguno de estos tipos de criptoactivos mayores riesgos de robo o pérdida?
  3. ¿Existen prácticas y estándares comúnmente aceptados para la auditoría y contabilidad de inversiones y transacciones de criptoactivos, incluyendo aquellos relacionados con su valoración? ¿Y qué ocurre con la verificación de la existencia y valoración de los criptoactivos, tanto entre auditores como entre proveedores de certificación (incluidos los que no son contadores)? ¿Debería la Comisión proponer requisitos adicionales o específicos para abordar la naturaleza particular de los criptoactivos?

Custodia de intermediarios y otros requisitos de responsabilidad financiera

  1. ¿Debería la Comisión modificar su Declaración de Intermediarios de Propósito Especial (Declaración SPBD) o retirarla formalmente? En caso de optar por la primera opción, ¿cuáles deberían ser esas modificaciones? Por ejemplo, ¿debería la Comisión ampliar la Declaración SPBD para incluir a los intermediarios que custodian criptoactivos junto con otros criptoactivos que no son valores? Si la Comisión decide eliminar la Declaración SPBD, ¿debería proponer alguna modificación a la norma de protección al cliente (17 CFR 240.15c3-3) para abordar el tema de los criptoactivos?
  2. La norma sobre capital neto (17 CFR 240.15c3-1) exige que un intermediario bursátil mantenga suficientes activos líquidos para hacer frente a todas sus obligaciones, incluidas las con los clientes, las contrapartes y otros acreedores, y que cuente con recursos adicionales adecuados para liquidar su negocio de forma ordenada, sin necesidad de un procedimiento formal en caso de quiebra financiera.
    1. Según la regla del capital neto, los activos que posee un intermediario de bolsa deben ser fácilmente convertibles en efectivo para que se consideren admisibles para cumplir con los requisitos mínimos de capital neto (por ejemplo, los activos intangibles, el mobiliario, los enseres, el equipo y la mayoría de las cuentas por cobrar no garantizadas no son fácilmente convertibles en efectivo según esta regla y, por lo tanto, no califican como capital neto admisible). ¿Cómo se debe evaluar un criptoactivo determinado para determinar si es fácilmente convertible en efectivo?
    2. Según la regla del capital neto, los valores y las materias primas se consideran fácilmente convertibles en efectivo. Sin embargo, están sujetos a deducciones (conocidas como recortes) para tener en cuenta los riesgos de mercado, crédito, liquidez, base y otros riesgos inherentes al instrumento. Los recortes oscilan entre el 0 y el 100 por ciento. Por ejemplo, los valores de renta variable que cotizan en bolsa tienen un recorte del 15 por ciento, mientras que los valores sin un mercado disponible (por ejemplo, los que no cotizan en bolsa) están sujetos a recortes de hasta el 100 por ciento. Las materias primas están sujetas a un recorte del 20 por ciento. ¿Cómo se deben evaluar los criptoactivos para determinar el recorte adecuado que se debe aplicar?
  3. Las normas de mantenimiento de registros para los intermediarios de valores (17 CFR 240.17a-3 y 17 CFR 240.17a-4) exigen la creación y el mantenimiento de registros contables y operativos diseñados para ayudar a una empresa a realizar un seguimiento y comprender sus activos, pasivos, posiciones y obligaciones con los clientes (por ejemplo, efectivo adeudado a los clientes y valores mantenidos para los clientes).
    1. ¿Qué desafíos, si los hay, presentan los requisitos de estas normas de registro con respecto a los criptoactivos que no representan un problema para los valores tradicionales? ¿Qué modificaciones a las normas podrían abordar estos desafíos?
    2. ¿Deberían los criptoactivos ser tratados, en general, como si fueran valores tradicionales a efectos de estas normas de registro?

Custodia del asesor de inversiones y otros requisitos

  1. ¿Qué desafíos enfrentan los asesores de inversión registrados (RIA, por sus siglas en inglés) para cumplir con la Ley de Asesores de Inversión de 1940 (Ley de Asesores) en lo que respecta a las inversiones en criptoactivos que son valores? ¿Qué prácticas comunes, si las hay, se han desarrollado para abordar estos desafíos?
    1. ¿Podrían ser más claras las obligaciones de mejor ejecución o de mantenimiento de registros, o el cumplimiento de los requisitos de divulgación del Formulario ADV o del Formulario PF, en el contexto de los criptoactivos?
    2. ¿Existen características de los criptoactivos o estructuras de mercado que expongan los criptoactivos de los clientes de asesoría a un mayor o diferente riesgo de robo, pérdida o apropiación indebida? De ser así, ¿cómo se pueden mitigar esos riesgos?
  2. ¿Pueden los asesores de inversión registrados (RIA) operar, participar en staking, votar o participar de cualquier otra forma sin transferir los criptoactivos fuera de un custodio cualificado? ¿Debería la Comisión modificar la normativa vigente sobre custodia de RIA para establecer una excepción que permita a los RIA transferir temporalmente los criptoactivos de sus clientes fuera de los acuerdos de custodia cualificados para participar en staking, votar u otras funciones participativas novedosas de los criptoactivos? En caso afirmativo, ¿debería dicha excepción estar sujeta a límites de tiempo u otras limitaciones o requisitos?
  3. ¿Qué aclaraciones, si las hubiera, se necesitan en la normativa de la Ley de Asesores de Inversión para abordar el almacenamiento en frío o en caliente de criptoactivos mantenidos en custodia en nombre de un cliente?
    1. ¿Qué requisitos, en su caso, debería considerar la Comisión para la custodia de criptoactivos mantenidos en cada tipo de monedero en nombre de un cliente? ¿Deberían ser los requisitos los mismos para ambos tipos de monederos?
    2. ¿Cómo afectaría la exigencia de mantener la custodia de algunos o todos los criptoactivos, ya sea en almacenamiento en frío o en caliente, a la capacidad de un asesor para realizar transacciones con dichos criptoactivos o para implementar su estrategia de inversión?
    3. ¿Qué medidas existen para mitigar los riesgos relacionados con el almacenamiento de criptoactivos en sistemas de almacenamiento en caliente?

Custodia de la compañía de inversión

  1. ¿Qué desafíos enfrentan las sociedades de inversión registradas («fondos») para cumplir con la sección 17(f) de la Ley de Sociedades de Inversión y sus normas (que rigen la custodia) con respecto a las inversiones en criptoactivos? ¿Existe algún requisito específico de la sección 17(f) o sus normas que sea categóricamente incompatible con la custodia de criptoactivos? ¿Prevén los fondos que los custodios actualmente autorizados para actuar como tales según la Ley de Sociedades de Inversión y sus normas de custodia (por ejemplo, bancos, bancos extranjeros, intermediarios) ofrecerán servicios de custodia para criptoactivos?
  2. ¿Puede un fondo cumplir con los requisitos de la sección 17(f) y sus normas al negociar, apostar, votar o interactuar de cualquier otra forma con los criptoactivos en los que invierte? ¿Debería la Comisión considerar alguna modificación a la norma 17f-2 (la norma de auto custodia) o a cualquier otra norma para facilitar las transacciones con criptoactivos? En caso afirmativo, ¿qué condiciones específicas debería proponer la Comisión para mitigar los riesgos relacionados?
  3. ¿Deberían revisarse las disposiciones relativas a la custodia de las sociedades de inversión para tener en cuenta las actividades de inversión u otras transacciones propias de los criptoactivos (por ejemplo, staking, minería, airdrops)? ¿Presentan las normas de custodia vigentes obstáculos para dichas actividades o transacciones? ¿Cómo podrían estas actividades o transacciones poner en riesgo los activos de un fondo, exponiéndolos al robo o la pérdida?

Préstamos de criptomonedas

Las plataformas de criptomonedas pueden ofrecer servicios de custodia y no custodia mediante los cuales las personas pueden prestar sus criptoactivos a cambio de intereses. Los conceptos de préstamos de criptomonedas son muy diversos y desafían muchas nociones tradicionales de los productos financieros. Agradecería cualquier comentario que tengan sobre estos diversos productos para garantizar que la Comisión los comprenda adecuadamente.

  1. ¿Cómo debería abordar la Comisión los diversos conceptos de préstamos con criptomonedas de manera que no se frenen las oportunidades potenciales que ofrecen?
  2. La participación en programas tradicionales de préstamo de valores, como los programas de préstamo de valores totalmente pagados que ofrecen los intermediarios, generalmente no constituye una nueva transacción de valores ni implica requisitos de registro según la Ley de Sociedades de Inversión. ¿En qué se parecen o se diferencian los programas de préstamo de criptomonedas de los programas tradicionales de préstamo de valores?

Productos cotizados en bolsa de criptomonedas (“ETP”)

La Sección 6(b)(5) de la Ley de Bolsas exige que las normas de una bolsa estén diseñadas para prevenir actos y prácticas fraudulentas y manipuladoras. Al revisar las solicitudes de cotización de ETP basados ​​en criptoactivos, la Comisión ha considerado previamente si la bolsa cuenta con un acuerdo integral de intercambio de información de vigilancia (SSA) con un mercado regulado de tamaño significativo relacionado con los activos subyacentes o de referencia. ¿Cómo debería la Comisión abordar las solicitudes de cotización de ETP basados ​​en criptoactivos en el futuro?

  1. Si la bolsa que ofrece el producto cotizado no cuenta con un acuerdo de servicios compartidos (SSA) con un mercado regulado y no existe un mercado regulado para el criptoactivo subyacente a un ETP, ¿podría dicha bolsa abordar las preocupaciones sobre fraude y manipulación basándose en el tamaño y la liquidez del mercado spot subyacente? ¿Cuál sería una medida adecuada de tamaño y liquidez para abordar estas preocupaciones? ¿Existen otras formas más apropiadas de abordar las preocupaciones sobre fraude y manipulación?
  2. ¿Cómo debería la Comisión tener en cuenta la capitalización de mercado, el número único de monederos, el volumen de negociación, el número de mercados al contado, la distribución geográfica de los mercados al contado, la magnitud y la frecuencia de las divergencias de precios, o la velocidad de convergencia/arbitraje de precios?
  3. ¿Cómo debería la Comisión considerar los ETP basados en criptoactivos que invierten en activos que ya están referenciados en fondos cotizados en bolsa basados ​​en criptoactivos registrados como sociedades de inversión en virtud de la Ley de Sociedades de Inversión?
  4. ¿Qué factores debería considerar la Comisión con respecto a un acuerdo de servicios compartidos (SSA) entre una bolsa que cotiza un ETP sobre un criptoactivo y un mercado de criptomonedas al contado?
  5. ¿Cómo debería la Comisión sopesar la fiabilidad, la frecuencia y la difusión de la información sobre los precios de los criptoactivos subyacentes al ETP en su análisis?

Valores tokenizados

Crear una representación digital de un valor en una cadena de bloques o emitir un valor directamente en ella no altera su esencia, pero puede beneficiar a emisores e inversores. Además, el uso de una base de datos basada en cadena de bloques puede ser más seguro en algunos aspectos que el uso de una base de datos centralizada con un único punto de fallo. La tokenización también puede generar riesgos y desafíos específicos.

  1. La tokenización permite movilizar valores desmaterializados (es decir, que no se almacenen ni se limiten a un único libro mayor centralizado). ¿Existen disposiciones en las leyes federales de valores que impidan el uso de estos valores en nuevas transacciones y aplicaciones basadas en blockchain? De ser así, ¿qué medidas debería considerar la Comisión para facilitar esta innovación y mitigar los riesgos asociados? ¿Debería la Comisión considerar enmiendas o nuevas normas para garantizar un enfoque neutral en cuanto al mérito y la tecnología en la tokenización? ¿Influye el tipo de blockchain utilizado (con o sin permisos) en esta evaluación de riesgos?
  2. ¿Cómo afectan las propiedades de programabilidad y composición de la tecnología blockchain y las tecnologías basadas en blockchain, como los contratos inteligentes, al rol de un agente de transferencia? ¿Existen disposiciones en las normas para agentes de transferencia que les impidan utilizar la tecnología blockchain para este fin en su totalidad? ¿Sigue siendo necesario un registro fuera de la cadena como registro oficial o complementario en un acuerdo de tokenización? ¿Existen impedimentos legales o regulatorios para el uso de soluciones de identidad en la cadena?
  3. ¿La tokenización de valores de sociedades de inversión registradas y reembolsables, como los de fondos mutuos o fondos del mercado monetario, plantea algún problema particular en virtud de la Ley de Sociedades de Inversión o su normativa? ¿Las transacciones secundarias con estos valores (por ejemplo, transacciones entre pares o transacciones realizadas en o a través de un sistema alternativo de negociación) requerirían una excepción a alguna disposición de la Ley de Sociedades de Inversión? En caso afirmativo, ¿debería la Comisión proponer algún cambio para facilitar la tokenización de valores de sociedades de inversión registradas, y cuáles deberían ser dichas condiciones?
  4. ¿Cómo debería la Comisión abordar los valores tokenizados que buscan mantener un valor estable y que podrían estar diseñados para usarse como medio de pago o liquidación? ¿Cuáles son los desafíos y obstáculos para la usabilidad y transferibilidad de estos valores tokenizados, en particular los emitidos por entidades fuera de la cadena (por ejemplo, sociedades de inversión registradas)? ¿Deberían las transacciones que implican el uso de estos valores tokenizados como medio de pago recibir un trato diferente al de otras transacciones basadas en valores?
  5. ¿Existen otras leyes federales, o leyes estatales corporativas o comerciales, que presenten desafíos para las empresas que buscan emitir valores tokenizados o participar en actividades relacionadas con valores tokenizados?
  6. La Comisión adoptó recientemente enmiendas a la normativa para acortar el ciclo de liquidación estándar de la mayoría de las transacciones entre intermediarios, pasando de «T+2» a «T+1», con ciertas excepciones. La tokenización se suele describir como una innovación que facilita la liquidación instantánea o simultánea («liquidación atómica») si todas las partes de una transacción se ejecutan y liquidan en la misma cadena de bloques. ¿Cuáles son los beneficios de la liquidación atómica y cuáles son los riesgos? ¿Debería la Comisión considerar la posibilidad de tomar medidas que fomenten su adopción?
  7. ¿Qué problemas plantea la tokenización de valores sujetos a los requisitos del Sistema Nacional de Mercados (SNM)? ¿Debería la Comisión aclarar algún requisito o eximir de alguno de ellos en virtud del Reglamento del SNM? ¿Existen otras normas de la SEC que deban aclararse o modificarse para regular la negociación de valores de renta variable o renta fija tokenizados?

Zona de pruebas y cuestiones internacionales relacionadas

El año pasado, propuse la creación de un entorno de pruebas de micro innovación («Sandbox»), que podría utilizarse para proyectos a pequeña escala, incluidos proyectos de tokenización y blockchain.

  1. ¿Contribuiría el entorno de pruebas (Sandbox) a fomentar la tokenización y la innovación en blockchain? ¿Qué tipos de productos y servicios del sector fintech les gustaría probar a las empresas en el entorno de pruebas? ¿Qué barreras regulatorias, técnicas y operativas representan los mayores desafíos para la innovación en este ámbito? ¿Podría el entorno de pruebas mitigar dichos desafíos?
  2. ¿Podría un entorno de pruebas transfronterizo abordar los desafíos que enfrentan las empresas estadounidenses y extranjeras al intentar innovar en múltiples jurisdicciones? De ser así, ¿cómo debería la Comisión estructurarlo para que opere a nivel global? ¿Sirven como modelo los entornos de pruebas en otras jurisdicciones?

Cómo proporcionar comentarios

Las personas interesadas en aportar información sobre estos u otros asuntos relacionados pueden hacerlo mediante el formulario de envío de comentarios al Grupo de Trabajo sobre Criptomonedas, disponible en el sitio web de la Comisión. Asimismo, pueden solicitar una reunión para debatir sus opiniones sobre estos y otros asuntos relacionados a través del formulario de solicitud de reunión en el sitio web de la Comisión.



Informes digitales y documentos XBRL multiobjetivo

En un esfuerzo por agilizar la presentación de informes financieros, algunos reguladores que necesitan facilitar las necesidades de información tanto de los reguladores de valores como de los registradores de empresas han recurrido a una técnica XBRL llamada «Documentos Multiobjetivo». Pero, ¿se trata de una solución a largo plazo o simplemente de una solución provisional?

El reciente artículo de Martin DeVille, «Informes digitales simplificados», analiza críticamente este enfoque, que permite utilizar un único documento iXBRL en múltiples taxonomías. DeVille sugiere que, si bien el enfoque de Documento Multiobjetivo (MTD) puede ofrecer flexibilidad a corto plazo, en la práctica traslada la complejidad a los declarantes, analistas y proveedores de software.

El problema principal radica en la fragmentación del modelo de datos. En lugar de unificar las taxonomías en un único punto de entrada, los documentos multiobjetivo crean flujos de datos independientes, lo que requiere varios documentos XBRL para un solo informe. Esto dificulta la validación de los datos, aumenta los costos de desarrollo de software y complica el análisis para inversores y reguladores.

El artículo de DeVille señala que estos documentos multiobjetivo podrían cubrir una necesidad temporal, pero un enfoque mejor consiste en diseñar taxonomías combinadas, donde los modelos de datos estén unificados. Esto, en última instancia, simplifica la elaboración de informes y reduce los costos para todos.

Informes digitales y documentos XBRL multiobjetivo

¿Estos marcos de presentación de informes tienen un diseño deficiente o constituyen el marco de flexibilidad definitivo?

La idea para este artículo surgió cuando la Autoridad de Conducta Financiera del Reino Unido (FCA) introdujo el marco de informes UKSEF XBRL, que utiliza un enfoque poco común para la recopilación de datos XBRL. Este marco emplea un único documento XBRL integrado para recopilar datos en función de múltiples taxonomías XBRL independientes. El Consejo de Información Financiera del Reino Unido (FRC) diseñó el marco UKSEF y, posteriormente, lideró una consulta sobre el futuro de las taxonomías de informes de las empresas británicas, titulada «Oportunidades para la información digital futura en el Reino Unido».

Mi reacción inicial fue de incomprensión ante la idea de que un marco de informes utilizara tal enfoque. Me parecía que, en lugar de abordar los problemas derivados de la combinación de modelos de datos descritos en varias taxonomías XBRL, el enfoque de Documento Multiobjetivo (MTD) parece trasladar estos problemas a lo largo de la cadena de suministro de información, para que sean resueltos por los emisores de informes y los analistas de datos. Además, UKSEF plantea decisiones difíciles para los proveedores de software: ¿invierten o no en el soporte de un marco MTD propio?

Este enfoque MTD también se trató en un borrador de artículo del Grupo de Trabajo de Diseño de Taxonomías XII, parte de XBRL International (XII), titulado «Cómo usar un único documento Inline XBRL para múltiples informes». El documento del Grupo de Trabajo es técnicamente correcto, como cabría esperar; sin embargo, mi preocupación iba más allá de los detalles técnicos. El documento parecía normalizar el enfoque MTD, ya que lo presenta como uno de varios enfoques equivalentes que una autoridad de recopilación de datos podría usar al diseñar una taxonomía XBRL, en lugar de abordar un caso de uso específico y poco frecuente.

Así pues, quería comprender mejor por qué los diseñadores de taxonomías utilizarían este enfoque, cuáles serían los beneficios reales para un marco de informes, dónde debería utilizarse el enfoque MTD y dónde no. Como no soy diseñador de taxonomías, hablé con varios profesionales para conocer sus opiniones sobre el posible uso práctico del enfoque MTD.

El experimento UKSEF

Muy pocas autoridades han utilizado MTD. Que yo sepa, solo la Autoridad Danesa de Negocios lo ha utilizado anteriormente. Tanto en el Reino Unido como en Dinamarca, es práctica común que las empresas cotizadas incluyan detalles de las cuentas consolidadas y de las cuentas individuales en sus informes anuales. Por lo tanto, se entiende que estos informes deben estar etiquetados utilizando el Formato Electrónico Único Europeo (ESEF) o un equivalente IFRS similar para las cuentas consolidadas, y una taxonomía local GAAP o IFRS para los informes de las cuentas individuales.

El Reino Unido fue uno de los primeros países en adoptar XBRL para la presentación de informes regulatorios y el primero en adoptar XBRL en línea. Sin embargo, la adopción de un enfoque MTD para el marco de presentación de informes del Reino Unido para las declaraciones anuales de las empresas cotizadas, UKSEF, resultó sorprendente. La pregunta que me surge es si el enfoque MTD es una solución a largo plazo o si el Reino Unido se encuentra simplemente en un momento específico en la presentación de informes digitales. De la guía para desarrolladores de FRC UKSEF 2025:

Como mínimo, el objetivo del enfoque UKSEF es que los estados financieros consolidados etiquetados que componen un informe ESEF se complementen con el etiquetado específico del Reino Unido de la información legalmente requerida por Companies House para cada entidad matriz.

El FRC desarrolla y mantiene las taxonomías de información de las empresas del Reino Unido, que sirven de base para los informes recopilados por la FCA, Companies House y la agencia tributaria británica (HMRC). En UKSEF, el FRC combina ESEF y las taxonomías del FRC del Reino Unido (en concreto, los puntos de entrada FRS102 e IFRS) para que se pueda presentar un único informe iXBRL (en formato XBRL integrado) a la FCA y Companies House. La FCA está interesada en la parte de ESEF para la supervisión del mercado, y Companies House registrará ambos documentos.

El enfoque MTD parece haber resultado atractivo para el FRC del Reino Unido como una solución sencilla para gestionar ambas taxonomías sin necesidad de generar una nueva taxonomía de punto de entrada único. Esta última habría hecho referencia a cada una de las taxonomías existentes, combinando las definiciones de conceptos y las relaciones en un único modelo, pero habría requerido la resolución de cualquier conflicto de diseño entre ellas. De hecho, UKSEF pasó por varias iteraciones, intentando inicialmente crear un único punto de entrada UKSEF. En lugar de crear una nueva taxonomía que fuera propiedad exclusiva del FRC, intentó extender ESEF con definiciones de taxonomías del Reino Unido, pero incumplió las normas de presentación de ESEF (más sobre esto más adelante). La guía para desarrolladores de 2025 afirma que la compatibilidad con MTD se introdujo correctamente en 2023.

Para los emisores, el etiquetado con dos taxonomías distintas no aumenta ni disminuye el esfuerzo; siguen generando el mismo informe digital con las mismas etiquetas. Sin embargo, veo dos áreas en las que el FRC simplemente está delegando el trabajo a otros:

  • Creo que el primer problema surge con el enfoque MTD cuando los analistas, emisores, auditores o inversores necesitan combinar los datos en un único conjunto para su etiquetado y análisis; entonces se generan múltiples modelos de datos independientes que deben aplicarse. Sin embargo, como afirman sus defensores, si los datos son totalmente independientes, no hay necesidad de hacerlo. No soy contable, pero creía que las cuentas consolidadas se generan a partir de empresas individuales, por lo que están relacionadas, aunque se traten de forma diferente desde el punto de vista contable.
  • También creo que existe un segundo coste indirecto. Muchos proveedores de software XBRL que dan soporte a ESEF podrían decidir no dar soporte a UKSEF debido al desarrollo de software adicional para MTD, lo que podría aumentar los costes de software y reducir la innovación.

La principal ventaja reside en la flexibilidad. Si no se tiene claro cómo será el marco regulatorio en un futuro próximo, el enfoque MTD (Making Data Trust) constituye una solución a corto plazo y de bajo coste. Muchos aplicarían esta descripción a los marcos de información de las empresas del Reino Unido tras el Brexit. Además, la Ley de Delitos Económicos y Transparencia Corporativa implica que Companies House (el Registro Mercantil británico) está experimentando una transformación legislativa y operativa integral, que el Gobierno británico describe como «el mayor cambio en la función del Registrador desde su creación en 1844». Asimismo, las nuevas taxonomías de sostenibilidad están próximas a implementarse en Europa y por el Consejo Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB), perteneciente al IASB. Por lo tanto, cabe esperar que estas iniciativas exijan nuevos cambios en la información regulatoria del Reino Unido. En este contexto, entiendo que al FRC (Consejo de Información Financiera del Reino Unido) le resulte difícil definir un camino claro para avanzar.

Por lo que entiendo, la acogida de UKSEF por parte de las empresas cotizadas ha sido tibia, con muy pocas usándolo. En su lugar, han seguido presentando únicamente informes ESEF, para los que ya contaban con soluciones. Sin embargo, esto no resuelve la cuestión del valor de los MTD, dado que se están produciendo muchos cambios en el Reino Unido y es posible que las empresas simplemente estén a la expectativa hasta que dispongan de instrucciones más claras y estables.

Múltiples documentos de destino XBRL

Los documentos de destino XBRL múltiples (MTD) son una parte estándar de las especificaciones Inline XBRL (iXBRL). Un documento iXBRL se formatea en xHTML con etiquetas XBRL incrustadas. El documento se puede leer y las etiquetas se pueden revisar con un visor iXBRL especial, o bien los datos etiquetados se pueden extraer a un documento XBRL, que luego se puede cargar en una base de datos para su posterior análisis. El documento XBRL de destino se puede validar normalmente con respecto a cada taxonomía de referencia. En los MTD, la única diferencia es que se generan varios documentos de destino XBRL a partir de un único documento XBRL en línea. Cada documento de destino XBRL resultante es completamente independiente y autónomo. Por lo tanto, en los casos de uso donde los dos conjuntos de datos del informe son totalmente independientes, los MTD deberían funcionar perfectamente.

Si está leyendo esto y no está familiarizado con XBRL, piense en cada taxonomía como un modelo de datos que vincula conceptos (valores de hechos) mediante relaciones semánticas. Usar varias taxonomías en un solo informe implica combinar varios modelos de datos, resolviendo cualquier conflicto para generar un modelo «superior» a partir de la combinación, o bien, en el enfoque MTD, tratar los modelos como independientes.

XBRL facilita la combinación de modelos con un único punto de entrada unificado. La extensión de un modelo (extensiones) es una de las principales ventajas de XBRL para los marcos de informes. De hecho, la «X» de XBRL significa extensible. Cabe destacar que existen dos niveles de extensiones: primero, la autoridad de recopilación de datos puede combinar varias taxonomías en un único punto de entrada unificado para su taxonomía publicada; segundo, cuando las entidades informantes extienden lo anterior con sus propias extensiones específicas de la empresa al informar conforme a un marco de informes abierto. Este documento se centra en el primer caso.

En un sistema típico de recopilación de datos, se definirían dos flujos de datos para alimentar los dos modelos de recopilación de datos diferentes. Parece que las autoridades de recopilación de datos comprenden este punto, de ahí la rareza de los marcos de informes que utilizan MTD, como se mencionó anteriormente.

Si una autoridad de datos quisiera generar una taxonomía única y combinada, tendría que resolver las diferencias existentes entre las taxonomías. Por ejemplo, en UKSEF, las taxonomías ESEF y UK FRC utilizan contenedores de contexto diferentes para las cualificaciones dimensionales.

La taxonomía ESEF requiere el uso del contenedor «scenario»; la taxonomía FRC requiere el contenedor «segment». Ambas son opciones de diseño XBRL válidas. Las razones para incluirlas en la especificación XBRL se han perdido con el tiempo, por lo que en gran medida se ignoran. Sin embargo, históricamente existen diferencias entre las taxonomías, y estas deben gestionarse al combinar los modelos en un único punto de entrada.

La autoridad encargada de la recopilación de datos necesitaría las habilidades y los recursos necesarios para implementar estos cambios. Por ello, es posible que las autoridades de recopilación de datos consideren el enfoque MTD como la opción más sencilla.

Sin embargo, incluso en los marcos MTD, estas diferencias pueden generar problemas. Por ejemplo, el software de etiquetado XBRL debe tener en cuenta los distintos contenedores de contexto utilizados por las diferentes taxonomías, ya que de lo contrario se producirán errores en al menos uno de los documentos XBRL de destino. La mayoría del software ESEF se ha desarrollado principalmente sin conocimiento ni experiencia en MTD ni en estos problemas. De ahí el desarrollo y el coste adicionales que supone dar soporte a UKSEF.

Además, existen reglas y directrices que no se pueden expresar o no se expresan en las taxonomías XBRL. Estas se conocen comúnmente como reglas de presentación y suelen presentarse en una guía de informes. En los marcos MTD donde no se han resuelto los conflictos, la guía de informes puede resultar más difícil de definir. De hecho, la guía para desarrolladores de UKSEF también ha pasado por varias iteraciones a medida que las ideas se han ido desarrollando.

Comprender estas reglas de presentación es fundamental para que los desarrolladores garanticen la correcta generación del informe XBRL y su validación. Por lo tanto, los sistemas de software XBRL DEBEN comprender que están procesando un informe MTD y conocer el conjunto específico de reglas de presentación que deben aplicar; por ejemplo, el documento de destino predeterminado en UKSEF es ESEF. Este nivel adicional de «aplicación», que se suma al procesamiento XBRL estándar, incrementa el esfuerzo de desarrollo y, por consiguiente, los costos para los proveedores de software. Esta es la segunda parte de mi opinión de que la autoridad de recopilación de datos simplemente está aplazando el costo.

Directrices de diseño de taxonomía XBRL

El grupo de buenas prácticas de XBRL International (XII) ofrece una amplia gama de materiales para que los usuarios aprendan de los últimos 20 años de implementación de XBRL. Es una valiosa fuente de conocimiento sobre cómo implementar sistemas XBRL.

Sin embargo, el artículo del grupo de trabajo sobre diseño de taxonomías en relación con los MTD plantea varias afirmaciones que suscitaron dudas entre los profesionales con los que hablé y que considero importante destacar. (Nota: las personas con las que hablé no constituyen una muestra aleatoria científica representativa de la comunidad XBRL).

Las dos primeras afirmaciones del artículo del Grupo de Trabajo se refieren a los diferentes consumidores de los datos:

  • El artículo afirma que la falta de múltiples documentos de destino puede resultar engorrosa para los recolectores de datos con varios grupos de consumidores interesados ​​únicamente en ciertas partes del informe. Sin embargo, los profesionales con los que hablé opinan que procesar dos documentos de destino XBRL (instancias) supone un trabajo adicional, es decir, se requieren dos procesos de validación independientes, y actualmente no es posible ejecutar fórmulas XBRL en instancias generadas por diferentes taxonomías, por lo que no se puede garantizar la coherencia entre los dos conjuntos de datos. La única razón por la que no sería necesario realizar estas comprobaciones sería si los dos conjuntos de datos fueran totalmente independientes. En ese caso, ¿por qué no tener dos informes separados?
  • En segundo lugar, puede resultar difícil distinguir el contenido relevante e ignorar los datos que no son relevantes para un consumidor determinado en una única taxonomía de punto de entrada combinado. En mi experiencia, esto no es cierto, ya que la mayoría de estas taxonomías emplean la práctica común de usar diferentes prefijos de espacio de nombres, como «ifrs-all» y «esrs», para los conceptos de las distintas taxonomías, de modo que un usuario puede distinguir y filtrar la información que le interesa en este nivel si así lo desea.

Si los modelos no son verdaderamente independientes, supongo que los usuarios probablemente querrán consultar el conjunto de datos combinado. Por ejemplo, si un usuario quisiera comparar diferentes datos contables de las NIIF de varios informes de empresas para generar un punto de referencia y quisiera utilizar el identificador de empresa y sector del Reino Unido y no los equivalentes ESEF, entonces cada usuario tendría que combinar los datos y los modelos de los dos documentos XBRL de destino por sí mismo.

Entonces, si lo anterior es correcto, la principal ventaja de adoptar un enfoque MTD es que permite a las empresas usar el mismo informe para diferentes autoridades. ¿Es eso cierto?

  • En la guía de informes del FRC del Reino Unido, se sugiere que un documento UKSEF contendrá los datos que resultarían de una presentación ESEF pura. Por lo tanto, «Si un sistema consumidor (por ejemplo, un regulador de la UE) no está interesado en la información específica del Reino Unido, el documento de destino «UKFRS» puede ignorarse y descartarse», es decir, se asume que los documentos XBRL de destino son independientes.
  • En XBRL esto es cierto, pero ESEF es un marco de «Informes Abiertos» donde las empresas pueden incluir sus propias extensiones, y las aplicaciones ESEF pueden confundirse con las etiquetas «UKFRS» y los documentos incumplirán las Reglas de Presentación de ESEF, que requieren que las etiquetas estén vinculadas a un concepto ESEF.
  • Por lo tanto, cualquier software de aplicación XBRL necesitaría saber que está procesando un documento UKSEF y ajustar las reglas de presentación de manera apropiada; es decir, no pueden ser independientes del marco de informes.
  • La implicación práctica es que un informe «UKSEF» probablemente no será válido cuando se presente en jurisdicciones fuera del Reino Unido, y la recomendación en la Guía de Informes UK SEF de que «las empresas deben buscar asesoramiento al respecto de las Autoridades Nacionales Competentes (NCA) pertinentes para esas jurisdicciones» es muy acertada.

La doble presentación de informes supone un gran problema para las empresas multinacionales, por ejemplo, la presentación de sus cuentas anuales según las NIIF a la SEC estadounidense (formulario 20-F) y en Europa a la ESEF de la ESMA. Actualmente, estos marcos de presentación de informes son muy diferentes, tanto desde el punto de vista de la arquitectura de la taxonomía XBRL como en lo que respecta a las normas de presentación. Resulta difícil prever cómo se puede ayudar a las empresas, como en el ejemplo de la UKSEF mencionado anteriormente, más allá de un nivel mínimo de etiquetado. Sin embargo, no veo cómo las MTD podrían solucionar esta situación. Creo que esto solo se logrará mediante la armonización y estandarización de la presentación de informes digitales entre los distintos organismos reguladores, algo que, lamentablemente, aún parece estar muy lejos.

Los marcos de informes modernos que abarcan múltiples áreas temáticas, como el SBR holandés, publican un único conjunto de taxonomías y utilizan múltiples puntos de entrada para gestionar los diferentes requisitos de información: declaraciones anuales, declaraciones de impuestos, estadísticas y diversos informes sectoriales (por ejemplo, salud, educación y agricultura), basados ​​en un diccionario de datos común. Yo lo denominaría el enfoque de «bloques de Lego». Este enfoque sigue una metodología común de modelado de datos en la que se crea un diccionario de datos central con conceptos comunes utilizados en los diferentes requisitos de información y luego se añaden «extensiones» para los requisitos específicos de cada área. Un diseñador de taxonomías XBRL crearía entonces puntos de entrada específicos para cada informe principal. Por supuesto, existe un límite en la cantidad de puntos de entrada que se pueden gestionar y mantener, pero el principio es sólido.

Conclusión

El resumen del artículo del Grupo de Trabajo concluye recomendando el enfoque de un único punto de entrada unificado:

Si una empresa necesita varias taxonomías para cumplir con su obligación de presentación de informes, se recomienda que el recopilador de datos cree un punto de entrada unificado. De esta forma, se publica una única taxonomía donde se resuelven las superposiciones de datos y que, además, permite futuras ampliaciones. Este enfoque se considera el más eficaz para reducir la carga administrativa del declarante y recopilar los datos más claros y útiles.

El estándar XBRL es flexible en términos de reportar datos definidos en múltiples taxonomías y ofrece varios mecanismos para ese propósito; sin embargo, simplificaría el artículo del Grupo de Trabajo diciendo que hay dos opciones principales (de las cuatro enumeradas):

  • Taxonomía individual: tal como se describe en el documento del grupo de trabajo, el documento XBRL integrado genera un único documento de destino derivado de una taxonomía. Existe un modelo de datos único y coherente, y los usuarios analizan de forma independiente los datos recopilados.
  • Referencias a múltiples taxonomías: el informe XBRL integrado incluye referencias a varias taxonomías y proporciona un único documento XBRL de destino. Este enfoque también permite el uso de múltiples puntos de entrada para diferentes «áreas de interés», por ejemplo, sectores industriales, para ayudar a los emisores de los informes o a un analista especializado en un área específica (el enfoque de «piezas de Lego»).

El artículo del Grupo de Trabajo resume las ventajas de un único punto de entrada unificado para la autoridad de recopilación de datos, ya que le otorga la propiedad y el control sobre la taxonomía completa. Esto significa que puede decidir actualizar a nuevas versiones de las taxonomías de referencia subyacentes cuando lo desee. Por ejemplo, la ESMA puede decidir qué versión de la taxonomía de referencia de las NIIF incluye en la taxonomía ESEF, y puede resolver problemas como los diferentes contenedores de contexto según sus necesidades. De hecho, a medida que XBRL evoluciona, este último modelo se convierte en la norma. Organismos globales como XII y Eurofiling publican taxonomías estandarizadas («bloques») para incorporarlas a una taxonomía de destino, por ejemplo, la taxonomía XII para los códigos ISO globales.

El resultado es un modelo de datos unificado, que incluye un diccionario común y relaciones semánticas. Este enfoque coincide con otros avances en modelado y tecnología de datos. La próxima actualización de las especificaciones XBRL se denomina Modelo de Información Abierta (OIM), cuyo objetivo es simplificar el estándar, por ejemplo, eliminando los distintos contenedores de contexto y permitiendo taxonomías y la expresión de documentos de instancia en diferentes formatos. Considero que también debería tener en cuenta esta tendencia hacia el modelado de datos unificado en XBRL.

Para el FRC del Reino Unido, la recomendación anterior me resulta clara: el Reino Unido debería asumir la responsabilidad y utilizar un punto de entrada único y unificado para las múltiples taxonomías que deben combinarse, resolviendo así cualquier problema técnico y arquitectónico entre ellas. La taxonomía de referencia de las NIIF, mantenida por el IASB, es la taxonomía base perfecta para las cuentas financieras consolidadas, ya que facilitará la comparación y la presentación de informes a múltiples jurisdicciones en el futuro. Sin embargo, no es necesario que la FCA del Reino Unido adopte el conjunto completo de normas de presentación y elementos obligatorios de ESEF, que se basan en gran medida en los requisitos de la Autoridad del Mercado Único Europeo (ESMA).

Además, crear un módulo central de informes para el Reino Unido que armonice los metadatos del propio informe para la FCA y el Registro Mercantil del Reino Unido sería útil para futuras taxonomías británicas. Actualmente, el Registro Mercantil reconoce a las empresas mediante su número de registro en el Reino Unido y ha organizado todos sus sistemas en torno a este y a la fecha del balance. Sin las cuentas individuales de la matriz, registradas en el Registro Mercantil, integradas en las cuentas consolidadas, no existe un punto de referencia para elaborar un conjunto de cuentas de grupo. (Cabe mencionar que es bastante común ver cuentas de grupo presentadas en papel con el número de registro de la empresa matriz escrito a mano en la primera página del escaneo; esto no se ajusta precisamente a la presentación de informes digitales). Una taxonomía central que incluya metadatos de identificación e información de respaldo resolvería estos problemas.

Una observación general, que se remonta a un artículo anterior, es que gran parte de la confusión surge de la contraposición entre un enfoque basado en documentos y un enfoque que prioriza el modelo de datos. El primero parte de la premisa de que se dispone de un documento y que estos dos sistemas requieren datos o identificadores diferentes, por lo que se plantea la necesidad de emplear dos taxonomías. El segundo enfoque, y por supuesto mi preferido, sugiere que necesitamos recopilar estos datos, así que construyamos una taxonomía que recopile este conjunto de datos para este grupo de interesados.

Así pues, es posible que en algún lugar del mundo existan obstáculos técnicos y de gobernanza que impidan la unificación de las taxonomías. En estos casos, el enfoque de documentos de objetivos múltiples (MTD, por sus siglas en inglés) podría ser una alternativa, pero aún no he encontrado ninguna.



Másteres en Derecho (LLM) darán lugar a taxonomías más inteligentes

¿Cómo pueden los modelos de lenguaje a gran escala (LLM, por sus siglas en inglés) mejorar nuestra forma de trabajar con taxonomías XBRL? En su último blog, Revathy Ramanan, directora de Orientación Internacional de XBRL, analiza cómo las herramientas basadas en IA pueden ayudar a los autores de taxonomías y a los proveedores de software, mejorando la calidad, la claridad y la usabilidad de las mismas.

Experimentos recientes demuestran que los modelos de lenguaje natural (LLM) pueden optimizar el desarrollo de taxonomías al identificar frases redundantes en las etiquetas, garantizar la coherencia y mejorar la claridad, lo que ayuda a los autores de taxonomías a perfeccionar su trabajo de manera más eficiente. También pueden proporcionar controles de calidad en tiempo real, como la verificación de las estructuras de árbol de presentación, asegurando así el cumplimiento de las mejores prácticas. ¿Otro caso de uso clave? Facilitar la interpretación de las reglas de fórmulas. Los LLM pueden desglosar las fórmulas en explicaciones comprensibles para el ámbito empresarial, lo que ayuda tanto a usuarios técnicos como no técnicos a comprender la lógica detrás de las reglas de validación.

Más allá de estas mejoras, Revathy también contempla una aplicación más transformadora: el uso de modelos de lenguaje natural (LLM) para replantear la navegación taxonómica. Tradicionalmente, las taxonomías se basan en estructuras jerárquicas, cuya exploración puede resultar engorrosa. Mediante la IA, los usuarios pueden consultar taxonomías en lenguaje natural, obteniendo resúmenes contextualizados de las divulgaciones e identificando conceptos relevantes de forma más intuitiva.

¿Podrían los LLM transformar la forma en que se diseñan y exploran las taxonomías? Las ideas de Revathy sugieren un futuro en el que la asistencia impulsada por IA hará que las interacciones con las taxonomías sean más inteligentes, rápidas y accesibles.

Aprovechamiento de modelos LLM para interacciones taxonómicas más inteligentes

En blogs anteriores, he explorado cómo podemos aprovechar los modelos de lenguaje a gran escala (LLM, por sus siglas en inglés), como ChatGPT, para facilitar y mejorar significativamente el análisis de informes XBRL, incluyendo tanto datos numéricos como descripciones narrativas. Estas herramientas permiten a los usuarios realizar consultas en lenguaje natural, eliminando la necesidad de conocimientos de programación. Al proporcionar datos XBRL a los LLM, permitiendo que estos modelos comprendan la estructura de los datos y accedan a los metadatos de taxonomía, podemos obtener información más profunda y precisa que con formatos no estructurados tradicionales como los PDF.

En este artículo, dejaré de lado, por ahora, el análisis del usuario final para considerar cómo se pueden utilizar las capacidades de los LLM para crear experiencias de taxonomía XBRL más inteligentes e interactivas. Este artículo está dirigido especialmente a autores de taxonomías y proveedores de software que diseñan experiencias de navegación de taxonomías en sus herramientas.

Mejorar la claridad y la coherencia del etiquetado.

Definir etiquetas en una taxonomía puede ser complejo y llevar mucho tiempo. No se trata solo de seguir reglas: lograr etiquetas claras, concisas y coherentes a menudo requiere un criterio que las herramientas de automatización estándar no pueden replicar fácilmente. Aquí es donde los modelos de lenguaje natural (LLM) pueden ser de gran ayuda, permitiendo a los autores de taxonomías perfeccionar las definiciones de etiquetas con mayor facilidad y precisión.

Le proporcioné a ChatGPT una lista de etiquetas estándar en formato de hoja de cálculo y le pedí que identificara palabras redundantes. Los resultados fueron reveladores: señaló frases como «cantidad total», «para el período de informe» y «relacionado con «como ejemplos de verborrea innecesaria.

Posibles frases redundantes en las etiquetas estándar.

Por ejemplo, la frase «periodo de informe» se usa con frecuencia en las etiquetas, pero es muy probable que sea redundante, ya que todos los elementos de la taxonomía se relacionan intrínsecamente con un periodo de informe. Al eliminar dichas frases, los autores de taxonomías pueden mejorar la claridad sin sacrificar el significado. El uso de modelos de lenguaje natural (LLM) para este tipo de consultas proporciona pistas útiles a los autores de taxonomías al refinar las etiquetas.

Más allá de la simple detección de redundancias, los modelos de lenguaje natural (LLM) pueden analizar patrones de etiquetas para mejorar la coherencia. Le pedí a ChatGPT que examinara las etiquetas estándar de una taxonomía de informes de sostenibilidad que contenía el término «cadena de valor». Reconoció que estas etiquetas a menudo contenían los términos «aguas arriba» y «aguas abajo», que frecuentemente aparecían juntos.

Análisis de patrones en etiquetas que contienen el término “cadena de valor”.

En los informes de sostenibilidad, el término cadena de valor suele abarcar tanto las actividades iniciales como las finales. Las etiquetas estándar, diseñadas para capturar de forma concisa cada concepto del informe, no necesitan indicarlo siempre; solo requieren los términos «iniciales» o «finales» cuando se identifican únicamente los impactos iniciales o finales. El patrón detectado por ChatGPT sugiere que algunas etiquetas estándar incorporan ambos términos innecesariamente y que, en su lugar, podrían incluirse en la etiqueta de documentación, que proporciona una descripción más extensa. Estas observaciones ayudan a los autores a replantearse la construcción de las etiquetas, lo que, en última instancia, conduce a una taxonomía más estructurada y estandarizada.

Controles de calidad sobre la marcha

Otra aplicación útil de los modelos de lenguaje natural (LLM) es la verificación de la calidad de las taxonomías en tiempo real mediante reglas. Por ejemplo, los autores de taxonomías pueden verificar rápidamente si todos los árboles de presentación comienzan con un elemento abstracto, lo que garantiza el cumplimiento de las mejores prácticas. El proceso de revisión de taxonomías por parte de los autores puede complementarse con la integración de verificaciones de calidad basadas en LLM, lo que, en última instancia, mejora la integridad de la taxonomía.

Simplificación de la interpretación de fórmulas con LLM

Las reglas de fórmula son una característica clave de XBRL. Ofrecen un mecanismo estandarizado para integrar reglas de validación en una taxonomía XBRL y desempeñan un papel fundamental para garantizar la calidad de los datos. Sin embargo, una crítica común es que estas reglas pueden resultar difíciles de interpretar para los humanos. Si bien la fórmula XBRL (XF), basada en texto, ofrece una sintaxis más amigable, aún puede parecer técnica y compleja.

Una regla de fórmula XBRL representada en XF.

Los modelos de lógica de negocio (LLM) destacan por su capacidad para interpretar código, lo que los convierte en herramientas valiosas para descifrar la lógica de las fórmulas. En este experimento, utilizo Google Gemini para demostrar que se pueden usar diferentes herramientas disponibles para este tipo de tareas. Le proporcioné a Gemini reglas de fórmulas XBRL en XF y le pedí que explicara su estructura. El modelo identificó eficazmente patrones clave y resumió las reglas de forma clara y comprensible para el ámbito empresarial.

Interpretación de las reglas de la fórmula XBRL por Gemini – 2

Para profundizar en este tema, proporcioné una fórmula específica para calcular el Índice de Interés Público. Gemini desglosó las variables y explicó la lógica en términos sencillos, haciendo que la regla fuera comprensible incluso para usuarios sin conocimientos técnicos.

Estos experimentos sugieren un caso de uso prometedor para los modelos LLM en herramientas de representación taxonómica, donde podrían actuar como intérpretes bajo demanda para fórmulas complejas.

Repensando la navegación taxonómica con LLM

Tradicionalmente, las taxonomías se navegan mediante estructuras jerárquicas, lo que obliga a los usuarios a profundizar en los niveles de anidamiento para comprender los conceptos relevantes. Si bien este enfoque es eficaz, puede resultar engorroso a la hora de comprender las divulgaciones en su contexto.

Visión jerárquica de una taxonomía.

¿Y si los másteres jurídicos pudieran ofrecer una forma más intuitiva de explorar las taxonomías?

Para explorar esto, proporciono a ChatGPT un extracto de la taxonomía ESRS en formato JSON, integrado en el visor XBRL en línea del informe iXBRL de muestra proporcionado por EFRAG. El modelo incluye propiedades de conceptos, referencias, etiquetas y relaciones de presentación y cálculo.

Le pedí a ChatGPT que buscara divulgaciones relacionadas con «planes de transición». A mi petición, en lugar de simplemente enumerar conceptos, analizó la taxonomía, identificó elementos e información relevantes y los resumió de forma comprensible para el ámbito empresarial. Además, proporcionó contexto sobre la divulgación presente en la taxonomía.

Resumen de las divulgaciones relacionadas con los planes de transición dentro de una taxonomía.

Este enfoque podría ofrecer una forma más natural de explorar y comprender las taxonomías, facilitando así la experiencia del usuario. La idea no es eliminar el enfoque jerárquico, sino utilizar modelos de lenguaje natural (MLN) para una navegación más inteligente. Los MLN pueden ayudar a comprender mejor la estructura taxonómica, mostrando cómo se conectan los conceptos dentro de la jerarquía y destacando otras ideas relevantes que podrían ser de interés.

Este enfoque podría ofrecer una forma más natural de explorar y comprender las taxonomías, facilitando así la experiencia del usuario. La idea no es eliminar el enfoque jerárquico, sino utilizar modelos de lenguaje natural (MLN) para una navegación más inteligente. Los MLN pueden ayudar a comprender mejor la estructura taxonómica, mostrando cómo se conectan los conceptos dentro de la jerarquía y destacando otras ideas relevantes que podrían ser de interés.

Quizás sea el momento de replantearse cómo funciona la navegación taxonómica.

Reflexiones finales

La integración de los modelos de lenguaje natural (LLM) en los flujos de trabajo de taxonomía ofrece interesantes oportunidades para el refinamiento de etiquetas, la revisión de taxonomías, la interpretación de fórmulas y la mejora de la navegación. Estas capacidades podrían aumentar la eficiencia, mejorar la claridad y proporcionar a los usuarios empresariales una forma más intuitiva de interactuar con las taxonomías.

Si bien aún queda mucho por explorar —y es muy probable que haya más aplicaciones por descubrir— una cosa está clara: los LLM no son solo herramientas para la automatización, sino asistentes inteligentes que pueden respaldar la evolución del diseño y la usabilidad de las taxonomías.



Revisión de los informes ESRS: menos empresas, menos puntos de datos, sin estándares específicos del sector.

La propuesta ómnibus de simplificación de la Comisión Europea, de aprobarse, transformará la presentación de informes de sostenibilidad en todo el continente, reduciendo el número de empresas privadas obligadas a cumplir con las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS) y simplificando al mismo tiempo la divulgación de la información. Los mecanismos de aseguramiento se modificarán, quizás se simplifiquen. Ahora habrá menos empresas sujetas a la presentación de informes obligatorios, y las que permanezcan en ellos se enfrentarán a un ESRS más ágil y específico; pero esto no exime de responsabilidad.

Los umbrales de notificación cambiarán. Anteriormente, las empresas privadas con más de 250 empleados debían notificar. Ahora, solo se propone que permanezcan en el ámbito de aplicación aquellas con más de 1000 empleados y una facturación de 50 millones de euros o un patrimonio total de 25 millones de euros. La propuesta de la Comisión Europea estima que esto eximirá a cerca del 80% de las empresas que antes estaban sujetas a la normativa, incluidas las pymes cotizadas, que ya no estarán obligadas a notificar. Las empresas más pequeñas aún pueden acogerse voluntariamente al nuevo marco para las pymes.

Todos estos cambios afectan a la «Segunda Ola» y a los informantes posteriores; las grandes entidades cotizadas ya están presentando informes, aunque todavía no de forma digital. Como era de esperar, las fechas de implementación se pospondrán una vez más.

Parece que se están proponiendo cambios relativamente significativos en el marco de aseguramiento, y los documentos generales sugieren que habrá modificaciones en los mecanismos de aseguramiento para «reducir el riesgo de que los proveedores de servicios de aseguramiento incentiven inadvertidamente a las empresas a comunicar información innecesaria o a dedicar recursos excesivos al proceso de evaluación de la materialidad». Además, la CE ya no tiene intención de pasar del nivel de «aseguramiento limitado» al de «aseguramiento razonable», lo que generará un amplio debate entre los usuarios y los emisores.

Todas las empresas que presenten informes se verán afectadas por otro conjunto clave de propuestas del Proyecto de Ley Ómnibus: la simplificación significativa de las propias Normas de Información Ambiental y Social (EIAS). Las normas que se revisarán «rápidamente» incluirán:

  • eliminar aquellas divulgaciones consideradas menos importantes para los informes de sostenibilidad de propósito general,
  • priorizar las divulgaciones cuantitativas sobre el texto narrativo
  • Además, se distingue entre la divulgación obligatoria y la voluntaria, “sin menoscabar la interoperabilidad con los estándares de información globales”.
  • Eliminar el plan de normas ESRS específicas para cada sector, de modo que no existan normas adicionales separadas para industrias específicas.

La Comisión Europea pretende que las Normas de Sostenibilidad Ambiental y Social (ESRS) revisadas prioricen la alineación con los marcos globales, incluidos el ISSB y el GRI, reduciendo así la carga de presentación de informes para las empresas multinacionales que operan bajo múltiples normas de sostenibilidad.

El mensaje parece bastante claro: la presentación de informes de sostenibilidad debe simplificarse, no ser opcional. Los cambios reflejan un impulso político para reducir la carga administrativa, manteniendo al mismo tiempo datos de sostenibilidad significativos y estructurados en manos de inversores y reguladores. Para las empresas que siguen estando incluidas en el ámbito de aplicación, el ESRS revisado sigue exigiendo transparencia, rendición de cuentas y comparabilidad; o al menos esa es la intención de la Comisión Europea. Es importante recordar que aún queda un complejo proceso de negociaciones con el Parlamento Europeo y los Estados miembros.

En XBRL International seguimos muy centrados en (a) las perspectivas excesivamente optimistas sobre la capacidad de la IA para consumir y analizar información no estructurada, y (b) la importancia de la información digital para la competitividad económica y la relevancia en el mercado. Nos centraremos en este segundo punto en particular durante las próximas semanas, hasta la fecha límite del 31 de marzo para responder a la consulta de la ESMA sobre la digitalización de la sostenibilidad y la mayor digitalización de la información financiera.

Paquete Ómnibus I: la Comisión simplifica las normas sobre sostenibilidad e inversiones de la UE, lo que supone un alivio administrativo de más de 6.000 millones de euros.

Descripción

La Comisión Europea ha adoptado un conjunto de propuestas para simplificar las normas de la UE, impulsar la competitividad y desbloquear capacidad de inversión adicional. Esto supone un importante avance para crear un entorno empresarial más favorable que ayude a las empresas de la UE a crecer, innovar y generar empleos de calidad. 

Estos primeros paquetes «ómnibus», que reúnen propuestas en varios ámbitos legislativos relacionados, abarcan una simplificación de gran alcance en los ámbitos de la información financiera sostenible, la debida diligencia en materia de sostenibilidad, la taxonomía de la UE, el mecanismo de ajuste en frontera del carbono y los programas de inversión europeos. 

Las propuestas reducirán la complejidad de los requisitos de la UE para todas las empresas, en particular las pymes y las pequeñas y medianas empresas (pymes), centrarán nuestro marco regulatorio en las empresas más grandes, que probablemente tengan un mayor impacto en el clima y el medio ambiente, al tiempo que permitirán a las empresas acceder a financiación sostenible para su transición hacia una economía limpia.

CONTEXTO DE LA PROPUESTA

•Razones y objetivos de la propuesta

En su informe sobre «El futuro de la competitividad europea», Mario Draghi destacó la necesidad de que Europa cree un marco regulatorio que facilite la competitividad y la resiliencia, llamando la atención sobre la carga y los costes de cumplimiento generados por la Directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa (CSRD) y la Directiva sobre la debida diligencia en materia de sostenibilidad corporativa (CSDDD). En la Declaración de Budapest sobre el Nuevo Pacto Europeo de Competitividad, los jefes de Estado y de Gobierno de la UE pidieron «una revolución de la simplificación, que garantice un marco regulatorio claro, sencillo e inteligente para las empresas y reduzca drásticamente las cargas administrativas, regulatorias y de presentación de informes, en particular para las pymes». Pidieron a la Comisión que hiciera propuestas concretas para reducir los requisitos de presentación de informes en al menos un 25% en el primer semestre de 2025.     

En su Comunicación sobre la Brújula Competitiva para la UE, la Comisión confirmó que propondría un primer «Paquete Ómnibus de Simplificación» que incluiría una simplificación de gran alcance en los ámbitos de la información financiera sostenible, la debida diligencia en materia de sostenibilidad y la taxonomía. En su Comunicación titulada «Una Europa más sencilla y rápida: Comunicación sobre la aplicación y la simplificación», la Comisión estableció una agenda de aplicación y simplificación que ofrece mejoras rápidas y visibles para las personas y las empresas sobre el terreno, lo que exige más que un enfoque incremental y subraya la necesidad de adoptar medidas audaces para racionalizar y simplificar las normas de la UE, nacionales y regionales.   

La Directiva CSRD entró en vigor el 5 de enero de 2023. Reforzó y modernizó los requisitos de información sobre sostenibilidad corporativa mediante modificaciones a la Directiva de Contabilidad, la Directiva de Transparencia, la Directiva de Auditoría y el Reglamento de Auditoría. La Directiva CSRD es un elemento importante del Pacto Verde Europeo y del Plan de Acción de Finanzas Sostenibles. Su objetivo es garantizar que los inversores dispongan de la información necesaria para comprender y gestionar los riesgos a los que están expuestas las empresas participadas en relación con el cambio climático y otros problemas de sostenibilidad. Asimismo, busca garantizar que los inversores y demás partes interesadas dispongan de la información necesaria sobre el impacto de las empresas en las personas y el medio ambiente. De este modo, contribuye a la estabilidad financiera y a la integridad ambiental. Esta es una condición necesaria para que los recursos financieros fluyan hacia las empresas que persiguen objetivos de sostenibilidad y genera mayor rendición de cuentas y transparencia ante todas las partes interesadas respecto al desempeño de las empresas en materia de sostenibilidad.       

La Directiva CSDDD fue adoptada el 13 de junio de 2024. Su objetivo es contribuir a la ambición más amplia de la Unión Europea de transitar hacia una economía sostenible y climáticamente neutra, tal como se establece en el Pacto Verde Europeo. Exige a las empresas que identifiquen y aborden los impactos adversos en materia de derechos humanos y medio ambiente en sus propias operaciones, las de sus filiales y sus cadenas de actividad.

La Directiva sobre la Responsabilidad Social Corporativa (DSRC) y la Directiva sobre la Diligencia Debida Corporativa (DDDC) se están implementando en un contexto nuevo y complejo. La guerra de agresión de Rusia contra Ucrania ha disparado los precios de la energía para las empresas de la UE. Las tensiones comerciales aumentan a medida que el panorama geopolítico sigue cambiando. El enfoque diferente adoptado por otras jurisdicciones importantes en relación con la regulación de la información sobre sostenibilidad corporativa y la debida diligencia plantea interrogantes sobre los efectos de estas leyes en la posición competitiva de las empresas de la UE. La capacidad de la Unión para preservar y proteger sus valores depende, entre otras cosas, de la capacidad de su economía para adaptarse y competir en un contexto geopolítico inestable y, en ocasiones, hostil.

Por lo tanto, esta propuesta pospone la entrada en vigor de la CSDDD y de ciertas disposiciones de la CSRD.

Contexto específico y objetivos de esta propuesta en relación con el CSRD

La Directiva CSRD se aplica actualmente a las grandes empresas, las pymes con valores cotizados en los mercados regulados de la UE, las empresas matrices de grandes grupos, así como a los emisores que pertenecen a estas categorías de empresas. La entrada en vigor de los requisitos de información introducidos por la Directiva CSRD se realiza de forma gradual según las diferentes categorías de empresas. En la primera fase, las grandes entidades de interés público con más de 500 empleados deben presentar su informe por primera vez en 2025 para el ejercicio financiero de 2024. En la segunda fase, las demás grandes empresas deben presentar su informe en 2026 para el ejercicio financiero de 2025. En la tercera fase, las pymes con valores cotizados en los mercados regulados de la UE deben presentar su informe en 2027 para el ejercicio financiero de 2026, si bien tienen la posibilidad de optar por no presentarlo para los ejercicios financieros de 2026 y 2027. En la cuarta fase, determinadas empresas no pertenecientes a la UE que realizan actividades comerciales en el territorio de la Unión por encima de ciertos umbrales deben presentar su informe en 2029 para el ejercicio financiero de 2028.

La Directiva CSRD exige a las empresas incluidas en su ámbito de aplicación que presenten informes sobre sostenibilidad de acuerdo con las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS) obligatorias y exige a la Comisión que adopte dichas normas mediante actos delegados. En julio de 2023, la Comisión adoptó un primer conjunto de ESRS que son independientes del sector, lo que significa que deben ser aplicadas por todas las empresas incluidas en su ámbito de aplicación, independientemente del sector de la economía en el que operen. La Directiva CSRD también exige a la Comisión que adopte normas de información específicas para cada sector, y se prevé que el primer conjunto de dichas normas se adopte antes de junio de 2026. La Directiva CSRD permite a las pymes cotizadas presentar informes utilizando un conjunto de normas separado, más ligero y proporcional, en lugar del conjunto completo de ESRS.

A petición de la Comisión, EFRAG ha presentado una norma de información sobre sostenibilidad para uso voluntario de las pymes que no están sujetas a los requisitos de información (norma VSME). El objetivo de la norma VSME es proporcionar a las pymes una herramienta sencilla y ampliamente reconocida mediante la cual puedan proporcionar información sobre sostenibilidad a bancos, grandes empresas y otras partes interesadas que puedan requerir dicha información.

Otros aspectos importantes de la Directiva CSRD son las disposiciones sobre garantía y la presentación de información sobre la cadena de valor. Las empresas deben publicar su información sobre sostenibilidad junto con la opinión de un auditor legal o, si los Estados miembros lo permiten, de un proveedor de servicios de garantía independiente. El requisito actual es de garantía limitada y la Directiva CSRD prevé que, en el futuro, esto podría convertirse en un requisito de garantía razonable en determinadas condiciones. La Directiva CSRD también exige a la Comisión que adopte normas para la garantía de la sostenibilidad mediante actos delegados.

La Directiva CSRD exige a las empresas que informen sobre la información de su cadena de valor en la medida necesaria para comprender sus impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad. La Directiva CSRD establece un límite máximo para la información de la cadena de valor, según el cual el ESRS no puede contener requisitos de información que obliguen a las empresas a obtener de las PYME de su cadena de valor información que exceda la información que debe divulgarse conforme al estándar proporcional para las PYME cotizadas.

Esta propuesta tiene como objetivo reducir la carga de presentación de informes y limitar la repercusión de las obligaciones en las empresas más pequeñas. En primer lugar, la propuesta legislativa independiente presentada por la Comisión en paralelo a esta simplificaría el marco y reduciría la carga de las siguientes maneras:

-El número de empresas sujetas a los requisitos obligatorios de información sobre sostenibilidad se reduciría en aproximadamente un 80%, excluyendo a las grandes empresas con hasta 1000 empleados (es decir, algunas de las empresas de la segunda oleada y algunas de las de la primera) y a las pymes cotizadas (es decir, todas las empresas de la tercera oleada). Los requisitos de información solo se aplicarían a las grandes empresas con más de 1000 empleados de media (es decir, empresas con más de 1000 empleados y una facturación superior a 50 millones de euros o un balance superior a 25 millones de euros). Este umbral revisado armonizaría más la Directiva CSRD con la Directiva CSDDD.

–Para las empresas no sujetas a requisitos obligatorios de información sobre sostenibilidad, la Comisión propone una norma proporcionada de uso voluntario, basada en la norma VSME desarrollada por EFRAG. Según esta propuesta, la Comisión adoptaría esta norma voluntaria mediante un acto delegado. Mientras tanto, para atender la demanda del mercado, la Comisión tiene previsto publicar una recomendación sobre la información voluntaria sobre sostenibilidad lo antes posible, basada en la norma VSME desarrollada por EFRAG.

–El límite máximo para la cadena de valor se ampliaría y reforzaría. Se aplicaría directamente a la empresa declarante, en lugar de limitarse a lo que puede especificar el ESRS. Protegería a todas las empresas con hasta 1000 empleados, en lugar de solo a las pymes, como ocurre actualmente. Además, el límite se definiría mediante la norma voluntaria adoptada por la Comisión como acto delegado, basada en la norma VSME desarrollada por EFRAG. Esto reduciría sustancialmente el efecto de goteo.

–No habría normas de información específicas para cada sector, evitando así un aumento en el número de datos obligatorios que las empresas deberían comunicar.

–Se eliminaría la posibilidad de pasar de un requisito de garantía limitada a uno de garantía razonable. Esto aclarará que no habrá un aumento futuro en los costos de garantía para las empresas incluidas en el ámbito de aplicación.

–En lugar de que la Comisión tenga la obligación de adoptar normas de garantía de sostenibilidad para 2026, publicará directrices específicas de garantía para ese mismo año. Esto le permitirá abordar con mayor rapidez los problemas emergentes en el ámbito de la garantía de sostenibilidad que puedan estar generando una carga innecesaria para las empresas sujetas a los requisitos de información.

–La propuesta introduce un régimen de «inscripción voluntaria» en el que las grandes empresas con más de 1000 empleados de media (es decir, empresas con más de 1000 empleados y una facturación superior a 50 millones de euros o un balance superior a 25 millones de euros) y una facturación neta que no supere los 450 millones de euros, que afirmen que sus actividades están alineadas o parcialmente alineadas con la Taxonomía de la UE, deberán divulgar sus KPI de facturación y CapEx y podrán optar por divulgar también su KPI de OpEx. Este enfoque de «inscripción voluntaria» eliminará por completo el coste del cumplimiento de las normas de información de la Taxonomía para las grandes empresas con más de 1000 empleados de media (es decir, empresas con más de 1000 empleados y una facturación superior a 50 millones de euros o un balance superior a 25 millones de euros) y una facturación neta que no supere los 450 millones de euros, que no afirmen que sus actividades estén asociadas a actividades económicas que se consideren ambientalmente sostenibles según el Reglamento de la Taxonomía. Además, esta propuesta ofrece mayor flexibilidad al permitir que estas empresas informen sobre actividades que cumplen ciertos criterios técnicos de selección de la Taxonomía, aunque no todos. Dichos informes sobre la alineación parcial pueden fomentar una transición ambiental gradual de las actividades a lo largo del tiempo, en consonancia con el objetivo de ampliar la financiación para la transición.



Cambios en la normativa de cotización del Reino Unido revolucionan las funciones de los contables encargados de la presentación de informes.

El Consejo de Información Financiera (FRC) ha publicado una nota orientativa para el personal en respuesta a las normas revisadas de cotización en el Reino Unido (UKLR) de la Autoridad de Conducta Financiera (FCA), que entraron en vigor en julio de 2024.Estos cambios eliminan el requisito tradicional de verificación independiente sobre las circulares para accionistas y la designación obligatoria de un patrocinador para ciertas transacciones. En consecuencia, los contadores responsables de la elaboración de informes se encuentran ante una encrucijada, con un papel radicalmente transformado en estas transacciones.

Anteriormente, los auditores emitían opiniones de aseguramiento sobre la información financiera incluida en las circulares de inversión, las cuales eran necesarias para la votación de los accionistas sobre transacciones significativas. Con la nueva normativa UKLR, estas votaciones —y, por consiguiente, las circulares de inversión— ya no son obligatorias. En su lugar, las empresas deben publicar un «anuncio de transacción significativa», que puede contener información financiera, pero no requiere una verificación independiente. En otras palabras, lo que antes era un punto de control obligatorio para la confianza de los inversores ahora queda a discreción de la empresa.

La guía del FRC aclara cómo interactúan estos cambios con su Norma Ética y las Normas sobre Información de Inversiones (SIR). Respalda tres principios clave: los encargos deben tratarse según las normas vigentes al inicio, los encargos previamente obligatorios siguen siendo voluntariamente permisibles, y los encargos voluntarios ahora están sujetos al límite máximo de honorarios por servicios distintos a la auditoría. Además, si bien las SIR se diseñaron para circulares de inversión, el FRC confirma que aún pueden utilizarse para encargos de aseguramiento voluntarios relacionados con anuncios de mercado.

Ante el análisis de los gobiernos de todo el mundo sobre la competitividad del mercado, los responsables políticos deberán encontrar el equilibrio entre la necesidad de una gobernanza sólida y controles independientes, y la rapidez y flexibilidad necesarias para actuar con celeridad. Algunas empresas podrían seguir buscando garantías independientes para reforzar su credibilidad, mientras que otras podrían ver esto como una oportunidad para reducir costes y agilizar las transacciones.

Impacto de los cambios en las Normas de Cotización del Reino Unido en la prestación de servicios de contabilidad de informes

Introducción

1. La Autoridad de Conducta Financiera (FCA) emitió las Reglas de Cotización del Reino Unido (UKLR) revisadas en julio de 2024. Estos supusieron cambios significativos en los requisitos regulatorios para ciertas categorías de transacciones. Los cambios incluyeron la eliminación del requisito de garantía independiente en los circulares de accionistas, que se emitieron para apoyar la toma de decisiones de los inversores en relación con estas transacciones; y la eliminación del requisito de que se nombrara un patrocinador para estas transacciones. Estos cambios tendrán un impacto consecuente en el trabajo de los contables informantes.

2. El propósito de esta Nota de Orientación para el Personal es exponer la opinión del FRC sobre cómo estos cambios interactúan con los estándares que emite en relación con los encargos realizados por los contables informantes, a saber, la Norma Ética del FRC y las Normas de Información de Inversiones (SIRs).

Impacto de los cambios en el UKLR

3. Antes de los cambios de julio, los contables que informaban debían proporcionar una opinión de garantía sobre ciertos tipos de información financiera o estados incluidos en las circulares de inversión. Estas circulares se desencadenaron por la obligación de que las votaciones de los accionistas se realizaran en relación con ciertas clases de operaciones, tal como se definían en las antiguas normas de cotización. Estos compromisos estaban obligados por ley y regulación a realizarse mediante la aplicación del Estándar Ético y los SIRs, por lo que eran compromisos de garantía de interés público.

4. Entre otros cambios, la UKLR revisada elimina el requisito de votos de los accionistas en relación con transacciones significativas. Por tanto, no existe ningún requisito para que las empresas emitan circulares de inversión en relación con estas transacciones, ni de opiniones de los contables de reporte sobre la información financiera incluida en dichas circulares, ni la emisión de cartas de comentarios y otros informes privados relacionados con los estados incluidos en las circulares. En su lugar, la empresa debe hacer un ‘anuncio de transacción significativa’, que puede incluir información financiera. No es necesario que esta información esté asegurada de forma independiente.

5. Por tanto, cualquier compromiso para prestar servicios en relación con un ‘anuncio de transacción significativa’ no es obligatorio por ley ni regulación.

Consideraciones éticas

6. Existen tres principios que sustentan el enfoque del FRC sobre cómo los cambios en el UKLR afectan a los encargos de los contables que reportan con el Estándar Ético:

• Principio 1: Los encargos que ya están realizando los contables informantes deben tratarse según el Estándar Ético conforme a los requisitos regulatorios vigentes cuando se encargó el encargo.

• Principio 2: Los compromisos permitidos por el Estándar Ético cuando fueron exigidos por requisitos regulatorios seguirán siendo permisibles cuando se realicen de forma voluntaria.

• Principio 3: La provisión de compromisos de aseguramiento, así como servicios no auditados y adicionales, mediante contables informantes de forma voluntaria en relación con anuncios de transacciones significativas estará sujeta al límite de honorarios por servicios no auditados, ya que ya no son obligatorios por ley o regulación.

7. La base del primer principio es que es razonable que los enfrentamientos en vuelo se consideren dentro del contexto regulatorio en el que se iniciaron. Un compromiso de garantía que se inicie en condiciones de que la garantía requerida sea obligatoria debe tratarse como tal durante todo el compromiso, incluso si ya no es obligatorio por ley ni regulación al finalizar. A efectos prácticos, esto significa que un compromiso de garantía iniciado antes de los cambios en las normas de cotización debe considerarse un servicio no auditado permitido para entidades de interés público a efectos de la Norma Ética.

8. El segundo principio reconoce que estos servicios no representan amenazas intrínsecas para la independencia del auditor, ya que, sujetos a los principios establecidos en la Norma Ética y a la aplicación de cualquier medida de protección adecuada, ya son servicios no auditados permitidos. Por lo tanto, no sería razonable concluir que no son permisibles porque ya no son obligatorios.

9. Finalmente, el tercer principio reconoce que el Estándar Ético permite a los contables que informan realizar encargos que no son exigidos por ley ni regulación, al tiempo que los determina como servicios sujetos al límite de servicios no auditados:

Cuando no sea necesario por ley o regulación, servicios no auditados y adicionales, según se defina en este Estándar Ético como auditor de la entidad o como contable informante, en relación con la información de la entidad auditada para la cual sea probable que un tercero objetivo, razonable e informado concluya que la comprensión de la entidad obtenida por el auditor es relevante para el servicio, y donde la naturaleza del servicio no comprometiera la independencia…

Esto deja claro que los Contables Reportadores pueden realizar trabajos que no están exigidos por la ley ni la normativa. Por ejemplo, las cartas de confort privadas proporcionadas por contables informantes en relación con circulares de inversión bajo las antiguas normas de cotización se consideraban un servicio no auditado, sujeto a los acuerdos de tope de tasas establecidos en el párrafo 5.40 de la Norma Ética. El FRC ha aclarado la definición de contable informante en el Glosario de Términos: Auditoría y Ética para asegurar que se alinea con este párrafo del Estándar Ético.

Impacto en los SIRs

10. Los Estándares para la Información de Inversiones (SIRs) han sido emitidos por el FRC para aplicarse a los contables que informan al realizar encargos relacionados con circulares de inversión destinadas a ser emitidas en relación con una transacción de valores regida total o parcialmente por las leyes y regulaciones del Reino Unido. Las circulares de inversión se definen en el Glosario de Términos del FRC como ‘documentos emitidos por una entidad conforme a requisitos legales o regulatorios relativos a valores sobre los cuales se pretende que un tercero tome una decisión de inversión’. El Glosario de Términos también define los compromisos realizados bajo los SIR como compromisos de garantía de interés público. Estos encargos deben aplicar el Estándar Ético como los requisitos éticos relevantes.

11. Según las nuevas normas de cotización, cualquier compromiso realizado en relación con una divulgación a los accionistas que no sea una circular de inversión no está obligado por ley ni regulación. Dado que estas divulgaciones no cumplen la definición de una circular de inversión, también es posible interpretar que los SIRs están fuera del alcance para su uso como estándares de rendimiento en cualquier compromiso de este tipo.

12. En consecuencia, y pendiente de cualquier proyecto futuro de revisión de los SIR, el FRC aclara que los SIR pueden utilizarse para compromisos voluntarios de aseguramiento en relación con anuncios de transacciones significativas y cualquier otra notificación de mercado requerida por el UKLR, cuando sean los estándares de desempeño más adecuados para aplicar en las circunstancias de un compromiso individual. En estos casos, el contable que informa debe seguir aplicando el Estándar Ético como requisito ético relevante. Esto se debe a las consideraciones específicas para informar a los contables que están incluidas en el Estándar Ético, y porque los SIRs se basan en su aplicación.

13. El FRC también toma nota de la actual consulta de la FCA sobre cambios en las Normas del Prospecto. Decidirá los siguientes pasos en relación con garantizar que los SIR se mantengan actualizados tras la conclusión de este proceso.



Cómo la UE se centra en el crecimiento

Esta semana, la UE realizó una serie de anuncios sobre sus prioridades, incluyendo una nueva Brújula Europea de Competitividad. El documento tiene como objetivo orientar las prioridades políticas para los próximos cinco años. Entre otras cosas, señala un cambio hacia una mayor presentación de informes digitales como medio para mejorar la transparencia empresarial, la eficiencia de las inversiones y la resiliencia económica. El énfasis en la reducción de la carga regulatoria mediante la digitalización coincide con la necesidad de datos estructurados y de alta calidad que permitan a los inversores, los responsables políticos y los reguladores tomar decisiones informadas.

Al priorizar la simplificación y la estandarización, la UE parece reconocer que la información digital —basada en formatos estructurados como XBRL, aunque el documento va más allá, haciendo referencia a la importancia de estándares subyacentes como los de la facturación electrónica— puede aumentar la confianza en el desempeño empresarial, permitiendo a las empresas demostrar con mayor claridad el cumplimiento normativo, sus esfuerzos en materia de sostenibilidad y su estabilidad financiera. Esta transparencia es especialmente crucial, ya que la UE busca atraer capital privado, reduciendo su excesiva dependencia de la financiación bancaria y desbloqueando un mercado de capitales más profundo y líquido.

La divulgación digital y estructurada también mejora las oportunidades de inversión transfronterizas, facilitando a los inversores el descubrimiento de empresas públicas y privadas de alto rendimiento en los distintos Estados miembros. Esto es fundamental para financiar la innovación europea, la transición hacia energías limpias y la modernización de las infraestructuras. A medida que la UE avanza hacia una Unión de Ahorros e Inversiones, la información digital podría servir de base para la comparabilidad y la evaluación de riesgos, reforzando el papel del Mercado Único como motor de crecimiento y seguridad económica. Por supuesto, aún está por ver cómo se traducirá esto en acciones concretas.

Una brújula de la UE destinada a recuperar la competitividad y procurar una prosperidad sostenible

La Comisión presenta hoy la Brújula para la Competitividad, la primera iniciativa de gran alcance de este mandato, que aporta un marco estratégico claro de cara a orientar el trabajo de la Comisión.

La Brújula marca el camino para que Europa se convierta en el lugar en el que se inventen, fabriquen y comercialicen productos limpios, tecnologías del futuro y servicios, al tiempo que se erige en el primer continente que logra la neutralidad climática.

En las dos últimas décadas, Europa no ha seguido el ritmo de otras grandes economías debido a una brecha persistente en el aumento de la productividad. La UE tiene lo que hace falta para invertir esta tendencia, con una mano de obra formada y con talento, capital, ahorros, su mercado único y sus infraestructuras sociales únicas, siempre que actúe urgentemente para hacer frente a las barreras de larga duración y a las deficiencias estructurales que la frenan.

En palabras de la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen: «Europa tiene todo lo que le hace falta para triunfar en la carrera por alcanzar la cima. Pero, al mismo tiempo, debemos corregir nuestras debilidades si queremos recuperar la competitividad. La Brújula para la Competitividad transforma las recomendaciones excelentes del informe Draghi en una hoja de ruta. Así que ahora tenemos un plan y también la voluntad política. Lo que importa es la rapidez y la unidad, porque el mundo no está a nuestra espera. Todos los Estados miembros de la UE están de acuerdo con esto, así que vamos a convertir este consenso en acción».

Tres ámbitos de actuación principales: innovación, descarbonización y seguridad

El informe Draghi identificó tres imperativos transformadores para impulsar la competitividad, y la Brújula establece un enfoque y una selección de medidas emblemáticas con miras a hacer realidad cada uno de estos imperativos:

  • Reducir la brecha de innovación: La UE debe reactivar su motor de innovación. Queremos crear un hábitat para las empresas emergentes innovadoras jóvenes, promover el liderazgo industrial en sectores de alto crecimiento basados en tecnologías profundas y promover la difusión de tecnologías entre empresas y pymes establecidas. A este respecto, la Comisión propondrá las iniciativas «Giga fábricas de IA» y «Aplicar la IA» con miras a impulsar el desarrollo de la inteligencia artificial y que la industria la adopte en sectores clave. Además, presentará planes de acción en lo referente a materiales avanzados, la tecnología cuántica, la biotecnología, la robótica y las tecnologías espaciales. Una Estrategia para las Empresas Emergentes y en Expansión de la UE específica abordará los obstáculos que impiden la aparición y expansión de nuevas empresas. Una propuesta de régimen jurídico n.º 28 simplificará las normas aplicables, incluidos los aspectos correspondientes del Derecho de sociedades, las normas sobre insolvencia, la legislación laboral y fiscal, y reducirá el coste de los fracasos empresariales. De este modo, las empresas innovadoras se beneficiarán de un conjunto único de normas dondequiera que inviertan y operen en el mercado único.
  • Una hoja de ruta conjunta para la descarbonización y la competitividad: La Brújula ha constatado la importancia que tiene el problema de los precios elevados y volátiles de la energía, de modo que establece ámbitos de intervención para facilitar el acceso a una energía limpia asequible. El próximo Pacto Industrial Limpio establecerá un enfoque de descarbonización impulsado por la competitividad, que pretende que la UE sea un lugar atractivo para la fabricación, también en el caso de las industrias de gran consumo energético, y promover las tecnologías limpias y los nuevos modelos de negocio circulares. Un Plan de Acción para una Energía Asequible contribuirá a reducir los precios y costes de la energía, mientras que una Ley de Aceleración de la Descarbonización Industrial ampliará la concesión agilizada de permisos a los sectores en transición. Además, la Brújula prevé planes de acción a medida para los sectores de gran consumo energético, como el acero, los metales y los productos químicos, que aun siendo la columna vertebral del sistema europeo de fabricación, son los más vulnerables en esta fase de la transición.
  • Reducir las dependencias excesivas y aumentar la seguridad: La capacidad de la UE para diversificar y reducir las dependencias dependerá de que se creen asociaciones eficaces. La UE ya cuenta con la red mayor y de crecimiento más rápido de acuerdos comerciales del mundo, con 76 países que representan casi la mitad del comercio de la UE. Con vistas a seguir diversificando y potenciando nuestras cadenas de suministro, la Brújula hace referencia a una nueva serie de Asociaciones de Comercio e Inversión Limpios que deben contribuir a asegurar el suministro de materias primas, energías limpias, combustibles sostenibles para el transporte y tecnologías limpias de todo el mundo. En el mercado interior, la revisión de las normas de contratación pública permitirá introducir una prioridad europea en la contratación pública para sectores y tecnologías fundamentales.

Cinco facilitadores horizontales para la competitividad

Los tres pilares se complementan con cinco facilitadores horizontales, que son esenciales para respaldar la competitividad en todos los sectores:

  1. Simplificación: Este facilitador pretende reducir drásticamente la carga normativa y administrativa. También implica un esfuerzo sistemático por simplificar, agilizar y facilitar los procedimientos de acceso a los fondos de la UE y las decisiones administrativas de la Unión. La próxima propuesta Ómnibus simplificará la presentación de información sobre sostenibilidad, diligencia debida y taxonomía. Además, la Comisión facilitará la actividad empresarial de miles de pequeñas empresas de capitalización mediana. La Brújula establece el objetivo de reducir al menos en un 25 % la carga administrativa para las empresas, y al menos en un 35 %, para las pymes.
  2. Reducir los obstáculos al mercado único: Durante treinta años, el mercado único ha sido el motor de competitividad de Europa y ha demostrado su eficacia. Para mejorar su funcionamiento en todas las industrias, una Estrategia Horizontal para el Mercado Único modernizará el marco de gobernanza, al tiempo que elimina las barreras dentro de la UE y evita que se creen otras nuevas. Además, la Comisión aprovechará la oportunidad para que los procesos de elaboración de normas sean más rápidos y accesibles, especialmente por lo que se refiere a las pymes y las empresas emergentes.
  3. Financiación de la competitividad: La UE no cuenta con un mercado de capitales eficiente que convierta el ahorro en inversiones. La Comisión presentará una Unión Europea del Ahorro y de la Inversión para crear nuevos productos de ahorro e inversión, ofrecer incentivos al capital riesgo y garantizar que las inversiones fluyan sin fisuras en toda la UE. Gracias a la reorientación del presupuesto de la UE, se racionalizará el acceso a los fondos de la Unión en sintonía con las prioridades de la UE. 
  4. Promover las capacidades profesionales y el empleo de calidad: La base de la competitividad de Europa son sus ciudadanos. Para que haya una correspondencia alta entre las capacidades de las personas y las demandas del mercado laboral, la Comisión presentará una iniciativa dirigida a crear una Unión de las Capacidades. Esta unión se centrará en la inversión, el aprendizaje permanente y de los adultos, la creación de capacidades con visión de futuro, la retención de capacidades, la movilidad justa, la atracción e inserción laboral de la inmigración cualificada y el reconocimiento de los diversos tipos de formación para que las personas puedan trabajar en toda nuestra Unión.
  5. Mejor coordinación de las políticas a escala nacional y de la UE: La Comisión introducirá también una Herramienta de Coordinación de la Competitividad, que colaborará con los Estados miembros para garantizar que se apliquen los objetivos políticos compartidos de la UE a escala nacional y de la Unión, identificar proyectos transfronterizos de interés europeo y proseguir las reformas e inversiones conexas. En el próximo marco financiero plurianual, un Fondo de Competitividad sustituirá a varios instrumentos financieros de la UE que existen actualmente y tienen objetivos similares, de manera que se faciliten ayudas a la ejecución de acciones en el marco de la Herramienta de Coordinación de la Competitividad.

Antecedentes

El 27 de noviembre de 2024, la presidenta Von der Leyen anunció una Brújula para la Competitividad como la primera iniciativa de calado de la Comisión en este mandato. Esta iniciativa, que se asienta en el informe Draghi, proporciona el marco para el trabajo de la Comisión en materia de competitividad en este mandato.

En su discurso sobre el estado de la Unión Europea de 2023, la presidenta Von der Leyen anunció que había pedido al ex primer ministro italiano, Mario Draghi, que elaborara un informe sobre el futuro de la competitividad europea. El informe advierte de que Europa ya no podrá seguir basándose en muchos de los factores que han contribuido al crecimiento en el pasado. En él se establece un diagnóstico claro y se formulan recomendaciones concretas para situar a Europa en una trayectoria distinta.  Muchas de las recomendaciones ya se reflejan en las orientaciones políticas y en las cartas de mandato de la presidenta a los miembros del Colegio de Comisarios.



El dinero habla

Existen numerosas declaraciones a favor y en contra de la legislación «ómnibus» de la UE. El martes, un grupo de 163 empresas de inversión que gestionan aproximadamente 6,6 billones de euros en activos, junto con varias organizaciones paraguas de inversores, emitieron una declaración conjunta instando a la Comisión Europea a defender la integridad del marco de finanzas sostenibles de la UE en medio de los debates sobre la propuesta de legislación «ómnibus».

El paquete ómnibus pretende mejorar la competitividad de Europa y simplificar la normativa, y se prevé la revisión de leyes clave en materia de sostenibilidad, como la Taxonomía de la UE, la Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y la Directiva sobre la Debida Diligencia en Materia de Sostenibilidad Corporativa (CSDDD). Sin embargo, los inversores afirman que estas normativas son «pilares fundamentales de la arquitectura política de sostenibilidad de la UE» y resultan cruciales para fomentar la sostenibilidad a largo plazo y el crecimiento económico en Europa.

Estas regulaciones brindan una “transparencia esencial”, lo que permite a los inversores gestionar los riesgos e identificar oportunidades de manera eficaz. Cabe destacar que la declaración respalda específicamente el importante papel de la información digital en el futuro.

Declaración conjunta de inversores sobre la legislación ómnibus

El Grupo de Inversores Institucionales sobre Cambio Climático (IIGCC), el Foro Europeo de Inversión Sostenible (Eurosif) y los Principios para la Inversión Responsable (PRI), así como 163 inversores firmantes que representan aproximadamente 6,6 billones de euros de activos bajo gestión, así como 49 proveedores de servicios y otras organizaciones de apoyo, sumando un total de 212 firmas, piden a la Comisión Europea que preserve la integridad y la ambición del marco de finanzas sostenibles de la UE,  En vista de las discusiones actuales sobre una ‘legislación ómnibus’ para modificar regulaciones clave.

La Taxonomía de la UE, la Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa (DSDD) son piedras angulares fundamentales de la arquitectura de políticas de sostenibilidad de la UE. Juntos, ayudan a los inversores a gestionar riesgos, identificar oportunidades y, en última instancia, reorientar el capital hacia una economía de emisiones netas cero más competitiva, equitativa y próspera.

Las empresas y los participantes en los mercados financieros necesitan estabilidad política a largo plazo para apoyar sus esfuerzos de implementación. Estudios recientes, incluidos los publicados por la propia Plataforma de Finanzas Sostenibles de la UE, muestran que la mayor transparencia generada por estas regulaciones está empezando a tener un impacto. No debemos perder de vista los resultados que estas regulaciones están destinadas a apoyar: acelerar la inversión hacia una economía más competitiva y sostenible y permitir que inversores y otros participantes del mercado gestionen mejor los riesgos, impactos y oportunidades facilitando el acceso a datos de sostenibilidad de alta calidad, comparables y fiables.

Para asegurar la posición de liderazgo global de Europa, como destaca el informe Draghi, la UE necesita salvar una brecha anual estimada de inversión anual de 750-800 mil millones de euros al año. Iniciativas como el Acuerdo Industrial Limpio garantizarán la competitividad a largo plazo de la industria europea de emisiones netas cero y su resiliencia económica. Sabemos que la mayor parte del capital para apoyar estas iniciativas tendrá que provenir del sector privado. Los inversores son actores esenciales para canalizar capital hacia soluciones climáticas y sectores de alto crecimiento. El acceso oportuno a informes de alta calidad y comparables es un requisito previo para informar y guiar sus decisiones de inversión: los inversores son los principales usuarios de las divulgaciones de sostenibilidad.

Una vez implementado plenamente, el CSRD garantizará que dichos informes estén ampliamente disponibles, estén estandarizados y se apliquen de forma coherente, cerrando muchas de las lagunas de datos que los participantes del mercado financiero citan repetidamente como una barrera clave para la inversión sostenible y el cumplimiento de sus propias obligaciones de informe. Esto es especialmente importante para los numerosos inversores y empresas que están estableciendo sus propios compromisos de emisiones netas cero y objetivos de reducción de emisiones, y para quienes son esenciales marcos coherentes y integrales para los planes de transición. Además, la introducción progresiva de normas sectoriales, centradas en la información más relevante para informar las decisiones de inversión, reforzará aún más el marco de divulgación de la UE, proporcionando la orientación necesaria para apoyar a las empresas que operan en sectores de alto impacto a descarbonizar y facilitando sus esfuerzos de divulgación.

Al exigir la divulgación de impactos y actividades alineadas con la Taxonomía de la UE, la CSRD permitirá a los inversores identificar y evaluar mejor proyectos y soluciones que puedan generar un impacto ambiental positivo. Para 2024, las empresas europeas ya habían informado de un total de 440.000 millones de euros de gasto de capital alineado con la taxonomía, cifra que solo crecerá más rápido y más rápido.

La CSDDD complementa estas herramientas de divulgación con oportunidades esenciales para la acción y el cambio de conducta. Proporciona una base para que las empresas implementen los sistemas y procesos necesarios para implementar eficazmente los requisitos clave, incluidos planes de transición y objetivos de reducción de emisiones.

Apoyamos el objetivo general de simplificar y mejorar la coherencia del marco de la financiación sostenible de la UE. Estas revisiones pueden reducir eficazmente las cargas y la complejidad de la información, al tiempo que mejoran la utilidad de los requisitos de divulgación y promueven un enfoque más coherente para la transición a lo largo de la cadena de valor. Sin embargo, reabrir estas regulaciones en su totalidad corre el riesgo de crear incertidumbre regulatoria y podría, en última instancia, poner en peligro el objetivo de la Comisión de reorientar el capital en apoyo del Pacto Verde Europeo.

Un enfoque más eficaz sería centrarse en simplificar los estándares técnicos y proporcionar una orientación clara sobre la implementación.

Además, la legislación propuesta tendrá implicaciones que van más allá de las iniciativas específicas. También se necesita información transparente de la Taxonomía y la CSRD para cumplir con los requisitos del sector financiero, en particular las obligaciones de SFDR y MiFID II sobre las preferencias de sostenibilidad de los clientes. La Comisión debe considerar los efectos más amplios de las propuestas sobre los marcos legislativos interconectados.

Reconocemos que estas políticas ambiciosas se han implementado rápidamente y, a menudo, en paralelo, lo que ha generado desafíos de implementación y usabilidad para los actores del mercado. Por ello, apoyamos acciones específicas de la Comisión a nivel técnico para proporcionar simplificación, claridad y coherencia en todo el marco. Hacemos un llamamiento a la Comisión Europea para que:

  • Preservar los principios, objetivos y el contenido central de la CSRD, la CSDDD y la Taxonomía de la UE para garantizar que puedan apoyar sus objetivos previstos y mantener la estabilidad regulatoria.
  • Considere la importancia de estas regulaciones para facilitar la inversión necesaria para apoyar iniciativas más amplias que impulsen el crecimiento, la competitividad y la sostenibilidad, incluido el próximo Acuerdo Industrial Limpio.
  • Simplificar los requisitos y abordar las inconsistencias y problemas de implementación dentro de los estándares técnicos (nivel 2), basándose en la retroalimentación de los profesionales del sector y en una evaluación de impacto sobre la usabilidad y efectividad de las divulgaciones existentes y los costes relacionados. La hoja de ruta regulatoria de Eurosif para los responsables políticos de la UE, las expectativas de los inversores del IIGCC respecto a la financiación sostenible de la UE y la Hoja de Ruta de la Política Europea 2030 del PRI ofrecen recomendaciones específicas sobre cómo hacerlo.
  • Facilitar la implementación de estas normas proporcionando orientación fácil de usar a las empresas, mediante preguntas y respuestas, directrices y recomendaciones, incluyendo, cuando corresponda, directrices específicas por sector.
  • Garantizar la interoperabilidad entre el ESRS y los estándares sectoriales internacionales relevantes (ISSB, GRI, SASB) para aliviar las cargas de informe.
  • Aprovechar y escalar las soluciones digitales y tecnológicas existentes para reducir los costes y cargas de reporte y facilitar una mayor armonización y centralización de las divulgaciones.

AVISO:

Esta declaración fue elaborada en colaboración entre IIGCC, Eurosif, PRI y sus miembros, pero no representa necesariamente las opiniones de todos sus miembros, ni individualmente ni colectivamente.

Eurosif – el Foro Europeo de Inversión Sostenible – es la principal asociación paneuropea que promueve las finanzas sostenibles a nivel europeo. Su membresía está formada por Foros Nacionales de Inversión Sostenible (SIFs) de toda la UE, Suiza y Reino Unido. La mayoría de estos SIFs cuentan con una membresía amplia y diversa, incluyendo gestores de activos, inversores institucionales, proveedores de índices y firmas de investigación y análisis ESG (Ambiental, Social y de Gobernanza). Eurosif y sus miembros están comprometidos con el crecimiento y desarrollo de las finanzas sostenibles y apoyan la ambición de los responsables políticos europeos y globales de facilitar un mercado de inversión sostenible plenamente transparente y de alta calidad mediante una regulación adecuada y bien diseñada y las mejores prácticas del sector.

Los Principios para la Inversión Responsable (PRI) colaboran con su red internacional de más de 5000 firmantes con activos gestionados por valor de 120 billones de USD para poner en práctica los seis Principios para la Inversión Responsable. Sus objetivos son comprender las implicaciones de inversión de los temas medioambientales, sociales y de gobernanza (ESG) y apoyar a los firmantes en la integración de estos temas en las decisiones de inversión y propiedad. El PRI actúa en interés a largo plazo de sus signatarios, de los mercados financieros y economías en los que operan y, en última instancia, del medio ambiente y de la sociedad en su conjunto. Los seis Principios para la Inversión Responsable son un conjunto voluntario y aspiracional de principios de inversión que ofrecen un menú de posibles acciones para incorporar cuestiones ESG en la práctica de inversión. Los Principios fueron desarrollados por inversores, para inversores. Al implementarlas, los firmantes contribuyen al desarrollo de un sistema financiero global más sostenible.

El Grupo de Inversores Institucionales sobre el Cambio Climático (IIGCC) es una organización de miembros liderada por inversores. Unimos a la comunidad inversora para avanzar hacia un futuro con emisiones netas cero y resiliente al clima. Trabajamos con nuestros miembros para crear orientaciones, herramientas, marcos y recursos que puedan ayudarles, en sus contextos individuales, a gestionar el riesgo financiero relacionado con el clima dentro de sus carteras y a aprovechar al máximo las oportunidades que presenta la transición hacia una economía global descarbonizada y las realidades de un clima cambiante. Tenemos 400+ miembros en 20+ países.



Garantizar la confianza y la integridad en la información corporativa: Un nuevo estándar global para las firmas digitales

Los informes corporativos proporcionan información vital sobre el desempeño empresarial, influyendo en una amplia gama de decisiones de inversores, reguladores, acreedores, clientes y otras partes interesadas. Estos informes pueden tener un impacto enorme en el valor y la reputación de una organización. Es fundamental que los usuarios confíen plenamente en su integridad, con la certeza de que los datos corporativos son fiables y los informes de auditoría son auténticos. Pero, ¿cuán sólidos son los cimientos de esa confianza?

Actualmente, quienes acceden a la información financiera suelen carecer de una conexión verificable entre un informe regulatorio y su emisor o auditor. Históricamente, esta conexión se basa en afirmaciones de la empresa. Los usuarios deben aceptar los informes con confianza, lo que puede dar lugar a manipulación por parte de agentes malintencionados y a la desconfianza de los usuarios. Para abordar este problema, existe una creciente necesidad de establecer un mayor nivel de confianza digital en la información corporativa.

Si bien podríamos considerar razonablemente que el riesgo de que la gerencia manipule un informe de auditoría antes de presentarlo al regulador es remoto, tales incidentes, aunque poco frecuentes, pueden tener un impacto significativo. Además, con el auge de la digitalización en todos los ámbitos de la vida, aumenta la preocupación por la ciberseguridad. El riesgo de que un informe corporativo (o un informe de auditoría relacionado) sea manipulado por un ciberdelincuente también es relativamente bajo, pero está aumentando a medida que la ciberdelincuencia se vuelve más sofisticada. El impacto de las acciones de un ciberdelincuente, tanto en términos de pérdidas potenciales para el emisor como en la confianza general en un mercado regulado, podría ser extremadamente grave. Por lo tanto, es hora de que los reguladores y los responsables políticos consideren medidas de protección adicionales.

Dado que la presentación de informes digitales es ahora la norma en la gran mayoría de los principales mercados, se requiere una solución digital para mitigar el riesgo de que se vea afectada la confianza en la información divulgada a los reguladores y las bolsas. En un mundo donde la información se intercambia y utiliza a escala global, necesitamos un estándar global de autenticación. Y a medida que la presentación de informes se vuelve más compleja y diversa —incluyendo, por ejemplo, la información sobre sostenibilidad junto con los estados financieros—, un enfoque detallado de la autenticación cobra cada vez más importancia.

En este artículo, analizaré la necesidad de una solución de confianza digital, en particular en lo que respecta a la prevención del fraude, y presentaré el nuevo estándar para firmas digitales que actualmente está siendo finalizado por el Grupo de Trabajo de Firmas Digitales en XBRL (D6WG) de XBRL International.

La necesidad de confianza digital

La necesidad de un enfoque digital para generar confianza en la información corporativa es acuciante a nivel mundial, tanto para desalentar como para detectar el fraude, así como para garantizar la confianza de los usuarios. Los ejemplos que se presentan a continuación ilustran cómo puede producirse el fraude; si bien provienen de Estados Unidos, se pueden encontrar casos similares en otras jurisdicciones. En definitiva, es fundamental prevenir las actividades fraudulentas desde el principio, lo que requiere una conexión más sólida y fiable entre los informes, los emisores y los auditores.

Aquí hay dos ejemplos de fraude descubiertos por la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC):

1. La SEC anunció que el 6 de agosto de 2001, Mark S. Jakob había sido sentenciado a 44 meses de prisión por el engaño de las acciones de Emulex y su papel en la difusión de un comunicado de prensa falso que causó estragos en el precio de las acciones de Emulex.

El Sr. Jakob se enfrentaba a una pérdida de casi 100.000 dólares como resultado de la venta en corto de acciones de Emulex Corporation y redactó el comunicado falso en un intento por encubrir sus pérdidas. El comunicado de prensa parecía provenir de Emulex y afirmaba falsamente que la SEC estaba investigando a Emulex, que el director ejecutivo de la compañía había dimitido y que la compañía estaba revisando y reduciendo sus ganancias del trimestre anterior. Al día siguiente, el 25 de agosto de 2000, varios medios de comunicación republicaron el comunicado de prensa. En un período de 16 minutos tras la republicación del comunicado falso, se negociaron 2,3 millones de acciones de Emulex y el precio se desplomó casi 61 dólares, de 103,94 a 43 dólares, lo que provocó que Emulex perdiera 2.200 millones de dólares en capitalización bursátil. Tras la suspensión temporal de la cotización por parte de Nasdaq, Emulex reanudó sus operaciones ese mismo día, una vez descubierto el engaño, y el precio se recuperó hasta cerrar en 105,75 dólares.

2. El 26 de enero de 2010, la SEC interpuso una demanda civil de interdicto contra Tsukuda-America Inc., una corporación de Indiana, y el Sr. John W. Petros, alegando fraude en relación con una oferta de acciones comunes de Tsukuda por valor de 600.000 dólares. Petros, único funcionario, director y accionista de Tsukuda, preparó y presentó la declaración de registro S-1 de Tsukuda para la oferta, la cual contenía declaraciones falsas y engañosas, así como documentos falsificados.

La declaración de registro de Tsukuda contenía un informe de auditoría falsificado, identificaba falsamente a una empresa agente de transferencia de acciones como agente de transferencia de Tsukuda, incluía una opinión legal y un informe geológico falsos, así como consentimientos simulados de un abogado y un geólogo que no existen, y contenía información financiera ficticia.

Ambos ejemplos reales ocurrieron hace algún tiempo, lo que quizás sea una muestra del trabajo realizado por los reguladores en materia de autenticación. Sin embargo, no es difícil imaginar que fraudes de este tipo, potenciados por las convincentes invenciones de los grandes modelos de lenguaje, podrían perpetrarse hoy a gran escala en todo tipo de mercados, y que los riesgos relacionados con el cibercrimen y la inteligencia artificial están aumentando.

Los distintos marcos regulatorios a nivel mundial han adoptado enfoques diferentes para autenticar informes. Algunos reguladores emplean medidas de seguridad mínimas, mientras que otros mantienen sistemas complejos y multicapa. Varios países han implementado la vinculación entre informes de auditoría y estados financieros mediante firmas digitales de Adobe. Sin embargo, es necesario replantearse este enfoque, dado que la presentación de informes se está digitalizando. La adopción generalizada de Inline XBRL, que ofrece la enorme ventaja de permitir la lectura de informes por ordenador, también implica que depender de mecanismos de firma en formato PDF ya no es viable. El mundo necesita un estándar internacional para la firma de informes digitales elaborados en XBRL.

Las firmas digitales, aplicadas de forma estandarizada, ofrecen la solución probada que necesitan los reguladores. Proporcionan una prueba verificable de que un documento fue firmado por la persona indicada, garantizando la no repudiación legal y la certeza de que no ha sido manipulado. Los casos mencionados ilustran la capacidad de personas malintencionadas para falsificar información. El uso de firmas digitales podría asegurar que solo un directivo legítimo de la empresa pueda firmar un comunicado de prensa, solo un auditor pueda firmar un informe de auditoría, etc., estableciendo un vínculo claro y rastreable con cada firmante. Es muy probable que las firmas digitales hubieran evitado estos casos de fraude o, al menos, hubieran permitido su detección en el momento de la presentación de la documentación.

Un nuevo estándar global para firmas digitales

El Grupo de Trabajo sobre Firmas Digitales en XBRL, o D6WG (sí, sabemos que no se nos da bien poner nombres), reúne a expertos de varios países y está presidido por Mohini Singh de PwC. Se creó para abordar la necesidad global de generar confianza en los informes digitales basados ​​en XBRL. El grupo tiene como objetivo proporcionar un enfoque estandarizado para la aplicación de firmas digitales a los informes XBRL.

El uso de firmas digitales ofrece la no repudiación, la autenticación y la integridad esenciales en el contexto de la información digital. Durante muchos años, XBRL International no incluyó un estándar de firma digital en su hoja de ruta, ya que se consideraba que existían demasiadas soluciones nacionales, a menudo regidas por legislación propia de cada jurisdicción. Sin embargo, los riesgos cibernéticos están aumentando, y la incorporación de requisitos de garantía específicos para las decisiones de etiquetado Inline XBRL en la UE y otros países ha puesto esta cuestión en primer plano.

El objetivo del D6WG no es crear una nueva tecnología de firma digital. Ya existen numerosas tecnologías, incluidas algunas que son obligatorias por ley a nivel nacional o regional. Más bien, el D6WG busca desarrollar enfoques coherentes para aplicar estas tecnologías de firma existentes a los informes XBRL.

¿Qué son exactamente las firmas digitales y qué beneficios ofrecen? En esencia, una firma digital criptográfica proporciona una prueba verificable de que un documento fue firmado por el firmante declarado, utilizando pares de claves. El firmante conserva una clave privada y pública o pone a disposición una clave pública de forma controlada. Gracias a los procesos de verificación que intervienen en la emisión de estos pares de claves, las firmas digitales demuestran la identidad de la persona que firma el documento al probar que posee una clave privada específica.

En otras palabras, si firmo un documento con mi clave privada, puedes tener la seguridad de que fui yo quien lo hizo, ya que puedes verificar mi firma con mi clave pública.

El proceso de firma digital toma como entrada el documento y la clave privada, generando un número muy grande que constituye la firma. Cualquier persona que posea el documento y la clave pública puede verificar la validez de la firma, es decir, que se creó utilizando la clave privada correspondiente a partir del mismo documento. Si el documento ha sufrido alguna modificación, el proceso de verificación fallará. Cualquier persona con la clave pública puede comprobar una firma digital, pero para crear una nueva firma se requiere la clave privada. Estos procesos básicos tienen 50 años de antigüedad y son la base del funcionamiento de internet, los cajeros automáticos, las aplicaciones bancarias y muchos otros sistemas.

Al aplicar esta tecnología a XBRL, el estándar D6 propuesto permitirá a empresas, auditores, reguladores y otras partes interesadas confirmar sus aprobaciones sobre un informe de forma digital y permanente. Al ser neutral respecto al tipo de firma digital utilizada, se adapta a diversos requisitos comerciales y regulatorios. Una característica fundamental del estándar es que las firmas se invalidan si se realizan modificaciones posteriores al documento. Esto garantiza la integridad de los datos y facilita su trazabilidad, permitiendo a los usuarios rastrear el origen y el historial de la información reportada. Esto, a su vez, mejora la transparencia y la rendición de cuentas en los informes corporativos.

Otra ventaja del nuevo estándar reside en su granularidad. Permite múltiples firmas, vinculando cada una a la totalidad o a una parte de un informe XBRL. Una firma digital puede aplicarse al documento completo, a una sección, a una tabla o incluso a un dato específico. Las firmas en Inline XBRL pueden aplicarse a partes del documento legible, a datos específicos etiquetados digitalmente o a una combinación de ambos. Esta granularidad posibilita aprobaciones por niveles, donde todas las partes interesadas pertinentes aprueban las partes correspondientes del informe.

Por ejemplo, el director ejecutivo de una empresa puede firmar el informe anual completo, mientras que el director financiero y el auditor firman el informe financiero, una empresa especializada firma la sección de sostenibilidad, el secretario de la empresa firma el comunicado de resultados y el organismo regulador indica que recibió la copia firmada digitalmente en una fecha y hora específicas. Esto garantiza la no repudiación, dificultando que cualquiera de las partes niegue su participación. Además, deja claro dónde residen exactamente los límites de responsabilidad para cada sección de un informe complejo y permite que cada firmante solo atribuya el contenido específico que ha producido o auditado.

El primer resultado del D6WG fue un documento de requisitos que describe los criterios necesarios para implementar firmas digitales en informes XBRL. Posteriormente, se elaboró ​​una nueva especificación XBRL, actualmente disponible como borrador de recomendación. Una de las preguntas que abordó el grupo de trabajo fue dónde deberían ubicarse las firmas digitales. La especificación permite almacenar las firmas dentro de un paquete de informe XBRL, de manera que se conserven de forma segura junto con los archivos del informe y se conecten a ellos, sin modificar los archivos en sí. Para obtener más información sobre el trabajo del D6WG y cómo el nuevo estándar funciona con la especificación de paquetes de informes para proporcionar una solución coherente para las firmas digitales en XBRL, vale la pena ver esta presentación de noviembre de 2023 a cargo del director técnico de XBRL International, Paul Warren.

Además, la especificación permite el uso de firmas digitales basadas en la emisión controlada de certificados digitales. Esto requiere una infraestructura de clave pública (PKI) para emitir dichos certificados. La PKI verifica la identidad de las personas que los reciben (específicamente, pares de claves pública/privada), asegurando que sean quienes dicen ser. Normalmente, esto implica la presentación de un documento de identidad, como un pasaporte o un permiso de conducir, junto con diversa documentación justificativa. De este modo, la firma digital no solo demuestra que el firmante poseía una clave específica, sino también que dicha clave pertenece a una persona o entidad verificada.

En este contexto, se espera que el lanzamiento del LEI verificable (vLEI) por parte de la Fundación Global de Identificadores de Entidades Jurídicas (GLEIF) represente un avance significativo para facilitar la adopción global de la prueba de identidad digital en transacciones corporativas de todo tipo, incluyendo la presentación de informes corporativos. El LEI es un identificador de entidad jurídica consolidado que utilizan empresas de todo el mundo para identificarse, incluso en muchos sistemas de informes XBRL existentes. El vLEI es su contraparte digital, diseñado para la autenticación y verificación digital. Proporciona un mecanismo para vincular las claves privadas al LEI, a través de roles corporativos específicos. El vLEI está diseñado para permitir la prueba digital de que una persona específica desempeña un rol específico en nombre de una entidad jurídica específica, en un momento específico. Por ejemplo, muestra que Jane Wong es la directora financiera de Acme Pte Ltd, o que Rohan Kumar es socio auditor en LWQH LLP.

El uso de claves privadas vinculadas a un identificador como el vLEI permite garantizar que el documento fue creado por sus autores, auditado por los auditores designados y no ha sido modificado posteriormente. Además de facilitar la trazabilidad, este concepto de «no repudio» asegura que el firmante no pueda negar su participación, ya que la clave privada y la firma pueden verificarse. La única alegación que podría presentar es que su clave privada fue robada o accedida por otra persona, algo cada vez más difícil con la aplicación de medidas de ciberseguridad adecuadas.

Cómo frenar el fraude de raíz

Analicemos un ejemplo reciente donde las firmas digitales habrían resuelto preguntas clave y habrían tenido consecuencias muy diferentes. Un informe de 2023 generó serias preocupaciones sobre Tingo Group, una empresa que presentó una solicitud ante la SEC. Hindenburg Research declaró que apostaba a la baja contra Tingo Group porque consideraba que la empresa era una estafa evidente con estados financieros falsificados. El informe también destacó que los estados financieros presentados por Tingo Group estaban plagados de errores.

Según la SEC, el formulario 10-K de Tingo Group correspondiente al ejercicio fiscal 2022, presentado en marzo de 2023, reportaba un saldo de efectivo y equivalentes de efectivo de 461,7 millones de dólares en las cuentas bancarias nigerianas de su filial Tingo Mobile. En realidad, esas mismas cuentas bancarias tenían un saldo combinado inferior a 50 dólares al cierre del ejercicio fiscal.

Lo que hace que esta situación sea aún más intrigante es que el informe financiero fue auditado y los auditores emitieron una opinión favorable a Tingo Group. Hindenburg Research planteó dudas sobre si los auditores realizaron una auditoría exhaustiva.

Esto plantea dos preguntas importantes: ¿Fue realmente auditado el informe por los auditores que aparentemente afirmaron haberlo hecho? Si fue auditado, ¿era el documento que vieron los auditores el mismo que se presentó ante la SEC, o se modificó el informe después de la auditoría? Las firmas digitales podrían responder a estas preguntas sin esfuerzo. Habrían sido invaluables para verificar la autenticidad e integridad del informe financiero y de sus auditores.

Además, la integración del estándar D6 en el proceso de envío de informes haría prácticamente imposible que se presentaran informes falsificados. La necesidad de claves privadas válidas impide generar firmas digitales fraudulentas o, dicho de otro modo, atribuir la autoría de divulgaciones sin la autorización de la persona. Asimismo, cualquier modificación o manipulación del documento tras la firma se detectaría de inmediato, invalidando las firmas e impidiendo su envío.

¿Qué sigue?

La aplicación de firmas digitales a los informes digitales es un paso necesario para garantizar su integridad y autenticidad, y, por ende, para prevenir el fraude y fomentar la confianza en el panorama actual de la información financiera. Al estandarizar el uso de firmas digitales y aprovechar las tecnologías existentes, podemos establecer un enfoque global coherente para la firma de informes XBRL.

Numerosos reguladores y responsables políticos han manifestado un gran interés en la especificación D6. Una vez finalizada, prevemos que muchos reguladores estarán deseosos de utilizar el estándar.

La adopción generalizada de la especificación dependerá también de la experiencia de usuario desarrollada por los proveedores de software y requerirá una firma digital intuitiva y rentable. Animamos a los proveedores y demás partes interesadas a revisar la especificación, proporcionar comentarios y comenzar a sentar las bases para la implementación del estándar de firmas digitales.

También es momento de que diversos actores dentro de la cadena de suministro de información consideren si es necesario actualizar los flujos de trabajo existentes.

  • ¿Deberían los reguladores, además de solicitar firmas digitales a la gerencia y a los auditores sobre las secciones pertinentes de los informes que se les presentan, añadir sus propias firmas digitales al informe? Esto proporcionaría una protección adicional contra manipulaciones posteriores por parte de personas malintencionadas que hubieran accedido a sus sistemas, además de brindar mayor certeza sobre la autenticidad de cada documento corporativo presentado, en el que podrían confiar los inversores y en el transcurso de un litigio.
  • ¿Deben los auditores replantearse algunas prácticas habituales? En algunas partes del mundo, se dan casos en los que la dirección modifica posteriormente un conjunto de estados financieros auditados y firmados, con el conocimiento del equipo de auditoría, pero sin que la firma auditora los vuelva a firmar, principalmente porque esto podría obligar al equipo a considerar hechos posteriores. El uso de firmas digitales sobre documentos XBRL haría imposibles este tipo de procesos.
  • En términos más generales, todos debemos considerar cómo las firmas digitales transformarán los procesos actuales. Las firmas digitales ofrecen garantías extremadamente sólidas de que un documento no ha sido modificado desde su firma, lo que imposibilita realizar cambios menores e insignificantes en una etapa posterior. A las firmas digitales no les importa si triplicaste tus ingresos declarados o simplemente agregaste una coma que faltaba: cualquier cambio invalidará la firma. ¿Qué significa esto para tu práctica profesional?

Prevemos una amplia adopción global del nuevo estándar D6, lo que garantizará la confianza en los datos empresariales en la era digital. En un mundo de riesgos cambiantes y cada vez más sofisticados, ofrece una solución totalmente digital, rastreable y granular para la autenticación y el no repudio de informes, facilitando la prevención del fraude y fomentando la confianza del usuario.